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Decreto 11-1971

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 11-1971
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Administrativo
Año
1971

DEL Guat PRIMUOTECACONGR maltero de Guatema

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24418 Impreso en Diario de Centre Registrado como currespondencia de segunda clase en la Administración Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el N°.749. America: 9a. Av. 11-34, Zona 1.

DIRECTOR: ALBERTO ARRIOLA LIGORRIA TOMO CXC GUATEMALA, LUNES 8 DE MARZO DE 1971 NUMERO 73

SUMARIO POR TANTO. las bases otras condiciones 0 requisitos que se consideren indispensables, siempre que no se con-En uso de las facultades que le confiere el incisotradigan los requisitos indicados en este artículo. 10. del articulo 170 de la Constitución de la Repú-Los requisitos mínimos contenidos en este artícuORGANISMO LEGISLATIVO blica. lo, se regularán por las disposiciones reglamenta-DECRETA: rias de la presente ley. En todo caso, para la Decreto número 11-71. adquisición de bienes, no deberán incluirse en las La siguiente: bases más requisitos ni especificaciones que los ORGANISMO EJECUTIVO indispensables para que tales bienes sirvan conveLey de Compras y Contratación de nientemente en la finalidad para la cual se ad-quieren. MINISTERIO DE ECONOMIA Articulo +o.-Para los efectos de esta ley. pueBienes, Suministros, Obras y Serviciosden vender O contratar bienes, suministros, obras Apruébase la base de-250 pulgadas cúbicas equi0 servicios, las personas individuales 0 jurídicas valente a una libra, para calcular la tarifa inArtículo 10.-La Compra de bienes y la contrata-que no estén comprendidas en alguno de los casos ternacional de carga voluminosa que haya de ción de suministros, obras y servicios que requie-de excepción que se señalan en el presente artículo transportar la Empresa Nacional de Aviación ran los organismos del Estado y sus entidades des-0 en cualquiera otra disposición legal que espe- «AVIATECA». y apruébanse las tarifas que se centralizadas. autónomas 0 semiautónomas y las cialmente los establezca, o cuando existan convemencionan. municipalidades. se regirán única y exclusivamen-nios especificos aprobados por el Congreso de la te por esta ley y su reglamento. República, que den base para la excepción. Hácese para la Junta Directiva del Instituto de Articulo 20.-Cuando el valor de los bienes, suNo podrán vender 0 contratar bienes, suministros, Fomento de Hipotecas Aseguradas (F. H. A., y ministros, obras 0 servicios exceda de la cantidad obras 0 servicios, las personas individuales 0 jupor un período más de dos años, comprendidos de tres mil quetzales (3,000.00). la compra 0 con-rídicas y los representantes 0 personeros de éstas, del 10. de enero de 1971 al 31 de diciembre de tratación de los mismos deberá hacerse por licita-en quienes concurra alguna de las circunstancias

1972, los nombramientos que se mencionan. siguientes: ción pública salvo los casos de excepción que se indican en la presente ley. En caso dicho valor no Hacense para la Comisión Guatemalteca de Nor10. Haber sido condenados en sentencia firmeexceda de tal cantidad, la compra O contratación mas, dependencia del Ministerio de Economia, se sujetarán a los requisitos que se fijen en el repor delitos contra la propiedad, falsedad, los nombramientos que se expresan. malversación. contrabando. defraudación oglamento de esta ley, el que deberá emitir el Orvanismo Ejecutivo, en Consejo de Ministros, estafa a la Hacienda Pública, O perjurio; MINISTERIO DE GOBERNACION 20. Haber sido declarados insolventes como deu-Articulo 30.- Para toda licitación pública deberán dores de la Hacienda Pública, de la Haciendaelaborarse bases que contengan los siguientes requisitos minimos, según el caso: Municipal O de las entidades estatales con Autorizase a la Municipalidad de Huehuetenango personalidad jurídica legalmente reconocida; para que en su jurisdicción pueda cobrar los ar30.

10. Descripción, cantidad, calidad O especificaPor incumplimiento O haber sido declarados bitrios que se mencionan. ciones. cuando se trate de bienes 0 de sumiculpables de la rescisión de contratosadministros: nistrativos celebrados con los organismos y MINISTERIO DE RELACIONES 20. Caracteristicas generales y especificas, cuanentidades a que se refiere el artículo 10.

do se trate de servicios; de esta ley. 40.

30. Descripción general, cantidades estimadas Estar privados por cualquier causa del goce EXTERIORES de trabajo a realizarse en cada uno de los de sus derechos civiles; 50. diferentes renglones e indicación de los pla-No tener capacidad económico-financiera o técnica que respalden la ejecución de lasOtorgase la Orden del Quetzal, en el Grado de nos y especificaciones generales. técnicas y Gran Cruz, al excelentisimo señor licenciado Delespeciales que regirán, cuando se trate de obras 0 servicios, cuando se exija este refin Sánchez Juárez, Embajador Extraordinario y obras; quisito en las bases;

Go. Plenipotenciario de México en Guatemala. 40. Información respecto a la iniciación y el Los funcionarios 0 empleados de los organismos del Estado y de sus entidades descen-plazo máximo de ejecución de las obras 0 de Ratificase la Convención relativa a la Organizalos servicios; tralizadas, autónomas 0 semiautónomas, y ción Hidrográfica Internacional, suscrita en el 50. Lugar. forma y tiempo máximo de entrega de las municipalidades. asi como sus parienPrincipado de Mónaco, el 3 de mayo de 1967, de los bienes 0 de los suministros: tes consanguíneos 0 afines dentro de los gra60. dos de ley. Cuando los contratos 0 negociay copia de la mencionada Convención. Lugar donde será efectuada la obra 0 prestados los servicios: ciones respectivos deban celebrarse con las 70 Indicación de los oferentes que podrán pardependencias en que tales funcionarios 0 emMINISTERIO DE TRABAJO ticipar, documentos que deberán contener las pleados presten sus servicios O se encuentren bajo su jurisdicción. Igual norma rigeplicas y exenciones de derechos e impuespara las personas jurídicas, cuando dichos Y PREVISION SOCIAL tos si fuere procedente:

80. Garantia de sostenimiento de oferta que defuncionarios 0 empleados sean socios de las mismas; y,beran presentar los oferentes, con indicación 70.

Apruebase el Presupuesto de Ingresos y Egresos de su monto, vigencia y causas por las cuaLas personas que hubieren intervenido en del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, les se hará efectiva: la elaboración del proyecto a licitarse, ni para el período comprendido del 10. de enero 9o. Fianza de cumplimiento que deberá presenlas personas jurídicas de las que aquellas el 31 de diciembre de 1971. tar el adjudicatario. con indicación de su personas sean socios 0 accionistas. porcentaje, aspectos que cubrirá y vigencia. Apruébanse las reformas a los articulos 18 y 29 Se indicarán las causas y forma en que se Artículo 50.-Los oferentes que participen en las de los Estatutos de la Federación Regional de hará efectiva esta fianza, cuando se trate licitaciones deben presentar declaración jurada de Trabajadores de Morales, Izabal. de bienes, suministros 0 servicios. Cuando no estar comprendidos en ninguno de los casos a

se trate de obras, se señalarán únicamente que se refiere el artículo anterior. Si antes de la las causas; la forma se establecerá en el formación del contrato con el adjudicatario se desANUNCIOS VARIOS contrato respectivo: cubriere la falsedad de su declaracion, la autoridad

10. Tiempo de responsabilidad del contratista correspondiente de los organismos 0 entidades resAutorizaciones farmacéuticas. Matrimonios. con respecto a la calidad de la obra: pectivas, dejará sin efecto la adjudicación de la Lineas de transporte Registro de marcas. 11. Fianza de conservación de obra. la que de licitación que se hubiere otorgado. sin perjuicio Titulos supletorios. Edictos. Licitación. berá presentar el contratista antes de la de poner el hecho en conocimiento de los tribunales cancelación de la fianza de cumplimiento, de justicia para los efectos legales.Remates. con indicación de su porcentaje, aspectos En el caso de que ia falsedad de la Declaración que cubrirá vigencia y causas por las cuafuere descubierta estando en ejecucion 0 terminales se hará efectiva: la forma se establecerá do el servicio 0 la obra respectiva, Tos contraen el contrato respectivo: tistas. responderán además ante la entidad corresORGANISMO LEGISLATIVO 12. Seguros que deberá constituir el adjudicatapondiente, por los daños y perjuicios que se le irrorio y cuyo costo deberá incluir en el valor guen por tal causa y se les aplicará la sanción que

total de su oferta. con indicacion de los fija el articulo 38 de la presente ley, sin perjuicio riesgos que deberá cubrir, su vigencia y de deducirles las responsabilidades legales consimontos si fuera pertinente: guientes. DECRETO No. 11-71 13. Forma de pago de los bienes, suministros. Articulo 60.-Para\participar en licitaciones pú- obras 0 servicios. según el caso; blicas de ejecución de obras, las personas indivi14. Porcentajes del anticipo y procedimiento pa duales 0 jurídicas interesadas deberán estar insE Congreso de la República de Guatemala,ra otorgarlo. cuando, este se conceda, en el critas en el Registro de Precalificados, el que la caso de obras: autoridad correspondiente deberá mantener actua15. Fianza de anticipo, cuando este se conceda, lizado y se regulará conforme las disposiciones CONSIDERANDO: con indicación de su percentaje 0 monto. del reglamento de esta lev. forma de otorgarse. vigencia y causas por Artículo 70. Las licitaciones se anunciarán tres Que como consecuencia de la aplicación del Delas cuales se hara efectiva: la forma se veces en el Diario Oficial V el mismo número de creto Número 13-70 del Congreso de la República, establecerá en et contrato respectivo: veces en otro de mayor circulación en el pals, denLey de Compras Contratación de Suministros. 16. Indicación de las sanciones pecuniarias; tro de un periodo hasta de quince dias a partir

Obras y Servicio ublicos se han confrontado 17. Limites máximos de fluctuacion con respecto de la fecha de la primera publicación en el Diario obstáculos para adquisición de los bienes al costo total oficial estimado, cuando se Oficial. con intervalos no menores de trees días: en y la contratact uministros, obras y ser trate de obras; cada diario, vicios, con el en la realización 18. Lugar, dia y hora en que efectuará la dide los programas nacional, por lo ligencia de apertura de plicas. Articulo 80. Los anuncios. la publicación de esque es conveniente ley que re tos, y las bases de licitación deben ser aprobados gule en debida forma ictos relaciona Los organismos y entidades a que se refiere por la autoridad que senale e) reglamento de esta dos, +1 artículo 10.1 de esta ley, podrán restablecer en ley. DEL850 EL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL NUMERO ser importados, los precios se cotizarán puestos enen Consejo de Ministros, cuandoArtículo 90.-Los interesados deberán presentar su oferta y demás documentos en el lugar, dia,el lugar donde se indique en las bases, con exclu-ciones correspondan a los organic sión de los derechos aduaneros de importación. Estado a sus entidades sin personal hora y forma que señalen las bases, de conformi-Cuando se trate de productos derivados del perídica; y por el Concejo Municipal 0 la auto-dad con el reglamento de la presente ley. No se aceptará ninguna oferta después de que se hubieretróleo, a los que se les sea aplicable el impuestoridad respectiva, con la aprobación por

abierto la primera plica. El día señalado para lasobre consumo interno, los precios se cotizarán con acuerdo, gubernativo por conducto del minisexclusión de tal impuesto. terio respectivo, si corresponde a Municipa-recepción y apertura de plicas deberá fijarse den-Artículo 25.-Los precios de las ofertas deberánlidades 0 entidades estatales con personalitro de un término no menor de quince ni mayor ser fijos e invariables y expresados en quetzales,dad reconocida. de noventa días, contados a partir de la fecha de la tercera publicación de los anuncios en el Diariotanto en cifras como en letras, indicándose por seEn todo caso, las erogaciones deberán ser Oficial, inclusive, a que se refiere el articulo 70.parado el precio unitario, el que corresponde aaplicadas exclusivamente a superar esas side la presente ley. cada renglón y el precio total de la oferta. tuaciones y siempre que las mismas requieArtículo 10.-La recepción y apertura de plicasArtículo 26.-Las Junta deberán enviar el experan inmediata atención; para las licitaciones públicas se efectuará, segúndiente de la licitación calificada y adjudicada prosea el caso, en el lugar y con la intervención devisionalmente a la autoridad respectiva para su 50. De bienes muebles con destino al Despacho 0 la residencia del Jefe del Ejecutivo y allos funcionarios que señale el reglamento de laaprobación, dentro de un término no mayor de

presente ley. veinte dias hábiles contados a partir de la fechareacondicionamiento de los inmuebles que Artículo 11.-Después, de finalizado el acto deen que reciba el expediente. uno u

60. De ocupen bienes muebles y acondicionamiento deotra; apertura de plicas y lectura de las ofertas, se le-Artículo 27.-Son competentes para aprobar las inmuebles a embajadas, legaciones, consula-vantará el acta correspondiente en la oficina respectiva. Con certificación del acta se elevará eladjudicaciones provisionales de los bienes, sumi-dos 0 misiones de Guatemala en el extranexpediente al Ministerio al cual pertenezca la de-nistros, obras 0 servicios, las siguientes autori-jero:

70. De obras 0 servicios que hayan de realizarse pendencia interesada Q a la oficina correspondien-dades: te en el caso de las demás entidades del Estado, en dependencias del Gobierno en el extrandentro de los tres días hábiles siguientes a la10. Para las dependencias de los organismos del jero; fecha de cierre de la para los efectos Estado y sus entidades sin personalidad juri-80. De adquisición de obras artisticas. literarias de la calificación de las ofertas. dica legalmente reconocida: y pedagógicas, previo dictamen favorable de autoridad competente, conforme el regla-Artículo 12.-La calificación de. las ofertas recibidas: estará a cargo de Juntas de Licitación, lasa) El Ministerio del Ramo a que corresmento; que serán nombradas por la autoridad administra-ponda la dependencia 0 por el Ministerio9o. De suministro de alimentos a los hospitales

tiva. que corresponda, dentro de un término no de Hacienda y Crédito Público si se trata y otros centros de asistencia social, centros de dependencias de otros organismos del penales y establecimientos nacionales de en-mayor de cinco días hábiles a partir de la fecha de recepción del expediente, y se integrarán en laEstade, siempre que el valor de los bie-señanza, asi como los de los combustibles nes, suministros. obras 0 servicios no exnecesarios para la preparación de tales ali-forma que sé establezca en el reglamento de la presente ley. ceda de veinticinco mil quetzales mentos, de conformidad con el procedimien- (Q25,000.00): y. to que establezca el Ministerio 0 entidad coArticulo 13.-Para la compra 0 contratación de b) El Ministerio de Hacienda y Crédito Pú- rrespondiente, aprobado por acuerdo guberbienes, suministros. obras o servicios, se permiti-blico, cuando el valor de los bienes, sunativo en Consejo de Ministros: rá únicamente la presentación de una sola oferta ministros, obras 0 servicios sea mayor 10. La adquisición de bancos de materiales despor cada persona individual 0 jurídica, con una 0 de veinticinco mil quetzales (Q25,000.00). tinados a la construcción de obras públicas varias alternativas. El incumplimiento de esta disque deban ser adquiridos por la dependencia posición será motivo para rechazar las ofertas co-2o. Para las entidades estatales con personalidad interesada. siempre que el precio sea fijado

rrespondientes. Si se comprobare la existencia dejurídica legalmente reconocida: por expertos valuadores, debiéndose autoricolusión entre algunos de los oferentes, serán rezar la negociación, de acuerdo con el prochazadas las ofertas involucradas. a) El gerente. administrador 0 el funcionacedimiento normativo que establezca cada Artículo 14.-No podrán ser miembros de las Junrio que haga sus veces cuando el valor dependencia 0 entidad, aprobado por acuertas de Licitación, las personas que tengan los imtotal no exceda de diez mil quetzales do gubernativo; pedimentos que se indican en el artículo 129 0 se (Q10,000.00); y. 11. Las de obras, bienes 0 servicios 0 suministros encuentren en los casos que se establecen en el b) La Junta Directiva 0 en su caso por la. indispensables para solucionar situaciones de artículo 130, ambos de la Ley del Organismo Juentidad superior, cuando el valor exceda emergencia que hayan ocasionado la suspendicial. El incumplimiento de esta disposición caude diez mil quetzales (Q10,000.00). sión de servicios públicos 0 que sea inmisará responsabilidad y serán aplicables en este nente tal suspension, siempre que previacaso, las disposiciones del artículo 50. de esta ley30. Para las Municipalidades de primera categomente se emita acuerdo gubernativo en Conreferente la falsedad. rla: sejo de Ministros, declarando. en cada caso.

No causará impedimento para ser miembro de la situación de emergencia de que se trate las Juntas de Licitación, el hecho de haber parti-a) El Alcalde Municipal, cuando el valor con indicación en dicho acuerdo de las obras, cipado en la elaboración del proyecto, especifitotal no exceda de diez mil quetzales bienes, servicios 0 suministros que puedan caciones 0 documentos de la licitación de que se (Q10,000.00): y, contratarse 0 adquirirse, hasta qué montos. b) El Concejo Municipal cuando el valor toy en qué plazo, el que será improrrogable;trate. Artículo 15.-Las Juntas adjudicarán provisionaltal exceda de diez mil quetzales 12. La compra de bienes inmuebles que sean inmente la licitación de los bienes, suministros, obras(Q10,000.00). dispensables. por su localización, para la 0 servicios al mejor postor. entendiéndose por tal realización de obras 0 utilización de servicios el que, ajustándose a los requisitos y condiciones40. Para las Municipalidades de segunda. tercera públicos, que únicamente puedan ser adquide las bases, haya hecho la proposición más ventay cuarta categoria: ridos de una sola persona individual 0 jurijosa para la dependencia interesada. dica, 0 de varios copropietarios, siempre La adjudicación provisional de la Junta no crea a) El Alcalde Municipal. cuando el valor que el valor sea menor 0 igual al avaluo derecho alguno a favor del adjudicatario ni éste lo total no exceda de cinco mil quetzales practicado por la Dirección General de Renadquiere en relación con los organismos del Estado (Q5,000.00): tas; 0 en su caso se hubieren satisfecho los 0 entidades interesadas, mientras la adjudicación b) El Concejo Municipal cuando el valor requisitos que en cuanto a expropiaciones se no tenga carácter definitivo y haya sido aprobada. total exceda de cinco mil quetzales refieran las leyes: por la autoridad competente. (Q5,000.00) y no pase de veinticinco mil13. Las compras 0 adquisición de armamento, Articulo 16.-Para las decisiones de las Juntas quetzales (Q25,000.00); y, municiones. equipo, materiales de construcde Licitación se requerirá mayoria absoluta de losc) El Instituto de Fomento Municipal, si exción, aeronaves, barcos y demás vehículos, cediera de veinticinco mil quetzales combustibles, lubricantes y viveres, la con-votos de sus miembros. Articulo 17.-Para determinar cuál es la oferta (Q25,000.00). tratación der construcciones, de servicios, más, conveniente y favorable, las Junta tomarán obras. O suministros que se hagan para el en cuenta la calidad, precio, condiciones de impor-Artículo 28.-Las autoridades a quienes corresEjército de Guatemala e Instituto de Previtancia y las características y requisitos que se exi-ponda aprobar la adjudicación provisional de lasión Militar, en lo necesario para el cumplijan conforme a las bases. licitación, pueden rechazar sin responsabilidad demiento de sus fines. su parte, cualquiera 0 todas las ofertas que se

Articulo 18.-Unicamente se tomarán en cuenta presenten, si así conviniere a los intereses de laEl Ministerio de la Defensa Nacional cuilas ofertas que se ajusten a las bases y cuando seentidad que representan. dará de que las adquisiciones y compras a que se refiere el presente inciso, se ajustentrate de obras, aquellas cuyos montos se encuentren comprendidos entre los porcentajes limites deArtículo 29.-Cuando el adjudicatario no cumpla a los intereses nacionales y que no resulten fluctuación, en más 0 en menos con respecto al con las condiciones que debe llenar para la forma gastos innecesarios para el Estado; costo total oficial estimado de la obra, de confor-lización del contrato de conformidad con el regla14. Las adquisiciones de artículos de primera mento de esta ley. quedará sin efecto la adjudicanecesidad que en caso de suma urgencia de-midad con el reglamento de esta ley. cion a costa del mismo adjudicatario y el Minisban hacer las dependencias públicas, circuns-Artículo 19.-Las Juntas podrán exigir a los oferentes que presenten muestras de los articulos queterio interesado 0 autoridad respectiva, hará efectancia que deberá ser calificada mediante ofrezcan aun cuando no estuviere incluído este re-tiva la garantia de sostenimiento de oferta, cuyo acuerdo gubernativo emitido por conducto del valor deberá ingresar definitivamente a la oficina ministerio que corresponda: quisito en las bases, siempre que sea economicaque. corresponda. En este caso, la autoridad res-15. La adquisición de bienes, contratación dey fisicamente posible. pectiva podrá disponer que la Junta de Licitaciónobras, servicios O suministros para salvaguar-Articulo 20.-Las Juntas podrán adjudicar provisionalmente la licitacion total 0 parcialmente en-haga un nuevo estudio de las ofertas restantes, adar las fronteras. los recursos naturales sutre los oferentes, si así se estipula en las bases yfin de determinar si es posible adjudicar la lici-jetos a régimen internacional 0 la integridad siempre que convenga a los intereses de la entidadtación a otro de los oferentes. territorial de Guatemala, cuidando las autode que se trate, atendiendo a la naturaleza de losArticulo 30.-Quedan exceptuados del requisito de ridades competentes que las adquisiciones y bienes, suministros, obras 0 servicios. Licitacion Pública y de cotizaciones, las compras compras se ajusten a los intereses nacionales y contrataciones: y que no resulten gastos innecesarios para elArtículo 21.-Si en la licitación se presentare un sólo oferente, a éste se podrá adjudicar la misma, siempre que su oferta satisfaga los requisitos es-10. De bienes, suministros 0 servicios que uni16. La Estado; adquisición de toda clase de metales y lacamente puedan ser proporcionados por una impresion de Valores que por la na-tablecidos en las bases, que a juicio de la Junta de Licitación los precios unitarios y totales seansola persona individual 0 jurídica, previa turaleza de sus funciones, requirera el Banco comprobación de este extremo, conforme el de Guatemala: razonables y que el oferente llene los demás requisitos contenidos en esta ley, que le sean apli-reglamento: 17. Los servicios de reparación, mantenimiento y

20. Relativos a la elaboración de estudios. diseacondicionamiento de maquinaria, equipos ycables.

Si el oferente no cumpliere con los requisitos a ños, asesorias y supervisión de obras espevehiculos. cuando la dependencia 0 entidad cificas y la contratación de servicios profeinteresada careciere de talleres propios para que se refiere el párrafo anterior, las Juntas losionales en general que no impliquen en si ese objeto. debiéndose autorizar la negocia pondrán en conocimiento de la autoridad respectiva-mismos construcción de obra, siempre que ción de conformidad con el reglamento de de la dependencia interesada para que se promueva nueva licitación. En la misma forma se procederá la dependencia 0 entidad interesada, carezca esta ley; cuando se trate de más de un oferente. de oficinas 0 personal técnico suficiente para18. Las comprás de semillas de fundación, regisArtículo 22.-En el caso de que a las licitaciones ese objeto. 0 cuando así lo exijan los conve-trada, certificada y mejorada, asi como cualno concurriere ningún oferente, la dependencia u nios especificos aprobados por el Congreso quier otro material de propagación que conoficina encargada de la recepción y apertura de de la República: tribuya al incremento de los cultivos, medi30. De arrendamientos de edificios. locales y tecinas preventivas y curative bara uso vete plicas lo hará del conocimiento de la autoridadrrenos para las dependencias de los orgarinario. insecticidas, fungin certilizantes,

respectiva de la dependencia interesada, para quenismos y entidades a que se refiere el arproductos quimicos par 10, bases si lo considera conveniente promueva nueva licitículo 10. de esta ley, siempre que el valor para la preparacion y ali tación. Articulo 23.-Los oferentes o sus representante del arrendamiento se ajuste a lo establecido mentos para anima para el por la ley de la materia; desarrollo agricol del país, conlegales podrá presenciar la apertura de plicas, escuchar la lectura de las ofertas y solicitar 0 dar40. De obras, bienes, servicios 0 suministros, in-forme avisos ablicados en el las declaraciones pertinentes. En ningún caso se dispensables para subsanar situaciones deri-Diario Oficia de mayor ciradmitirán contraofertas en dicho acto 0 posterior-vadas de calamidad pública 0 emergencia culación mente a él. nacional, siempre que tales estados sean de-19. Las comt y contratacion de ser clarados por el presidente de la Repúblicavicios suma de tres mil quetArtículo 24.-Cuando se trate de bienes que debanzales (Q3,000.00) que efectue el Estado Mayor torización previa-del Ministerio del ramo en la ciudad de Guatemala, a los diez dias delPresidencial. y la contratación de servicios que corresponda y del Ministerío de Ha mes de febrero de mil novecientos setenta y uno.de publicidad y propaganda hasta por igual cienda Crédito Público; y, suma lleye a cabo la Secretaria de Relad), De más de cincuenta mil quetzales MARIO SANDOVAL ALARCON,ciones Públicas de la Presidencia de la Re- (Q50,000:00). se sujetarán a los requisitos Presidente

pública y las oficinas de relaciones públicas de licitación pública. de las entidades descentralizadas, autónomas Una vez declarada la máxima prioridad HECTOR ANDRADE URREJOLA,del Estado: de la obra, autorizando proceder como se Primer Secretario.

20. La compra de bienes y adquisición de sumiestablece en este inciso, las adquisiciones nistros de las dependencias de los Organismosa que se refieren los literales a), b) y c) CESAR AUGUSTO DAVILA M.,del Estado que se rijan por el sistema de conanteriores. se sujetarán a los requisitos y Segundo Secretario.tratos abiertos que celebre el Ministerio de procedimientos que señale el reglamento de Hacienda y Crédito Público con los proveedoesta ley. Palacio Nacional: Guatemala, dos de marzo deres, a término fijo, previa cotización general Los contratos que se celebren para talesmil novecientos setenta y uno.de los distintos rubros. efectos: serán aprobados por acuerdo minis-En este caso las compras las deberán efecterial refrendado por el Ministerio de HaPublíquese y, cúmplase.tuar las distintas dependencias directamente cienda y Crédito Público. a los proveedores con quienes se hubieren celebrado dichos contratos. CARLOS ARANA OSORIO.

Este sistema de compras se regirá por lasArticulo 35.-Una vez que se hubiere publicado disposiciones del reglamento respectivo.el primero de los anuncios a que se refiere elEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, articulo 70. de la presente ley, las asignaciones JORGE LAMPORT RODIL.

Artículo 31.-Para comprobar el extremo a quepresupuestarias especificas para la compra de biese refiere el. inciso lo. del artículo anterior, senes 0 la contratación de suministros, obras y serprocederá en la forma que establezca el reglamen-vicios a que se refiere el anuncio, no podrá transto de la presente ley. ferirse U hacer uso de ellas para otros fines. ORGANISMO EJECUTIVO Articulo 32.-La adquisición de bienes, servicios personales 0 no personales y de suministros entre Articulo 36.-Con el objeto de acelerar el trámite las dependencias de los organismos del Estado y de las licitaciones, las dependencias de los organisentre estas y las entidades descentralizadas, automos y entidades a que se refiere el artículo 10. MINISTERIO DE ECONOMIA nomas 0 semiautónomas y las municipalidades 0 de la presente ley, podrán sacar a licitación pú- viceversa, se regularán conforme a se esta blica la compra de bienes y là contratación de Apruébase la base de 250 pulgadas cúbicas, equiblezca en el Reglamento de la presente ley. suministros, obras 0 servicios, inmediatamente valente a una libra, para calcular la tarifa indespués de haberse aprobado por quien corresternacional de carga voluminosa que haya de Artículo 33.-Cuando se trate de bienes que seránponda los proyectos de Presupuesto de Egresos transportar la Empresa Nacional de Aviación

adquiridos en el mercado local a entrega inme-donde figuren las asignaciones para el financia- "AVIATECA"; y apruébanse las tarifas que se diata, podrá omitirse la celebración del contrato miento de las compras, suministros, obras O sermencionan. respectivo siempre que la naturaleza de los bienesvicios. En este caso, si se adjudicare y aprobare así lo exija y el monto de la negociación no excedala licitación 0 se suscribiere contrato respectivo,Palacio Nacional: Guatemala, 25 de febrero de de Q3,000.00, pero deberá asentarse el acta corres-antes de la autorización definitiva de los presu-1971. pondiente que contenga todas las especificácionespuestos por los Organismos correspondientes, la El Presidente de la República, de la adquisici

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