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Decreto 11-1973-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 11-1973-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Administrativo
Año
1973

DEL ANTES EL EMALTECO INVIOTECECONTROL CENTROL ONGONES:-NSALIB -NSA .NSA OFICIAL DE LA +EPUBLICA DE GUATEMA ABEVISTASREVISTAS la Prensa Controamericana Director: Periodistade Acuña G, Fundado el 2 de abablics Agesto

Teléiono de Redacción: 24-4-17 18 Calle 6-72, Zona ) Teléfono de Administracion: 24-4-18

TOMO CXCV GUATEMALA, MIERCOLES 7 DE MARZO DE 1973 NUMERO 79 complementaria de la Ley de Servicio Civil. En mente remunerado mediante el pago de un sa. SUMARIO consecuencia, las autoridades encargadas de su lario ejecución son las mismas a que se refieren los Se entiende por salario 0 sueldo la retribución artículos 89, 90, inciso 1); V 10 do dicha ley, que el Estado debe pagar a cualquier servidor de conformidad con las funciones que a cada una público que desempeñe un puesto para el cual has ORGANISMO LEGISLATIVO corresponden. sido designado en virtud de nombramiento, conArtículo FUENTES SUPLETORIAS. Los trato 0 cualquier otro vínculo legalmente estacasos no previstos en esta ley y sus reglamentos blecido. DECRETO No 11-73 deben ser resueltos de conformidad con su espí- Artículo 59-ESTABLECIMIENTO DE LA ritu, en cuanto a su objeto y características; y ESCALA. Para los efectos de la asignación de ORGANISMO EJECUTIVO supletoriamente, en todo lo que no se oponga al salarios O las clases de puestos comprendidos en

mismo, de acuerdo con la Ley de Servicio Civil, los servicios por Oposición y sin oposición ques MINISTERIO DE SALUD PUBLICA las doctrinas de la administración de personal regula la Ley de Servicio Civil, se establece una en el servicio público, la equidad, las leyes coescala de salarios ordenada progresivamente en Y ASISTENCIA SOCIAL munes y los principios generales del derecho, enseries. Cada serie comprende un salario inicial este orden, salarios intermedios y un salario máximo. In CAPITULO II asignación de las clases de puestos 0 las distinReglamento para el Registro y Control de Alimentas series de la escala debe hacerse de conformitcs. ESCALA DE SALARIOS dad con el Plan de Clasificación de Puestos que para el efecto establezca la Oficina Nacional de ANUNCIOS VARIOS Artículo 49-SALARIO. Todo servicio 0 traServicio Civil, de conformidad con la ley. bajo que no deba prestarse gratuitamente en virMatrimonios. Solicitudes de nacionalidad. Retud de ley 0 de sentencia, debe ser equitativaLa escala comprende las series siguientes: to gistro de derecho de autor. Linea de transporte. Constitución de sociedades. Modificación de sociedades. Disclución de sociedaESCALA DE SALARIOSdes. Registro de marcas. Patentes de invención. Títulos supletorios. Edictos. Licitaciones. Remates. Salario SALARIOS INTERMEDIOS SerieInicial(1)) (2) (3) (4) (6) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) SalarioMaximo

ORGANISMO LEGISLATIVO 1 40 44 48 52 56 GO 64 68 72 76 80 80

DECRETO No. 11-73 2 45 49 53 57 61 65 70 75 80 85 90 90 3 50 55 60 65 70 75 80 85 90 95 100 108 4 55 60 65 70 75 80 85 90 95 100 105 110 110

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA 5 60 65 70 75 80 85 90 96 102 108 114 120 120 6 65 70 76 82 88 94 100 106 112 118 124 130 13# DE GUATEMALA, 7 70 75 80 85 90 96 102 108 114 120 126 132 138 138 8 75 81 87 93 99 105 111 117 123 129 135 141 147 147 9 80 86 92 98 104 110 116 122 129 136 143 150 157 157

CONSIDERANDO: 10 85 91 97 104 111 118 125 132 139 146 153 160 167 167 11 90 97 104 111 118 125 132 139 146 153 160 168 176 176

Que de conformidad con los principios y obje-12 95 102 109 116 123 130 138 146 154 162 170 178 186 186 tivos de la Ley de Servicio Civil, Decreto 1748 13 100 108 116 124 132 140 148 156 164 172 180 188 196 196

del Congreso de la República, es responsabilidad14 110 118 126 135 144 153 162 171 180 189 198 207 216 216 del Estado afirmar y proteger la dignidad de los 15 120 129 138 147 156 165 175 185 195 205 215 225 235 235 trabajadores al servicio de la Administracion 16 130 140 150 160 170 180 190 200 211 222 233 244 255 255 Pública remunerando el correcto desempeño de 17 140 151 162 173 184 195 206 217 228 239 250 262 274 274 los cargos públicos en forma justa y decorosa, 18 150 162 174 186 198 210 222 234 246 258 270 282 294 294 mediante la adopcion de un sistema que garanti19 160 172 184 196 209 222 235 248 261 274 287 300 313 313 RO el principlo constitucional de igual salario por20 170 183 196 209 222 235 249 263 277 291 305 319 333 333 figual trabajo, prestado en igualdad de condicio-21 180 194 208 222 236 250 264 278 293 308 323 338 353 353 nes, eficiencia y antiguedad; 22 190 205 220 235 250 265 280 295 310 325 340 355 370 370 23 200 215 230 245 260 275 290 305 320 335 350 365 380 380

CONSIDERANDO: 24 210 225 240 255 270 285 300 315 330 345 360 375 390 390 25 220 235 250 265 280 295 310 325 340 355 370 385 400 400

Que de conformidad con lo establecido en el26 230 245 260 275 290 305 320 335 350 365 380 395 410 410 artículo 71 del Decreto 1748 del Congreso de la 27 240 255 270 285 300 315 330 345 360 375 390 405 420 420 República, Ley de Servicio Civil, el Organismo 28 250 265 280 295 310 325 340 355 370 385 400 415 430 430 Ejecutivo ha formulado una Escala de Salarios29 260 275 290 305 320 335 350 365 380 395 410 425 440 440 para todos los puestos comprendidos en los ser-30 270 285 300 315 330 345 360 375 390 405 420 435 450 450 vicios por Oposición y sin Oposición, determi31 280 295 310 325 340 355 370 385 400 415 430 445 460 460 nando Ins renmmeraciones minimas y máximas y 32 290 305 320 335 350 365 380 395 410 425 440 455 470 470 las intermedias correspondientes, 33 300 315 330 345 360 375 390 405 420 435 450 465 480 480 34 320 337 354 371 388 405 422 439 456 474 492 510 510

POR TANTO, 35 340 357 374 391 408 425 442 459 476 494 512 530 530 36 360 377 394 411 428 445 462 479 496 514 532 550 650

En uso de las facultades que le confiere el in37 380 397 414 431 448 465 482 499 516 534 552 570 570 ciso 10 del artículo 170 de la Constitución de la 38 400 419 438 457 476 495 514 533 552 571 590 590 República y con fundamento en los artículos 70, 39 425 444 463 482 501 520 539 558 577 596 615 615 71 y 72 de to Ley de Servicio Civil, 40 450 469 488 507 526 545 564 583 602 621 640 640 41 475 494 513 532 551 570 589 608 627 646 665 665

DECRETA: 42 500 521 542 563 584 605 626 647 668 690 690

In siguiente: 43 525 546 567 588 609 630 651 672 693 715 715 44 550 571 592 613 634 655 676 697 718 740 740

LEY DE SALARIOS DE LA 45 575 596 617 638 659 680 701 722 743 765 765 46 600 625 650 675 700 725 750 775 800 800 47 625 650 675 700 725 750 775 800 825 825

ADMINISTRACION PUBLICA 48 650 675 700 725 750 775 800 825 850 850

49 675 700 725 750 775 800 825 850 875 875 50 700 725 750 775 800 825 850 875 900 900 CAPITULO I DISTOSICIONES GENERALES Artículo 60-INTEGRACION DEL SALARIO. puestos como beneficios diferenciales en TAZOR Artículo 10OBJETO Esta ley establece un Los salarios señalados en la escala que establece del costo de vida, mal clima, naturaleza del trasistema de remmeración justa y decorosa para esta ley corresponden a la retribución mensual bajo 0 cualquiera otr3 causa legal, forman parlos servidores públicos, con el fin de propiciar del puesto al cual dichos salarios son asignados, te del salario por todo el tiempo que subsista 304 la eficiencia de la administración pública y gapor la jornada ordinaria de trabajo completa. causa que los origine. No forman parte del sa+ rantizar el complimiento del principio constituEn consecuencia, cuando por la naturaleza del lario los beneficios que se otorguen, en especie ional de igual salario por igual trabajo, prespuesto de que se trate se deba laborar por tiem0 en efectivo, por concepto de gastos de repretado en igualdad de condiciones, eficiencia y an-po parcial, el servidor público que lo desempeña sentación, hospedaje, alimentacion, uniformes. diguedad. debe devengar únicamente el salario proporcioviáticos, dietas u otros similares. Artículo AUTORIDADES. Para los efecnal que corresponda. Es entendido que cuando el salario se pagus

tos de aplicación, la presente ley se considera Las cantidades que se asignen a determinados por quincena, por mes 0 por eualquier gtro PT SIBLIOTECA BEL LIB CONTROLCONGRES1106 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Marzo 7 de 1973 NUMERO 79 ríodo, incluye el pago de los días de descanso sesalarial. En ningún caso el traslado debe 2. Hasta un quince por ciento de los salarios manal y los días de asueto. significar disminución de salario para los mayores de cien quetzales y menores de afectados. doscientos quetzales al mes. CAPITULO III 2. Si el servidor público es ascendido a un 3. Hasta un veinte por ciento de los salarios puesto de distinta serie, debe devengar el mayores de doscientos quetzales y menores REGIMEN DE ADMINISTRACION salario inicial que corresponda a dicha sede trescientos quetzales al mes. rie, salvo que éste sea inferior al que se 4. Hasta un veinticinco por ciento de los saArtículo 79-SALARIO INICIAL Ningún encuentre devengando, en cuyo caso debe larios mensuales mayores de trescientos servidor público puede ser nombrado en un puespercibir el sueldo inmediato superior de la quetzales al mes. to comprendido en los servicios por Oposición y serie a que es asignado. En el caso de que sin Oposicion con un salario inferior al inicial un servidor regular sea ascendido tempoArtículo 19.-EXCEPCION. No obstante lo

de la serie que se determine por la Oficina Naralmente, debe devengar el salario inicial dispuesto en el artículo anterior, son embargacional de Servicio Civil para la clase de puesto correspondiente al puesto a que sea ascenbles toda clase de salarios, hasta en un cincuenta que se trate, conforme la escala establecida por dido, salvo que su sueldo como servidor repor ciento, para satisfacer obligaciones de pagar esta ley. gular sea mayor, en cuyo caso continuará alimentos presentes, 0 los que se deban de con-Artículo 89-FIJACION DEL SALARIO. Todevengando este último. formidad con la icy.

do servidor público debe comenzar devengando 3. Las suspensiones contínuas 0 discontínuas Artículo 20.-ACUMULACION DE EMBARel salario inicial de la serie que corresponda al en la prestación de servicios, por cualquier GOS. Los embargos por concepto de alimentospuesto para el que haya sido nombrado. causa, interrumpen el período de los dos tienen prioridad sobre los demás embargos. NoNo obstante lo dispuesto en el párrafo anteaños necesarios para la promoción salarial; obstante, en ningún caso pueden hacerse efecti-rior, cuando se trate de servidores públicos que en consecuencia, deben descontarse al havos dos embargos simultáneamente en la propor-han terminado su relación de trabajo con el Escer el cómputo correspondiente, siempre ción indicada en el artículo anterior O en los por-tado por causas que no son imputables al trabaque sumados sean mayores de treinta días centajes máximos que se indican en el artículojador y reinicien dicha relación dentro de un téren cada año calendario. Se exceptúan de 18 de esta ley, pues en ese caso sólo pueden em-mino que no exceda de seis meses, el Director esta disposición las suspensiones originabargarse hasta un diez por ciento adicional parade la Oficina Nacional de Servicio Civil tiene fadas por disfrute de vacaciones, licencias, satisfacer las demás obligaciones.cultad para asignarles el paso salarial más descansos y vacaciones remuneradas, enferpróximo al monto de salario que devengaban con medad, riesgos profesionales acaecidos y Los mandamientos de embargo así como las dianterioridad, sin que lo excedan. En ambos casos los descansos pre y post natales otorgados ligencias respectivas deben contener la prevendebe mediar dictamen favorable del Ministerio de conformidad con la ley. Es entendido ción a quien deba pagar los salarios de que, aun de Finanzas Públicas en relación con la dispoque la continuidad del período bianual pacuando el mismo salario sea objeto de varios emnibilidad de fondos con cargo a la partida espera la promoción salarial no se interrumpe bargos, se debe dejar libre de gravámenes, en cífica que corresponda. por el desempeño temporal de un puesto beneficio del servidor público, la parte no emArtículo 99-PROMOCION SALARIAL Se público comprendido en el Servicio Exento, bargable conforme lo dispuesto en esta ley. considera promoción salarial el acto por el cual siempre que haya continuidad de la relaArtículo 21.-DISPOSICION DEL SALARIO. se asigna a un servidor público el paso salarial ción de trabajo con el Estado. Los salarios que no excedan de cien quetzales al inmediato superior al que se encuentre devengan4. Ningún servidor público nombrado interimes no pueden cederse, compensarse, ni gravardo, dentro de la serie que corresponda a la clase namente puede devengar un salario mayor se a favor de personas distintas del cónyuge 0 de puesto que desempeñe. que el inicial de la serie que corresponda conviviente de hecho y familiares del servidor Las promociones salariales se concederán SO. al puesto de que se trate. público que viven y dependen económicamente de

bre la base de concurso de méritos en el servicio él, sino en la proporción en que sean embargaa los servidores públicos que desempenen cargos Artículo 14.-TOMA DE POSESION. Los bles. Quedan a salvo las operaciones que el sercomprendidos en una misma clase de puestos dusueldos 0 salarios a cargo del Estado y de sus vidor público realice con cooperativas, instituciorante dos años consecutivos, cuando reciban cainstituciones comienzan a devengarse desde el día nes de crédito V otras de similar naturaleza lelificaciones satisfactorias de conformidad con el de la toma de posesión del cargo hasta su entregalmente establecidas. siste ma que establezca la Oficina Nacional de ga. Si la entrega se verifica antes de la mitad Servicio Civil. de la jornada de trabajo, el sueldo 0 salario de CAPITULO V Artículo 10.-PLAN ANUAL DE SALARIOS. ese día corresponde a la persona que recibe; si Con-base en las disponibilidades financieras del se efectúa después, corresponde a quien entregue DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Estado, la Oficina Nacional de Servicio Civil en consulta con el Ministerio de Finanzas Públicas. Las personas nombradas para el desempeño de Artículo 22.--PROHIBICIONES. Para los debe elaborar un plan anual para la aplicación cargos públicos deben tomar posesión el día priefectos de la aplicación de la presente ley, se esde la Escala de Salarios. El Plan debe ser SOmero 0 el décimo sexto de cada mes, salvorque la tablecen las siguientes prohibiciones:

metido a consideración del Presidente de la Renaturaleza del cargo O las condiciones del servicio requieran la toma de posesión inmediata, enpública para que, en Consejo de Ministros, deciI. Ningún servidor público puede percibir sacuyo caso la autoridad que de posesión debe ha-da su aprobación para el próximo ejercicio fiscal. lario por labores ejecutadas después del cer constar esa circunstancia en el acta respecvencimiento del período de prueba que leEI acuerdo que apruebe el Plan Anual de Sativa. haya sido señalado, a menos que sea delarios dabe establecer las normas para su admiclarado empleado regular 0 nombrado de nistración durante el ejercicio fiscal de que se Artículo 15.-FORMA DE PAGO. Para los conformidad con las normas de la Ley detrate. efectos del pago, los sueldos O salarios de la AdServicio Civil y sus reglamentos.Artículo 11.-PROCEDIMIENTOS. La califiministración Pública están sujetos a las siguien2 Ningún servidor público puede ser promocación y el concurso de méritos a que SC refiere tes normas: vido mientras no haya cumplido satisfacel articulo 99 de esta ley debe hacerse por la Autoriamente el período de prueba correspontoridad Nominadora correspondiente, 0 su dele1. El pago de sueldos 0 salarios debe hacerse diente. gado, de conformidad con el sistema de evaluapor períodos quincenales O mensuales ven3. No puede acordarse una nueva promociónción y los procedimientos, formularios y fechas cidos. En casos especiales, el Ministerio para un mismo servidor público antes deque establezea la Oficina Nacional de Servicio de Finanzas Públicas puede variar esta transcurridos dos años, contados a partirCivil. E1 sistema de evaluación debe tomar en forma de pago conforme las necesidades y de la fecha del último ascenso 0 de la úlcuenta la capacidad, eficiencia, conducta, tiempo posibilidades del Estado. tima promoción. Este t rmino sólo puedede servicios y otros factores pertinentes, 2. Todo pago debe hacerse en efectivo 0 por reducirse por resolución del Director de laEstablecida la calificación y el concurso de medio de cheque, conforme el sistema que Oficina Nacional de Servicio Civil, meméritos, las Autoridades Nominadoras .0 sus deestablezca el Ministerio de Finanzas Pú- diante solicitud razonada de la Autoridad legados, deben enviar a la Oficina Nacional de blicas. Nominadora correspondiente, atendiendo aServicio Civil los resultados que correspondan a 3. Los pagos por concepto de sueldos 0 salala importancia del puesto, las necesidadescada servidor público bajo su autoridad. Dicha rios deben hacerse directamente al servidel servicio V la idoneidad del candidato, Oficina hará la revisión correspondiente y estador público, su representante legal O perpero en ningún caso el tiempo servido enblecerá un registro de servidores públicos en el sona debidamente autorizada, en los lugata misma clase de puesto puede ser infe-eual se anotarán las resoluciones de cada evaluares previamente determinados por el Mirior a un año. En estos casos debe mecion, las resoluciones de promoción y otras obsernisterio de Finanzas Públicas: diar dictamen del Ministerio de Finanzas vaciones relacionadas con su desempeño, colocan4. Todos los pagos por concepto de sueldes 0 Públicas en relación con la disponibilidaddolos en el orden que corresponda para los efecsalarios deben imputarse a las partidas financiera correspondiente.tos de la promoción salarial. correspondientes del Presupueste de Egre4. Ninguna persona puede desempeñar a laArtículo 12.-PRESUPUESTACION DE SASOS del Estado. vez dos O más cargos públicos remuneradosLARIOS. Anualmente debe establecerse en el con excepción de quienes prestan serviciosPresupuesto de Egresos del Estado las asignaCAPITULO IV docentes, asistenciales 0 desempeñen unciones especificas a efecto de que se hagan efecpuesto a tiempo parcial, siempre que lostivas las promociones salariales que se aprucben PROTECCION DEL SALARIO horarios sean compatibles. En estos casosde acuerdo con los artículos 9, 10 y 11 de esta Artículo 16.-INALTERABILIDAD DEL SAlos servicios deben prestarse completos, enley. horas adecuadas para quienes los reciben Las economias que se causen en las asignacioLARIO. El monto fijado para cada puesto en y sin alteracion de las condiciones técnicas nes de sueldos, dietas y gastos de representación concepto de salario 0 sueldo no puede ser disque deben regirlos ni disminución de la

fijados para cada ejercicio fiscal se deben destiminuido ni alterado en el curso del ejercicio fiscantidad y calidad de los mismos. No se nar exclusivamente a incrementar la asignacion cal de que se trate salvo en los casos expresaentenderá que cjercen dos o más cargos específica que SC establezea para los efectos de mente previstos en esta ley 0 cuando la asignapúblicos quienes, por razón de su cargo 0 la aplicación de lo dispuesto en el artículo 8, 13 ción haya sido hecha por error. En estos casos, las cantidades pagadas en exceso deben ser reempleo, forman parte de juntas, comisioinciso 2 y 22 inciso 3 de esta ley, las que se transferiran automáticamente en forma mensual. Dicuperadas por la vía administrativa 0 por la vía nes u otros organismos similares de entidades estatales cuyo desempeño sea remuchas economías no son transferibles para otro económico-coactiva, sin perjuicio de deducir a nerado por el sistema de dietas. fin, salvo cuando so trate de situaciones de emerlos culpables las demás responsabilidades legagencia nacional, calamidad pública 0 de casos de les que corresponda. La contravensión de esta disposición da lugar a responsabilidad solidaria de la perinteres nacional calificados por el Presidente de Artículo 17.-INTEGRIDAD DEL SALARIO. sona nombrada 0 contratada y de los jefes la República en Consejo de Ministros. Sobre los sueldos 0 salarios de los servidores pú- 0 superiores jerárquicos que den lugar 0

El monto asignado en el Presupuesto Analítico blicos no pueden efectuarse más descuentos 0 mantengan esa situacion, debiendo hacerse de Sueldos para cada puesto debe fijar el salarioembargos que los autorizados por la ley 0 por de inmediato el reintegro de los sueldos 0 inicial que corresponda al mismo. En nomina seresolución dictada por los tribunales de justicia. salarios percibidos indebidamente, sin perparada deberá consignarse la suma asignada al La orden de embargo debe set dietada por el juicio de las demás responsabilidades leservidor público que lo ocupa, de acuerdo con las juez competente y comunicada a! Teserero Na-: gales correspondientes. normas de esta ley. cional O pagador respectivo, quien debe proceder Para los efectos de to dispuesto en este a retener la cantidad que corresponda. inciso, son empleos · cargos públicos los de Artículo 13.-NORMAS ESPECIALES. Con- (os organismos del Estado y los de sus insforme lo dispuesto en el artículo 11 de esta ley, Artículo 18.-INEMBARGABILIDAD DEL tituciones descentralizadas, autonomas y las promociones deben concederse cada dos nãos SALARIO. No puede ser objeto de embargo la semiantónomas y de las municipalidades. despues del ingreso. reingreso 0 ascenso sertotalidad de los sueldos 0 salarios devengados vidor público; surtirán sus efectos a partir del por los servidores públicos, salvo sobre los porArtículo 23.-GASTOS DE REPRESENTAejercicio fiscal inmediato siguiente y están suje-centajes autorizados por la presente ley. Para esCION. Ningúe servidor público que desempeñe tas a las siguientes normas: te efecto se declaran inerabargables los salarios un puesto on el Servicio por Oposición puede deque no excedan de cuarenta quotzales al mes; los vengar gastos de representación 0 cualquier otra

1. Cuando un servidor público es permutado demás salarios pueden embargarse en la siguienremuneración adicional al salario que le corres0 trasladado a un puesto asignado a igual te proporción: ponda de conformidad con las disposiciones de 0 inferior serie a la del que estuviera desesta ley. empeñando, no hay interrupción en la re1. Hasta un diez por ciento de los salarios Artículo 24.-RESPONSABILIDADES. Se lación de trabajo en cuanto al cómputo del mayores de cuarenta quetzales y menores prohibe efectuar pago alguno por servicios pertiempo para los efectos de la promoción de cien quetzales al mes. sonales en contra de las disposiciones de esta ley,NUMERO 79 DIARIO DE CENTRO AMERICAMarzo 7 de 1973 1107 sus reglamentos y demás disposiciones legales Servicio Civil para ser declarado empleado reArtículo 29-Todos los alimentos que se ofrezaplicables. En consecuencia, incurre en respongular e incorporado al registro respectivo. can al público deberán ser aptos para el consusabilidad el funcionario que apruebe, refrende el Las disposiciones de esta ley son asimismo mo humano y tener las características normales

pago o que suscriba el comprobante, cheque, nó- aplicables a los servidores públicos que mediante propias del producto de entera conformidad con' mina u orden de pago respectiva. La cantidad disposición expresa del Organismo Ejecutivo se lo dispuesto en el artículo siguiente. respectiva debe ser recuperada por la via admidetermine. nistrativa 0 la vía económico-coactiva e ingresar Artículo 35.-REGLAMENTACION. Un reArtículo 39--Para los efectos del artículo antea la Tesorería Nacional, sin perjuicio de deducir glamento especial debe desarrollar las normas rior se estará, en primer término, a las leyes, las responsabilidades legales que correspondan. de esta ley para su adecuada aplicación. La Ofireglamentos y disposiciones sanitarias vigentes: Las normas de esta ley deben ser aplicadas cina Nacional de Servicio Civil en consulta con y en los casos específicos no contemplados en ellos, al Código Latinoamericano de Alimentos ypor las autoridades fiscales para el pago de sael Ministerio de Finanzas Públicas, debe elaboa las normas emitidas por la Organización Mun-larios, control contable y presupuestario y los rar el proyecto correspondiente y someterlo a dial de la Salud, los cuales se entienden incorpo-demás efectos consiguientes. consideración del Presidente para su aprobacion. rados al presente Reglamento exclusivamente para Queda a cargo de la Contraloria de Cuentas E! reglamento deberá emitirse y entrar en vigor los casos indicados. y del Ministerio de Finanzas Públicas el cumdentro de un término máximo de tres meses a Articulo 4º-Toda persona, firma comercial 0

plimiento de esta disposición. partir de la vigencia de esta ley. establecimiento que fabrique, elabore, transforme, Artículo 25.-CLASES PASIVAS. No puede Artículo 36.--DEROGACION. Al entrar en fraccione, importe, exporte, conserve, almacene, hacerse efectiva ninguna pensión mientras el bevigor la presente ley, quedan derogadas todas las transporte, expenda, trafique, exponga, distribuneficiario esté desempeñando algún cargo remudisposiciones que se opongan a la misma. ya 0 manipule alimentos para consumo humano, nerado en los organismos del Estado, en sus insArtículo 37.--VIGENCIA. La presente ley enqueda sujeta a las disposiciones del presente Retituciones descentralizadas, autónomas 0 semiautrará en vigor el primero de julio de mil noveglainento y la autorización de dichos actos será tónomas, y las municipalidades. Esta disposicientos setenta y tres. de la competencia exclusiva de la Dirección Geción no implica prohibición para que se tramiten Pase al Organismo Ejecutivo para su publica-neral de Servicios de Salud, de conformidad con los los expedientes respectivos. ción y cumplimiento. reglamentos específicos. Artículo 26.--LIQUIDACION EN CASO DE Artículo 59-La dependencia do la Dirección MUERTE. Los sueldos 0 salarios que hubieren Dado en el Palacio del Organismo Legislativo. General de Servicios de Salud encargada de velar quedado pendientes de pago al fallecer un servien la ciudad de Guatemala, a los quince días del por el eumplimiento del presente Reglamento, es

dor público deben ser otorgados sin necesidad de mes de febrero de mil novecientos setenta y tres.el Departamento de Control de Alimentos. trámite judicial alguno al cónyuge 0 conviviente Artículo 69--No podrá permitirse la importade hecho, hijos O padres del causante, en este orMARIO SANDOVAL ALARCON, ción de ningún producto alimenticio sin la preden de prioridad, de conformidad con las normas Presidente. sentación de la constancia fehaciente de que el producto ha sido registrado en el Departamento de legales correspondientes. CARLOS OLIVA ORELLANA, Control de Alimentos; 0 bien, que ha sido autori-Artículo 27.-PRESCRIPCION. Prescriben en dos años, que se contarán a partir del momento Secretario. zada por éste su importación con base on el certificado de pureza y libre venta del producto, exen que debió hacerse efectivo el pago, las accioPUBLIO MUNDUATE GUZMAN, tendido por la autoridad sanitaria competente del nes de cobro de honorarios, sueldos 0 salarios, Secretario. país de origen; 0 que le ha sido otorgado permiso dietas y cualquier otra retribución por servicios de importación, en el caso de productos centropersonales prestados al Estado y sus institucioPalacio Nacional: Guatemala, dos de marzo de americanos. Para los efectos del párrafo untones. mil novecientos setenta y tres. rior, las aduanas de la República deberán exigir Artículo 28.-MAGISTERIO NACIONAL Las al interesado la presentación de la constancia,

relaciones de los miembros del Magisterio NaPubliquese y cúmplase, respectiva previo a permitir el ingreso de los cional con el Estado en los puestos cubiertos por productos, tal como se determina en et artículo el Decreto Número 1485 del Congreso de la ReCARLOS ARANA OSORIO. 30 de este Reglamento. pública, se continuarán rigiendo exclusivamente El Ministro de Gobernación, Artículo 79-Los casos no contemplados en el por el mencionado decreto y solamente en forma ROBERTO HERRERA IBARGUEN. presente Reglamento serán resueltos por el Der supletoria por la presente ley. partamento de Control de Alimentos, sin perjuiArtículo 29.-EJERCITO NACIONAL A los El Ministro de Finanzas, cio del derecho del interesado de pedir al Deparmiembros del Ejército de Guatemala y a las perJORGE LAMPORT RODIL. tamento que el asunto se eleve inmediatamente sonas que perciban sueldos 0 salarios del ramo a la Dirección General de Servicios de Salad, II de la Defensa Nacional, no les es aplicable la efecto de que ésta. con audiencia del Consejo Tecr nico, resuelva en definitiva.presente ley. ORGANISMO EJECUTIVO Artículo 30.--RESPONSABILIDAD DEL DICAPITULO II RECTOR. De conformidad con el artículo 71 de la Lcy de Servicio Civil, el Director de la OficiDe las definiciones na Nacional de Servicio Civil debe revisar la EsMINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 89-Para los efectos de este Regia-cala de Salarios por lo menos cada cuatro años Y ASISTENCIA SOCIAL mento se entiende por: para determinar los ajustes que sean necesarios y proponer al Presidente de la República las modificaciones correspondientes. Reglamento para el Registro !! Control de Alia) Organismo Técnico, el Departamento de Conmentos. trol de Alimentos: b) Autoridad Competente, los Directores de losCAPITULO VI Acuerdo gubernativo número M. de S. P. Centros de Salud; DISPOSICIONES FINALES, TRANSITORIAS y A. S. 8-73. c) Agentes Contralores, los Supervisores del Y DEROGATORIAS Departamento de Control de Alimentos y for Palacio Nacional: Guatemala, 10 de marzo de Inspectores do Saneamiento de los servicios Artículo 31.-OTRAS ENTIDADES DEL ES1973. de salud: d) Laboratorio Oficial, los laboratorios centra-TADO. En tanto adoptan disposiciones sobre administración de salarios, las entidades descentraEI Presidente Constitucional de la República, les de la Dirección General d

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