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Decreto 10-2008

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 10-2008
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Urbano
Año
2008

Guatemala MARTES 25 de marzo de 2008 Diario de

No. 97 Tomo CCLXXXIII

CentroAmérica COMERADO DE LA REPUBLICA DEGUATEMALA Directora General: Ana Maria Rodas Decano de la Prensa Centroamericana Órgano Oficial de la República de Guatemala

Sumario ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 10-2008

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

ORGANISMO EJECUTIVO

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DECRETO NÚMERO 10-2008

Acuérdase crear la Comisión Preparatoria del Consejo EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Nacional de Educación, adscrita al Ministerio de Educación, con carácter extraordinario y temporal. CONSIDERANDO: MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Que de conformidad con los principios emanados de la Constitución Política de la República de Acuérdase trasladar la competencia de la administración Guatemala, el territorio de la República se divide para su administración en departamentos y de tránsito a la Municipalidad de Santa María Nebaj del éstos en municipios, los que están concebidos como instituciones autónomas; y, entre otras Departamento de El Quiché, única y exclusivamente dentro de funciones, les corresponde elegir a sus propias autoridades, obtener y disponer de sus SU jurisdicción. recursos y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL

Acuérdase emitir la siguiente reforma al Acuerdo Gubernativo CONSIDERANDO:número 178-2004 de fecha 17 de junio dé 2,004 y SUS reformas. Que el Código Municipal establece que el municipio es la unidad básica de la organización Acuérdase establecer el 24 de octubre de cada año, como territorial del Estado y espacio inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos; se "DÍA DEL OFICIAL DE SANIDAD MILITAR". caracteriza primordialmente por sus relaciones permanentes de vecindad, multietnicidad, PUBLICACIONES VARIAS pluriculturalidad y multilingüismo, organizado para realizar el bien común de todos los habitantes de su distrito, que comprende la circunscripción territorial en la que ejerce autoridad MUNICIPALIDAD DE CHIMALTENANGO, un Concejo Municipal.

DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO

CONSIDERANDO:

ACTA NÚMERO 14-2008

Que para la creación de un municipio se requiere solicitud debidamente firmada 0 signada conCORTE SUPREMA DE JUSTICIA la impresión digital, de por lo menos diez por ciento de los vecinos en el ejercicio de sus derechos, residentes en los lugares donde se pretende su creación, debiendo formalizarse laACUERDO No. 52-2007 solicitud ante la Gobernación del departamento jurisdiccional, expresando los hechos y MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU circunstancias que la motivan y cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 28 del

LEY TEMPORAL Y ESPECIAL DE REPOSICIÓN DE CÉDULAS Código Municipal.

DE VECINDAD DEL MUNICIPIO DE RETALHULEU, SEGÚN

EL DECRETO 30-2006 DE FECHA 21 DE SEPTIEMBRE DE CONSIDERANDO: ANUNCIOS VARIOS Matrimonios Constituciones de Sociedad Que dentro de la sustanciación del expediente, la Gobernación Departamental de Alta Verapaz, Modificaciones de Sociedad Patentes de Invención Registro después de evacuadas las audiencias y agotadas las investigaciones realizadas, emitió opinión de Marcas Edictos Remates favorable sobre la conveniencia que la Aldea Raxruhá sea elevada a categoría de municipio; que el Ministerio de Gobernación, al verificar lo actuado ante la Gobernación Departamental y A los usuarios del Diario completar los estudios, informaciones, diligencias y demás medidas para determinar el de Centro América · cumplimiento de los requisitos para decidir sobre la creación del municipio, así como Tipografía Nacional contándose con el dictamen técnico favorable por parte de la Secretaría de Planificación yDiario Centro Tratado de será Libre Comerato conLes informamos que Programación de la Presidencia de la República, emitió dictamen correspondiente, en el que derivado del Acuerdo opina favorablemente a que se cree el nuevo municipio, por lo que debe emitirse la disposiciónGubernativo 633-2007 legal que en derecho corresponde.de fecha 27-12-2007, nuestra razón social cambia a: POR TANTO: "Dirección General del Diario de Centro América En el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución y Tipogafía Nacional", Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 224 de nuestra Carta

con el Nit 5731300-8, por lo que los pagos Magna y 26, 28, 29 y 30 del Código Municipal, por nuestros serviciós deberán girarse a este nombre o a "Dirección General del DCA y DECRETA: TN".2 Guatemala, MARTES 25 de marzo 2008 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 97 Chisec hasta llegar al esquinero de la comunidad denominada Santa Marta, que es el puntoArtículo 1. Se crea el municipio denominado Raxruhá, en jurisdicción del departamento deNo. 14, con coordenadas geográficas de latitud norte 15°51'04.0" y longitud oeste 90°11'04.0" Alta Verapaz, cuyo territorio deberá segregarse del territorio que comprende el municipio desigue el límite en rumbo norponiente por el lindero de la comunidad Mucbilha y la comunidadChisec del mismo departamento. Santa Marta hasta llegar al mojón denominado Cerro Quemado donde hacen esquina las comunidades mencionadas con la comunidad Candelaria Camposanto, que es el punto No. Artículo 2. La cabecera municipal del nuevo municipio se denominará Raxruhá y estará15, con coordenadas geográficas latitud norte 15°51'47.0" y longitud oeste 90°11'55.0" de este ubicada en el lugar que actualmente ocupa el asiento territorial de la aldea Raxruhá delpunto continúa el límite en línea quebrada y en rumbo norponiente por el lindero sur de la

municipio de Chisec del departamento de Alta Verapaz. comunidad Candelaria Camposanto de Raxruha y la comunidad Santa Marta de Chisec hasta llegar al esquinero denominado Peña Blanca, que es el punto No. 16, con coordenadasArtículo 3. El área que conformará el nuevo municipio de Raxruha fue calculada por un métodogeográficas latitud norte 15°52'44.0" y longitud oeste 90°13'47.0" en este punto hacen esquinaindirecto siendo de: 53,332 hectáreas, 09 áreas, 99.8451 centiáreas, equivalente a 1,181la comunidad Sejux Xuctzul de Chisec y la Finca Candelaria, de este punto cruza en rumbo caballerías, 55 manzanas, 3,435.9451 varas cuadradas. norte y en línea recta hasta llegar al lindero sur de la Finca Sechaj donde llegan a hacer esquina la comunidad Sejux Xuctzul de Chisec, la comunidad Candelaria Camposanto y la Artículo 4. Con base en el informe rendido por el Instituto Geográfico Nacional, contenido en elCooperativa Sechaj, mojón conocido con el nombre de Tubo de Hierro, que es el punto No. 17, Oficio No. DCV-EVF-alb-88/2005, de fecha veintiséis de julio de dos mil cinco, el municipio decon coordenadas geográficas latitud norte 15°53'28.4" y longitud oeste 90°13'00.3" de este Raxruhá, comprenderá el territorio definido en la forma siguiente: COLINDANCIA CON ELpunto el límite cruza en rumbo poniente y en línea recta por el lindero sur de la finca SechajMUNICIPIO DE FRAY BARTOLOME DE LAS CASAS. Por el rumbo oriente su colindancia hasta llegar al esquinero conocido como mojón Palo Chocalté donde hacen esquina la

será con el municipio de Fray Bartolomé de Las Casas, desde el punto trifinio donde se unencomunidad Sejux Xuctzul y la finca Candelaria de la jurisdicción de Chisec y la finca Sechaj de los municipios de Sayaxché del departamento de Petén, Fray Bartolomé de las Casas, y lo quelo que será el nuevo municipio de Raxruhá, que es el punto No. 18, con coordenadas será el nuevo municipio de Raxruhá del departamento de Alta Verapaz, punto localizado en lageográficas latitud norte 15°53'53.5" y longitud oeste 90°14'46.0", sigue el límite en rumbointersección del Río Santa Isabel con el Río Sebol; en este punto el Río Sebol cambia de norte y en línea recta por el lindero de la finca Sechaj y Parcelamiento Agrario Polígono No. 11 nombre por Río La Pasión, con las coordenadas geográficas siguientes: latitud norte hasta llegar al pie de la montaña conocida con el nombre de Tzululsechaj o Sierra de Chinaja 15°59'41.0" y longitud oeste 89°59'16.2", punto No. 1. donde hacen esquina terrenos del Parcelamiento Agrario Polígono No. 11 de la jurisdicción de Chisec, la finca Sechaj y la comunidad denominada La Caoba de la jurisdicción de RaxruháQuedando como colindantes al punto descrito el caserío Santa Isabel en jurisdicción de esquinero conocido con el nombre de Palo Cuantí, que es el punto No. 19, con las

Sayaxché, terrenos de la Nación en jurisdicción de Fray Bartolomé de Las Casas, y parcelas decoordenadas geográficas latitud norte 15°57'07.0" y longitud oeste 90°13'27.0", de este punto propietarios particulares en jurisdicción de lo que será el nuevo municipio de Raxruhá.en el cerro el límite continúa en línea quebrada por el lindero sur de la comunidad denominada La Caoba hasta llegar a otro punto donde hace esquina con el Poligono No. 11, la comunidadDel punto trifinio, O sea el No. 1 descrito, el límite con el municipio de Fray Bartolomé de Lasdenominada Carolina de Chisec y parte de la montaña Tzululsechaj, que es el punto No. 20,Casas, lo constituye el cauce medio del Río Sebol, aguas arriba en dirección sureste, hastacon coordenadas geográficas latitud norte 15°57'56.5" y longitud oeste 90°14'30.0", de este

llegar al caserío la Isla de Raxruhá y la finca El Rincón de Fray Bartolomé de Las Casas puntopunto el límite continúa por el rumbo norte rodeando toda la comunidad La Caoba en susNo. 2, con las coordenadas geográficas latitud norte 15°57'14.5" y longitud oeste 90°00'57.0",linderos poniente y norte hasta llegar al esquinero norponiente de la comunidad Sesaltul, quecontinúa el límite por el Río Sebol en dirección sureste y en línea quebrada hasta llegar a sues el punto No. 21, con coordenadas geográficas latitud norte 15°58'25.0" y longitud oesteintersección con el Río San Simón, punto No. 3, con las coordenadas latitud norte 15°54'05.5"90°13'57.0", del punto descrito en la comunidad Sesaltul, continúa en linea recta y en rumbo y longitud oeste 89°59'35.0". norte pasando por las comunidades Tzulul Quiché de Chisec y la comunidad Montana Séacte de la jurisdicción de Raxruhá hasta llegar al esquinero de la comunidad denominada Camlech,Del punto No. 3, localizado en el Río San Simón, continua el límite por el Río Sebol en que es el punto No. 22, con coordenadas geográficas latitud norte 15°59'42.0" y longitud oestedirección sur hasta llegar a la hacienda denominada La Caoba, la que se encuentra en dos90°11'28.0" de este punto el límite cruza en dirección sureste por el lindero norte de la

jurisdicciones municipales, una parte en Fray Bartolomé de Las Casas y otra en lo que será elcomunidad Montaña Seacte y lindero sur de la comunidad Camlech hasta llegar al lindero nuevo municipio de Raxruhá, así ha sido reconocido y aceptado por ambas partes, que es elsuroeste de la comunidad San Diego Yalpemech, que es el punto No. 23, con las coordenadas punto No. 4, con coordenadas geográficas latitud norte 15°50'36.5" y longitud oeste geográficas latitud norte 15°57'47.0" y longitud oeste 90°09'18.5", sigue el limite jurisdiccional 89°56'00.5". Sigue el limite con Fray Bartolomé de Las Casas, siempre por el cauce medio deldel punto descrito en línea recta con rumbo norte por el lindero poniente de la comunidad San Río Sebol hasta llegar al puente sobre este río en et camino de terracería que de FrayDiego Yalpemech de Raxruhá y la comunidad Camlech de Chisec y llega a donde hacenBartolomé de Las Casas conduce hacia Raxruhá, que es el punto No. 5, con coordenadas esquina estas comunidades con las comunidades Cruz Sin Nombre Uno y Dos del polígono No. geográficas latitud norte 15°48'19.6" y longitud oeste 89°56'40.5". 3 del Parcelamiento Agrario, que es el punto No. 24, con coordenadas geográficas latitud norte 15°58'52.0" y longitud oeste 90°07'51.0" sigue en rumbo norponiente por el lindero noreste de

Continúa el límite intermunicipal, siempre por el cauce medio del Río Sebol, hasta llegar alla comunidad Camlech y Cruz Sin Nombre Dos hasta llegar al lindero de la comunidad Cruce resurgimiento del Río Chajmaic, el cual toma el nombre de Sebol, que es el punto No. 6, condel Pato, que es el punto No. 25, con coordenadas geográficas latitud norte 15°59'53.0" y coordenadas geográficas latitud norte 15°47'11.1" y longitud oeste 89°56'42.8", en este puntolongitud oeste 90°08'05.5" de este punto sigue el límite en rumbo noreste en linea recta por el el límite deja el Río Sebol y continúa en línea recta hasta llegar a la cima del cerro conocidolindero de la comunidad Cruz Sin Nombre Dos hasta llegar a la quebrada denominada Raxruha con el nombre de Cerro El Zapote, donde se localiza el mojón que lleva el nombre de estacióndonde hace esquina la comunidad Nuevo Damasco y la comunidad Cruce del Pato, que es el

catorce finca Sebol O mojón El Zapote, que es el punto No. 7, con las coordenadas geográficaspunto No. 26, con las coordenadas geográficas latitud norte 16°00'36.0" y longitud oeste latitud norte 15°46'35.2" y longitud oeste 89°56'24.3", punto reconocido como trifinio municipal90°07'40.0". Sigue el límite por la quebrada Raxruhá, hasta el esquinero sur poniente de lapor unirse aquí el municipio de Fray Bartolomé de Las Casas, el municipio de Chisec y lo quecomunidad denominada Invasa, que es el punto No. 27, con coordenadas geográficasserá el nuevo municipio de Raxruhá, del departamento de Alta Verapaz, quedando como siguientes, latitud norte 16°06'13.0" y longitud oeste 90°07'34.0" este punto es reconocido colindantes al punto establecido el caserío La Ye de la aldea Semuy en jurisdicción de Fraycomo trifinio municipal por unirse aquí los municipios de Sayaxche del departamento de Peten, Bartolomé de Las Casas, la comunidad Semax en jurisdicción de Chisec, y la comunidad el municipio de Chisec y lo que será el nuevo municipio Raxruhá de Alta Verapaz, quedando denominada Yalicoc en jurisdicción de lo que será el nuevo municipio de Raxruha. como colindantes al punto descrito la comunidad Invasa en jurisdicción de Sayaxche, la comunidad Cruce del Pato en jurisdicción de Chisec y la comunidad Cruz Sin Nombre Dos en

Concluyéndose en el punto No. 7, que es el punto trifinio establecido la colindancia con eljurisdicción del nuevo municipio de Raxruhá, en este punto termina la colindancia con el municipio de Fray Bartolomé de Las Casas, quedando como colindantes en todo este trayecto, municipio de Chisec quedando en todo el trayecto como colindantes al limite las comunidades terrenos de la Nación, Hacienda Erial del Pilar, Finca El Rincón, Hacienda La Castellana, Finca Semax, Sepocil, Sejix, Secomuxan Tapilá, Sechina, La Bodega, terrenos de la Nación,Las Cadenas, Hacienda El Erial, Hacienda Las Cadenas, Hacienda Sebolena, Finca San comunidad San Francisco, Cataltzul, Santa Marta, Sejux Xuctzul, Finca Candelaria, Simón, Hacienda Raudal Grande, Hacienda El Carrizal, Hacienda La Caoba, Hacienda La Parcelamiento Agrario Polígono No. 11, Montaña Sierra de Chinaja, la comunidad Camlech, la Barandilla, Hacienda Sebol, Caserío La Ye y varias fincas de propietarios particulares encomunidad Cruz de Pato en jurisdicción de Chisec, las comunidades Yalicoc Uno y Dos, Flor

jurisdicción de Fray Bartolomé de Las Casas, parcelas de propietarios particulares, caserio LaSesajal, Secam, San Miguel Sechochoc, Mucbilha, Candelaria Camposanto, Cooperativa Isla, Finca Magdalena, Finca San Pablo, Hacienda El Hormiguero, Finca de José Gordillo, Agrícola Sechaj, Finca Sechaj, Exceso comunidad Sesaltul, Exceso comunidad Seacte,Hacienda El Cuervo, parte de la Hacienda Seboleña, Finca San Simón, Raudal Grande, comunidad Nueva Palestina, San Diego Yalpemech, San José el Tesoro, Cruz Sin Nombre Uno Hacienda El Canaleño, Hacienda Chinaju, Aldea Rubel Quiché, parte de la Hacienda La Caoba,y Dos en jurisdicción de lo que será el nuevo municipio de Raxruha. Finca La Ceiba, Comunidad Searrancho, parte de la Hacienda Sebol, la que se encuentra en dos jurisdicciones municipales, y las comunidades Yalicoc Uno y Yalicoc Dos en jurisdicción deDel punto No. 27, trifinio localizado en la quebrada Raxruhá, se inicia la colindancia con el lo que será el nuevo municipio de Raxruhá. municipio de Sayaxché del departamento de Peten, el cual lo constituye una línea recta desde el punto trifinio descrito en rumbo noreste hasta llegar al Río La Pasión, punto No. 28 en la COLINDANCIA CON EL MUNICIPIO DE CHISEC. En el punto No. 7, establecido en el Cerro comunidad denominada San Isidro y la Finca Cancuen, con las coordenadas geográficas latitud

EI Zapote, se inicia la colindancia con el municipio de Chisec, siguiendo el límite intermunicipalnorte 15°59'28.0" longitud oeste 90°02'44.0", este trayecto es con base al Acuerdo Gubernativo en rumbo sur poniente y en línea recta por la cima del cerro El Zapote que es lindero sur de ladel 4 de diciembre de 1929. comunidad Yalicoc y lindero norte de la comunidad denominada Semax de la jurisdicción de Chisec, hasta llegar al esquinero denominado mojón Palo Seco, donde se unen estas dos Continúa el límite con el municipio de Sayaxche por el cauce medio del Río La Pasión en línea comunidades con la comunidad denominada Seposil, que es el punto No. 8, con coordenadas quebrada y en rumbo noreste, aguas arriba hasta otro punto localizado en el caserio La Unión geográficas latitud norte 15°45'53.5" y longitud oeste 90°01'04.0", de este punto continúa elde Raxruhá, punto No. 29, con coordenadas geográficas latitud norte 15°59'40.0" y longitud límite con Chisec en linea quebrada y en rumbo norponiente por el lindero sur de la comunidadoeste 90°01'04.0", sigue el límite por el Río La Pasión en rumbo noroeste hasta llegar a la Yalicoc hasta llegar al mojón denominado Sejulha, donde hacen esquina las comunidades Sejixintersección del Río Santa Isabel con el Río Sebol, que es el trifinio municipal donde se unen

de la jurisdicción de Chisec, Yalicoc y Flor Sesajal del nuevo municipio de Raxruhá, que es ellos municipios de Sayaxche del departamento de Peten, Fray Bartolomé de Las Casas y lo que punto No. 9, con coordenadas geográficas latitud norte 15°47'19.5" y longitud oeste será el nuevo municipio de Raxruhá del departamento de Alta Verapaz, con las coordenadas 90°02'48.0". que se describen en el punto No. 1 al Inicio del presente decreto en este punto se termina la colindancia con el municipio de Sayaxché, quedando como colindantes al límite descrito las Continúa el límite en línea quebrada por el lindero sur de la comunidad Flor Sesajal, y linderocomunidades Nuevo Damasco, Invasa, Secajpur, San Sebastian, Caserío San Isidro, Finca El de las comunidades Sejix y Secomuxán Tapilá, hasta llegar al mojón denominado Flor Sesajal,Imperio, La Concordia, El Achiote y El Caserio Santa Isabel en jurisdicción de Sayaxche, las donde hacen esquina la comunidad Secam, Flor Sesajal y la comunidad Secomuxán Tapilá, comunidades Cruz Sin Nombre Uno y Dos, varios terrenos de propietarios particulares, Finca que es el punto No. 10, con coordenadas geográficas latitud norte 15°47'45.0" y longitud oesteCancuen, La Union y Parcelas de propietarios particulares en jurisdicción de lo que será el 90°03'56.0". Siguiendo la línea limítrofe por el lindero sur de la comunidad Secam, se llega alnuevo municipio de Raxruhá. Este límite es reconocido como límite departamental entre los

mojón denominado Las Peñas que es esquinero de las comunidades Secam y San Miguel departamentos de Petén y Alta Verapaz según Acuerdo Gubernativo de fecha 4 de diciembre Sechochoc del nuevo municipio de Raxruhá y la comunidad Sechina de Chisec, que es el de 1929 de la creación del municipio de Sayaxché, cerrándose aquí el polígono que formará el punto No. 11, con coordenadas geográficas latitud norte 15°48'51.0" y longitud oeste nuevo municipio de Raxruhá, el cual quedará con las colindancias siguientes, por el rumbo 90°05'59.5", partiendo de este punto el límite continúa en línea quebrada y en rumbo surnorte con el municipio de Sayaxche del departamento de Peten, por el rumbo oriente con el poniente por el lindero sur de la comunidad San Miguel Sechochoc que es lindero norte de lamunicipio de Fray Bartolomé de Las Casas, y por los rumbos sur y poniente con el municipio de comunidad Sechina hasta llegar al esquinero de esas dos comunidades con un terreno baldioChisec del departamento de Alta Verapaz. de la Nación que es el punto No. 12, con coordenadas geográficas latitud norte 15°48'13.5" y longitud oeste 90°08'19.0", de este punto el límite continúa en rumbo norponiente y en lineaArtículo 5. Los Ministerios de Gobernación y de Agricultura, Ganadería y Alimentación a través quebrada por el lindero oriente de la comunidad San Miguel Sechochoc y terrenos baldios de ladel Instituto Geográfico Nacional, quedan obligados a efectuar, dentro del plazo de seis meses

Nación hasta llegar al lindero sur de la comunidad Mucbilha y esquinero de la comunidad Sanimprorrogables contados a partir de la vigencia del presente decreto, el deslinde y Francisco de Chisec, que es el punto No. 13, con coordenadas geográficas latitud norteamojonamiento de los límites territoriales del municipio de Raxruhá del departamento de Alta 15°50'57.0" y longitud oeste 90°09 de este punto el límite cruza al poniente por el linderoVerapaz, de conformidad con el territorio definido en el presente decreto. Para el efecto, se sur de la comunidad. Mucbilha de Raxruhá, las comunidades San Francisco X Cataltzul dedeberán levantar las actas correspondientes.NÚMERO 97 DIARIO de CENTRO AMÉRICA Guatemala, MARTES 25 de marzo 2008 3 Artículo 6. Efectuado el deslinde y amojonamiento de los límites territoriales del municipio deORGANISMO EJECUTIVORaxruhá del departamento de Alta Verapaz, el Ministerio de Gobernación nombrará a las autoridades municipales que provisionalmente tendrán las funciones y atribuciones legales de administración del territorio del nuevo municipio, de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, el Código Municipal y demás leyes aplicables. Las autoridades nombradas ejercerán sus funciones durante el período que corresponda, hasta que los habitantes del municipio elijan a sus autoridades y éstas tomen formal y legalmenteMINISTERIO DE EDUCACIÓNposesión, de conformidad con la convocatoria a elecciones generales respectiva, efectuada por

el Tribunal Supremo Electoral. Acuérdase crear la Comisión Preparatoria del Consejo Nacional de Educación, adscrita al Ministerio de Educación, con carácter extraordinario Artículo 7. El Organismo Ejecutivo deberá comunicar el presente decreto al Tribunal Supremoy temporal. Electoral, Ministerio de Finanzas Públicas, Registro de Ciudadanos, Gobernación del departamento de Alta Verapaz, Instituto Geográfico Nacional, Instituto Nacional de Estadística,ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 101-2008Instituto de Fomento Municipal, Municipalidad de Chisec del departamento de Alta Verapaz, Ministerio Público, Corte Suprema de Justicia y la Procuraduría General de la Nación.Guatemala, 11 de marzo de 2008 Artículo 8. El Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobernación, deberá dictarEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA todas aquellas disposiciones que se requieran para el cumplimiento del presente decreto. CONSIDERANDO El Ministerio de Finanzas Públicas deberá prever las asignaciones constitucionales presupuestarias correspondientes para asignar los recursos financieros necesarios a losQue de conformidad con la Ley de Educación Nacional Ministerios de Gobernación y Agricultura, Ganadería y Alimentación, para realizar el deslinde ydentro del nivel de dirección superior del Ministerio de amojonamiento de los límites territoriales del municipio de Raxruhá.Educación se incluye el Consejo Nacional de Educación, el cual es un órgano multisectorial educativo que coadyuvaráen las funciones de la administración educativa.

Los Ministerios de Estado, la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia de la República -SEGEPLAN-, entidades autónomas y descentralizadas, deberán colaborar conCONSIDERANDO su infraestructura para garantizar su desarrollo social, cultural y económico. Desde que se emitió el Decreto Número 12-91 del Congreso de Artículo 9. El presente Decreto fue aprobado con el voto favorable de más de las dos tercerasla República, Ley de Educación Nacional, el Consejo Nacional partes del número total de diputados que integran el Congreso de la República y entrará ende Educación no ha funcionado, porque no se dictaron las vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.normas de desarrollo que permitieran su organización e implementación; omisión que es necesario subsanar, para que REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Yel sistema educativo sea verdaderamente participativo.

PUBLICACIÓN.

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE CONSIDERANDO GUATEMALA, EL VEINTE DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Que la Comisión Consultiva para la Reforma Educativa fue un órgano del cual surgieron valiosos aportes para la educación nacional, que al estar en funciones el Consejo Nacional de Educación podrá enriquecer la actividad de este último, "por lo que resulta conveniente recuperar parcialmente la integración que tuvo dicha Comisión EDUARDO MEYER MALDONADO Consultiva, para constituir una Comisión Especial y Temporal PRESIDENTE que se encargue de proponer las normas de detalle y

desarrollo para el funcionamiento e integración de dicho Consejo, así como de preparar todo lo relacionado con suconstitución e instalación. POR TANTO JOSÉ ROBERTO ALEJOS CAMBARA ROSA ELVIRA ZAPETA OSORIO SECRETARIO SECRETARIA En ejercicio de las funciones que establecen losartículos 183 inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y 5 tercer párrafo del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.

PALACIO NACIONAL: Guatemala, trece de marzo del año dos mil ocho. ACUERDA Artículo 1. CREACION. se crea la Comisión Preparatoria del PUBLÍQUESE Y CUMPLASE DE LA Consejo Nacional de Educación, adscrita al Ministerio de!Educación, con carácter extraordinario y temporal.

REPUBLICA Artículo 2. INTEGRACION. La Comisión Preparatoria del Consejo Nacional de Educación, se integrará por un Delegado titular de los siguientes participantes en el proceso

GUATEMALA. educativo: COLOM CABALLEROS Ministerio de Educación, cuyo delegado será el coordinador de la Comisión Preparatoria Comité Nacional de Alfabetización -CONALFAAcademia de Lenguas Mayas de Guatemala

Consejo Nacional de Educación Maya Comisión Nacional permanente de Reforma Educativa -CNPREUniversidad de San Carlos de Guatemala -USACUniversidades Privadas Asamblea Nacional del Magisterio -ANAMConferencia Episcopal de GuatemalaDE Alianza Evangélica de Guatemala Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas Comerciales, Industriales y Financieras -CACIFColegios Privados Dr. Carlos Vinicio Gémes QuesLic. Carlos Larios Ochaite Secretaría Presidencial de la Mujer -SEPREMMINISTRO DE GOBERNACIÓN SECRET RIO GENERAL Foro Nacional de la Mujer

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

(E-249-2008)-25-marzo Cada Delegado titular tendrá su respectivo suplente.

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