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Decreto 106-1985

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 106-1985
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1985

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA DIRECTOR

TELEFONO DE DIRECCION 24-4-17 LUIS MENDIZABAL R. FUNDADO EL 2 DE AGOSTO DE 1880

TELEFONO DE REDACCION 20-4-12 TIPOGRAFIA NACIONAL, 18 CALLE 6-72, ZONA 1 TELEFONO DE ADMINISTRACION: 24-4-18

TOMO CCXXVII GUATEMALA, VIERNES 8 DE NOVIEMBRE DE 1985 NUMERO 51

CONSIDERANDO: SUMARIO MINISTERIO DE RELACIONES Que dicho Acuerdo Básico viene a reemplazar al Acuerdo Básico de fecha 23 de octubre de 1964, EXTERIORES ORGANISMO EJECUTIVO con el propósito de adecuar sus disposiciones con la nueva Convención del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura, de la que Guatemala es parte, que cambió la denominación Ratificase el Acuerdo Básico entre el Gobierno de JEFATURA DE ESTADO del Instituto, amplió sus fines y funciones y le la República de Guatemala y el Instituto Intedio nueva estructura; ramericano de Cooperación para la Agricultura DECRETO LEY NUMERO 106-85 sobre Relaciones Institucionales y Privilegios e CONSIDERANDO: Inmunidades, suscrito en esta cludad el 29 de agosto de 1985; y texto del citado Acuerdo.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESQue para la suscripción del referido Acuerdo Básico se tomó además en cuenta que la ciudad de Palacio Nacional: Guatemala, 30 de septiembre

Ratificase el Acuerdo Básico entre el Gobierno deGuatemala fue seleccionada por el Instituto como de 1985. la República de Guatemala y el Instituto Intesede de la Oficina del Area Central, lo cual dará ramericano de Cooperación para la Agriculturaal sector agrícola mayor acceso a la cooperación ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 921-85 sobre Relaciones Institucionales y Privilegios eque ofrece el Instituto en beneficio del país, por Inmunidades, suscrito en esta ciudad el 29 de lo que es conveniente su aprobación. EL JEFE DE ESTADO agosto de 1985; y texto del citado Acuerdo.

POR TANTO: CONSIDERANDO: MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALEn el ejercicio de las facultades que le confiere Que por medio del Decreto Ley número 106-85 el artículo 4o. del Estatuto Fundamental de Gofue aprobado, en Consejo de Ministros, el Acuerdo bierno, modificado por los Decretos Leyes númeBásico entre el Gobierno de la República de GuaApruébase el contrato individual de trabajo nú-ros 36-82 y 87-83, temala y el Instituto Interamericano de Cooperamero 17-85, suscrito entre la Dirección del Hosción para la Agricultura sobre Relaciones Institupital Militar y el doctor Mario Leonardo Serrano Villatoro quien prestará sus servicios como mé- En Consejo de Ministros cionales y Privilegios e Inmunidades, suscrito en esta ciudad el 29 de agosto de 1985; dico anestesiólogo en dicho hospital. DECRETA: CONSIDERANDO:

Apruébase el Contrato Individual de Trabajo nú-Artículo 10.-Se aprueba el Acuerdo Básico enmero 2-85, suscrito entre la Comandancia de latre el Gobierno de la República de Guatemala y Que el Convenio Básico mencionado en el conZona Militar No 23 de Poptún, departamentoel Instituto Interamericano de Cooperación para la siderando anterior no contraria a las leyes del país, del Petén y el Doctor Aman Da Broy Zaldana,Agricultura sobre Relaciones Institucionales y Prisino antes bien beneficia a los intereses nacioquien prestará sus servicios como Médico yvilegios e Inmunidades, suscrito en esta ciudad el nales, razón por la cual es conveniente ratificarCirujano en dicha Zona Militar 29 de agosto de 1985. Io.

POR TANTO: Apruébase el Contrato Individual de Trabajo nú-Artículo 20.-El presente Decreto Ley entrará en mero 1-001-85. celebrado entre la Comandanciavigor el día siguiente de su publicación en el DiaEn el ejercicio de las facultades que le confieren de la Zona Militar Número 19 de Huehuetenangorio Oficial. el artículo 4o. y numeral 8) del artículo 26 del y el doctor Marco Antonio Chacón y Chacón,Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por quien prestará sus servicios como médico yGuatemala, a los treinta días del mes de septiemlos Decretos Leyes números 36-82 y 87-83, cirujano del Hospital Militar Regional de dichaZona Militar. bre de mil novecientos ochenta y cinco. ACUERDA:

Publíquese y cúmplase, Artículo 10.-Ratificar el Acuerdo Básico entre MINISTERIO DE SALUD PUBLICA General de División el Gobierno de la República de Guatemala y el OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES Instituto Interamericano de Cooperación para la Y ASISTENCIA SOCIAL Jefe de Estado y Ministro de la Agricultura sobre Relaciones Institucionales y PriDefensa Nacional vilegios e Inmunidades, suscrito en esta ciudad el Acéptase la donación que a título gratuito y a 29 de agosto de 1985. favor de la Nación, hace la municipalidad deSecretario General de la Jefatura de Estado Artículo 20.-Para los efectos del artículo 42 del Coatepeque, departamento de Quetzaltenango,del área de terreno que se expresa. MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ Acuerdo Básico, el Ministerio de Relaciones Exteriores queda encargado de notificar lo anterior El Ministro de Relaciones Exteriores al Instituto Interamericano de Cooperación para FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN la Agricultura ANUNCIOS VARIOS El Ministro de Gobernación Artículo 30.-El presente Acuerdo entrará en viMatrimonios. Constituciones de sociedad.CARLOS GUZMAN ESTRADA gor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial Modificaciones de sociedad. Disolución de E Ministro de Finanzas ciedad. Patente de invención. Registro SOdeARMANDO GONZALEZ CAMPO Comuniquese, Remates. marcas. Titulos supletorios. - Edictos.Ministro de Comunicaciones, General de División

Transporte y Obras Públicas OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES LUIS HUGO SOLARES AGUILAR Ministro de Relaciones ExterioresLa Ministro de Educación FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN

ORGANISMO EJECUTIVO ARACELY JUDITH SAMAYOA GODOY DE

PINEDA

Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación JEFATURA DE ESTADO JUAN HUMBERTO MANCUR DONIS ACUERDO BASICO ENTRE EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACION PARA LA DECRETO LEY NUMERO 106-85 El Ministro de Economia AGRICULTURA Y EL GOBIERNO DE LA REARIEL RIVERA IRIAS PUBLICA DE GUATEMALA SOBRE RELACIONES INSTITUCIONALES Y PRIVILEGIOS E EL JEFE DE ESTADO Ministro de Salud Pública y INMUNIDADES Asistencia SocialCONSIDERANDO: JOSE RAMIRO RIVERA ALVAREZ El Instituto Interamericano de Cooperación para Que con fecha 29 de agosto de 1985 fue suscrito la Agricultura, en adelante denominado el IICA o en esta ciudad el Acuerdo Básico entre el Ministro de Trabajo y el Instituto, representado por su Director General, bierno de la República de Guatemala y el/Institu Go-Previsión Social doctor Francisco Morillo Andrade y el Gobierno cultura sobre Relaciones Institucionales 35 Privill Agri.to Interamericano de Cooperación para, la CARLOS PADILLA NATARENO de la República de Guatemala, en adelante denominado el Gobierno, representado por su Ministro legios Inmunidades, Energia Minas de Relaciones Exteriores, Licenciado Fernando CONTRERAS BONILLA Andrade Diaz-Durán.

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