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Decreto 10-2009

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 10-2009
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
2009

Fundado en 1880 Diariode Centro América

ÓRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.

MIÉRCOLES 15 de abril de 2009 No. 65 Tomo CCLXXXVIDirectora General: Ana María Rodas www.dca.gob.gt

Sumario ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 10-2009 CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 11-2009

DECRETO NÚMERO 10-2009

DECRETO NÚMERO 12-2009

DECRETO NÚMERO 13-2009 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO:ORGANISMO EJECUTIVO Que el 09 de agosto de 2007, en reunión celebrada entre los presidentes de la MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES República de Colombia y las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras, se suscribió un Tratado de Libre Comercio, en la Ciudad de Medellin, Colombia.

Acuérdase aprobar el siguiente: REGLAMENTO DE LA LEY CONSIDERANDO: DEL CONSEJO NACIONAL DE ATENCION AL MIGRANTE DE GUATEMALA. Que el objetivo fundamental del Tratado es establecer una zona de libre comercio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo XXIV del Acuerdo General de MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y el artículo V del Acuerdo General

sobre Comercio y Servicios. Acuérdase trasladar la competencia de la administración CONSIDERANDO:de tránsito a la Municipalidad de Chinautla del Departamento de Guatemala, única y exclusivamente Que los objetivos del Tratado son promover la expansión y diversificación del dentro de su jurisdicción. comercio de mercancías y servicios entre las Partes; eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de mercancías y servicios dentroAcuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar, lasde la zona de libre comercio; promover condiciones de competencia leal para elbases constitutivas de la Iglesia Evangélica denominada "MISIÓN EVANGÉLICA PENTECOSTÉS ZOE DE DIOS". comercio entre la Partes; promover, proteger y aumentar sustancialmente las inversiones en cada Parte; crear procedimientos eficaces para la ejecución y Acuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobarcumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para la solución los estatutos de la Fundación denominada FUNDACIÓN de controversias; y, establecer lineamientos para la cooperación bilateral dirigida a PARA LAS INVESTIGACIONES ANTROPOLÓGICAS Y ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado. ESTUDIOS AMBIENTALES DE GUATEMALA la cual se abrevia "FUNDACIÓN FARES DE GUATEMALA". CONSIDERANDO: Que cada Parte asegurará, de conformidad con sus normas constitucionales y PUBLICACIONES VARIAS demás disposiciones de su legislación interna, la adopción de todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones del Tratado en su territorio y

en todos sus niveles de gobiernos.CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD

CONSIDERANDO:

EXPEDIENTE 805-2008

Que el Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras es compatible con lasANUNCIOS VARIOS disposiciones señaladas en la Constitución Política de la República de Guatemala, convenios y tratados internacionales de los cuales Guatemala es parte Matrimonios Líneas de Transporte Constituciones de contratante. Sociedad Modificaciones de Sociedad Disolución de CONSIDERANDO:Sociedad Patentes de Invención Registro de Marcas Titulos Supletorios Edictos Remates Que conforme a lo que establece la Constitución Política de la República de Guatemala en los artículos 149, 150 y 151, Guatemala normará sus relaciones con otros Estados de conformidad con los principios, normas, reglas y prácticasATENCIÓN ANUNCIANTES: internacionales, con el propósito de contribuir a la paz, la libertad, el respeto y la IMPRESIÓN SE HACE CONFORME ORIGINAL defensa de los derechos humanos, el fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y Toda impresión en la parte legal del Diario de Centroequitativo entre los Estados; y como parte de la comunidad centroamericana, América, se hace respetando el original. Por lo anterior,mantendrá y cultivará relaciones de cooperación y solidaridad con los demás esta administración ruega al público tomar nota. Estados que conformaron la Federación de Centroamérica; deberá adoptar las medidas adecuadas para llevar a la práctica, en forma parcial o total, la unión2 Guatemala, MIÉRCOLES 15 de abril 2009 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 65

política o económica de Centroamérica; de la misma manera mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados, cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular conjuntamente, políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas. CONGRESO DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que el artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala, DE GUATEMALA confiere al Presidente de la República la facultad de dirigir la politica exterior y las relaciones internacionales, así como celebrar, ratificar y denunciar tratados de conformidad con la Constitución. El Tratado de Libre Comercio entre la República DECRETO NÚMERO 11-2009 de Colombia y las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras, fue negociado conforme dicha facultad y sometido al Congreso de la República, de EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA conformidad con el artículo 171 de la Constitución Politica de la República de CONSIDERANDO: Guatemala. Que el objetivo fundamental del Tratado as establecer una zona de libre comercio, POR TANTO: de conformidad con to dispuesto en el artículo XXIV del Acuerdo General de Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y el artículo V del Acuerdo General En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y I) de lasobre Comercio y Servicios.

Constitución Política de la República de Guatemala, CONSIDERANDO: DECRETA: Que los objetivos del Tratado son promover la expansión y diversificación del comercio de mercancias y servicios entre las Partes; eliminar las barreras al Artículo 1. Aprobar el Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombiacomercio y facilitar la circulación transfronteriza de mercancías y servicios dentro y las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras, suscrito en la ciudad dede la zona de libre comercio; promover condiciones de competencia leal para el Medellin, República de Colombia, el nueve de agosto del año dos mil siete. comercio entre la Partes: promover, proteger y aumentar sustancialmente las Inversiones en cada Parte; crear procedimientos eficaces para la ejecución y Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho dias después de su cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunts y para la solución publicación en el Diario Oficial. de controversias; y, establecer lineamientos para la cooperación bilateral dirigida a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado. REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, CONSIDERANDO: PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. Que cada Parte asegurará, de conformidad con sus normas constitucionales y EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA demás disposiciones de su legislación interna, la adopción de todas las medidas CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIEZ DE MARZO DE DOS MIL NUEVE. necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones del Tratado en su territorio y

en todos sus niveles de gobierno.

DE LA CONSIDERANDO: CERTIFICATEREPUBLICA Que el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y la República de Panamá es compatible con las disposiciones señaladas en la Constitución Política de la República de Guatemala, convenios y tratados internacionales de los cuales JOSE ROBERTO ALEJOS CAMBARA Guatemala es parte contratante, asi como también el Protocolo Bilateral entre la GUATEMALA.CGUA PRESIDENTE República de Guatemala y la República de Panamá al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Panamá.

CONSIDERANDO: Que conforme a to que establece la Constitución Politica de la República de Guatemala en los artículos 149, 150 · 151, Guatemala normant sus relaciones con BAUDILIO ELINOHE REYNABEL ESTRADA ROCA otros Estados de conformidad con los principios, normas, regias y prácticas SECRETARIO internacionales, con el propósito de contribuir a la paz, is liberted, el respeto y la defensa de los derechos humanos, el fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados; como parte de la comunidad centroamericana, mantendrá y cultivará relaciones de cooperación y solidaridad con los demás Estados que conformaron la Federación de Centroamérica; deberá adoptar las PALACIO NACIONAL: Guatemala, trece de abril del año dos mil nueve.medidas adecuadas para llevar a la práctica, en forma parcial o total, la unión politica o económica de Centroamérica; de la misma manera, mantendrá

relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados, cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de PUBLÍQUESE Y CUMPLASE formular conjuntamente, politicas tendientes al progreso de las naciones respectivas.

DE LA CONSIDERANDO: REPUBLICA Que el artículo 183 de la Constitución Politica de la República de Guatemala confiere al Presidente de la República la faculted de dirigir la política exterior y las relaciones internacionales, así como celebrar, ratificar y denunciar tratados de conformidad con la Constitución. El Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y la República de Panamá, fue negociado conforme dicha facultad COLOM CABALLEROS so y sometido al Congreso de la República, de conformidad con el artículo 171 de la

GUATEMALA.

Constitución Politica de la República de Guatemala.

POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y 1) de la Constitución Politica de la República de Guatemala, DECRETA: Artículo 1. Se aprueba el Tratado de Libre Comerolo entre Centroamérica y Panamá, suscrito el dia seis de marzo del afto dos mil dos, en la Cludad de

Panama, República de Panamá. Artículo 2. Se aprueba el Protocolo Bilateral entre la República de Guatemala,y la República de Panamá al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Panamá, suscrito el dia veintiséis de febrero del año dos mil ocho, en la Cludad de

Panamá, República de Panamá. Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia ocho dias después de su RELACIONES publicación en el Diario Oficial.

EXTERIORES

REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN,

Haroldo Rodas Melgar Ruban Estuardo Morales Monroy PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. Ministro de Relaciones Exteriores Ministro de Economia As EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA DEGUATEMALA. CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIEZ DE MARZO DE DOS MIL NUEVE. 10 LA Harrison Lic. Carlos Carios Ochoits

DIPUBLICAJOSE ROBERTO ALEJOS ZAMBARA PRESIDENT DE DE LA REPUBLICA AUDILIO ELINOH RICHOS LÓPEZ REYNABEL ESTRADA ROCA

SECRETARIO

(E-282-2009)=15-abril

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