Decreto 10-2021
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 10-2021
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Desastres_Naturales
- Año
- 2021
---------------------Fundadoen1880--------------------- f Diario de Centro " . enca
6RGANO OFICIAL DE LA REPUBUCA DE GUATEMALA, C . A .
JUEVES 9 de SEPTIEMBRE de 2021 No . 7 Torno CCCXVIII Dlrectora General: SIMa Lanuza www.dca.gob.gt
EN ESTA EDICI6N ENCONTRAM:
ORGANISMO LEGISLATIVO
COI.alDO DI LA..u.uca DI GUATIMAIA
DECRETO NUMERO 10·2021
ORGANISMO EJECUTIVO
MlNl_ DlfIOWIZAS "' .. CAl
ACUEROO GUBERNATIVO NIJMfRO 101·2021
ACUERDO GueERNATIVO NOMERO 103-2021
WNiS'IMO DI oe .. 1A06N
ACUERDO GU6ERNAT!VO NOMERO 178-2021
ACUERlX> MINISTERIAL NUMERO 236-2021 _NISIRIO DI - C'O"M IX'UiOiiII
P6gina 1 ....... 3 ........ COtMN IO DE COOPERACK>N ENTRE £l G06IERNO DE LA REPUBIJCA DE GUATHMlA Y EL GOBIERNO DE LA REPOBUCA DEL ECUADOR, PARA. LA PROTECCION , CO NSERVA clON, REClJPfRACI6N Y REsrrruciON DE BlENES DEL PATRIMONIO CUlTtIRAL Y NATl.IIAl. QUE HA YNI 5100 MATER:tA DE ROeo. HURTO, SAQ UEO, TRANSI'ORTf, TRAfK:O Y/O COMER C IAllZAOON llierro.
PUBLICACIONES VARIAS
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ROeo. HURTO, SAQ UEO, TRANSI'ORTf, TRAfK:O Y/O COMER C IAllZAOON llierro.
PUBLICACIONES VARIAS
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RESOlUCI6N DGT·PJ·04()..2021
CONTRALOIDA GlHltIAL DI CWNTAS
ACUER OO NUMERO A-043-2021
MUNlClPAUDAD DE GUASTATOYA.
DlPAUAMlNTO DI IL PIOGItISO
ACT A N UMER O 55·2021 PUNTO D~ClMO QUINT O
MUNla'ALIDAD DI c:AUlcAN,
DDMTAMINTO DI QUITZAL1'IJMHGO ACrA NtJMERO -13·2021 PUNTC SEXTO _IGMUDAD DlIA VILlA DI %AU8OZA. -.urAMlNlODI __
ACTA NUMERO 28·2020 PUNTO PRIMERO
_ALIDAD DI VlLIA_",
DfPMTAMINTO DI GUA1'IMA&A
ACTA NUMERO 4,680·2021 PUNT O QUINTO
MUNICIPAUDAD DE_",
DI,AlTAMENTO DI JUtlAPA
ACTA NUMERO 37·2021 PUN TO 5000
MUNICl' ..... DAD DIU. UIlITAD; __ ODl .... N ACTA NUMERO 60-2021 PUNTO oECIMO _la'ALlDADDI ............. ___ ODl .... N
ACTA NUMERO 53·202'
ANUNCIOS VARIOS
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ANUNCIOS VARIOS
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ORGANISMO LEGISLATIVO
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CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NUMERO 10-2021
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANOO: Que el Estado de Guatemala sa organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realizaci6n del bien comun y su obligaci6n es mantener a los habitantes de la Naci6n en el pleno goce de los derechos que la Constituci6n Politica de la Republica de Guatemala garantiza.
CONSIDERANOO: Que la Constituci6n Polilica de Ia Republica de Guatemala, preceptua que en casos de estado de calamidad publica puede cesar la plena vigencia de algunos derechos, previa declaratoria del Presidente de la Republica en Consejo de Ministros, calificando Ia situaci6n particular segun su naturaleza y gravedad de oonformidad con la Ley de Orden Publico y con fecha dos de septiembre de dos mil veintiuno, el Presidente de la Repubfica en Consejo de Ministros, emiti6 el Decreto Gubernativo Numero 8-2021, por medio del cual se declara estado de calamidad publica en todo el territorio de la Republica de Guatemala, por un plazo de treinta dlas.
en Consejo de Ministros, emiti6 el Decreto Gubernativo Numero 8-2021, por medio del cual se declara estado de calamidad publica en todo el territorio de la Republica de Guatemala, por un plazo de treinta dlas.
CONSIDERANOO: Que en sesi6n plenaria de fecha seis de septiembre de .dos m il veintiuno se improb6 el Decreto Gubernativo Numero 8-2021, por 10 que corresponde aprobar el instrumento que contenga la decisi6n adoptada por el honorable Pleno del Congreso.
PORTANTO: · En ejercicio de las atribuciones que Ie confieren los artlculos 138, 139 Y 171 literal a) de la Constituci6n Polltica de la Republica de Guatemala, DECRETA: Articulo 1. Improbar el Decreto Gubernativo Numero 8-2021, de fecha dos de septiembre de dos mil veintiuno. emitido por el Presidente de la Republica en Consejo de Ministros, por media del cual sa declara estado de calamidad publica en todo el territorio de la Republica de Guatemala, por un plazo de treinta dlas.
Articulo 2. EI presente Decreto no requiere sanci6n por parte del Organismo Ejecutivo, entrara en vigencia inmediatamente y debera publicarse en el Diario Oficial.
REMiTASE AL ORGAINISMOyE:jEC :U
PUBLICACION.
PARA SU PROMULGACION Y
EMITlDO
CIUDAD DE
VEINTIUNO .
O~~~~~~~L~EG~I:~SLATIVO, EN LA ) DE DOS MIL
...--~ (E ·867 -2021 )-9-M1ptiembre • = Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa