Decreto 11-2000-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 11-2000-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2000
Diario de Centro América Organo Oficial de la República de Guatemala
DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA
TOMO CCLXIII 8 Guatemala, lunes 10 de abril de 2000 DC NUMERO 86
SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALACONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMAL
DECRETO No 11-2000 DECRETO NUMERO 11-2000DECRETO No 12-2000
ORGANISMO EJECUTIVO EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO:Acuérdase conferir con fecha 03 de diciembre de 1999, a favor del ciudadano JULIO CESAR CAMBARA RIVAS, el Arma de Aviacion y la especialidad de PiloQue la tierra es uno de los recursos más importantes en Guatemala, y la falta de acceso a la misma, to Aviador, como se indica. entre otros bienes productivos, es una de las causas de la pobreza; que las transacciones sobre tierras MINISTERIO DE ECONOMIA se realizan entre personas de la misma localidad y la falta de tecnologia y de acceso a oportunidades Acuérdase conceder a la entidad HORSTINE FARMERY de generación de ingresos. hace que las comunidades pobres se concentren en actividades de bajo LIMITED. la patente para el invento denominado: valor agregado.
PROCEDIMIENTO PARA FABRICAR UN CONSIDERANDO: DISPOSITIVO DE VALVULA como se indica.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Que el Gobierno de la República impulsa el "Programa del Fondo de Tierras", cuya implementación Instrumento de Ratificación del Acuerdo por Canje de se tiene prevista para un período de más 0 menos diez años; y consciente de la necesidad de Notas entre el Gobierno de la República de Guatemala ejecución del mismo, se ha negociado un Convenio de Préstamo con el Banco Internacional de y el Gobierno de la República Federal de Alemania Reconstrucción y Fomento -BIRF-, para el financiamiento parcial del "Proyecto del Fondo de sobre el proyecto "FOMENTO MUNICIPALY DESATierras" como parte de dicho Programa, y contando con el dictamen favorable del OrganismoRROLLO REGIONAL DE LAS VERAPACES suscrito con fecha 28 de abril de 1999 V 3 de febrero Ejecutivo, emitido por la Comisión Interinstitucional para la Agilización de la Cooperación Internacional -CIACI-, mediante su dictamen Número CIACI-8/99, y la opinión favorable de lade 2000. Junta Monetaria, contenida en la Resolución JM-124-99, es procedente emitir la disposición legalMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION que lo apruebe. Acuérdase nombrar al señor JOSE LUIS PORTILLO. CONSIDERANDO: como coordinador de la Oficina de Areas de Reserva del Estado OCRET como se indica Que el artículo I de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Número 57-92 y sus reformas,MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS establece que la compra. venta y la contratación de bienes, suministros, obras y servicios queAcuérdase modificar los Acuerdos Gubernativos numeros
requieran los organismos del Estado, sus entidades descentralizadas y autónomas, unidades742-93 y 245-96 de fechas 14 de diciembre de 1993 3 de julio de 1996 respectivamente. como SP indica ejecutoras, las municipalidades y las empresas públicas estatales o municipales, se sujetan a dicha ley y su reglamento, quedando a salvo lo dispuesto en convenios y tratados internacionales de los PUBLICACIONES VARIAS cuales Guatemala sea parte, y que el mecanismo se perfecciona con lo establecido en el artículo 5 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el SUPERINTENDENCIA DE BANCOS cual estipula que las negociaciones a que se refiere el artículo de la referida ley, cuando se RESOLUCION NUMERO 93-2000 financien total o parcialmente con recursos externos, se regirán por el convenio respectivo debidamente aprobado.
ANUNCIOS VARIOS POR TANTO: Matrimonios Constituciones de sociedad Modifi caciones de sociedad Patentes de invención ReEn ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) e i) de la Constitución gistro de marcas Titulos supletorios Edictos Política de la República de Guatemala.
Remates "Cala. S. A.".-Balance General al 31 de diciembre de DECRETA: 1999 ARTICULO 1. Aprobación de convenio de préstamo. Se aprueba el Convenio deATENCION ANUNCIANTES Préstamo entre la República de Guatemala y el Banco Internacional de Reconstrucción y FomeptoIMPRESION SE HACE CONFORME
ORIGINAL BIRF-, para el financiamiento parcial del "Proyecto del Fondo de Tierras". Toda impresion en la parte legal del Diario de ARTICULO 2. Autorización para suscribir préstamo externo. Se autoriza al Organismo Centro América, se hace respetando el original. Ejecutivo para que, por medio del Ministerio de Finanzas Públicas, concluya la negociacion y Por lo anterior, esta Administración ruega al suscriba el Convenio de Préstamo de referencia, con el Banco Internacional de Reconstrucción y público tomar nota. Fomento -BIRF-, en los términos establecidos en el mismo y básicamente bajo las signientes condiciones financieras:2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-10 de abril de 2000 NUMERO 86
MONTO: VEINTITRES MILLONES DE DOLARES de los PALACIO NACIONAL Guatemala, cuatro abril del año dos mil.
Estados Unidos de America -US$23,000,000.00DESTINO: Financiamiento parcial del "Proyecto del Fondo de Tierras" PUBLIQUESE Y CUMPLASE ORGANISMO EJECUTOR: Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentación MAGA-, a traves del Fondo de Tierras.
PLAZO: Veinte (20) años, que incluye un periodo de gracia de cinco (5) años.
TASA DE INTERES: Una tasa sobre el saido del capital del préstamo igual a PORTILLO CABRERA DE LA la Tasa Base LIBOR a seis meses más un Margen
LIBOR Total. COMISION DE COMPROMISO APRESIDENCIAREPUBLICA1/4 del uno por ciento (1%) anual sobre el monto del
capital del préstamo que no haya sido retirado AMORTIZACION: Mediante cuotas semestrales y progresivas. GUITEMBLE. COMISION POR UNA SOLA VEZ Uno por ciento (1%) sobre el monto del préstamo. ARTICULO 3. Cumplimiento de las obligaciones derivadas del convenio de préstamo. Las amortizaciones del capital, pago de intereses y demás gastos derivados del presente empréstito DE estarán a cargo del Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, para lo C. cual deberá prever las asignaciones presupuestarias correspondientes en cada ejercicio fiscal, hastaMisMinangos CRETARIO GENERALla cancelacion total de la deuda PRESIDENCIA DE REPUBLICA ARTICULO 4. Compras y contrataciones. La compra de bienes y la contratacion de MANUELHIRAMMAZ CASTELLANOS obras y servicios se regirán por los procedimientos de licitaciones contenidos en el convenio de MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS préstamo y por todas aquellas regulaciones que sobre la materia ha establecido el Banco GUATEMALAInternacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF-. ARTICULO 5. Ampliación del Presupuesto General de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2000. Se amplia el Presupuesto General de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2000, en la suma de CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL QUETZALES EXACTOS 139,142,000.00) en la forma siguiente:
DECRETO NUMERO 12-2000
25 ENDEUDAMIENTO PUBLICO EXTERNO 139,142,000.00
OBTENCION DE PRESTAMOS EXTERNOS A EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA25.4
LARGO PLAZO 139,142,000.00
CONSIDERANDO: 25.4.20 De Organismos Instituciones Regionales e Internacionales 139,142,000.00 Que la mayor parte de la pobreza cn Guatemala se encuentra en el area rural, la cual afecta a mas del ochenta y seis por ciento (86%) de la población: y que se han identificado los problemas de TOTAL: 139,142,000.00 tierra como una de las causas que han incidido en la agudización del nivel de pobreza y que dichos problemas incluyen los derechos de propiedad de ia tierra, los cuales no son claros para la mayor ARTICULO 6. Ampliación del Presupuesto General de Egresos del Estado para el parte de la poblacion rural.
Ejercicio Fiscal 2000. Se amplia el Presupuesto General de Egresos del Estado para el Ejercicio CONSIDERANDO: Fiscal 2000, en la suma de CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.139,142,000.00) en la forma siguiente: Que el Registro General de la Propiedad liene unicamente dos oficinas ubicadas en las dos principales ciudades: Guatemala y Quetzaitenango, por lo que aproximadamente el treinta por ciento (30%) de las propiedades del pais SC encuentran registradas y la mayoria de éstas sePRESUPUESTO DE EGRESOS POR INSTITUCION encuentran ubicadas alrededor de estas dos metropolis. mismas que alrededor del noventa y cinco(En Quetzales) por ciento (95%) de las parcelas rurales no estan registradas.
ORGANISMOS Y MINISTERIOS MONTO TOTAL CONSIDERANDO: Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentación 139,142,000.00 Que el objetivo fundamental del proyecto es convertir a Guatemala en un pais de propietarios. facilitando para ello el acceso de los ciudadanos a los mecanismos de titulación y registro de ARTICULO 7. Distribución on detaile. Para la ejecucion de la ampliacion establecida en propiedades, lo que significaria la comprensión y CONVICCION de que el derecho de propiedad la presente ley. se faculta al Organismo Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Finanzasconstituye la via para alcanzar el progreso personal y el desarrollo nacional en beneficio de todos, y Públicas, apruebe la distribucion en detaile. por medio de acuerdo gubernativo, debiendo asignar lasencarna principalmente el compromiso que por años ha sido postergado, de asumir la partidas especificas. Para el presente caso, el acuerdo gubernativo indicado podrá ser refrendadoresponsabilidad de ordenar, en el ámbito de la propiedad territorial, las instituciones mediante las por el titular del Ministerio de Finaline Públicas. cuales se garantiza el disfrute de ese derecho; y consciente de la necesidad de ejecucion del proyecto, se ha negociado un Convenio de Préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción ARTICULO 8. Vigencia. El presente decreto entrará en vigencia el dia de su publicaciony Fomento -BIRF-, para el financiamiento parcial del "Proyecto de Administración de Tierras", y en el diario oficial. contando con el dictamen favorable del Organismo Ejecutivo, emitido por la Comisión
Interinstitucional para la Agilizacion de la Cooperacion Internacional -CIACI-, mediante su dictamen Número CIACI-6/99, y la opinion favorable de la Junta Monetaria, contenida en la PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Y Resolucion JM-117-99, es procedente emitir la disposición legal que lo apruebe PUBLICACION. CONSIDERANDO: Que el articulo I de ja Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Numero 57-92 y sus reformas DADO EN EL PALACIOT ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE establece que la compra, venta y la contratacion de bienes, suministros, obras y servicios que GUATEMALA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL. requireran los organismos del Estado, sus entidades descentralizadas y autónomas, unidades jejecutoras, las municipalidades y las empresas públicas estatales O municipales, se sujetan a dicha ley y su reglamento, quedando a salvo lo dispuesto en convenios y tratados internacionales de los cuales Guatemala sea parte, y que el mecanismo se perfecciona con lo establecido en el artículo 5 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el cual estipula que las negociaciones a que se refiere el artículo 1 de la referida ley, cuande se financien total o parcialmente con recursos externos, se regiran por el convenio respectivo
debidamente aprobado.
POR TANTO: JOSE/EFRAIN RIOS MONTT En ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 171 literales a) e i) de la Constitución PRESIDENTE Politica de la República de Guatemala.
DECRETA: CARLOS WORLERS MONROY CARLOS HERNANDEZ RUBIO ARTICULO 1. Aprobación de convenio de préstamo. Se aprueba el Convenio de SECRETARIO Dr LA SECRETARIO Préstamo entre la República de Guatemala y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fornento CONGRESO BIRF-, para el financiamiento parcial del "Proyecto de Administracion de Tierras".
ARTICULO 2. Autorización para suscribir préstamo externo. Se autoriza al Organismo Ejecutivo para que, por medio del Ministerio de Finanzas Publicas, concluya la negociacion y suscriba el Convenio de Préstamo de referencia, con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF-, en los términos establecidos en el mismo y básicamente bajo las siguientes Guaremels. Centiv America condiciones financieras: MONTO: TREINTA Y UN MILLONES de dólares de los Estados Unidos de America -US$31,000,000.00