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Decreto 10-2001

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 10-2001
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Notariado
Año
2001

2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-27 de abril de 2001 NUMERO 49

SANCION AL DECRETO DEL CONCRESO NUMERO 9-2001 SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 10-2001

PALÁCIO NACIONAL: Cuatemala, veintitrés de abril del año dos mil uno. PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintitrés de abril del año dos mil uno

PUBLIQUESE Y CUMPLASE DE LA PUBLIQUÉSE Y CUMPLASE DE

LA

REPUBLICA MPRESIDENCIA

CUSTEMALA,REPUBLICANT

REPUBLICA guatemals. C. JUAN FRANCISCO REYES LOPEZ JUAN FRANCISCO REYES LOPEZ Vicepresidente de la República en Funciones de la Presidencia Vicepresidente de la Repúbica en Funciones de la Presidencia DE ECONOMIA REPUBLICA Mentinerm Marco Cic Duis Mijangos C.GENERAL Iii. Plants Mississor (in MisMijangos C.MINISTRO DE ECONOMIA

RESIDENCIA DE LA REPUBLICA VICEMINISTRO FINANZAS PUBLICAS SECRETARIO GENERAL

ENCARGADO DEL DESPACHO PRESIDENCIA DE REPUBLICA

DECRETO NUMERO 10-2001

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA ORGANISMO EJECUTIVO CONSIDERANDO: Que Guatemala norma sus relaciones con otros Estados de conformidad con los principios. reglas y practicas internacionales. con el proposito de contribuir al mantenimiento de la paz y libertad. al respetodefensa de los derechos humanos. y al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.

CONSIDERANDO: MINISTERIO DE GOBERNACION Que el Gobierno de la Republica de Guatemaia y el Gobierno de la Republica Federal de AlemaniaAcuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar sus bases constisuscribieron el Convenio sobre Cooperación Financiera -compromisos de los años 1988. 1998 1999.tutivas y principios doctrinarios de la IGLESIA DE DIOS PENTECOS el sers de octubre del año dos mil. con la finalidad de intensificar sus relaciones de cooperaciónTES "VOZ EN EL DESIERTO". como se indica. económicas y financieras

CONSIDERANDO: ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 0216-2001

Que del contexto del Convenio se describe la finalidad de ambos paises en intensificar aun más susrelaciones de amistad y fortalecer los esfuerzos reciprocos por medio de una cooperación financieraGuatemala. 07 de marzo del 2001 entre ambas partes. para contribuir al desarrollo social y económico de Guatemala. El Ministro de Gobernación.

POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 171 literales a) y 1) y 239 de laCONSIDERANDO: Constitución Politica de la Republica de Guatemala.

Que la IGLESIA DE DIOS PENTECOSTES "VOZ EN EL DESIERTO" ubreada en laDECRETA: Aldea Vásquez, Municipio de Totonicapan. Departamento de Totonicapán. por medio del Se aprueba el convenio entre el Gobierno de la República de Guatemala y elseñor Holver Abilio Xitumul de León, se presentó It este Ministerio con fecha catoree de

Gobierno de la Republica Federal de Alemania sobre Cooperación Financiera -compromisos de los añosARTICULO 1. abril de mil novecientos noventa y nueve. solicitando el reconocimiento de su personabdad 1988. 1998 1999suscrito en la Ciudad de Guatemala, el seis de octubre del año dos mil.jurídica. aprobación de sus bases constitutivas y principios doctrinarios ARTICULO 2. El presente decreto entra en vigencia ochos días después de su publicación enCONSIDERANDO: el diario oficial. PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION 1 Que el ejercicio de todas las religiones en el pais CS libre sin más limites que el orden público y el respeto debido a la dignidad de la jerarquia y a los fieles de otros credos. comoPUBLICACION. se establece en los Artículos 36 y 37 de la Constitución Politica de la República de GuaDADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE temala: y que al respecto el interesado cumplió con los requisitos de lev. por lo que PS GU ATEMALA, EL VEINTIOCHO DE MARZO DEL ANO DOS MIL UNO. procedente emitir la respectiva disposición Ministerial: POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confieren los Artículos 194 literales a) 6 de la Constitución Política de la República de Guatemala: In numerales 10. ' 30. 17 y 31 del CONGRESO DE LA REPUBLICATION Código Civil; . y 27 literal m). 36 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo: \ con base enlo establecido en el Acuerdo Gubernativo número 515-93 de fecha seis de octubre de mil

novecientos hoventa y tres. ZURY MAYTE RIO8 SOSA ACUERDA: SEGUNDA VICEPRESIDENTA EN AméricaFUNCIONES DE PRESIDENTE ARTICULO 10.- - Reconocer la personalidad jurídica. aprobar sus bases constitutivas y Centiv principios doctrinarios de la IGLESIA DE DIOS PENTECOSTES "VOZ EN EL DESIERTO", la que se regirá conforme las reglas de su institución contenidas en los instrumentos públicos números veintinueve y cincuenta y cinco. de fechas veinticineo de marzo y dieciCARLOS BAUTISTA GODINEZ nueve de julio de mil novecientos noventa y nueve. ambos autorizados en el Municipio deRUDIOLECSAN MERIDA HERRERA SECRETARIO SECRETARIO Totonicapan, Departamento de Totonicapán. por el Notario HOLVER ABILIO XITUMUL DE LEON; y, ochenta y uno de fecha nueve de noviembre del ano dos mil. autorizado en esa misma ciudad por la Notario AIDA JOSEFINA CALDERON GONZALEZ, respectivamente

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