Decreto 113-1983
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 113-1983
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 1983
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericana Licenciado Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXXII GUATEMALA, VIERNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 1983 NUMERO 16
SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO especiales atrasados, en la forma preceptuada por la ley. La inhabilitación deberá asentarse en el correspondiente Registro de Notarios, y el Director del Archivo General de Protocolos, lo comuORGANISMO EJECUTIVO JEFATURA DE ESTADO nicará para los efectos legales del caso, al Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, a los ReJEFATURA DE ESTADO gistros Públicos, así como a las oficinas y depenDECRETO LEY NUMERO 112-83 dencias administrativas que sea pertinente. DECRETO LEY NUMERO 112-83 Esta sanción se entiende sin perjuicio de cuales-EL JEFE DE ESTADO quiera otras responsabilidades que conforme a la DECRETO LEY NUMERO 113-83 ley pudieran corresponder a los notarios infracCONSIDERANDO: tores. MINISTERIO DE GOBERNACION Que de conformidad con lo establecido por el Artículo 39-A1 finalizar el plazo a que se reCódigo de Notariado, es obligación de los notarios fiere el Artículo 19 de este Decreto, el Director Apruébanse las reformas introducidas al artículo remitir 'al Director del Archivo General de Protodel Archivo General de Protocolos, publicará, dengo de los Estatutos de la Asociación "Compañía colos en la capital, O a los jueces de Primera tro del término de cinco días, la lista de los node las Hijas de la Caridad de la República de Instancia, en los departamentos, dentro de los tarios que no hubieren cumplido con enviar la Guatemala". veinticinco días hábiles siguientes al respectivo totalidad de los referidos testimonios especiales, en otorgamiento, un testimonio especial. en papel sela forma establecida por la citada norma del Cé- llado del menor valor, de los instrumentos que digo de Notariado y, después publicará mensualMINISTERIO DE FINANZAS autoricen, O un aviso en el caso de escrituras mente las listas de quienes permanezcan o incanceladas, indicando el número de la misma; curran en esa situación. Las publicaciones se harán en el Diario Oficial y en otro de los de mayor PUBLICAS circulación.
CONSIDERANDO: Concédese la exoneración que se indica a favor Artículo 49-El presente Decreto Ley entrará en del "Círculo de Damas Suizas". Que asimismo el Código de Notariado determina vigor el día siguiente de su publicación en el Diaque los notarios que incumplieren con la obligario Oficial.
ción indicada en el considerando anterior, incuMINISTERIO DE ECONOMIA rrirán en una multa de dos quetzales por cada Dado en el Palacio Nacional, en la ciudad de infracción, que les será impuesta por el Director Guatemala, a los veintidós días del mes de sepModificase en el sentido que se indica el artículodel Archivo General de Protocolos; tiembre de mil novecientos ochenta y tres. 2° incisos a), b) y c) del Acuerdo Ministerial número 360-80, del.8 de agosto de 1980, soliciPublíquese y cúmplase.CONSIDERANDO: tado por la empresa "Sabores Cosco de Guatemala, Sociedad Anónima", de nombre comercial General de Brigada, Que elevado número de notarios ha incumplido"Coscosa',. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES,con la obligación señalada, lo cual hace peligrar la seguridad y eficacia de los instrumentos públiJefe de Estado. Modificase en la forma que se indica el artículo cos, constituyendo además una práctica contraria 39 incisos - a), b) y c) del Acuerdo Ministerial a la garantía de certeza jurídica que, entre otras El Secretario General de la Jefatura número 784-78, del 29 de diciembre de 1978, so-finalidades, persigue el Derecho Notarial; de Estado, licitado por la Empresa Fábrica de Tejidos MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ. Sportex, Sociedad Anónima, CONSIDERANDO: El Ministro de Gobernación,
Otórgase al señor Miguel Méndez Rojas para la Que no obstante lo considerado anteriormente, GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL empresa de su propiedad denominada "Vidriería Novedades", clasificación de Industria Existente es procedente conceder una última opción a los dentro del Grupo "B"; y equipárase con la sinotarios que no hayan cumplido con enviar sus milar guatemalteca "Vidriería y Fábrica de Mol-testimonios especiales como lo manda la ley, para duras, Marcos y Espejos Gaitán". que puedan hacerlo sin que se hagan efectivas las multas incurridas, pero al mismo tiempo, es imperativo establecer sanciones a imponerse a quieDECRETO LEY NUMERO 113-83 Otórgase al señor Miguel Méndez Rojas, propie-nes incumplan en esta nueva oportunidad, para tario de la empresa denominada "Vidriería Nocuyo propósito se hace necesario dictar la respecEL JEFE DE ESTADO vedades", exoneración del 40% del Impuesto detiva disposición legal, Estabilización Económica, sobre los rubros que CONSIDERANDO:se mencionan. POR TANTO, Que debido al incremento del número de Notarios ANUNCIOS VARIOS En el ejercicio de las facultades que le confiereque ejercen su respectiva profesión en el país, la el Artículo 49 del Estatuto Fundamental de Goinspección y revisión de los protocolos para comAutorizaciones farmacéuticas. Matrimonios. bierno, modificado por los Decretos Leyes núme-probar si se han llenado los requisitos formales
Linea de transporte. Constituciones de soros 36-82 y 87-83, establecido por el Código de Notariado, deviene ineficaz por el abrumador trabajo asignado al Di-ciedad. Modificaciones de sociedad. Disorector del Archivo General de Protocolos en la lución de sociedad. Patente de invención. DECRETA: capital, y a los Jueces de Primera Instancia en los Registros de marca. Títulos supletorios. -Edictos. Licitación. Remates. departamentos; Articulo 19-Se exonera, por el plazo de tres meses computados a partir de la fecha de iniciación de la vigencia de esta ley, el pago de la CONSIDERANDO: Banco del Cafe, S. A. (Entidad Privada de Depósito y Crédito). Balance General Condensadomulta a que se refiere el Artículo 100 del Código al 30 de abril de 1983. de Notariado, tal como aparece modificado por elQue para solucionar la situación indicada en el Artículo 79 del Decreto número 38-74 del Conconsiderando que antecede, y cumplir en debida greso de la República, a los notarios que hayanforma lo preceptuado por el mencionado Código, Banco Metropolitano, S. A. Balance General Con-incumplido el requisito que establece el Artículo se hace necesario adicionarlo con normas que así densado Consolidado al 31 de marzo de 1983.37 de ese mismo cuerpo legal. lo determinen, para cuya finalidad es procedente dictar la respectiva disposición legal, Banco Metropolitano, S. A. Balance General Con-Artículo 29-Los notarios que no cumplan en su
densado Consolidado al 30 de abril de 1983.totalidad la obligación indicada, dentro del plazo POR TANTO, Banco Nacional de la Vivienda. Balance Generalfijado en el artículo que antecede. quedarán inCondensado al 31 de marzo de 1983. habilitados para el ejercicio de su profesión, du-En el ejercicio de las facultades que le confiere rante todo el tiempo que transcurra desde la feel Artículo 49 del Estatuto Fundamental de GoBanco Nacional de la Vivienda. Balance Generalcha de vencimiento del plazo establecido en este bierno, modificado por los Decretos Leyes númeCondensado al 30 de abril de 1983. Decreto, hasta que envien todos los testimonios ros 36-82 y 87-83,358 CBAI de 1983 NUMBROUS DECRETA: Asociación "Compañía de las Hijas de la Caridad ciones contenidas en el Decreto número 1095, rede la República de Guatemala", en cuya repreformado por el Decreto número 1168, ambos del Artículo 19-Se adiciona al Artículo 84 del Có- sentación gestions; Congreso de la República, digo de Notariado, Decreto número 314 del Congreso de la República, el siguiente párrafo: CONSIDERANDO: ACUERDA: "Sin perjuicio de lo anterior, el Presidente delQue las reformas a los estatutos de la entidadArtículo 19-Conceder a favor del "Círculo de Organismo Judicial podrá nombrar, anualmente mencionada en el considerando anterior, no son Damas Suizas", exoneración total de los derechos
el número de notarios colegiados activos que contrarias a las leyes, ni al orden público, habidaaduaneros, tasas y demás impuestos, a excepción sean necesarios para practicar inspección y cuenta de que fueron acordadas por el órgano del establecido por el Decreto Ley número 72-83, revisión de protocolos, tanto en el departamento estatutario correspondiente, y en vista de que el de Guatemala, como en los demás departamenAsesor Jurídico del Ministerio de Gobernación, que gravan la importación de quesos. chocolates, tos de la República. Las relaciones de los noen dictamen aprobado por el Ministerio Público, jaleas, jarabes, navajas, cuchillos, artículos de lino y/o algodón, objetos típicos de Suiza y pertarios así nombrados, con el Organismo Judicial, así como el Consultor Específico del Jefe de Esfumes, por un valor de Q.12,000.00 que pondrá a serán reglamentadas por medio de acuerdo de la tado, se pronunciaron en sentido favorable a lala venta en su bazar a realizarse en el mes de Corte Suprema de Justicia". solicitud de referencia, es procedente aprobar las octubre de 1983, para recaudar fondos destinadosmodificaciones indicadas, para cuyo propósito se a las obras que realiza.Artículo 29-Se adiciona al Artículo 86 del Có- hace necesario dictar la respectiva disposición ledigo de Notariado, Decreto número 314 del Congal, Artículo 29-E1 presente Acuerdo entrará en greso de la República, los párrafos siguientes: POR TANTO, vigor el día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial. "Si el notario no cumpliere con presentar el proEn el ejercicio de las facultades que le confie-tocolo y sus comprobantes 0 se negare a ello, re el artículo 49 del Estatuto Fundamental de Comuniquese. el funcionario 0 Inspector de Protocolos encarGobierno, modificado por los Decretos Leyes nú-gado de la inspección y revisión. lo hará del meros 36-82 y 87-83, y con base en lo estableGeneral de Brigada, conocimiento del Juez de Primera Instancia correspondiente, quien previa audiencia que dará cido por los artículos 15 inciso 39 y 18 del Código OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, al notario por veirticuatro horas para que exCivil, Jefe de Estado.
ACUERDA: ponga las razones de su incumplimiento o negativa, dictará, dentro de las veinticuatro horas Ministro de Finanzas, siguientes, la resolución que proceda; y si ella I) Aprobar las reformas introducidas al arLEONARDO FIGUEROA VILLATE tículo go de los Estatutos de la "Compañía de lasfuere en el sentido de que el notario presente el protocolo y sus comprobantes, así lo ordenará, Hijas de la Caridad de la República de Gua637495-23-Sep. bajo apercibimiento de la ocupación y extractemala", el cual queda asi: ción del protocolo y comprobantes respectivos del poder del notario renuente, para cuyo efecto "Artículo 99-La Compañía podrá adquirir y
podrá recurrirse al auxilio de la fuerza pública. poseer bienes y disponer de ellos, siempre que Si no fuere posible practicar la inspección y reestén destinados en forma exclusiva a fines reMINISTERIO DE ECONOMIA visión en presencia del notario, el protocolo y ligiosos, de asistencia social O educativos. La recomprobantes respectivos serán extraídos del presentación legal de la Compañ'a corresponde poder del notario y remitidos de inmediato al a la Presidenta y en su defecto a la VicepresiArchivo General de Protocolos para lo que prodenta. Para asuntos de trabajo, la representaModificase en el sentido que se indica el artícule ción legal de dicha compañía, corresponderá tam29. incisos a), b) y c) del Acuerdo Ministerialcediere. bién a los encargados de Relaciones Laborales, número 360-80, del 8 de agosto de 1980, soliciSi en el departamento solamente hubiere un Juez como representantes natos de la misma. La Pretado por la empresa "Sabores Cosco de Guatemade Primera Instancia y fuere éste el encargado sidenta y/o la Vicepresidenta en su caso están la, Sociedad Anónima", de nombre cemercial de la inspección y revision, acudirá al Juez de Primera Instancia más accesible para los efectos facultadas para otorgar mandatos a personas de COSCOSA. de las diligencias a que se refiere el párrafo queabsoluta confianza. en casos necesarios y bajo su ACUERDO No 216-83 antecede. estricta responsabilidad".
Cualquier retardo de un Juez de Primera InsII) El presente Acuerdo entrará en vigor el Palacio Nacional: Guatemala, 17 de mayo de 1983 tancia en cumplir las obligaciones que se le imdía de su publicación en el Diario Oficial y moponen según los párrafos anteriores, deberá ser difica en este sentido al de fecha 16 de agosto de Ministro de Economia, 1956.sancionado por la Corte Suprema de Justicia. El notario que, por su incumplimiento o negaCONSIDERANDO: tiva, diere lugar a que se decreten la ocupación Comuniquese. 0 extracción del protocolo como se indica en este Que este Ministerio, con fecha 8 de agosto de artículo, incurrirá en las responsabilidades peGeneral de Brigada, 1990, emitió el Acuerdo Ministerial número 360-80, nales tanto por su desobediencia, como por su OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES. a favor de la empresa "Sabores Cosco de Guatemacondición de depositario del protocolo, sin perJefe de Estado. la, Sociedad Anónima. de nombre comercial COSjuicio de cualesquiera otras que fueren pertiCOSA, ubicada en la 11 avenida, número 13-74, nentes, de conformidad con la ley. Para la deEl Viceministro de Gobernación, zona 1, ciudad capital, por medio del cual se le ducción de tales responsabilidades, el Juez de Encargado del Despacho, clasificó como industria nueva dentro del Grupo Primera Instancia correspondiente, o, en su caso,HAROLDO CABRERA ENRIQUEZ "A", para dedicarse a la fabricación de sabores,
la Corte Suprema de Justicia, deberán, sin de637438-23-septiembre esencias y concentrados para la industria de helamora, certificar lo conducente al tribunal penal dos, de bebidas carbonatadas y para la industria que corresponda". de pastelería, sabores para jarabes y sabores en polvo, bases para sabores para la producción de Artículo 39-El presente Decreto Ley entrará en MINISTERIO DE FINANZAS toda clase de dulces y confites y especias y sazovigor al día siguiente de su publicación en el Dianadores para artículos alimenticios, al amparo del rio Oficial. PUBLICAS Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales Dado en el Palacio Nacional, en la ciudad de al Desarrollo Industrial; Guatemala, a los veinte días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y tres. CONSIDERANDO:Concédese la exoneración que se indica a favor Publíquese y cúmplase. del "Circulo de Damas Suizas". Que la empresa "Sabores Cosco de Guatemala,Sociedad Anónima", en cumplimiento a la obliga-General de Brigada, ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 658-83 ción contenida en el inciso b) del artículo 39 delOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, mencionado acuerdo, presentó con fecha 10 deJefe de Estado. Palacio Nacional: Guatemala, 14 de septiembre marzo de 1983. a la Dirección de Política Indus-de 1983. El Secretario General de la Jefatura trial, fotocopia legalizada del cuadruplicado de de Estado, las pólizas de importación número 901 y 2432, auto-EL JEFE DE ESTADO,MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ rizadas el 15 de enero y 5 de febrero de 1981, respectivamente por la autoridad aduanera correspon-CONSIDERANDO: El Ministro de Gobernación, diente, declarando bajo juramento, en acta notarial, GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL que esas pólizas representan su primera importa-Que el "Círculo de Damas Suizas", es una inscién de maquinaria, equipo, materias primas, pro-titución que trabaja desinteresadamente por la ductos semielaborados y envases, gozando de exen-educación y en obras de beneficio social; ción de derechos arancelarios; Que la entidad mencionada en el considerando MINISTERIO DE GOBERNACION anterior, ha solicitado al Ministerio de Finanzas CONSIDERANDO: Públicas, exoneración total para importar quesos, chocolates, jaleas, jarabes, navajas, cuchillos, arQue la Sección de Estadística de la Dirección de Apruébanse las reformas introducidas al artículo tículos de lino y/o algodón, objetos típicos de Política Industrial, en opinión número 011-83, de 99 de les Estatutos de la Asociación "CompañíaSuiza y perfumes, por un valor de Q 12,000.00 que fecha 25 de marzo de 1983, y de conformidad con de las Hijas de la Caridad de la República depondrá a la venta en su bazar correspondiente al el dictamen número 187-81, del 17 de julio de 1981,
Guatemala". año 1983, para recaudar fondos destinados a las de la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Miobras que realiza, es procedente autorizar la exonisterio. recomendó se modificara el Acuerdo MiPalacio Nacional: Guatemala. 18 de agosto deneración solicitada, habida cuenta de que el Ministerial número 360-80, en el sentido de precisar1983. nisterio Público se pronunció en sentido favorable la vigencia del período de beneficios fiscales que ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 616-83 en el dictamen número 520 de fecha 18 de agosle corresponde a la empresa "Sabores Cosco de to de 1983, Guatemala, Sociedad Anónima", debiéndose computar el inicio de los mismos para maquinaria yJefe de Estado, POR TANTO, equipo a partir del 19 de agosto de 1980 al 18 de CONSIDERANDO: agosto de 1990, para materias primas, productos En el ejercicio de las facultades que le consemielaborados y envases a partir del 19 de agosto Que Sor Marta Rosa Reynoso Samayoa, se pre-fiere el artículo 40 del Estatuto Fundamental de de 1980 al 18 de agosto de 1985 en un ochenta sentó solicitando la aprobación de las reformasGobierno, modificado por los Decretos Leyes nú- por ciento (80%) y del 19 de agosto de 1985 al introducidas al artículo 99, de los Estatutos de lameros 36-82 y 87-83, y con base en las disposi18 de agosto de 1990, en un cincuenta por ciento