Decreto 101-1973
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 101-1973
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 1973
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Rezull ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DEVISTAS Prensa Centreamericana Director: Periodista Augusto Acuña G. Fundado el 2 de Agosto
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TOMO CXCVII GUATEMALA, VIERNES 14 DE DICIEMBRE DE 1973 NUMERO 76 nando en la ciudad de Coban, Alta Verapaz, el capacidad para adquirir derechos y obligaciones, y SUMARIO Estado ha obtenido ayuda crediticia del Banco a la que corresponde aplicar las politicas de mercaCentroamericano de Integración Económica, la que deo, estabilización de precios y abastecimiento de se programó contratar en forma sucesiva y esproductos agrícolas que determine el Gobierno de calonada por convenir asi a les intereses del país;la República a través del Ministerio de Agricultura: ORGANISMO LEGISLATIVO CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: DECRETO No. 101-73 Que de acuerdo con dicha programación, el Gobierno de la República suscribio -con el Banco Que con fecha 19 de octubre de 1973, INDECA DECRETO No. 102-73 Centroamerigano de Integración Económica, el 5suscribió con el Banco Centroamericano de Intede junio de 1973, un Contrato de Préstamo por gración Económica, por la suma de US$6.042,000.00una suma equivalente a US$2.500,000.00, cantidadun Contrato de Préstamo pera el financianties de laDECRETO No. 103-73 que se ha estimado suficiente para la completaconstrucción de obras civiles, adquisición y montaterminación de esta importante ruta vial que in-je de equipo electromecánico, para el ProgramaDECRETO No. 104-73 corporará los departamentos de Baja y Alta Ve-Nacional de Slos y Centros de: Comp:a, que contemORGANISMO EJECUTIVO rapaz a la red vial nacional; pla el Plan de Desarrollo 1971-75 que está llevando a ejecución el Gobierno de la República;CONSIDERANDO: MINISTERIO DE LA DEFENSA Que, de conformidad con las leyes sobre la maCONSIDERANDO: NACIONAL teria, la Secretaría General del Consejo Nacional de Planificación Económica, la Junta Monetaria Que en la misma fecha, el Gobierno de la Repú- y el Consejo de Estado emitieron, en su oportuni-Confiérese el título de Oficiales del Ejército dedad, opinión favorable a la contratación de dichoblica, a través del Ministerio de Finanzas PúbliGuatemala, el Grado de Subtenientes, así como cas, suscribió con el Banco Centrcamericano deempréstito; los despachos en el Arma respectiva, a los cabaPOR TANTO, Integración Económica un Contrato de Garantía por
lleros Cadetes que se mencionan. medio del cual se constituye en fiador solidario de En uso de las atribuciones que le confieren lostodas las obligaciones contraidas por INDECA en MINISTERIO DE FINANZAS incisos 10 y 13 del artículo 170 de la Constituciónel Contrato de Préstamo arrba mencionado, así COde la República, mo que tanto la Junta Monetaria como el Consejo DECRETA: de Estado emitieron, en su oportunidad, opinión faPUBLICAS vorable con respecto a esta negociación,Artículo 19-Se autoriza al Organismo EjecuReglamento para la Emisión, Negociación y Amor-tivo para negociar un empréstito complementario tización de los Bonos del Tesoro-Segundo Com-con el Banco Centroamericano de Integración POR TANTO, plemento Inversión Ejercicio Fiscal 1973.Económica, por una suma equivalente a dos millones quinientos mil dólares (US$2,500,000.00) aEn uso de las facultades que le confieren los inApruébase la distribución analítica del Presupuestoveinticinco (25) años plazo, con un período de gra-cisos 10 y 14 del artículo 170 de la Constitución de cia de cuatro (4) años; con una tasa de interésla República, de Ingresos y Egresos del Estado, correspondientede cinco un cuarto por ciento (51/4%) anual sobre al ejercicio fiscal, comprendido del 10. de enerosaldos deudores, y una Comisión de Compromisoal 31 de diciembre de 1973. de tres cuartos de uno por ciento (% de 1%) DECRETA:
anual sobre saldos no desembolsados, que se utiVéndese a las personas que se mencionan, las frac-lizará única y exclusivamente para completar elArtículo 10.-Se autoriza al Organismo Ejecutivo ciones de terreno que se desmembrarán de lafinanciamiento de la construcción de la carretera para que sirva de Garante del préstamo que el Banfinca nacional que se expresa. El Rancho-Cobán en sus distintos tramos. CO Centroamericano de Integración Económica conArtículo 2°-Se aprueban las bases del emprés-cedió al Instituto Nacional de Comercialización AgriPUBLICACIONES VARIAS tito a que se refiere el artículo anterior, así comocola -INDECA-, formalizado entre las partes en el Contrato de Préstamo, suscrito entre el Orga-contrato suscrito con fecha 19 de octubre de 1973.
1. MUNICIPALIDAD DE MORALES, IZABAL, nismo Ejecutivo y el Banco Centroamericano de Integración Económica el día 5 de junio de 1973.Artículo 39-Las amortizaciones del préstamo y Artícu'o 20.-Se aprueba el Contrato de Préstamo Modificase en el sentido que se expresa las Tarifas,sus intereses se pagarán por medio de asignacio-suscrito el 19 de octubre de 1973, entre el Banco aprobadas por la Municipalidad de Morales, de-nes presupuestarias que el Ejecutivo, por conduc-Centroamericano de Integración Económica y el partamento de Izabal. to del Ministerio de Finanzas Públicas, fijará enInstituto Nacional de Comercialización Agricala
cada ejercicio fiscal, en el Presupuesto General-INDECApor la suma de SEIS MILLONES, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS de Gastos del Estado, hasta la completa cancela-CUARENTA Y DOS MIL DOLARES MUNICIPALIDAD DE EL QUETZAL, ción de la deuda. (US$6.042,000.00), destinado a financiar parcialmenArtículo 49-El presente decreto fue declaradoela Programa Nacional de Si os y. Centros deReglamento para el Servicio de Agua Potable, Elde urgencia nacional y aprobado con el voto favo-Compra. otorgado bajo las siguientes condiciones: Quetzal, departamento de San Marcos. rable de más de las dos terceras partes del totala 20 años plazo, que incluye un periodo de gracia de diputados que integran el Congreso. y entra-de 4 años; con una tasa de interés del 5.75% anual, MUNICIPALIDAD DE CAMOTAN, CHIQUIMULA rá on vigor el día siguiente de su publicación enbien el uno pcr c'ento (1%) anual sobre el costo el Diario Oficial. Reglamento para el Servicio de Agua Potable, Ca-Pase al Organismo Ejecutivo para su publica-de los recurses que el Banco obtenga de otras fuentes, cualquiera que fuere mayor; dicho interésmotán, departamento de Chiquimula. ción y cumplimiento. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo:se calculará scbre saldos deudcres; una Comisión MUNICIPALIDAD DE PATULUL, en la ciudad de Guatemala, a los seis días del mesde Compromiso de tres cuartos del uno por ciento
SUCHITEPEQUEZ de diciembre de mil novecientos setenta y tres.(3/4 del 1%) anual sobre saldos no desembolsados; el préstamo S3 amortizará en treinta y dis (32) Autorizase las Tarifas que se mencionan, acordadasMARIO SANDOVAL ALARCON, pagos semestrales. Ins 31 primeros por la cantided por la Municipalidad de Patulul, departamento Presidente. de CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS DOLARES (US$188,800.00) cada uno, y el úl-de Suchitepéquez. MARIATERESA F. de GROTEWOLD, timo por la cantidad de CIENTO OCHENTA Y ANUNCIOS VARIOS Secretaria. NUEVE MIL DOSCIENTOS D OLAR E S JUAN ANTONIO GONZALEZ ORTEGA, (US$189,200.00); el primero de los cuales deberá cancelarse una vez t:anscurridos 54 meses de la Autorizaciones farmacéuticas. Matrimonios. - Secretario. fecha del Contrato. Solicitud de nacionalidad. Constitución de sociedades. - Modificación de sociedades. - Pró- Palacio Nacional: Guatemala, troce de diciem-Artículo 30.-El principal, intereses, comisiones y rroga de sociedades. Patentes de invención.bre de mil novecientos setenta y tres. Registro de marcas. Títulos supletorios. - Publíquese y Cúmplase. demás gastes derivados del Préstamo mencionado on el articulo anterior, serán amortizados por el
Edictos. - Licitaciones. Remates. CARLOS ARANA OSORIO. Instituto Nacional de Comercializadión Agrícola -INDECAcon el producto de sus utilidades netas. E1 Ministro de Finanzas. Artículo 40.-Se aprucba el Contrato de Garantia JORGE LAMPORT RODIL, el 19 de octubre de 1973, entre la República de GuaORGANISMO LEGISLATIVO temala y el Banco Centroamericano de Integración Económica. por medio del cual el Estado se constituyo en fiador solidario de todas las obligaciones DECRETO No. 102-73 contraídas por INDECA en el Contrato de Préstamo a que S2 refiere el artícu'o segundo del presente DECRETO No. 101-73 Decreto. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,Artículo 50.-El presente Decreto fue declarado EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, CONSIDERANDO: de urgenc'a nacional y fue aprobado con el voto favorable de más de las dos terceras partes del Que por Decreto Número 101-70, el Congreso de lanúmero total de Diputados que integran el CongresoCONSIDERANDO: República dispus la creación del Instituto Nacionalde la República, y entrará en vigor al día siguiente de Comercialización Agricola -INDECAcon cade su publicación en el Diario Oficial. Que para el financiamiento de la construcciónrácter de entidad estatal-descentralizada autónoma,Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación de la carretera que partiendo de la población de El Rancho, sobre la ruta al Atlántico, y termi-personalidad jurídica, patrimon'o propio y plenay cumplimiento.