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Decreto 103-1984

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 103-1984
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Transporte
Año
1984

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericana Luis Mendizábal R. Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 TIPOGRAFIA NACIONAL, 18 Calle 6-72, some 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCXXIV GUATEMALA, VIERNES 19 DE OCTUBRE DE 1984 NUMERO 87

SUMARIO "Artículo 20.-En este sentido quedan modificurso, celebrado entre el Gobierno de la República cados los Acuerdos Gubernativos de fechas 16 de por intermedio del Ministerio de Comunicaciones, mayo de 1961, 26 de abril de 1962, 5 de abril de Transporte y Obras Públicas y la Empresa "TrasORGANISMO EJECUTIVO 1974 y 14 de marzo de 1979." lados, Sociedad Anónima", por el que se le concede a esta empresa autorización para operar en laSiendo lo correcto: República de Guatemala, un servicio de transporte JEFATURA DE ESTADO "Artículo 20.-En este sentido quedan modificaaéreo publico de pasajeros, correo y carga, efecdos los Acuerdos Gubernatives de fechas 16 de tuado por remuneración (charter o fletamento), DECRETO-LEY NUMERO 103-84 mayo de 1961, 26 de abril de 1962, 5 de abril de por el plazo de cinco (5) años contado a partir

1974 y 17 de noviembre de 1977." de la entrada en vigor de este decreto. MINISTERIO DE COMUNICACIONES, Artículo 29-E presente decreto-ley entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial.TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS En el Diario de Centro América (Sección OfiDado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Apruébase el Contrato número 26, suscrito entre cial), Tomo CCXXIV, número 51, fecha 29 de Guatemala, a los veintiocho días del mes de sepel Ministerio de Comunicaciones, Transporte y agosto del año en curso, se publicó el Acuerdo tiembre de mil novecientos ochenta y cuatro. Obras Públicas y la empresa "Traslados, SoGubernativo número 725-84, fecha 17 de agosto ciedad Anónima". próximo pasado, por medio del cual se autorizó Publíquese y cúmplase. a la Municipalidad de Chiche del departamento de Quiché, el cobro de varios arbitrios, por error General de División MINISTERIO DE ECONOMIA de original, en su artículo 2o. se lee: OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Jefe de Estado y Concédese a la entidad "The Boots Company Li- "Artículo 20.-En este sentido queda derogado Ministro de la Defensa Nacional. mited", la patente de invención que se menciona. el Acuerdo Gubernativo del 28 de septiembre de 1968." Secretario General de la PUBLICACIONES VARIAS Siendo lo correcto: Jefatura de Estado,

MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ.

DIRECCION GENERAL DE HIDROCARBUROS "Artículo 20.-En este sentido queda derogado el penúltimo párrafo sebre "Alumbrado Público" LUIS HUGO SOLARES AGUILAR, Acógese a las disposiciones contenidas en el Acuer-del Acuerdo Gubernativo del 28 de septiembre de Ministro de Comunicaciones, Transporte y do Gubernativo No 299-84, reconstituye el Re1968." Obras Públicas. glamento para Operar como Contratista y Subcontratista de Servicios Petroleros de "Elf GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL, Aquitaine a Flopetrol de Guatemala". Ministro de Gobernación.

ORGANISMO EJECUTIVO EUGENIA TEJADA DE PUTZEYS,

ANUNCIOS VARIOS Ministro de Educación. Matrimonios. Constituciones de Sociedad. JEFATURA DE ESTADO FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN, Modificaciones de Sociedad. Registro de MarMinistro de Relaciones Exteriores. cas. Títulos Supletorios. Edictos. Remates.

DECRETO-LEY NUMERO 103-84 J. RAMIRO RIVERA ALVAREZ,

Ministro de Salud Pública y FE DE ERRATAS EL JEFE DE ESTADO. Asistencia Social. En el Diario de Centro América (Sección OfiCONSIDERANDO: RODOLFO PERDOMO MENENDEZ, cial), Tomo CCXXIV, número 59, fecha 10 de Ministro de Agricultura,

septiembre del año en curso, se publicó el AcuerQue con fecha tres de agosto del año en curso, Ganadería y Alimentación. do Gubernativo número 767-84, fecha 6 de sepel Ministerio de Comunicaciones, Transporte y LEONEL HERNANDEZ CARDONA, tiembre próximo pasado, por medio del cual se Obras Públicas en representación del Gobierno de Ministro de Economía. autoriza el cambio de fecha para la celebración la República, celebró con la Empresa "Traslados, de la Feria Titular de Jalapa, cabecera del deSociedad Anónima", el contrato número veintiséis CARLOS PADILLA NATARENO, partamento del mismo nombre, pero por error de (26), por el que se concede a esta empresa, autoMinistro de Trabajo y Previsión Social. original en los artículos 10. y 2o. se lee: rización para operar en la República de Guatemala, un servicio de transporte aéreo público de LEONARDO FIGUEROA VILLATE "Artículo 10.-En lo sucesivo la Feria Titular de pasajeros, correo y carga, efectuado por remuneMinistro de Finanzas. Jalapa del departamento del mismo nombre se ración (charter O fletamento), conforme los térmicelebrará del 8 al 15 de septiembre de cada año, S. ALEJANDRO CONTRERAS BONILLA,nos y condiciones acordados en dicho instrumento;

designando la fecha 13 como titular, en lugar de Ministro de Energia y Minas. los días 29, 30 y 31 de diciembre. CONSIDERANDO: Artículo 20.-En este sentido queda derogado el Que para la celebracion del mencionado con-Acuerdo Gubernativo de fecha 26 de agosto de trato, se llenaron los requisitos contemplados en MINISTERIO DE COMUNICACIONES.1881." los artículos 56 y 57 de la Ley de Aviación Civil, TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICASSiendo lo correcto: Decreto número 563 del Congreso de la República, habiendo opinado favorablemente para ese fin los "Artículo 10.-En lo sucesivo la Feria Titular de Ministerios de Comunicaciones, Transporte y Obras Jalapa del departamento del mismo nombre, se Públicas, Economía, Trabajo y Previsión Social y Apruébase el Centrato número 26, suscrito entre el celebrará del 8 al 15 de septiembre de cada año,Finanzas Públicas, incluyendo sus cuerpos técnicos Ministerio de Comunicaciones, Transporte y designando la fecha 13 como titular, en lugar dey asesores, de lo que se deriva la necesidad de Obras Públicas y la Empresa "Traslados, Socielos días del 2 al 5 de mayo de cada añe. emitir el presente decreto para que cobre validez dad Anonima". el citado contrato, Artículo 20.-En este sentido queda derogado el NUMERO VEINTISEIS (26) Acuerdo Gubernativo de fecha 28 de agoste de POR TANTO,1970." Contrato celebrado entre el Gobierno de Gua-En el ejercicio de las facultades que le confieren temala y la Sociedad "Traslados, Sociedad Anóni-los artículos 49 y 26, numeral 11) del Estatuto

Fundamental de Gobierno, modificado por los Dema", para operar en la República de Guatemala,En el Diario de Centro América (Sección Ofiun servicio de transporte aéreo público de pasa-cial), Tomo CCXXIV, número 55, fecha 4 de sep-cretos-Leyes números 36-82 y 87-83, jeros, correo y carga, efectuado por remuneracióntiembre del año en curso, se publicé el Acuerdo Gubernativo número 729-84, fecha 23 de agosto En Consejo de Ministros, (charter 0 fletamento). próximo pasado, por medio del cual se autorizó José Claudio Louis Olivares Pitet, de cincuenta yDECRETA: a la Municipalidad de Río Hondo, departamento un años de edad, casado, Ingeniero Civil y Arquide Zacapa, el cobro de varios arbitrios, por errorArtículo 1°-Se aprueba el contrato número tecto, guatemalteco, de este domicilio y vecindad, de original, en su artículo 2o. se lee: veintiséis (26) de fecha tres de agosto del año en procediendo en representación del Gobierno de

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