Decreto 110-1997
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 110-1997
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 1997
Diario de Centro América Organo oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana TOMO CCLVII Quatemala, miércoles 10 de diclembre de 1997 Director Hector Cifuentes Aguirre Administradora: Alma Lillana Garcia NUMERO 94 SUMARIO Rosales Amplifoto, S. A. Balance General al 30 de DECRETA: junio de 1982. ORGANISMO LEGISLATIVO Bocadeli de Guatemala, S.A. Balance General al 30 deLa siguiente: junio de 1997. CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALASuper Distribuciones Inmediatas, S. A.-Balance Ge-LEY QUE PROHIBE LA IMPORTACION Y REGULA neral al 30 de junio de 1994. EL uso DE LOS CLOROFLUROCARBONOS ENDECRETO NUMERO 110-97 Inmobiliaria Industrial, A.-Balance General al 30 de sus DIFERENTES PRESENTACIONES junio de 1997. ORGANISMO EJECUTIVO Compañía de Inversiones, S. A.-Balance General al 30 ARTICULO 1.-Objeto de la ley. La presente leyde junio de 1997. tiene por objeto prohibir la importación de los cloroMINISTERIO DE GOBERNACION Servicios Continental, S. A.-Balance General al 30 de junio de 1997. flurocarbonos en sus distintas presentaciones y, a la vez, Apruébanse los estatutos de la Asociación de DesarrolloPromotora Continental, S. A.-Balance General al 30 de promover la sustitución gradual de los mismos. Integral Nuevos Horizontes Utatlecos -ADINHUjunio de 1997. ARTICULO 2.-Importación. Se prohibe la importacion e ingreso al territorio nacional de productos indusDesarrollos Reales, Sociedad Anonima. -Balance triales O domésticos que usen los cloroflurocarbonos, ya MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES General al 30 de junio de 1,997. sea como sustancias de enfriamiento y refrigeración, 0 Minas de Guatemala, Sociedad Anónima. -Balance como propelentes de productos medicinales; O los alcanos Instrumento de Ratificación del Gobierno de Guatemala,General al 30 de junio de 1,997. halogenados en productos contra incendios, así como en del Convenio entre el Gobierno de la República Fede-Banco de los Trabajadores. -Balance Generalaerosoles O cualquier otra presentación. ral de Alemania sobre Cooperación Financiera Pro-Condensado al 31 de octubre de 1997. ARTICULO3-Calendario.: Se establece con carácyecto "Programa FONAPAZ" ter obligatorio el calendario para la eliminación y susti-Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala, Departa-tución gradual de las sustancias que agotan la capa demento de Fianzas.-Balance General Condensado al MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS ozono, tal como fue aprobada en la Octava Reunión de las31 de diciembre de 1996. partes del Protocolo de Montreal, en la forma siguiente: Autorízase al Taller Nacional de Grabados en Acero, Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala, Departapara que proceda a imprimir las hojas de Papel mento de Seguros y Previsión.-Balance General Año 2000: Eliminación total anexo C. Grupo II HidroSellado Especial para Protocolos del quinquenio queCondensado al 31 de diciembre de 1996. bromoflurocarbonos HBFC 22 BI y otros 33 HBFC.se indica. Año 2004: 80% de eliminación anexo B Grupo II: Tetra-Derógase el Acuerdo Gubernativo número 111-87 del 27 cloruro de Carbono. de marzo de 1987. Año 2006: ORGANISMO LEGISLATIVO Eliminación total del anexo A, Grupo 1, sustancias Cloroflurocarbonos CFC 11, 12, 113,
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS 114 y 115.
Acuérdase ajustar provisionalmente para el mes deCONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Eliminación total de los Halones: 1211, 1301 septiembre, el precio del petróleo crudo nacional y de y 2402. DECRETO NUMERO 110-97 Eliminación total anexo B. Grupo 1 sustan-los petróleos producidos en las áreas de explotación cias Cloroflurocarbonados totalmente haloque se indican. El Congreso de la República de Guatemala, genados CFC 13; 111, 112, 211, 212, 213, Fíjase provisionalmente para el mes de diciembre de 214, 215, 216 y 217. 1997, el precio de mercado del petróleo crudo nacional Año 2010:CONSIDERANDO: Eliminación total anexo E, Bromuro de Mey de los petróleos producidos en las áreas de explotación tilo congelamiento al 1 de enero del año 2000,
que se indican. Que Guatemala es signataria del Convenio de Viena al nivel de consumo promedio de los años para la protección de la capa de ozono, Decreto número 1995 a 1998. MINISTERIO DE AGRICULTURA. GANADERIA Y ALIMENTACION39-87, asimismo del Protocolo de Montreal, relativo a lasAño 2015: Eliminación total anexo C.Grupo 1 Hidroclosustancias agotadoras de la capa de ozono, Decreto roflurocarbonos HCFC 21, 22, 31, 121, 122, Ampliase en la cantidad que se indica, el Presupuesto denúmero 34-89, ambos del Congreso de la República; 123, 124, 131, 132, 133, 141, 142, 151, 221, Ingresos y Egresos del Instituto Nacional de Trans222, 223, 224, 225, 226, 231, 232, 233, 234, formación Agraria (INTA), correspondiente al ejerciCONSIDERANDO: 235, 241, 242, 243, 244, 251, 252, 253, 261, cio fiscal 1997. Que la capa de ozono se encuentra en franco deterioro, 271. Modificase en la forma que se indica, el Artículo 10. delel cual si no se detiene traerá consecuencias lamentables Acuerdo Ministerial número 38-95 del 20 de marzo de para la población en general; ARTICULO 4.-Capacitación. Las industrias de1995, relativo a la época de veda para la captura de dicadas al trabajo con refrigerantes congelantes deberán
post-larvas de camarón. CONSIDERANDO: organizar cursos de entrenamiento relacionados con el manejo y disposición de los gases cloroflurocarbonadosQue los cloroflurocarbonos son sustancias utilizadas PUBLICACIONES VARIAS que se utilizan en esas industrias. Estos cursos estarán en equipos de enfriamiento y refrigeración doméstica edirigidos al personal vinculado con el manejo de estas industrial, así como propelentes de productos medicinalessustancias. MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL y los alcanos halogenados en productos contra incendios;ARTICULO 5.-Recolección de gases. Cuando por ocasionando contaminación al ambiente, destrucción yApruébase la reforma a los estatutos del Sindicato de cualquier circunstancia o desperfecto mecánico deba adelgazamiento de la capa de ozono de la atmósfera;Trabajadores del Instituto de Antropología e Historia. cambiarse gases, éste será extraído y recolectado en envases adecuados y con válvulas de seguridad que noCONSIDERANDO: permitan la dispersion a través de la atmósfera, y se DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE CIUDADANOS Que la industria ha iniciado la producción de sustan-aprovechará para sustituirse por un gas que no sea cias químicas que sustituyen a los cloroflurocarbonos,dañino para el ambiente y la atmósfera. ACUERDO SRC-R-41-97 como son los hidrocloroflurocarbonos, los cuales no afectanARTICULO 6.-Aduanas. La Dirección General de
al ambiente y no propician el adelgazamiento de la capaAduanas será la encargada de controlar el no ingreso alde ozono, ANUNCIOS VARIOS territorio nacional de cloroflurocarbonos en cualquiera POR TANTO, de sus presentaciones. Matrimonios. Líneas de transporte Registro de derechos deEn ejercicio de las atribuciones que le confiere laARTICULO 7.-Atribuciones de CONAMA. La autor. Constituciones de sociedad. Modificaciones deliteral a) del Artículo 171 de la Constitución Política deComisión Nacional del Medio Ambiente, será encargasociedad. Registro de marcas. Títulos supletorios.la República de Guatemala, da de:3030 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre 10 de 1997 NUMERO 94 a. Elaborar el regiamento de la presente ley, en un tiempo que no exceda a los CONSIDERANDO: sesenta dias de entrar en vigencia la presente ley. Que la legislacion guatemalteca prevé la institucionalización, b. Implementar todas las acciones y medidas que fija la presente ley COMO personas jurídicas, de las asociaciones sin fines lucrativos que se propongan promover Y proteger los intereses comunes de sue integrantes. c. Organizar cursos de capacitación al personal de la Dirección General de cuando SU constitución y estatutos fueren debidamente aprobados por la Aduanas, en cuanto a las formas de detectar las distintas presentaciones deautorided respective Y que en el presente caso se han cumplido los requisitos que señala la ley, por lo que es procedente emitir la respective los cloroflurocarbonos tanto para uso doméstico, industrial y personal.disposición legal.
d. Dar cumplimiento a las disposiciones del Protocolo de Montreal. POR TANTO: c. Difundir la información tecnica y promover la tecnologia y procesos para laEn ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, sustitución gradual y disposicion final de sustancias agotadoras de la capa deincisos a) Y f) de la Constitucion Política de la Republica de Guatemala: 15, inciso 3o. y 31 del Codigo Civil: 1, inciso 10, 1 "A", incisos a) y b) yozono. 19, inciso 10 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 93 del Congreso de la Republica, modificado por Decreto Ley número 25-86 del Jefe ARTICULO 9. Sanciones. Las industrias O empresas que no cumplan con lo de Estado y con base en lo preceptuado por el Acuerdo Gubernativo número establecido en la presente ley, serán sancionadas con multas desde diez mil Quetzales515-93 de fecha 6 de octubre de 1993. (Q.10,000.00) y el decomiso de las sustancias contaminantes. Si persistieran en el incumplimiento, se les suspenderá la autorización para seguir funcionando. ACUERDA: ARTICULO 10. La presente ley entrará en vigencia ocho días después de su ARTICULO 10. Reconocer la personalidad jurídica Y aprobar los estatutos de la ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL NUEVOS HORIZONTES publicación en el diaro oficial. UTAILHOOS (ADINED), los cuales estan contenidos en el Instrumento Público número 239 de fecha 06 de julio de 1997, autorizado en esta ciudad, por el
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, Notario Feliciano Lopez Chavez.
PROMULGACION Y PUBLICACION.
ARTICULO 20. Conforme el inciso a) del artículo 25 de los DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA estatutos de la referida Asociacion, contenidos en el Instrumento Público CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE relacionado, la representación legal de la entidad la ejercerá el Presidente de la Junta Directiva.
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
ARTICULO 30. La Asociacion de mérito antes de iniciar sus actividades, deberá inscribirse en el Registro Civil correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 370 y 438 del Código Civil. ARTICULO 40. La aludida Asociacion queda sujeta a la vigilancia y supervision del Estado de Guatemala. ARTICULO 5o. E1 presente Acuerdo empezará a regir a partir del día ARABELLA CASTRO QUINONES siguiente de su publicacion en el Diario Oficial.
PRESIDENTA
COMUNIQUESE,
Rodulf A. Mendom Remies
ANGEL MARIO SALAZAR MIRON Dr LA MAGRICO LEON CORADO Gobernación
SECRETARIO
COMPLETED
SECRETARIO
P. Chai Amilror
VICEMINGTRO DE GORRMACION Gustemals. Centiv AmericaMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESPALACIO NACIONAL: Guatemala, uno de diciembre de mil novecientos noventa y siete. Instrumento de Ratificación del Gobierno de Guatemala, del Convenio
PUBLIQUESE Y CUMPLASE entre el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre CooperaDE ción Financiera Proyecto "Programa FONAPAZ PRESIDENTA El Presidente de la República de Guatemala,
GUATEMALA. CONSIDERANDO: ARZU IRIGOYEN Que con fecha 18 de abril de 1997, se suscribió en is cludad de Gustemale el CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Y
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA SOBRE
COOPERACIÓN FINANCIERA PROYECTO "PROGRAMA FONAPAZ".
POR TANTO: En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 Inciso o) de la
Constitución Politica de la República, OF
ACUERDA:
Rodolio A. Mendoza Rosales Ministro de Gobernación Ratificar el instrumento a que se refiere el considerando anterior, el cust deberá publicarse en el Diario Oficial; Dado en la cluded de Guatemals a los dieclocho dias del mes de septiembre de mil novecientos noventa y siete ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION Apruébanse los estatutos de la Asociación de Desarrollo Integral Nuevos ALVARO ARZU RIGOYENHorizontes Utatlecos -ADINHUACUERDO MINISTERIAL NUMERO 363-97
Palacio Nacional: Guatemala, 11 de noviembre de 1997.
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORESEl Ministro de Gobernación, CONSIDERANDO: Que el señor PEDRO ABRAHAM GODOY GONZALEZ, se presentó a este
Ministerio, solicitando la aprobacion de los estatutos y reconocimiento de EDUARDO STEIN BARILLAS la personalided jurídica de la ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL NUEVOS