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Decreto 11-1973

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 11-1973
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Urbano
Año
1973

140 RECOPILACION DE LEYES CONSIDERANDO: Artículo 3?-La expropiación a que se refiere el presente Decreto, deberá efectuarse conforme Que para tal objetivo, de conformidad con la a los requisitos establecidos en la Ley de Exproplanificación efectuada por el Instituto Nacional piación y sus reformas. de la Vivienda, se requiere la adquisición de terrenos de propiedad particular, cuya expropiaArtículo 4º-El presente Decreto entrará en ción es procedente, ya que la obra tiende al mevigor el día siguiente de su publicación en elDiario Oficial. joramiento del ornato, complementa un proyecto de construcción de viviendas en beneficio social y redundará en efectivos beneficios para los haPase al Organismo Ejecutivo para su publicabitantes, siendo en consecuencia, de utilidad coción y cumplimiento. lectiva e interés públicos, Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la ciudad de Guatemala, a los catorce días del POR TANTO, mes de febrero de mil novecientos setenta y tres. Con fundamento en el artículo 71 de la ConsMARIO A. SANDOVAL ALARCON, titución de la República, Ley de Expropiación, Presidente. y en uso de las facultades que le confieren los artículos 156 y 170 de la misma Constitución, CARLOS H. OLIVA ORELLANA, Secretario.DECRETA: Artículo 1°-Se declara de utilidad colectiva, PUBLIO MUNDUATE GUZMAN, beneficio e interés públicos, la expropiación a faSecretario.

vor del INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA de las siguientes fincas: Palacio Nacional: Guatemala, nueve de marzo de mil novecientos setenta y tres.Area Afectada en Finca Folio Libro Metros Cuadrados Publíquese y cúmplase. 1596 209 69 2391.64 41 162 95 44.82 CARLOS ARANA OSORIO. 20088 218 197 14.54 46773 146 949 72.00 El Ministro de Gobernación, 20087 217 197 141.03 ROBERTO HERRERA IBARGUEN. 36432 226 864 215.24 3452 1 451 129.86 El Ministro de Comunicaciones y 4749 19 163 249.42 Obras Públicas, 46776 149 949 209.40 GUSTAVO ANZUETO VIELMANN. 29513 22 822 188.08 29512 21 822 183.45 29511 20 822 174.51 5274 221 120 172.12 29508 17 822 442.16 Decreto Número 11-73 29509 18 822 184.23 4257 1 922 172.91 El Congreso de la República29514 23 822 (forma un cuerpo con la siguiente) de Guatemala, 29515 24 822 484.34 13023 167 730 77.62 CONSIDERANDO 24012 41 794 139.33 16105 143 496 84.40 Que de conformidad con los principios y obje5462 175 427 106.14 tivos de la Ley de Servicio Civil, Decreto 1748

del Congreso de la República, es responsabilidad del Estado afirmar y proteger la dignidad de los Artículo 2º-Para los efectos del artículo 20 trabajadores al servicio de la Administración del Decreto 529 del Congreso de la República, Pública remunerando el correcto desempeño de adicionado por el Decreto 1793, también del Conlos cargos públicos en forma justa y decorosa, greso, se declara de urgencia la realización de mediante la adoptación de un sistema que garanla calzada que unirá la Avenida Petapa, partientice el principio constitucional de igual salario do de la 53 Calle, con la Colonia "Justo Rufino por igual trabajo, prestado en igualdad de condiBarrios", zona 21 de esta capital. ciones, eficiencia y antigüedad;141 REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: artículo 89, 90, inciso 1), y 10 de dicha ley, de conformidad con las funciones que a cada una Que de conformidad con lo establecido en el corresponden. artículo 71 del Decreto 1748 del Congreso de la Artículo 3°-FUENTES SUPLETORIAS. Los República, Ley de Servicio Civil, el Organismo casos no previstos en esta ley y sus reglamentos Ejecutivo ha formulado una Escala de Salarios deben ser resueltos de conformidad con su espí- para todos los puestos comprendidos en los serritu, en cuanto a su objeto y características; y vicios por Oposición y sin Oposición, determinan-supletoriamente, en todo lo que no se oponga aldo las remuneraciones mínimas y máximas y mismo, de acuerdo con la Ley de Servicio Civil,las intermedias correspondientes, las doctrinas de la administración de personal

en el servicio público, la equidad, las leyes coPOR TANTO, munes y los principios generales del derecho, en este orden. En uso de las facultades que le confiere el inciso 1° del artículo 170 de la Constitución de la CAPITULO II República y con fundamento en los artículos 70, Escala de Salarios 71 y 72 de la Ley de Servicio Civil, DECRETA: Artículo 49-SALARIO. Todo servicio 0 trabajo que no deba prestarse gratuitamente en virtud de ley 0 de sentencia, debe ser equitativa-La siguiente mente remunerado mediante el pago de un salario. Ley de Salarios de la Administración PúblicaSe entiende por salario 0 sueldo la retribución que el Estado debe pagar a cualquier servidor CAPITULO I público que desempeñe un puesto para el cual ha sido designado en virtud de nombramiento, contrato 0 cualquier otro vínculo legalmente estaDisposiciones Generales blecido. Artículo 1°-OBJETO. Esta ley establece un Artículo 50-ESTABLECIMIENTO DE LA sistema de remuneración justa y decorosa para ESCALA. Para los efectos de la asignación de los servidores públicos con el fin de propiciar salarios 0 las clases de puestos comprendidos en la eficiencia de la administración pública y galos servicios por Oposición y sin Oposición que rantizar el cumplimiento del principio constituregula la Ley de Servicio Civil, se establece una cional de igual salario por igual trabajo, presescala de salarios ordenada progresivamente en

tado en igualdad de condiciones, eficiencia y series. Cada serie comprende un salario inicial, salarios intermedios y un salario máximo. Laantigüedad. asignación de las clases de puestos 0 las distin-tas series de la escala debe hacerse de conformiArtículo 0-AUTORIDADES. Para los efecdad con el Plan de Clasificación de Puestos que tos de su aplicación, la presente ley se considerapara el efecto establezca la Oficina Nacional de complementaria de la Ley de Servicio Civil. EnServicio Civil, de conformidad con la ley. consecuencia, las autoridades encargadas de su ejecución son las mismas a que se refieren los La escala comprende las series siguientes: ESCALA DE SALARIOS Salario SALARIOS INTERMEDIOS Salario Serie Inicial (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) Máximo 1 40 44 48 52 56 60 64 68 72 76 80 80 2 45 49 53 57 61 65 70 75 80 85 90 90 3 50 55 60 65 70 75 80 85 90 95 100 100 4 55 60 65 70 75 80 85 90 95 100 105 110 110 5 60 65 70 75 80 85 90 96 102 108 114 120 120 6 65 70 76 82 88 94 100 106 112 118 124 130 130 7 70 75 80 85 90 96 102 108 114 120 126 132 138 138

8 75 81 87 93 99 105 111 117 123 129 135 141 147 147 9 80 86 92 98 104 110 116 122 129 136 143 150 157 157 10 85 91 97 104 111 118 125 132 139 146 153 160 167 167

Reformado XD142 RECOPILACION DE LEYES

ESCALA DE SALARIOS Salario SALARIOS INTERMEDIOS Salario Serie Inicial (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) Máximo 11 90 97 104 111 118 125 132 139 146 153 160 168 176 176 12 95 102 109 116 123 130 138 146 154 162 170 178 186 186 13 100 108 116 124 132 140 148 156 164 172 180 188 196 196 14 110 118 126 135 144 153 162 171 180 189 198 207 216 216 15 120 129 138 147 156 165 175 185 195 205 215 225 235 235 16 130 140 150 160 170 180 190 200 211 222 233 244 255 255 17 140 151 162 173 184 195 206 217 228 239 250 262 274 274 18 150 162 174 186 198 210 222 234 246 258 270 282 294 294 19 160 172 184 196 209 222 235 248 261 274 287 300 313 313

20 170 183 196 209 222 235 249 263 277 291 305 319 333 333 21 180 194 208 222 236 250 264 278 293 308 323 338 353 353 22 190 205 220 235 250 265 280 295 310 325 340 355 370 370 23 200 215 230 245 260 275 290 305 320 335 350 365 380 380 24 210 225 240 255 270 285 300 315 330 345 360 375 390 390 25 220 235 250 265 280 295 310 325 340 355 370 385 400 400 26 230 245 260 275 290 305 320 335 350 365 380 395 410 410 27 240 255 270 285 300 315 330 345 360 375 390 405 420 420 28 250 265 280 295 310 325 340 355 370 385 400 415 430 430 29 260 275 290 305 320 335 350 365 380 395 410 425 440 440 30 270 285 300 315 330 345 360 375 390 405 420 435 450 450 31 280 295 310 325 340 355 370 385 400 415 430 445 460 460 32 290 305 320 335 350 365 380 395 410 425 440 455 470 470 33 300 315 330 345 360 375 390 405 420 435 450 465 480 480

34 320 337 354 371 388 405 422 439 456 474 492 510 510 35 340 357 374 391 408 425 442 459 476 494 512 530 530 36 360 377 394 411 428 445 462 479 496 514 532 550 550 37 380 397 414 431 448 465 482 499 516 534 552 570 570 38 400 419 438 457 476 495 514 533 552 571 590 590 39 425 444 463 482 501 520 539 558 577 596 615 615 40 450 469 488 507 526 545 564 583 602 621 640 640 41 475 494 513 532 551 570 589 608 627 646 665 665 42 500 521 542 563 584 605 626 647 668 690 690 43 525 546 567 588 609 630 651 672 693 715 715 44 550 571 592 613 634 655 676 697 718 740 740 45 575 596 617 638 659 680 701 722 743 765 765 600 625 650 675 700 725 750 775 800 800 46 47 625 650 675 700 725 750 775 800 825 825 48 650 675 700 725 750 775 800 825 850 850 49 675 700 725 750 775 800 825 850 875 875 850 875 900 900 50 700 725 750 775 800 825

Artículo -INTEGRACION DEL SALARIO. Las cantidades que se asignen a determinados Los salarios señalados en la escala que establece puestos como beneficios diferenciales, en razón esta ley corresponden a la retribución mensualdel costo de vida, mal clima, naturaleza del tradel puesto al cual dichos salarios son asignados,bajo 0 cualquiera otra causa legal, forman parpor la jornada ordinaria de trabajo completa.te del salario por todo el tiempo que subsista la En consecuencia, cuando por la naturaleza delcausa que los origine. No forman parte del sapuesto de que se trate se deba laborar por tiem-lario los beneficios que se otorguen, en especie po parcial, el servidor público que lo desempeña0 en efectivo, por concepto de gastos de repredebe devengar únicamente el salario proporcio-sentación, hospedaje, alimentación, uniformes, nal que corresponda. viáticos, dietas u otros similares.REPUBLICA DE GUATEMALA 143 Es entendido que cuando el salario se pague Artículo 11.-PROCEDIMIENTOS. La califi por quincena, por mes 0 por cualquier otro pecación y el concurso de méritos a que se refiere ríodo, incluye el pago de los días de descanso se-el artículo 90 de esta ley debe hacerse por la Aumanal y los días de asueto. toridad Nominadora correspondiente, o su delegado, de conformidad con el sistema de evaluación y los procedimientos, formularios y fechasCAPITULO III que establezca la Oficina Nacional de Servicio Civil. El sistema de evaluación debe tomar en Régimen de Administración cuenta la capacidad, eficiencia, conducta, tiempo de servicios y otros factores pertinentes. Establecida la calificación y el concurso deArtículo 79-SALARIO INICIAL. Ningún méritos, las Autoridades Nominadoras 0 sus de-servidor público puede ser nombrado en un pueslegados, deben enviar a la Oficina Nacional deto comprendido en los servicios por Oposición y Servicio Civil los resultados que correspondan asin Oposición con un salario inferior al inicial cada servidor público bajo su autoridad. Dichade la serie que se determine por la Oficina NaOficina hará la revisión correspondiente y esta-cional de Servicio Civil para la clase de puesto blecerá un registro de servidores públicos en elque se trate, conforme la escala establecida por cual se anotarán las resoluciones de cada evaluaesta ley. ción, las resoluciones de promoción y otras observaciones relacionadas con su desempeño, colo-Artículo 8°-FIJACION DEL SALARIO. Todo servidor público debe comenzar devengando cándolos en el orden que corresponda para los el salario inicial de la serie que corresponda al efectos de la promoción salarial. puesto para el que haya sido nombrado. Artículo 12.-PRESUPUESTACION DE SANo obstante lo dispuesto en el párrafo anteLARIOS. Anualmente debe establecerse en el rior, cuando se trate de servidores públicos que Presupuesto de Egresos del Estado las asigna-han terminado su relación de trabajo con el Esciones específicas a efecto de que se hagan efectado por causas que no son imputables al trabativas las promociones salariales que se aprueben jador y reinicien dicha relación dentro de un de acuerdo con los artículos 9, 10 y 11 de esta término que no exceda de seis meses, el Director ley.de la Oficina Nacional de Servicio Civil, tiene facultad para asignarles el paso salarial más Las economías que se causen en las asignaciopróximo al monto de salario que devengaban con nes de sueldos, dietas y gastos de representación anterioridad, sin que lo excedan. En ambos casos fijados para cada ejercicio fiscal se deben desdebe mediar dictamen favorable del Ministerio tinar exclusivamente a incrementar la asignación de Finanzas Públicas en relación con la dispoespecífica que se establezca para los efectos de nibilidad de fondos con cargo a la partida espela aplicación de lo dispuesto en el artículo 8, 13 cífica que corresponda. inciso 2 y 22 inciso 3 de esta ley, las que se transferirán automáticamente en forma mensual. Artículo 9?-PROMOCION SALARIAL. Se Dichas economías no son transferibles para otro considera promoción salarial el acto por el cual fin, salvo cuando se trate de situaciones de emerse asigna a un servidor público el paso salarial gencia nacional, calamidad pública 0 de casos de

inmediato superior al que se encuentre devenganinterés nacional calificados por el Presidente de do, dentro de la serie que corresponda a la clase la República en Consejo de Ministros. de puesto que desempeñe. El monto asignado en el Presupuesto AnalíticoLas promociones salariales se concederán sode Sueldos para cada puesto debe fijar el salariobre la base de concurso de méritos en el servicio inicial que corresponda al mismo. En nóminaa los servidores públicos que desempeñen cargos separada deberá consignarse la suma asignadacomprendidos en una misma clase de puestos dual servidor público que lo ocupa, de acuerdo conrante dos años consecutivos, cuando reciban calas normas de esta ley.lificaciones satisfactorias de conformidad con el sistema que establezca la Oficina Nacional de Servicio Civil. Artículo 18.-NORMAS ESPECIALES. Conforme lo dispuesto en el artículo 11 de esta ley, Artículo 10.-PLAN ANUAL DE SALARIOS. las promociones deben concederse cada dos años Con base en las disponibilidades financieras del después del ingreso, reingreso O ascenso del serEstado, la Oficina Nacional de Servicio Civil en vidor público; surtirán sus efectos a partir del consulta con el Ministerio de Finanzas Públicas, ejercicio fiscal inmediato siguiente y están sujedebe elaborar un plan anual para la aplicación tas a las siguientes normas. de la Escala de Salarios. El Plan debe ser sometido a consideración del Presidente de la Re1. Cuando un servidor público es permutado pública para que, en Consejo de Ministros, deci0 trasladado a un puesto asignado a igual

da su aprobación para el próximo ejercicio 0 inferior serie a la del que estuviera desfiscal. empeñando, no hay interrupción en la relación de trabajo en cuanto al cómputo del El acuerdo que apruebe el Plan Anual de Satiempo para los efectos de la promoción larios debe establecer las normas para su admisalarial. En ningún caso el traslado debe nistración durante el ejercicio fiscal de que se significar disminución de salario para lostrate. afectados. 139-85144

RECOPILACION DE LEYES

2. Si el servidor público es ascendido a un puesto de distinta serie, debe devengar el2. Todo pago debe hacerse en efectivo 0 por salario inicial que corresponda a dicha semedio de cheque, conforme el sistema que establezca el Ministerio de Finanzas Pú-rie, salvo que éste sea inferior al que se blicas. encuentre devengando, en cuyo caso debe percibir el sueldo inmediato superior de la3. Los pagos por concepto de sueldos 0 salarios deben hacerse directamente al serviserie a que es asignado. En el caso de que un servidor regular sea ascendido tempodor público, su representante legal o perralmente, debe devengar el salario inicial sona debidamente autorizada, en los lugacorrespondiente al puesto a que sea ascenres previamente determinados por el Midido, salvo que su sueldo como servidor renisterio de Finanzas Públicas. gular sea mayor, en cuyo caso continuará 4. Todos los pagos por concepto de sueldos o

devengando este último. salarios deben imputarse a las partidas correspondientes del Presupuesto de Egre3. Las suspensiones continuas 0 discontinuas SOS del Estado. en la prestación de servicios, por cualquier CAPITULO IV causa, interrumpen el período de los dos años necesarios para la promoción salarial; Protección del Salario en consecuencia, deben descontarse al hacer el cómputo correspondiente, siempre Artículo 16.-INALTERABILIDAD DEL SAque sumados sean mayores de treinta días LARIO. El monto fijado para cada puesto en en cada año calendario. Se exceptúan de concepto de salario o sueldo no puede ser disesta disposición las suspensiones origina-minuido ni alterado en el curso del ejercicio fisdas por disfrute de vacaciones, licencias,cal de que se trate salvo en los casos expresadescansos y vacaciones remuneradas, enfer-mente previstos en esta ley o cuando la asignamedad, riesgos profesionales acaecidos yción haya sido hecha por error. En estos casos, los descansos pre y postnatales otorgadoslas cantidades pagadas en exceso deben ser rede conformidad con la ley. Es entendido cuperadas por la vía administrativa o por la vía que la continuidad del período bianual pa-económico-coactiva, sin perjuicio de deducir a los ra la promoción salarial no se interrumpeculpables las demás responsabilidades legales que por el desempeño temporal de un puesto corresponda. público comprendido en el Servicio Exento, siempre que haya continuidad de la relaArtículo 17.-INTEGRIDAD DEL SALARIO.

ción de trabajo con el Estado. Sobre los sueldos 0 salarios de los servidores pú- blicos no pueden efectuarse más descuentos 0

4. Ningún servidor público nombrado interiembargos que los autorizados por la ley 0 por namente puede devengar un salario mayor resolución dictada por los tribunales de justicia. que el inicial de la serie que corresponda La orden de embargo debe ser dictada por elal puesto de que se trate. juez competente y comunicada al Tesorero Nacional 0 pagador respectivo, quien debe proceder Artículo 14.-TOMA DE POSESION. Los a retener la cantidad que corresponda. sueldos O salarios a cargo del Estado y de sus instituciones comienzan a devengarse desde el Artículo 18.-INEMBARGABILIDAD DEL día de la toma de posesión del cargo hasta suSALARIO. No puede ser objeto de embargo la entrega. Si la entrega se verifica antes de la totalidad de los sueldos 0 salarios devengados mitad de la jornada de trabajo, el sueldo 0 sa-por los servidores públicos, salvo sobre los porlario de ese día corresponde a la persona quecentajes autorizados por la presente ley. Para reciba; si se efectúa después, corresponde a quieneste efecto se declaran inembargables los salaentregue. rios que no excedan de cuarenta quetzales al mes; los demás salarios pueden embargarse en la siLas personas nombradas para el desempeño de guiente proporción: cargos públicos deben tomar posesión el día primero 0 el décimo sexto de cada mes, salvo que la1. Hasta un diez por ciento de los salarios

naturaleza del cargo 0 las condiciones del servimayores de cuarenta quetzales y menores cio requieran la toma de posesión inmediata, en de cien quetzales al mes. cuyo caso la autoridad que dé posesión debe ha2. Hasta un quince por ciento de los salarios cer constar esa circunstancia en el acta respecmayores de cien quetzales y menores de tiva. doscientos quetzales al mes.

3. Hasta un veinte por ciento de los salarios Artículo 15.-FORMA DE PAGO. Para los mayores de doscientos quetzales y menores efectos del pago, los sueldos o salarios de la Adde trescientos quetzales al mes. ministración Pública están sujetos a las siguien-4. Hasta un veinticinco por ciento de los sates normas: larios mensuales mayores de trescientos quetzales al mes.

1. El pago de sueldos 0 salarios debe hacerse Artículo 19.-EXCEPCION. No obstante lo por períodos quincenales 0 mensuales vendispuesto en el artículo anterior, son embarga-cidos. En casos especiales, el Ministerio bles toda clase de salarios, hasta en un cincuende Finanzas Públicas puede variar esta ta por ciento, para satisfacer obligaciones de forma de pago conforme las necesidades y pagar alimentos presentes, 0 los que se deben deposibilidades del Estado. conformidad con la ley.REPUBLICA DE GUATEMALA 145

Artículo 20.-ACUMULACION DE EMBAR4. Ninguna persona puede desempeñar a la

GOS. Los embargos por concepto de alimentos vez dos 0 más cargos públicos remunerados tienen prioridad sobre los demás embargos. No con excepción de quienes prestan servicios obstante, en nigún caso pueden hacerse efectidocentes, asistenciales O desempeñen un vos dos embargos simultáneamente en la proporpuesto a tiempo parcial. siempre que los ción indicada en el artículo anterior 0 en los porhorarios sean compatibles. En estos casos centajes máximos que se indican en el artículo los servicios deben prestarse completos, en 18 de esta ley, pues en ese caso sólo pueden emhoras adecuadas para quienes los reciben bargarse hasta un diez por ciento adicional para y sin alteración de las condiciones técnicas satisfacer las demás obligaciones. que deben regirlos ni disminución de la Los mandamientos de embargo, así como las dicantidad y calidad de los mismos. No se ligencias respectivas deben contener la prevenentenderá que ejercen dos 0 más cargos ción a quien deba pagar los salarios de que, aun públicos quienes, por razón de su cargo o cuando el mismo salario sea objeto de varios emempleo, forman parte de juntas, comisiobargos, se debe dejar libre de gravámenes, en nes u otros organismos similares de entibeneficio del servidor público, la parte no emdades estatales cuyo desempeño sea remubargable conforme lo dispuesto en esta ley. nerado por el sistema de dietas. La contravención de esta disposición da Artículo 21.-DISPOSICION DEL SALARIO. lugar a responsabilidad solidaria de la perLos salarios que no excedan de cien quetzales al sona nombrada 0 contratada y de los jefes

mes no pueden cederse, compensarse, ni gravar0 superiores jerárquicos que den lugar 0 se a favor de personas distintas del cónyuge 0 mantengan esa situación, debiendo hacerse conviviente de hecho y familiares del servidor de inmediato el reintegro de los sueldos 0 público que viven y dependen económicamente de salarios percibidos indebidamente, sin per- él, sino en la proporción en que sean embargajuicio de las demás responsabilidades lebles. Quedan a salvo las operaciones que el gales correspondientes. servidor público realice con cooperativas, instiPara los efectos de lo dispuesto en este tuciones de crédito y otras de similar naturaleza inciso, son empleos 0 cargos públicos los delegalmente establecidas. los organismos del Estado y los de sus instituciones descentralizadas, autónomas y CAPITULO V semiautónomas y de las municipalidades. Artículo 23.-GASTOS DE REPRESENTADisposiciones Complementarias CION. Ningún servidor público que desempeñe un puesto en el Servicio por Oposición puede deArtículo 22.-PROHIBICIONES. Para los vengar gastos de representación 0 cualquier otra efectos de la aplicación de la presente ley, se es-remuneración adicional al salario que le corresponda de conformidad con las disposiciones detablecen las siguientes prohibiciones: esta ley.

1. Ningún servidor público puede percibir saArtículo 24.--RESPONSABILIDADES. Se lario por labores ejecutadas después del prohibe efectuar pago alguno por servicios per-vencimiento del período de prueba que le sonales en contra de las disposiciones de esta ley, haya sido señalado, a menos que sea desus reglamentos y demás disposiciones legalesclarado empleado regular 0 nombrado de aplicables. En consecuencia, incurre en respon-conformidad con las normas de la Ley de sabilidad el funcionario que aprucbe, refrende el Servicio Civil y sus reglamentos. pago 0 que suscriba el comprobante, cheque, nó-

2. Ningún servidor público puede ser promomina u orden de pago respectiva. La cantidad vido mientras no haya cumplido satisfacrespectiva debe ser recuperada por la vía admitoriamente el período de prueba corresponnistrativa 0 la vía económico-coactiva e ingresar diente. a la Tesorería Nacional, sin perjuicio de deducir las responsabilidades legales que correspondan.

3. No puede acordarse una nueva promoción para un mismo servidor público antes de Las normas de esta ley deben ser aplicadas transcurridos dos años, contados a partir por las autoridades fiscales para el pago de sade la fecha del último ascenso 0 de la úllarios, control contable y presupuestario y los tima promoción. Este término sólo puede demás efectos consiguientes. reducirse por resolución del Director de la Queda a cargo de la Contraloría de Cuentas Oficina Nacional de Servicio Civil, mey del Ministerio de Finanzas Públicas el cumdiante solicitud razonada de la Autoridad plimiento de esta disposición.

Nominadora correspondiente, atendiendo a la importancia del puesto, las necesidades Artículo 25.-CLASES PASIVAS. No puede del servicio y la idoneidad del candidato, hacerse efectiva ninguna pensión mientras el bepero en ningún caso el tiempo servido en neficiario esté desempeñando algún cargo remula misma clase de puesto puede ser infenerado en los organismos del Estado, en sus insrior a un año. En estos casos debe metituciones descentralizadas. autónomas o semiaudiar dictamen del Ministerio de Finanzas tónomas, y las municipalidades. Esta disposiPúblicas en relación con la disponibilidad ción no implica prohibición para que se tramiten financiera correspondiente. los expedientes respectivos.146 RECOPILACION DE LEYES Artículo 26.-LIQUIDACION EN CASO DE 2. Ajustar todos los puestos al paso salarial MUERTE. Los sueldos 0 salarios que hubieren que les corresponda de conformidad con las quedado pendientes de pago al fallecer un serviseries comprendidas en la Escala. dor público deben ser otorgados sin necesidad de trámite judicial alguno al cónyuge 0 conviviente Para este efecto todos los puestos comde hecho, hijos 0 padres del causante, en este prendidos en los servicios por Oposición y orden de prioridad, de conformidad con las norsin Oposición deben ser valorados por la mas legales correspondientes. Oficina Nacional de Servicio Civil y asignados a la clase de puestos que corresponArtículo 27.-PRESCRIPCION. Prescriben en da, de conformidad con el sistema de clados años, que se contarán a partir del momento sificación a que se refiere el artículo 35 de en que debió hacerse efectivo el pago, las acciola Ley de Servicio Civil. nes de cobro de honorarios, sueldos 0 salarios, dietas y cualquier otra retribución por servicios Artículo 33.-PRIMER PLAN ANUAL DE personales prestados al Estado y sus institucioSALARIOS. El primer plan Anual de Salariosnes. deberá entrar en vigor a partir del primero de Artículo 28.-MAGISTERIO NACIONAL. Las enero de mil novecientos setenta y cuatro. relaciones de los miembros del Magisterio Nacional con el Estado en los puestos cubiertos por el Decreto Número 1485 del Congreso de la ReArtículo 34.-SITUACION JURIDICA DE pública, se continuarán rigiendo exclusivamente LOS SERVIDORES PUBLICOS. Al entrar en por el mencionado decreto y solamente en forma vigor la presente ley, todo servidor público que supletoria por la presente ley. ocupe un cargo comprendido en el Servicio por Artículo 29.-EJERCITO NACIONAL. A los Oposición debe ser considerado empleado regular miembros del Ejército de Guatemala y a las pere inscrito en el registro respectivo y en consesonas que perciban sueldos o salarios del ramo de la Defensa Nacional, no les es aplicable la cuencia, quedará sujeto a todos los deberes y depresente ley. rechos que establece la Ley de Servicio Civil y / -Artículo 30.-RESPONSABILIDAD DEL DIla presente ley, siempre que haya ocupado dicho RECTOR. De conformidad con el artículo 71 de puesto por lo menos durante los seis meses inmela Ley de Servicio Civil, el Director de la Oficidiatamente anteriores a la vigencia de esta úlna Nacional de Servicio Civil debe revisar la Estima. cala de Salarios por lo menos cada cuatro años para determinar los ajustes que sean necesarios Todo servidor público que no llene el requisito y proponer al Presidente de la República las moa que se refiere el párrafo anterior, deberá lledificaciones correspondientes. nar los requerimientos establecidos en la Ley de Servicio Civil para ser declarado empleado reCAPITULO VI gular e incorporado al registro respectivo. Disposiciones finales, Transitorias y Las disposiciones de esta ley son asimismo aplicables a los servidores públicos que mediante Derogatorias disposición expresa del Organismo Ejecutivo se determine. Artículo 31.-OTRAS ENTIDADES DEL ESTADO. En tanto adoptan disposiciones sobre administración de salarios, las entidades descentraArtículo 35.-REGLAMENTACION. Un relizadas, autónomas y semiautónomas, se deben glamento especial debe desarrollar las normas regir por la presente ley en todo aquello que les de esta ley para su adecuada aplicación. La Ofisea aplicable. Dichas disposiciones deben ser cina Nacional de Servicio Civil en consulta con aprobadas por el Organismo Ejecutivo, previo dictamen de la Oficina Nacional de Servicio Ciel Ministerio de Finanzas Públicas, debe elabovil y del Ministerio de Finanzas Públicas. Mienrar el proyecto correspondiente y someterlo a tras se emiten y son aprobadas dichas disposicioconsideración del Presidente para su aprobación.

nes, el monto de los salarios asignados a la feEl reglamento deberá emitirse y entrar en vigorcha de emisión de esta ley no podrá ser alterado. dentro de un término máximo de tres meses a Se excluyen de lo dispuesto en este artículo la Universidad de San Carlos y las municipalipartir de la vigencia de esta ley. dades. Artículo 36.-DEROGACION. Al entrar en Artículo 32.-APLICACION INICIAL DE LA vigor la presente ley, quedan derogadas todas lasESCALA DE SALARIOS. Al entrar en vigor disposiciones que se opongan a la misma.la presente ley, la

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