🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 112-1997

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 112-1997
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Constitucional
Año
1997

Diario de Centro América Organo oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana TOMO CCLVII Guatemaia, lunes 15 de diciembre de 1997 Director: Hector Cifuentes Aguirre Administradora: Alma Lillana Garcia NUMERO 97 SUMARIO Formuladora Centroamericana, Sociedad Anónima. ñ) Establecer sistemas dinámicos de notificación en "Formucasa". Balance General al 31 de marzo de los ramos y territorios que señale el acuerdo 1988. respectivo, a efecto de agilizar procedimientos y ORGANISMO LEGISLATIVO Compañía Industrial Comercial y Agropecuaria Avelar,efectuar las notificaciones en el plazo señalado en Sociedad Anónima. Balance General al 31 de marla ley. CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA zo de 1988. o) Organizar sistemas de recepción de demandas para Repuestos Dinámicos, Sociedad Anónima. Balance los ramos y territorios que se señalen en el acuerdo DECRETO NUMERO 112-97 General al 31 de marzo de 1988. correspondiente, con el objeto de garantizar una DECRETO NUMERO 113-97 Compañía Comercial e Industrial Acquaroni, S. A. equitativa distribución de trabajo entre los tribunales respectivos. La distribución deberáBalance General al 31 de marzo de 1988. hacerse dentro de las 24 horas de recibida la Quiro. S.A. Balance General del 1 de octubre de 1987 demanda. al 31 de marzo de 1988. ORGANISMO EJECUTIVO Depósito La Merced, S. A. Balance General al 30 de p) Las demás que le asignen otras leyes.

junio de 1986. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Los Pinos-Los Arcos, Sociedad Anónima. - Balance de Artículo Se reforma la literal c) del Artículo 66, la Situación al 30 de septiembre de 1987. cual queda así: Modificase en la forma que se indica, el Artículo 3. incisoOna, Sociedad Anónima. Balance General al 30 de c) Para rechazar de plano, bajo su estrictac) del Acuerdo Gubernativo número 305-97. septiembre de 1987. responsabilidad, los incidentes notoriamente frívolos O improcedentes, los recursos extemporáneos y las excepciones previas MINISTERIO DE GOBERNACION ORGANISMO LEGISLATIVO extemporáneas, sin necesidad de formar artículo hacerlo saber a la otra parte. La resolución deberá Apruébanse los estatutos de la Asociación de ServiciosCONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA ser razonada, será apelable y si el tribunal superior Comunitarios Abaj. confirma lo resuelto, impondrá al abogado auxiliante una multa entre quinientos a mil Autorizase el funcionamiento de la entidad privada DECRETO NUMERO 112-97 quetzales. En estos casos la apelación no tendrá Protección de Bienes (PDB). efectos suspensivos y el asunto continuará su EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE trámite hasta que se encuentre en estado de resolver GUATEMALA, en definitiva, momento en el que se esperará la resolución de la apelación. El tribunal que conozca Ministerio de Agricultura, Ganadería y AlimentaciónCONSIDERANDO: en grado lo hará con base en copia de las actuaciones

Que la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de certificadas por la Secretaría respectiva. iniciativa de ley que le confiere el Artículo 174 de la Apruébase el Presupuesto de Ingresos y Egresos delConstitución Política, ha propuesto al Congreso de la En los procesos de ejecución, tendrán facultad para Instituto Nacional de Bosques -INAB-, para el períodoRepública la-aprobación de algunas reformas a la Ley deltramitar aprobar nuevas uidaciones por capital, comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de intereses, gastos y costas si han transcurrido seisOrganismo Judicial, destinadas, por una parte, a ajustarmeses O más desde que se presentó la anterior1997. ciertas disposiciones de dicha ley a lo que sobre la materia dispone la Constitución Política de la Repúblicaliquidación y esta no ha quedado firme por incidentes, nulidades 0 recursos presentados porry, por otra, a conferir celeridad y eficiencia a la administración de justicia; los demandados que han impedido 0 demorado la aprobación de la liquidacion anterior, con el PUBLICACIONES VARIAS CONSIDERANDO: propósito de que las nuevas liquidaciones abarquen los intereses, gastos y costas ocasionados por las MUNICIPALIDAD DE COBAN, ALTA VERAPAZ Que luego de analizarse la propuesta de reformas a lademoras. Ley del Organismo Judicial formulada por la Corte Reglamento de Administración del Centro de ServiciosSuprema de Justicia, se ha llegado a establecer que lasArtículo Se reforma la literal d) del Artículo 67, la

Comercio Municipal. mismas son adecuadas y convenientes para la mejor cual queda así: administración de justicia, debiendo emitirse la disposición legal respectiva, d) No afectará las actuaciones independientes 0 que no tengan relación con el acto O resolución que MINISTERIO DE EDUCACION POR TANTO, motivó la enmienda. El auto que disponga la enmienda del procedimiento es apelable, excepto En ejercicio de las atribuciones que le confiere elcuando haya sido dictado por un Tribunal Colegiado,JUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL Artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la en toda clase de juicios, pero la apelación no tendráRepública, efectos suspensivos y el asunto continuará su NOMINA NUMERO 12-97 DECRETA: trámite hasta que se encuentre en estado de resolver en definitiva momento en que se esperará la Las siguientes resolución de la apelación. El tribunal que conozca ANUNCIOS VARIOS REFORMAS A LA LEY DEL ORGANISMO en grado lo hará con base en copia de las actuaciones Matrimonios Registro de derechos de autor. Constituciones JUDICIAL, DECRETO NUMERO 2-89, certificadas por la Secretaria respectiva. de sociedad. Modificaciones de sociedad. Disolución de REFORMADO POR LOS DECRETOS NUMEROS Artículo Se reforma el Artículo 75, el cual queda

sociedad. Registro de marca. Títulos supletorios.64-90, 75-90 Y 11-93, TODOS DEL CONGRESO DE así: Edictos. Remates. LA REPUBLICA, Artículo 75. Integración. La Corte Suprema de Justicia Artículo 1.- Se reforman las literales b) y ñ) y sese integra con trece magistrados, en la formaEmpresa Técnica Agricola, Minera e Industrial "La Flo-adicionan las literales o) y p) al Artículo 54, las cualessiguiente:resta", S. A. (FLORESA) General al 31 de quedan así: diciembre de 1987. a) Un Presidente, que lo es también del Organismo b) Informar al Congreso de la República, con suficienteJudicial. Bocanueva, S. A.-Balance General al 31 de diciembre anticipación de la fecha en que vence el períodode 1987. para el que fueron electos los Magistrados de la b) Doce magistrados, todos iguales en jerarquía, Compañía Pavimentadora. - Balance General PeriódicoCorte Suprema de Justicia y de las Cortes de que se designarán con el número que les corresde "Compañía Pavimentadora" propiedad de Herman Apelaciones, así como de las vacantes que se ponda en el orden de su elección. Este sevirá Roberto Krebs y Compañía Limitada. produzcan, para la convocatoria de la Comision de para la sustitución temporal del Presidente y Librería Centroamericana, S. A. Balance General al Postulación a que se refiere la Constitución Políticapara el efecto de votaciones. Los magistra31 de marzo de 1988. de la República. dos de la Corte Suprema de Justicia serán3114 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre 15 de 1997 NUMERO 97 electos en la forma y para el período establecido en la ConstituciónPolítica de la República. ARTICULO 5. Se reforma el artículo 76, el cual queda así: ARTICULO 76. Organización. La Corte Suprema de Justicia se organizará enlas Camaras que la misma determine. Cada Camara contará con un Presidente y elnúmero de Vocales que se considere conveniente y conocerá de los asuntos que lapropia Corte disponga. ANGEL MARIO SALAZAR MIRON MAURICIO LEON CORADO SECRETARIO SECRETARIO Los asuntos sometidos al conocimiento de una Camara serán sustanciados por elPresidente de ella y resueltos por mayoria de votos de sus integrantes. En caso'de correspondiente. empate, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia se integrará a la cámaraDr LA ARTICULO 6. Se reforma el artículo 77, el cual queda asi: ARTICULO 77. Suplencias. En caso de impedimento, excuse, recusación o ausencia temporal de alguno de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia,cuando ésta deba conocer en pleno, serán llamados a integrarla los Presidentes de las Salas de Apelaciones 0 Tribunales de similar categoria, principiando con los Centre ADMETIA establecidos en la capital de la República en su orden numérico; en su defecto, losvocales de dichos tribunales y, por último, a los suplentes de éstos.

Si la ausencia fuere absoluta, se procederá de la misma manera mientras elCongreso de la República hace una nueva elección.

PALACIO NACIONAL: Guatemala, diez de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

ARTICULO 7. Se reforma el artículo 125, adicionando el párrafo siguiente: La recusación no tendrá efectos suspensivos y el asunto continuará su trámite hasta PUBLIQUESE Y CUMPLASE DE LA que se encuentre en estado de resolver en forma definitiva. Si se tratare de materia penal, la recusación deberá resolverse antes de iniciarse el debate. Pero, si la recusación se declarare procedente, serán nulas las diligencias practicadas desde la fecha en que se presentó la recusación. Si la recusación se declara improcedente se impondrá al recusante una multa de quinientos a mil quetzales. Por no Luin a ilan PRESIDENCIAREPUBLICA corresponderles conocer del fondo del asunto, no podrán ser recusados los LUIS ALBERTO FLORES ASTURIAS GUAMALAmiembros del tribunal que conozca de una recusación. Presidente de la Republica en Funciones ARTICULO 8. Se reforma el artículo 138, el cual queda así: ARTICULO 138. Tramite. Promovido un incidente, se dará audiencia a los otros interesados, si los hubiere, por el plazo de dos días. Los incidentes de nulidad carecerán de efectos suspensivos, excepto si el tribunal lo DE considera necesario y así lo declara en forma razonada y bajo su responsabilidad. ARTICULO 9. Se reforma el artículo 139, el cual queda así:

ARTICULO 139. Prueba. Si el incidente se refiere a cuestiones de hecho, el Juez, al vencer el plazo de la audiencia, resolverá ordenando la recepcion de lasRodolio A. Mendoza Rosales pruebas ofrecidas por las partes al promover el incidente 0 al evacuar la audiencia,Misistre de Gobernación en no más de dos audiencias que tendrán verificativo dentro de los diez días hábilessiguientes. ARTICULO 10. Se reforma el artículo 140, el cual queda asi: ARTICULO 140. Resolucion. El Juez, sin más trámite, resolverá el incidente dentro del tercer dia de concluido el plazo a que se refiere el artículo 138, O en la propia audiencia de prueba, si se hubiere señalado. La resolución será apelable salvo en aquellos casos en los que las leyes que regulan materias especialesDECRETO NUMERO 113-97excluyan este recurso o se trate de incidentes resueltos por los TribunalesColegiados. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA La apelación no tendrá efectos suspensivos y el asunto principal continuará su trámite hasta que se halle en estado de resolver en definitiva. El tribunal que conozca en grado lo hará con base en copia de las actuaciones certificadas por la CONSIDERANDO: Secretaria correspondiente. Se exceptuan los incidentes que dieren fin al proceso, encuyo caso se suspenderá el tramite. Que el impuesto que grava las salidas del país por via aérea, maritima y terrestre, no

responde a los niveles actuales del costo de administración y de mantenimiento de las ARTICULO 11. Se adiciona la literal f) al artículo 199, la cual queda asi:dependencias y entidades encargadas de las instalaciones que se usan para ese propósito, ni armoniza con el tributo equivalente que cobran otros paises, siendo uno de los más bajosf) Los functonarios y empleados públicos que laboren a tiempo completo queincluso del área centroamericana, por lo que es necesario actualizar las tarifas del impuesto; han sido nombrados precisamente para actuar como abogados, sólo podrány por razones de eficiencia tributaria, suprimir el que grava las salidas por vía terrestre. hacerlo para la dependencia en la que presten sus servicios.

POR TANTO: ARTICULO 12. Se reforma el artículo 208, adicionándole el párrafo siguiente: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 la literal a), de la Las normas procesales de la presente ley prevalecen sobre las disposicionesConstitución Política de la República de Guatemala. contenidas en otras leyes.

DECRETA: ARTICULO 13. Se deroga toda disposición legal que se oponga a la presente ley.

ARTICULO 14. El presente decreto entrará en vigencia dos meses después de suLas siguientes: publicación en el diario oficial. REFORMAS A LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, TURISMO, DECRETO NUMERO 1701, REFORMADO POR DECRETO NUMERO

PROMULGACION Y PUBLICACION. 7-90, AMBOS DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA ARTICULO 1. Se reforma la literal c) del artículo 21, la cual queda asi: CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE. "c) Un impuesto a todos los guatemaltecos y extranjeros, residentes o no, que salgan del país, cuya tarifa será del equivalente en quetzales a veinte dólares de los Estados Unidos de América (US$20.00) por persona que viaje por vía aérea, y del equivalente en quetzales a diez dólares de los Estados Unidos de América (US$10.00) por persona que viaje por vía marítima, al tipo de ARABELLA CASTRO QUINONES cambio de referencia para la compra en el mercado bancario, reportado por PRESIDENTA el Banco de Guatemala el día anterior al día en que ocurra la salida del país. Están exentas del impuesto únicamente las tripulaciones de las naves aéreas 0 maritimas que se utilizan para el transporte. No están afectas al impuesto las personas que salgan del país por via terrestre."

Consultar sobre este documento ...