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Decreto 110-1963

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 110-1963
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Urbano
Año
1963

Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL lo. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027. Impreso en Diario de CentroRegistrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA S.

TOMO CLXVIII GUATEMALA, MIERCOLES 25 DE SEPTIEMBRE DE 1963 NUMERO 74 imprescindible dictar normas expeditas y eficaces valia que, en su caso, adquiere el resto de los SUMARIO que regulen la obtención por parte del Estado de bienes por el paso de la carretera. los Derechos de Via necesarios para los fines anLa Gobernación resolverá dentro de las cuates indicados; renta y ocho horas, declarando con lugar la ORGANISMO EJECUTIVO CONSIDERANDO: reclamación o su improcedencia. En el primer caso, determinará el monto de la indemniza Decreto Ley Numero 110. ción y elevará el expediente al Ministerio deQue por Decreto 1,000 del Congreso de la Repú- Comunicaciones y Obras Públicas para los efec.blica se declaró de urgencia nacional y de utilitos del pago. MINISTERIO DE ECONOMIA dad y necesidad públicas la expropiación de los

bienes necesarios para ampliar las carreteras exisArticulo 2o. B-Independientemente de la Otorgase a la Fabrica de Jabones y Aceites "Aurora". tentes y construir las proyectadas 0 que se proreclamación que plantee el interesado sobre el exoneracion de impuestos arancelarios yecten en el futuro; monto de la indemnización que pretenda, para la inscripción en el Registro de la PropiedadCONSIDERANDO: de las fracciones de terreno ocupadas por el MINISTERIO DE LA DEFENSA Derecho de Via, la Dirección General de Ca-Que la demora en la obtención del Derecho de minos 0 su representante, presentara las sollNACIONAL Via de las carreteras retrasa la construcción y citudes a las Gobernaciones Departamentaleseleva considerablemente el costo de las mismas; respectivas, identificando la propiedad y acom Adicionase la nómina especificada en el artículo 19 del la 102 que constituye un obstáculo para la obpañando original y dos copias de los planos. acuerdo gubernativo de fecha 9 de septiembre en curso. tención del financiamiento respectivo y ocasiona de la fracción. La Gobernación fijara al procon-los jefes que se mencionan. fuertes perdidas a la economia nacional con per. pietario O poseedor un término que no excedajuicio de la colectividad; de diez (10) d'as para que se presente ante el MINISTERIO DE HACIENDA Y Escribano de Cámara y del Gobierno a otorgarCONSIDERANDO: la escritura de traspaso correspondiente, para

CREDITO PUBLICO euyo efecto remitirá a la Escribania el expe-Que es evidente la p'usvalia que en la gran madiente y de una vez, para el caso que no Se Establecese una Comisión ad honorem de la Cámara de yoria de Los casos adquieren las propiedades adyapresente of obligado, facultará al Robernador Comercio de Guatemala, ante el Ministerio de Hacienda centes a las carreteras de diverso orden, las cuadel Departamento de Guatemala para que otor y Crédito Público, la cual colaborará con dicho Ministerio :es se construyen sin que los dueños de esos tegue la escritura en su rebeldia. El Escribano, en la solución de los problemas relacionados con las ac. rrenos retribuyan en forma alguna el beneficio rede oficio procederá a autorizar a escritura, seacibido, sino que por et contrario, algunos preten-tividades comerciales. que se presente el obligado, o, en su rebeldialen e) pago de fueries sumas queriendo ignorar ona vez transcurrido el término que se le hutal beneficio, creand situaciones de manifiesta MINISTERIO DE GOBERNACION biere fijado. El Procurador General de in Na Incomprensión at progreso nacional y entorpeciendo ción comparecerá al otorgamiento de las es.erlamente el desarrollo de la obra vial une se es crituras, aceptando las fracciones de terreno.Nombrase concejal primero de la municipalidad de Esqui10 ejecutando. Si SE tratare de la Gobernación del Departapulas, Chiquimuk mento de Guatemala, la misma resolverá lo Nombrase sindico de la municipalidad de San José La procedente de conformidad con este Artículo,

Arada, Chiquimula. POR TANTO, en to que sea aplicable. Rectificase el acuerdo gubernativo de 15 de junio de 1963, Articulo 20. .C.-En casos may especiales que nombra primer fiel de los mercados tres y cuatro En uso de las facultades que le confiere d are que calificará el Ministerio de Comunicaciones de la municipalidad de Escuintla, en sustitución de Jose ticulo 30. de la Carta Fundamental de Gobierno, y Obras Públicas y cuando con et paso de la Humberto Rivera Garcia y no de Daniel Rivera. como carretera se afecten viviendas, construcciones, se consignó. en Consejo de Ministros, instalaciones 0 siembras, de tal manera que SO Nombruse secretario de la municipalidad de Chinautla. Jesionen de inmediato los intereses económicosDECRETA:Guatemala. vitales de sus propietarios O poseedores, la Hacense varios nombramientos para la corporación municiocupación se realizará hasta después de haberse pal de San Rafuel La Independencia, Huchuetenango. Las siguientes reformas al Decreto numero 1,000 cancelado el valor de la indemnización 0 conNombrase síndico de to municipalidad de San Juan Ixcoy. del Congreso de la República: signado el monto de la misma. determinado Huchuetenango. conforme lo dispuesto anteriormente Artículo 10.-El artículo 20., queda substituido con los siguientes: Articulo 20.-EI artículo 9o. queda asi: PUBLICACIONES VARIAS Articulo 20.-EI Gobernador Departamental Articulo 90,-Los procedimientos comunes de MINISTERIO DE EDUCACION que corresponda, a solicitud del Director Geexpropiación (Decreto del Congreso número 520),

neral de Caminos 0 su representante, notificará no son aplicables a los casos a que se refiere PUBLICA al propietario 0 poseedor de los bienes a que esta Ley. se refiere el artícu'o anterior, la ocupación de Los expedientes que se sustancien en relación Adicionase at Octavo Folleto de Catalogación. los nomque van a ser objeto, con quince días de anticon io dispuesto en esta Ley, serán tramitados bres de los maestros que se detailan y en los niveles cipación por lo menos, haciéndole saber que por las Gobernaciones Departamentales con la clases que se especifican. dentro del término mencionado puede presentar mayor diligencia y celeridad. su reclamación indemnizatoria. Transcurrido el La Dirección General de Camines queda estérmino indicado, la ocupación podrá efectuarse ANUNCIOS VARIOS trictamente obligada a localizar a ruta de las en cualquier momento. carreteras que proyecten en la forma más téc. La Dirección General de Caminos procederá nica y económica, cuidando que, salvo casosMatranotios.--Autorizaciones farmacéuticas.-Registro de por su cuenta a cercar los lados del Derecho includibles no se afecten con el Derecho de Via,Títulos supletories Edictos Licitaciones. de Via y a levantar los planos de las fraccionesconstrucciones, instalaciones 0 siembras que exis.-Nemates. ocupadas. tan en las propiedades. Las indemnización correspondiente al valor del Los Gobernadores Departamentales, en los caBalance General, del Activa > Pasivo de las Cuentas de la terreno ocupado por el Derecho de Via se repuSOS en que sea necesario, dispondrán que 50

Compañía "LA GUARDIANA S. A.", en la Liquidación to cubierta con la plusvalia adquirida por el provea a las autoridades y empleados de la Especial del Periodo Inicial Comprendido del 19 de noresto de los bienes, salvo prueba en contrario, Dirección General de Caminos el auxillo que viembre at 31 de diciembre do 1962. en cuyo caso, el Estado pagará a la mayor requieran para la ejecución de SU cometido y brevedad el excedente que resulte a favor del el cumplimiento de las disposiciones y resoluBanco Inmobiliario S. A.-Balance General at 31 de agosto propietario o poseedor; siempre que este preciones que se dicten con base en esta Ley de 1963. sente su reclamación dentro de los quince dias siguientes a la notificación de la ocupación. Articulo 3o, (Transitorio)-Los expedientes que Agro-Financiera de Masagua. S. A.-Balance General at La reclamación para el solo efecto de fijar St encuentran en trámite y en los cuales yn exis 31 ne diciembre de 1962. la indemnización, S1 fuere el caso, deberá pretan convenios suscritos entre los interesados y los sentaria el interesado ante la Gobernación Derepresentantes de la Dirección General de Cami Banco Nacional Agrario, Guatemata. C. A.-Balance Gepartamental respectiva, acreditando su derecho nos, se continuarán sustanciando conforme lo disner. al 31 de agosto de 1963. y proponiendo un experto para el justiprecio de puesto por los Acuerdos Gubernativos de fechas 11 la parte de terreno objeto de la ocupación. de agosto de 1958 y 20 de enero de 1959.

Articuls 20. "A»-. El Gobernador, si estuvie ren llenados los requisitos a que se refiere el Articulo 40.-El presente Decreto entrara en vi. ORGANISMO EJECUTIVO artículo anterior, lo hará saber inmediatamente gor e) dia primero de octubre del año on curro. a la autoridad caminera que solicitó la ocupación. a fin de que esta designe experto por su Dado en el Palacio Nacional: En Guatemala, a parte. dentro de los tres dias siguientes, bajo los diez y nueve días del mes de septiembre de apercibimiento de nombrarlo de oficio si no lo mil novecientos sesenta y tres. Decreto LEY NUMERO 110 hiciere. Designados los expertos y discernidos los carPubliquese y cumplase gos por e' Gobernador, emitirán dictamen SObre el monto de la indemnización dentro de ENRIQUE PERALTA AZURDIA, ENPIQUE PERALTA AZURDIA, cinco dias. Jefe del Gobierno de la República, En caso de discordia, la propia Gobernación Ministro de la Defensa Nacional. Jefe del Gobierno de la República, inmediatamente de recibir el dictamen de los expertos. nombrará el tercero dirimente, que -EM Ministro de Gobernación, rendirá su informe dentro de cinco dias. conLUIS MAXIMULIANO SERRANO CORDOVA.

CONSIDERANDO: tados desde la fecha en que le fuere discernido el cargo. EI Viceministro de Relaciones Exteriores, the e Gobierno, dentro del Programa de DesLos expertos deberán tomar en cuenta, adeencargado del despacho,

arrollo Nacional que está realizando, contempla más de los aspectos que estimen pertinentes. MAX KESTLER FARNES como uno de os renglones fundamentales la consel valor en que el inmueble se encuentra detrucción de nuevas carreleras y el mejoramiento clarado, si lo estuviere, para el pago del E Ministro de Agricultura. yearsp lación de las existentes: para lo cual es impuesto territorial y, principalmente. la plusCARLOS HUMBERTO DE LEON.

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