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Decreto 1068 de 1994

Presidente de la República

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Detalles

Título
Decreto 1068 de 1994
Autor
Presidente de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año
1994

DECRETO 1068 DE 1994

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXX. N. 41373. 31, MAYO, 1994. PAG. 25.

DECRETO 1068 DE 1994

(mayo 27) por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 1625 de 1972

E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente

Los datos publicados en SUIN -Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º. Para el reconocimiento de la personería jurídica de las asociaciones de padres de familia, no se requiere concepto del Ministerio de Educación Nacional.

Artículo 2º. Las Secretarías de Educación serán las encargadas, en cumplimiento de la función de inspección y vigilancia a las entidades educativas, de supervisar que las actividades que realicen las asociaciones de padres de familia, cumplan los objetivos establecidos por la ley.

Artículo 3 º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los artículos 4º, y el parágrafo del artículo 9º. del Decreto 1625 de 1972.

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disposiciones que le sean contrarias, en especial los artículos 4º, y el parágrafo del artículo 9º. del Decreto 1625 de 1972.

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Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 27 de mayo de 1994.

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