Decreto 101-1997
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 101-1997
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1997
Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana TOMO CCLVII Quatemala, jueves 20 de noviembre de 1997 Director: Héctor Cifuentes Aguirre Administradors: Alma Liliana Garcia NUMERO 80 SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO sobre el comportamiento de la ejecución física y financiera del sector público; ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA d) Velar por el uso eficaz y eficiente del crédito público, coordinando los programas de CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETO NUMERO 101-97 desembolso y utilización de los recursos, así como las acciones de las entidades que DECRETO NUMERO 101-97 El Congreso de la República de intervienen en la gestión de la deuda interna y Guatemala, externa; e) Fortalecer la capacidad administrativa y los CONSIDERANDO: sistemas de control y seguimiento para asegurar ORGANISMO EJECUTIVO el adecuado uso de los recursos del Estado; y, Que el Artículo 238 de la Constitución Políticaf) Responsabilizar a la autoridad superior de cada de la República de Guatemala describe el contenidoorganismo 0 entidad del sector público, por la MINISTERIO DE GOBERNACION de la Ley Orgánica del Presupuesto, la que debeimplantación y mantenimiento de: regular, entre otros, los procesos de formulación,I.Apruébanse los estatutos de la Asociación para el Un sistema contable integrado, que Desarrollo Empresarial Comunitario de Tierra Blancaejecución y liquidation del presupuesto general deresponda a las necesidades de registro
-ADECOTAB-. ingresos y egresos del Estado, así como lo relativo de la información financiera y de Apruébanse los estatutos de la Asociación para ela la deuda pública, las formas de comprobar losrealizaciones físicas, confiable y Desarrollo Empresarial Comunitario de Lagunetasgastos y de recaudación de los ingresos públicos,oportuno, acorde a sus propias -ADECOL-. características; II. Apruébanse los estatutos de la Asociación para el Un eficiente y eficaz sistema de controlCONSIDERANDO: Desarrollo Empresarial Comunitario de Pelillo Negro interno normativo, financiero, económico ADECOPEQue el presupuesto público, como instrumento y de gestión sobre sus propias operaciones, organizado en base a las Apruébanse los estatutos de la Asociación para elde planificación y de política económica, así como normas generales emitidas por la Desarrollo Empresarial Comunitario de Tituquede gestión de la administración fiscal del Estado, Contraloría General de Cuentas; y,-ADECOT-; y reconócese su personalidad jurídica.requiere de una legislación adecuada que armonice III. Apruébanse los estatutos de la Asociacion para el en forma integrada con los sistemas de contabilidad Procedimientos que aseguren el eficaz y eficiente desarrollo de las actividades Desarrollo Empresarial Comunitario de El Oréganogubernamental, tesorería y crédito público, los institucionales y la evaluación de los -ADECORprocesos de producción de bienes y servicios del resultados de los programas, proyectosy
Apruébanse los estatutos de la Asociación para elsector público, operaciones. Desarrollo Empresarial Comunitario de Guareruche -ADECOGUAREPOR TANTO, Artículo2. Ambito de aplicación. Están sujetos a las disposiciones de la presente ley: Apruébanse los estatutos de la Asociación para elEn ejercicio de las atribuciones que le confiere ela) Los Organismos del Estado;Desarrollo Empresarial Comunitario del CandeleroArtículo 171 literal a) de la Constitución Política deb) Las entidades descentralizadas y autónomas;-ADECOC-. la República de Guatemala, c) Las empresas cualquiera sea su forma de Apruébanse los estatutos de la Asociación para el organización, cuyo capital esté conformado Desarrollo Empresarial Comunitario La Lima DECRETA: mayoritariamente con aportaciones del Estado;-ADECOLIy Apruébanse Hos estatutos de la Asociacion para el La siguiente: d) Las demás instituciones que conforman el sector Desarrollo Empresarial Comuni' ario Conacaste público. -ADECONAC-. LEY ORGANICA DEL PRESUPUESTO Artículo 3. Desconcentración de la administración financiera. Integran losTITULO I PUBLICACIONES VARIAS sistemas presupuestario, de contabilidad integrada gubernamental, tesorería y crédito público; el EMPRESA GUATEMALTECA DE DISPOSICIONES GENERALES Ministerio de Finanzas Públicas, como órgano TELECOMUNICACIONES rector, y todas las unidades que cumplan funciones -GUATELArtículo 1. Objeto. La presente ley tiene porde administración financiera en cada uno de los
finalidad normar, los sistemas presupuestario, deorganismos y entes del sector público. MINISTERIO DE EDUCACION contabilidad integrada gubernamental, de tesorería, y de crédito público, a efecto de: Estas unidades serán responsables de velar por JUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL el cumplimiento de las políticas, normas y a) Realizar la programación, organización, lineamientos que, en materia financiera, NOMINA No. 10-97 coordinación, ejecución y control de la captaciónestablezcan las autoridades competentes en el y uso de los recursos públicos bajo los principiosmarco de esta ley. ANUNCIOS VARIOS de legalidad, economía, eficiencia, eficacia y Artículo 4. Rendición de cuentas del servidor equidad, para el cumplimiento de los programaspúblico. Todo servidor público que maneje fondosMatrimonios Constituciones de sociedad. Modificaciones de y los proyectos de conformidad con las políticas0 valores del Estado, así como los que realicensociedad. Patentes de invención. Registro de marcas establecidas; funciones de Dirección Superior 0 Gerenciales,Títulos supletorios. Edictos. Remates. b) Sistematizar los procesos de programación, deben rendir cuentas de su gestión, por lo menosgestión y evaluación de los resultados del sectorasher, Sociedad Anónima.-Balance General al 30 de una vez al año, ante su jefe inmediato superior, porpúblico;junio de 1997. el cumplimiento de los objetivo a que se destinaron Devisa, Sociedad General al 30 de c) Desarrollar y mantener sistemas integrados quelos recursos públicos que le fueron confiados, y por
junio de 1997. proporcionen información oportuna y confiablela forma y resultados de su aplicación.2622 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Noviembre 20 de 1997 NUMERO 80 ARTICULO 5. Comisión Tecnica de Finanzas Públicas. Se crea la Comision Tecnica de Finanzas Públicas, la cual prestará asesoria al Ministro y Viceministros deEn materia de ingresos, la liquidacion o momento on que éstos se devenguen, según el caso y su recaudacion efectiva; y, Finanzas Públicas en materia de administracion financiera. Su integracion, atribuciones yfuncionamiento se normarán en el Reglamento de la presente Ley. b) En materia de egresos, las etapas del compromiso, del devengado y del pago. ARTICULO 6. Ejercicio fiscal. El ejercicio fiscal del sector público BC inicia el unoARTICULO 17. Control y fiscalización de los presupuestos. EI control de los de enero y termina el treinta y uno de diciembre de cada año. presupuestos del sector público corresponde al Organismo Ejecutivo a través del Ministerio de Finanzas Públicas, con excepcion de las Municipalidades y de la Universidad de SanTITULO II Carlos de Guatemala La fiscalización de los presupuestos del sector público sin excepcion,DEL SISTEMA PRESUPUESTARIO será ejercida por is Contraloria General de Cuentas o por la Superintendencia de Bancos, según sea el caso.CAPITULO DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 18. Uso de iss economias. Las economias, superávit e ingresosARTICULO 7. El sistema presupuestario. El sistema presupuestario lo constituyeneventuales que surjan en el proceso presupuestario, podrán utilizarse para atender gastos
el conjunto de principios, organos, normas y procedimientos que rigen el procesooperacionales, de inversion 0 del servicio de la deuds. presupuestario de todos los organismos y entidades que conforman el sector público y que sedescriben on cata ley y su reglamento. CAPITULO II DEL REGIMEN PRESUPUESTARIO DE LOS ORGANISMOS DEL ESTADO ARTICULO 8. Vinculación plan-presupaesto. Los presupuestos públicos son la expresion anual de los planes del Estado, elaborados cn el marco de la estrategia de SECCION desarrollo económico y social, en aquellos aspectos que exigen por parte del sector público,DE LA LEY GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO captar y asignar los recursos conducentes para su normal funcionamiento y para elARTICULO 19. Estructura de la ley. La ley que aprueba el presupuesto general de cumplimiento de los programas y proyectos de inversión, a fin de alcanzar las metas yobjetivos sectoriales, regionales e institucionales: ingresos y egresos del Estado constará de tres títulos cuyo contenido será el siguiente: TITULO Presupuesto de IngresosEl Organismo Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas, consolidará
los presupuestos institucionales y elaborará el presupuesto y las cuentas agregadas del sectorTITULO II. Presupuesto de Egresos público. Además, formulará el presupuesto multianual. TITULO III. Disposiciones Generales ARTICULO 9. Atribuciones del Órgano Rector El Ministerio de Finanzas EI Título I. Presupuesto de Ingresos, deberá contener todos aquellos ingresos de cualquierPúblicas, a traves de la unidad especializada que corresponda, será el órgano rector delnaturaleza que se estima percibir 0 recaudar durante el ejercicio fiscal, el financiamientoproceso presupuestario público. Esa unidad tendra las siguientes atribuciones: proveniente de erogaciones y operaciones de crédito público, representen o no entradas de a) Participar en la formulacion de los aspectos presupuestarios de la política financieradinero efectivo, y los excedentes de fondos que se estimen a la fecha de cierre del ejercicio para el sector público; anterior al que se presupuesta. b) Formular, en coordinacion con el ente planificador del Estado, y proponer losNo se podrán destinar ingresos a gastos específicos, con excepcion de: lineamientos para la elaboracion de los presupuestos del sector público; a) Los provenientes de operaciones de crédito público; c) Dictar las normas técnicas para la formulación, programacion de la ejecucion,b) Los provenientes de donaciones, herencias O legados a favor del Estado, con destino modificaciones y evaluacion de los presupuestos de los Organismos, del Estado, específico; entidades descentralizadas y autónomas; c) Los que, por leyes especiales, tengan afectación especifica.
d) Preparar, en coordinacion con los entes públicos involucrados en el proceso, el Proyecto de-presupuesto general de ingresos y egresos del Estado y fundamentar suEl Titulo II. Presupuesto de Egresos, contendrá todos aquellos gastos que se estima SC contenido; devengarán en el periodo, se traduzcan 0 no en salidas de dinero efective de caja. e) Coordinar los procesos de ejecucion presupuestaria de los Organismos, e intervenir enEl Titulo III. Disposiciones Generales, incluye las normas complementarias a la presente ley los ajustes y modificaciones de los presupuestos, de acuerdo a las atribuciones que leque regirán para cada ejercicio fiscal. Contendrá normas que se relacionen directa y fije la reglamentación correspondiente; exclusivamente con la aprobación, ejecucion y evaluacion del presupuesto. No podrán incluirse normas de carácter permanente ni se crearán, por clias, entidades administrativas, dc reforma Of) Desarrollar, mediante tecnicas de programación y estadistica, las herramientas de derogatoria de vigentes, ni de creacion, modificacion O supresion de tributos u otros ingresos. control de gestion de los resultados vinculados al cumplimiento de los objetivos y metas del sector público. En lo referente a la inversion pública, deberá coordinar con laEn cl reglamento se establecerá, en forma detallada, el contenido específico de cada uno de respectiva unidad especializada. los titulos. g) Evaluar la ejecucion de los presupuestos, aplicando las normas y criterios establecidos SECCION II por esta ley, su reglamentación y las normas tecnicas respectivas; DE LA FORMULACION DEL PRESUPUESTO
h) Capacitar al personal involucrado en el proceso presupuestario; c, ARTICULO 20. Políticas presupuestarias. El Organismo Ejecutivo, a traves de sus dependencias especializadas, practicará una evaluacion anual del cumplimiento de los i) Las demás que le confiera la presente ley y su reglamento. planes y políticas nacionales y del desarrollo general del pais. En funcion de los resultados de esta evaluación dictará las politicas presupuestarias y los lineamientos generales. Sobre ARTICULO 10. Contenido. El presupuesto de cada uno de los organismos y entes estas bases las entidades prepararán sus propuestas de prioridades presupuestarias en señalados en esta ley será anual y contendrá, para cada ejercicio fiscal, la totalidad de lasgeneral, y de planes y programas de inversion pública, en particular, para la formulación del asignaciones aprobadas para gastos y la estimación de los recursos destinados a su proyecto de presupuesto general de ingresos y egresos del Estado. financiamiento, mostrando el resultado económico y la produccion de bienes y servicios que generarán las acciones previstas. ARTICULO 21. Presentación de anteproyectos Para los fines que establece esta ley. y con el objeto de integrar cl presupuesto consolidado del sector público, los Organismos ARTICULO 11. Presupuestos de ingresos. Los presupuestos de ingresos contendran la del Estado y sus entidades descentralizadas y autónomas, deberán presentar al Ministerio de identificacion especifica de las distintas clases de ingresos y otras fuentes de financiamiento.Finanzas Públicas, en la forma y en el plazo que se fije en el reglamento, sus anteproyectos
incluyendo los montos estimados para cada uno de ellas. de presupuesto, adjuntando sus respectivos planes operativos. ARTICULO 12. Presupuestos de egresos. En los presupuestos de egresos se utilizará ARTICULO 22. Determinación de asignaciones privativas. EI monto de (as una estructura programática coherente con las políticas y planes de accion del Gobierno, que asignaciones que por disposición constitucional O de leyes ordinarias deben incluirse en el. permita identificar la produccion de bienes y servicios de los organismos y entes del sectorpresupuesto general de ingresos y egresos del Estado, a favor de Organismos, entidades o público, así como la incidencia economicacy financiera de la ejecucion de los gastos y ladependencias del sector publico, se determinarán tomando cn cuenta los rubros de ingresos vinculacion con sús fuentes de financiamiento. tributarios sin destino especifico y disponibilidad propia del Gobierno, conforme al comportamiento de la recaudación. El reglamento normará lo relativo a este artículo, ARTICULO 13. Naturaleza y destino de los egresos. Los grupos de gastos contenidos en los presupuestos de egresos del Estado, expresan la especie 0 naturaleza de los bienes yARTICULO 23. Presentación del proyecto de presupuesto. El Organismo Ejecutivo servicios que se adquieren, asi como la finalidad de las transferencias y otras aplicacionespresentará el Proyecto de presupuesto general de ingresos y egresos del Estado al Congreso financieras. Se podrán establecer grupos de egresos no imputables directamente a programas.de la Republica a más tardar el dos de septiembre del año anterior al que regirá,
acompañado de la información que se especifique en el reglamento de esta Ley. No habrá grupo de gasto que no esté representado por una cifra numérica. Los montos asignados en el presupuesto general de ingresos y egresos del Estado no obligan aARTICULO 24. Falta de aprobación del presupuesto. Si en el término establecido la realizacion de los gastos correspondientes, éstos deben efectuarse en la medida en que se vanen la Constitucion Política, cl Congreso de la República no hubiere aprobado el presupuesto cumpliendo los objetivos y las metas programadas. general de ingresos y egresos del Estado para el próximo ejercicio fiscal, e iniciare el año fiscal siguiente, regirá de nuevo del presupuesto en vigencia del ejercicio anterior, el cual La reglamentación establecerá las tecnicas de programacion presupuestaria a aplicar y lospodrá ser modificado 0 ajustado por el Congreso. clasificadores de ingresos y egresos que serán utilizados. SECCION III ARTICULO 14. Base contable del presupuesto. Los presupuestos de ingresos y de DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO egresos deberán formularse y ejecutarse utilizando el momento del devengado de las transacciones como base contable. ARTICULO 25. Ejecución del presupuesto de ingresos. La ejecucion del presupuesto de ingresos se regira por las leyes y reglamentos que determinan su creación yARTICULO 15. Continuidad de la ejecución del presupuesto. Cuando en los administracion, así como por las normas y procedimientos establecidos por el organo rectorpresupuestos de los organismos V entidades publicas se incluyan créditos para contratar obras odel sistema presupuestario.
adquirir bienes y servicios, cuyo plazo de ejecucion exceda de un ejercicio fiscal, se deberá adicionar a Is informacion del ejercicio cl monto de los ingresos invertidos en años anteriores yARTICULO 26. Limite de los egresos y su destino. Los créditos contenidos en cl los que se invertiran en el futuro sobre la base de una programacion financiera anual, asi comopresupuesto general de ingresos y egresos del Estado, aprobados por el Congreso de la los respectivos cronogramas de ejecucion fisica, congruentes con cl programa de inversionesRepublica, constituyen el limite máximo de las asignaciones presupuestarias. públicas elaborado por la Secretaria General del Consejo Nacional de PlanificacionEconómica. No se podrán adquirir compromisos ni devengar gastos para los cuales no existan saldos disponibles de créditos presupuestarios, ni disponer de estos créditos para una finalidad Cuando se contrate obras 0 servicios cuya ejecucion abarque más de un ejercicio fiscal sedistinta a la prevista. programarán las asignaciones necesarias en los presupuestos correspondientes hasta suterminacion. ARTICULO 27. Distribución analitica. Aprobado el presupuesto general de ingresos y egresos del Estado por el Congreso de la Republica, el Organismo Ejecutivo pondrá en ARTICULO 16. Registros. Los organismos y las entidades regidas por esta ley están vigencia, mediante acuerdo gubernativo, ja distribucion analitica del presupuesto, que obligadas a llevar los registros de la ejecucion presupuestaria en la forma que se establezcaconsistirá en la presentación desagregada hasta el último nivel previsto en los clasificadores y
en el reglamento, y como mínimo deberan registrar: categorias de programación utilizados, de los créditos y realizaciones contenidos en cl mismo.NUMERO 80 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Noviembre 20 de 1997 2623 ARTICULO 28. Medidas de ajuste presupuestario. Cuando el comportamiento de ARTICULO 37. Egresos devengados y no pagados. Los gastos comprometidos y no los ingresos corrientes muestre una tendencia significativamente inferior a las estimacionesdevengados al treinta y uno de diciembre, previo análisis de su situacion, podrán trasladarse contenidas en el presupuesto general de ingresos y egresos del Estado, el Ministerio deal ejercicio siguiente imputandose a los créditos disponibles de cada unidad ejecutora. Finanzas Públicas deberá realizar los ajustes pertinentes en el presupuesto, incluyendo el recorte e inmovilización de créditos O el cambio de fuentes de financiamiento de Los gastos devengados y no pagados al treints y uno de diciembre de cada año se cancelarán asignaciones presupuestarias. durante el año siguiente, con cargo a las disponibilidades de fondos existentes a esa fecha de cada unidad ejecutora. ARTICULO 29. Autorizadores de egresos. Los Ministros y los Secretarios de Estado, los Presidentes de los Organismos Legislativo y Judicial, así como ja autoridad no colegiadaARTICULO 38. Saldos de efectivo. Los saldos de efectivo que permanecieren en las que ocupe el nivel jerárquico superior de las entidades descentralizadas y autónomas y decajas de las dependencias del Estado al treinta y uno de diciembre de cada año y que no
otras instituciones, serán autorizadores de egresos, en cuanto a sus respectivos presupuestos.correspondieran a obligaciones pendientes de pago a esa fecha, deben ser reintegrados a la Dichas facultades, de autorización de egresos, podrán delegarse a otro servidor público de laTesoreria Nacional misma institucion O al responsable de la ejecución del gasto. CAPITULO III ARTICULO 30. Programación de la ejecución. De acuerdo con las normas técnicas y periodicidad que para efectos de la programación de la ejecucion establezca el Ministerio DEL REGIMEN PRESUPUESTARIO DE LAS ENTIDADES de Finanzas Públicas, las entidades y organismos que financieramente dependan total 0 DESCENTRALIZADAS Y AUTONOMAS parcialmente del presupuesto general de ingresos y egresos del Estado, propondrán a dicho ARTICULO 39. Ambite Se rigen por este Capitulo las entidades descentralizadas y Ministerio la programación de la ejecución fisica y financiera de sus presupuestos. Esteautónomas comprendidas en los incisos b) y d) del artículo 2 de esta ley, con excepcion,d fijará las cuotas de compromisos, devengados y pagos considerando el flujo estacional de las municipalidades y de la Universidad de San Carlos de Guatemala. los ingresos, la capacidad real de ejecucion y el flujo de fondos requeridos para el logro oportuno y eficiente de las metas de los programas y proyectos. ARTICULO 40. Presentación y aprobación del presupuesto. Las entidades
descentralizadas presentarán su proyecto de presupuesto de ingresos y egresos al Organismo ARTICULO 31. Ingresos propios. La utilizacion de los ingresos que perciban las Ejecutivo, a traves del Ministerio de Finanzas Públicas. El Organismo Ejecutivo los aprobará diferentes instituciones, producto de su gestión, se ejecutará de acuerdo a la percepción realantes del quince de diciembre de cada año y ordenará publicar en el diario oficial el acuerdo de los mismos. gubernativo correspondiente. ARTICULO 32. Modificaciones presupuestarias. Las transferencias y Si dichas entidades no presentaren su presupuesto en la fecha prevista, el Ministerio de modificaciones presupuestarias que resulten necesarias durante la ejecucion del presupuesto Finanzas Públicas los elaborara de oficio y los someterá a la consideración y aprobacion del general de ingresos y egresos del Estado, se realizarán de la manera siguiente: Organismo Ejecutivo. Por medio de acuerdo gubernativo refrendado por los titulares de las instituciones Las entidades autónomas remitirán anualmente al Organismo Ejecutivo y al Congreso de la afectadas. cuando el traslado sea de una institución a otra, previo dictamen favorable República sus presupuestos para su conocimiento e informacion. del Ministerio de Finanzas Públicas. ARTICULO 41. Modificaciones presupuestarias. Las modificaciones de la ejecución2 Por medio de acuerdo emitido por el Ministerio de Finanzas Públicas, siempre de los presupuestos de las entidades descentralizadas con excepcion de las autónomas, quecuando las transferencias ocurran dentro de una misma institucion, en los casos impliquen la disminución de los resultados económicos y financieros previstos, O la alteracionsiguientes: sustancial de la inversion programada O el incremento del endeudamiento autorizado, deben ser
a) Cuando las transferencias impliquen la creacion, incremento O disminución analizados y decididos por el Organismo Ejecutivo, oida la opinion del Ministerio de Finanzas de asignaciones de los renglones del grupo 0 "Servicios Personales" y Públicas. renglones 911 "Emergencia y Calamidades Públicas" y 914 "Gastos no Previstos"; En los demás casos las entidades establecerán su propio sistema de modificaciones presupuestarias en la forma como se regule en el reglamento de esta ley.b) Modificaciones en las fuentes de financiamiento; y.- ARTICULO 42. Informes de gestión. Las entidades sujetas a este Capitulo debenc) Cuando se transfieren asignaciones de un programa O categoria equivalente a remitir al Ministerio de Finanzas Públicas y la Secretaria General de Consejo Nacional de otro, 0 entre proyectos de inversion de un mismo 0 diferente programa y/o suPlanificacion Económica, con las características, plazos y contenido que determine la programa. reglamentación, informes de la gestion fisica y financiera de su presupuesto.
3. Por resolución Ministerial del Ministerio interesado; resolucion de la Secretaria ARTICULO 43. Liquidacion presupuestaria. Al final de cada ejercicio General de la Presidencia de la República cuando se trate del presupuesto de lapresupuestario las entidades a que se refiere este Capitulo procederán a preparar la Presidencia de la República; y, resolucion de la máxima autoridad de cada liquidacion de su presupuesto, la cual, de acuerdo a la fecha establecida en la Constitucion
dependencia y secretaria, cuando corresponda ai presupuesto de las Secretarias yPolitica de la Republica y con el contenido que se indique en el reglamento, será remitida a otras dependencias del Organismo Ejecutivo; en los casos siguientes: los organismos competentes para su consideracion y aprobación. a) Cuando las transferencias de asignaciones ocurran entre subprogramas de un ARTICULO 44. Transferencias a otros entes. Los organismos y entes normados en esta mismo programa 0 entre actividades especificas de un mismo programa o ley no podrán realizar aportes o transferencias a otros entes del sector público, cuyo subprograma; presupuesto no esté aprobado en los términos de esta Ley, requisito que tambien será b) imprescindible para realizar operaciones de crédito público.Cuando las transferencias de asignaciones ocurran entre grupos no controlados del programa O categoria equivalente, subprograma O proyecto; ARTICULO 45. Empresas con capital mayoritario del Estado. La reglamentación definira los métodos y los procedimientos del sistema presupuestario para contemplar lasc) Cuando las transferencias ocurran entre rengiones no controlados del mismo especificidades de la gestion de las empresas cuyo capital esté conformado en forma grupo de gasto del programa, 0 categoría equivalente, subprogama 0 mayoritaria con aportaciones del Estado. Estos, estarán destinados fundamentalmente a proyecto. mantener la integralidad del sistema de informacion del sector público y a apoyar los análisis consolidados. Todas las transferencias deberán ser remitidas a la Direccion Técnica del Presupuesto, CAPITULO IV dentro de los diez (10) días siguientes de su aprobación, la que deberá notificarlas de DEL REGIMEN PRESUPUESTARIO DE LAS MUNICIPALIDADES
mediato al Congreso de la República y a la Contraloria General de Cuentas. ARTICULO 46. Metodologia presupuestaria. Sin perjuicio de la autonomia que la ARTICULO 33. Fideicomisos. Los recursos financieros que el Estado asigne con Constitucion Politica de la Republica otorga a las municipalidades y en virtud a que éstas obligacion de reembolso a sus entidades descentralizadas y autónomas para que los actúan por delegacion del Estado, su presupuesto anual de ingresos y egresos deberá inviertan C:, la realización de proyectos específicos de beneficio social y que produzcan adecuarse a la metodologia presupuestaria que adopte el sector público. Para el efecto, el renta que retorne el capital invertido, podrán darse en fideicomiso. Asimismo, los Fondos Ministerio de Finanzas Públicas proporcionará la asistencia tecnica correspondiente. Sociales podrán ejecutar sus proyectos bajo dicha figura. Los fideicomisos se constituirán en cualquier Banco del sistema nacional. ARTICULO 47. Informes de la gestión presupuestaria. Para fines de consolidación de cuentas e información que debe efectuar el Organismo Ejecutivo, las municipalidades SECCION IV remitiran, al Ministerio de Finanzas Públicas, al Congreso de la República y a la Contraloria DE LA EVALUACION DE LA EJECUCION PRESUPUESTARIA General de Cuentas, sus presupuestos de ingresos y egresos aprobados. Asimismo, la informacion de in ejecucion fisica y financiera de su gestion presupuestaria, en la ARTICULO 34. Alcance de la evaluación. La evaluación presupuestaria comprendera oportunidad y con el contenido que senale el regiamento. En cuanto a la inversion pública,basicamente la medicion de los resultados fisicos y financieros obtenidos y los efectos se informará, además, a la Secretaria General del Consejo Nacional de Planificacion
producidos, el análisis de las variaciones observadas, con la determinación de las causas y laEconómica. recomendación de medidas correctivas. TITULO III ARTICULO 35. Evaluacion de la gestion presupuestaria. Sin perjuicio de la DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA GUBERNAMENTAL evaluacion permanente interna que debe realizar cada organismo y entes comprendidos en la ARTICULO 48. El sistema de contabilidad. El sistema de contabilidad integradapresente ley, el Ministerio de Finanzas Públicas evaluará la ejecución del presupuesto gubernamental lo constituyen el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientosgeneral de ingresos y egresos del Estado y de los presupuestos de las entidades, con excepción de las municipalidades y de la Universidad de San Carlos de Guatemala, tanto en que permitan el registro de los hechos que tienen efectos presupuestarios, patrimoniales y en los flujos de fondos inherentes a las operaciones del Estado, con el objeto de satisfacer lasforma periódica, durante la ejecución, como al cierre del ejercicio, para lo cual considerará necesidades de informacion destinadas a apoyar el proceso de toma de decisiones de lala situación económica y de las finanzas públicas. administración y el ejercicio del control, asi como informar a terceros y a la comunidad Tratándose de los proyectos de inversion, la evaluación se coordinará con la Secretaria sobre la marcha de la gestion publica. General del Consejo Nacional de Planificacion Económica. ARTICULO 49. Atribuciones del organo rector. EI Ministerio de Finanzas Públicas, a EI regl