Decreto 100-1998
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 100-1998
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1998
Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana Director: RENE ROSALES GARCIA-SALAS TOMO CCLX Quatemale, lunes 11 de enero de 1999 Administradora: Alma Lillens Garcia NUMERO 67
SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO
ORGANISMO LÉGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NUMERO 100-98 DECRETO NUMERO 100-98 CONSIDERANDO:
DECRETO NUMERO 101-98
DECRETO NUMERO 102-98 EI Congreso de la República de Guatemala, Que las condiciones financieras del préstamo se DECRETO NUMERO 103-98 consideran favorables para Guatemala, principalDECRETO NUMERO 104-98 mente en lo que se refiere a plazos y tasa de interés DECRETO NUMERO 105-98 CONSIDERANDO: incluidas en el referido préstamo, ORGANISMO EJECUTIVO Que con respecto a los Acuerdos de Paz, las POR TANTO, MINISTERIO DE ECONOMIA actividades que realiza FONAPAZ, están enmarConfiérese patente del invento que se indica a la entidadcadas principalmente en el Acuerdo sobre AspectosEn uso de las facultades que le confiere el Articulo 171 literales a) e i), de la Constitución Política deFila Sport S.P.A. Socioeconómicos y Situación Agraria, que en el numeral veintisiete del título tercero, Situacionla República de Guatemala, MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL Agraria y Desarrollo Rural, señala que la resoluConfierese condecoración Medalla Monja Blanca en sución de la problemática agraria y el desarrollo DECRETA: respectiva categoría al personal de Oficiales Superio-rural, son fundamentales e ineludibles para dar res y Subalternos que se indica. respuesta a la situacion de la mayoría de la pobla-Artículo .Autorización para Negociar Présción que vive en el medio rural, la cual es la mástamos Externos Se autoriza al Organismo EjecuMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES afectada por la pobreza y la pobreza extrema. Entivo para que, por medio del Ministerio de Finanzas Ratificase el Convenio entre el Gobierno de la Repúblicatal sentido, en lo que se refiere a InfraestructuraPúblicas, concluya la negociación y suscriba el de Guatemala y el Gobierno de la República FederalBásica, el Gobierno adquirió el compromiso deconvenio de Préstamo No. 6020357006 por de Alemania sobre Cooperacion Financiera, Progra-elaborar un programa de inversiones para el dest,US$.20.000.000.00, con The Export-Import Bank ma Salud Rural. arrollo rural, con énfasis en infraestructura básicaof the Republic of China -EXIMBANK-, en los (carreteras, caminos rurales, electricidad, teleco-términos establecidos en el mismo y básicamente Ratificase el Tratado de Tlatelolco para la proscripciónmunicaciones, agua y saneamiento ambiental) yde las Armas Nucleares en la America Latina. bajo las siguientes condiciones financieras:
proyectos para el período 1997-1999; Ratificase el Convenio entre el Gobierno de la República MONTO: de Guatemala y el Gobierno de la República Federal US$20,000.000.00. de Alemania sobre Cooperación Financiera, PrograCONSIDERANDO: ma Agua Potable y Saneamiento Básico Rural. MONEDA DE DESEMBOLSO Y REEMBOLQue el Programa de Gobierno 1996-2000, enfaSO: ANUNCIOS VARIOS tiza, dentro de las estrategias para los sectores Dólares de los Estados Unidos de América. Matrimonios Constituciones de sociedad Modifiinvolucrados con las actividades que realiza FOcaciones de sociedad Patentes de invención ReNAPAZ, la necesidad de orientar sus acciones para DESTINO: gistro de marcas Títulos supletorios Edictosmejorar las condiciones socioeconómicas de la po-Financiar parcialmente Proyectos de InfraestrucRemates. blación guatemalteca, mediante la ejecución tura en la República de Guatemala. Biolaboratorios, S.A. --Balance General al 30 de junioconsensuada de proyectos con las comunidades, de 1988. persiguiendo reconstruir el tejido social de la po-UNIDAD EJECUTORA: Cableclub San Cristóbal, Sociedad Anónima.-Balance blación que fue seriamente afectada por el conflictoFondo Nacional para la Paz -FONAPAZGeneral al 30 de junio de 1988. armado interno recién concluido; Inversiones GS, S. A.-Balance General al 30 de junio de PLAZO:
1988. Hasta 15 años, incluyendo cinco de gracia.
CONSIDERANDO: DESEMBOLSO: Un primer desembolso de US$10.0 millones en el ATENCION ANUNCIANTES Que el Gobierno de la República, por medio delperíodo de enero a junio de 1999 y un segundo de IMPRESION SE HACE CONFORME Ministerio de Finanzas Públicas, se encuentra gesUS$10.0 millones de julio a diciembre de 1999. tionando un préstamo con The Export-Import BankORIGINAL of the Republic of China -EXIMBANK-, por TASA DE INTERES: US$20.0 millones, para financiar proyectos de in-5% anual sobre el monto principal del préstamo fraestructura en la República de Guatemala, yretirado y pendiente de pago.
Toda impresión en la parte legal del contando, por una parte, con el dictamen favorable Diario de Centro América, se hace resemitido por la Comisión Interinstitucional paraAMORTIZACION: petando el original. Por lo anterior, la Agilización de la Cooperación InternacionalMediante veinte (20) cuotas semestrales y consecuesta Administración ruega al público CIACI-, y por la otra, con la opinión favorabletivas. de la Junta Monetaria contenida en la Resolucióntomar nota. JM-484-98, se hace necesario emitir la disposición.CARGOS POR MORA: legal correspondiente; 10% anual sobre pagos vencidos no realizados.2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-11 de enero de 1999 NUMERO 67 ARTICULO 2. Cumplimiento de las obligaciones deriverias del Convenio DECRETO NUMERO 101-98
de Préstamo. Las amortizaciones del capital, pago de intereses y demás gastos derivados del presente empréstito, estarán a cargo del Organismo Ejecutivo, por conducto delEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Ministerio de Finanzas Públicas, para lo cual deberá prever las asignaciones presupuestariasCONSIDERANDO: correspondientes en cada ejercicio fiscal, hasta la total cancelacion de la deuda.Que en el Programa de Gobierno 1996-2000, se sefiala, entre otros aspectos, que es ARTICULO 3. Vigencia. El presente decreto entrara en vigencia el dia de sunecesario reconocer fa existencia de obstáculos que restan confianza a la capacidad del publicacion en el diario oficial. sistema judicial para garantizar los derechos a los ciudadanos, la falta de una presencia firme del sector judicial.en todo el territorio nacional, la carencia de una legislacion cn los principales idiomas mayas y garifuna, asf como la falta de mecanismos que garanticen la PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, independencia judicial.
PROMULGACION Y PUBLICACION.
CONSIDERANDO: DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA Que unb de los objetivos fundamentales del Gobierno de la Republica, dentro del marco deCIUDAD DE GUATEMALA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. pleno respeto y garantia de la independencia de poderes del Estado, es el apoyo decidido
para el logro de la reestructuración del Organismo Judicial, con el propósito de recobrar la confianza de la poblacion en la administración de justicia y que se cumpla con los principios de accesibilidad, independencia y eficiencia en la prestacion de los servicios Reduped judiciales; consciente de la necesidad de ejecucion de la referida reestructuración, se ha negociado un convenio de Préstamo con cl Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento BIRF., para el financiamiento parcial del "Proyecto de Reforma Judicial". yRAFAEL EDUARDO BARRIOS FLORES PRESIDENTE contando con el Dictamen favorable Número CIACI-32/98, emitido por la Comision Interinstitucional para la Agilizacion de la Cooperación Internacional -CIACI-, y la opinion favorable de la Junta Monetaria, contenida en la Resolucion IM-485-98, es procedente 3 emitir la disposicion legal que lo apruebe.
MARIOFLORES ORTIZ or LA RUBEN BARIO MORALES VELIZ CONSIDERANDO:
SECRETARIO
CONGRESOREPUBLICA SECRETARIO Que el artículo 1 de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Número 57-92 del Congreso de la Republica y sus reformas, establece que la compra, venta y la contratación de bienes, suministros, obras y servicios que requireran los organismos del Estado, sus Contration Centro Américaentidades descentralizadas y autónomas, unidades ejecutoras, las Municipalidades y las empresas públicas estatales O municipales, se sujetan a dicha ley y su reglamento, quedando
a salvo lo dispuesto en convenios y tratados internacionales de los cuales Guatemala sea parte, y que el mecanismo se perfecciona con lo establecido en el artículo 5 del Acuerdo Gubernativo Numero 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cl cual PALACIO NACIONAL: Guatemala. treinta de diclembre de mil noverientos noventa y ocho:estipula que las negociaciones a que se refiere el articulo I de la referida ley, cuando SC financien total 0 parcialmente con recursos externos, se regiran por el convenio respectivo PUBLIQUESE Y CUMPI ASE debidamente aprobado.
CONSIDERANDO: Que el proyecto a ser financiado permitirá encarar las necesidades a mediano plazo de la Modemizacion del Organismo Judicial, con el apoyo e intermediación del Organismo ARZU !RICO Judicial, por To que CS necesario facultar al Organismo Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas, en uso de las atribuciones que le confiere la literal r) del articulo 27 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la Republica, suscriba con el representante legal del Organismo Judicial, el convenio DE subsidiario y sus correspondientes modificaciones, mediante el cual se documenta la PRESIDENCIA33 transferencia de los fondos del prestamo asignados a la misma, asi como las condiciones y estipulaciones que regiran dicha transferencia conforme lo establece el propio convenio de préstamo. 67 POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) e i) del articulo 171 de la
Constitución Politica de la República de Guatemala,
DECRETA: Emilio Hong Loon Viceministro de Finanzas Publicas ARTICULO 1. Aprobacion del convenio de préstamo. Se aprucba elEncargedo del Despacho Convenio de Préstamo entre la República de Guatemala y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento -BIRF-, para el financiamiento parcial del "Proyecto ReformaLicda. Resamoria Cabrera Ortiz Judicial".SUB SECRETARIA GENERAL RESIDENCIA LE LA REPUBLICA BNCARGADA DEL DESPACHO ARTICULO 2. Autorización para suscribir préstamo externo. Se autoriza SECRETARY al Organismo_Ejecutivo para que, por conducto del Ministerio de Finanzas Publicas. concluya la negociacion y suscriba el convenio de préstamo de referencia con el Bancc STATE Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF-, en los términos establecidos en c GUATEONIA mismo y basicamente bajo las siguientes condiciones financieras: