Decreto 1074 de 2026
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 1074 de 2026
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2026
DECRETO NÚMERO 1074 DE 2026 DECRETO NÚMERO 1074 DE 2026 (agosto 6) por la cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República mediante Decretos 2647 de 2022 y 0438 de 2024, modificó la estructura administrativa para ajustarla a los planes, programas y proyectos y necesidades de la Presidencia de la República. Que mediante Decreto número 2649 del 30 de diciembre de 2022, se estableció la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Que es necesario modificar la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República con el fin de suprimir treinta (30) empleos del nivel asistencial para crearlos en grados salariales superiores, aplicando el principio de equivalencia previsto en el artículo 2.2.11.2.3 del Decreto 1083 de 2015. Que la presente modificación se realiza bajo el principio de austeridad y neutralidad presupuestal (costo cero). Para financiar el incremento salarial de los treinta (30) empleos asistenciales, la administración determinó suprimir una (1) vacante definitiva correspondiente al empleo de Asesor, Código 2210, Grado 01, adscrita a la Secretaría para las Comunicaciones y Prensa, garantizando que el ahorro derivado de dicha supresión cubre en su totalidad el costo incremental de la medida, reduciendo la planta global de 911 a 910 empleos. Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, el artículo 2.2.12.1., del Decreto número 1083 de 2015 modificado por el artículo 5° del Decreto número 489 de 2020, y los artículos 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable. Que, para los fines pertinentes, la Dirección General del presupuesto público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito emitió concepto favorable de viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE). Que, en consecuencia, concurren los presupuestos jurídicos, técnicos, administrativos y financieros requeridos para modificar la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Supresión de empleos. Suprímanse en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los siguientes empleos: No. de cargos Uno (1) JEFATURA DE DESPACHO PRESIDENCIAL Denominación del Código empleo Asesor 2210 Grado 01 DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO/ SECRETARIA GENERAL Denominación del No. de cargos Código Grado empleo Dos (2) Mayordomo 5545 15 DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO/ SECRETARIA GENERAL Denominación del No. de cargos Código Grado empleo Ocho (8) Auxiliar Salones de 5535 11 Grado empleo Dos (2) Mayordomo 5545 15 DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO/ SECRETARIA GENERAL Denominación del No. de cargos Código Grado empleo Ocho (8) Auxiliar Salones de 5535 11 Estado Quince (15) Auxiliar Salones de 5535 09 Estado Cinco (5) Auxiliar Salones de 5535 06 Estado Artículo 2°. Creación de empleos. Créanse en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los siguientes empleos:
DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO/ SECRETARIA GENERAL Denominación del No. de cargos Código Grado empleo Dos (2) Mayordomo 5545 17 Ocho (8) Auxiliar Salones de 5535 13 Estado Quince (15) Auxiliar Salones de 5535 11 Estado Cinco (5) Auxiliar Salones de 5535 08 Estado Artículo 3°. Distribución de los empleos. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República distribuirá los cargos de la planta global, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades de la entidad. Artículo 4°. Provisión de empleos. La provisión de los empleos creados en el artículo 2° del presente decreto deberá hacerse de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, el Decreto número 1083 de 2015 y las demás disposiciones sobre la materia, y hasta la concurrencia de las apropiaciones presupuestales de cada vigencia. Los anteriores empleos se proveerán sin exceder el monto de la disponibilidad presupuestal y, en todo caso, se tendrán en cuenta la estructura, los planes, los programas, necesidades del servicio de la entidad, las disposiciones legales vigentes, y la disponibilidad presupuestal para la vigencia fiscal correspondiente. Artículo 5°. Incorporación. El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República deberá adoptar las medidas para la implementación del presente decreto y efectuar las incorporaciones a que haya lugar, de conformidad con las disponibilidades presupuestales de cada vigencia, así como las disposiciones contenidas en los artículos 81 del Decreto Ley 1042 de 1978, 44 de la Ley 909 de 2004, 2.2.11.2.1 y 2.2.11.2.2 del Decreto número 1083 de 2015. Para el efecto, los servidores públicos suscribirán el acta de posesión respectiva y no se les exigirán requisitos adicionales a los ya acreditados. Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica lo pertinente en el Decreto 2649 del 30 de diciembre de 2022. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D.C., a 6 de agosto de 2026