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Decreto 118-1982

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 118-1982
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1982

Diario de Centro América

ANTES EL GUATEMALTECO 148

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericana Licenciado Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCXXI GUATEMALA, VIERNES 10 DE JUNIO DE 1983 NUMERO 44

SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO JULIO PABLO MATHEU DUCHEZ,

Ministro de Economia.

ADOLFO CASTAÑEDA FELICE,

ORGANISMO EJECUTIVO Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA OTTO PALMA FIGUEROA,

Ministro de Trabajo y Prevision Social.DECRETO LEY NUMERO 118-82

DECRETO LEY NUMERO 118-82

El Presidente de la República,

MINISTERIO DE RELACIONES MINISTERIO DE RELACIONES

CONSIDERANDO: EXTERIORES EXTERIORES Que con fecha 17 de diciembre de 1979 fue adoptadapor Ratificase la Convención Internacional contra la la Asamblea General de las Naciones Unidas la Convención toma de rehenes, adoptada por la Asamblea Internacional contra la toma de rehenes; General de las Naciones Unidas, el 17 de diRatificase la Convención Internacional contra la toma de ciembre de 1979 y Texto de la mencionada rehenes, adoptada por la Asamblea General de las Na-CONSIDERANDO:Convención. ciones Unidas el 17 de diciembre de 1979 y texto de la

mencionada Convención. Que la toma de rehenes es un delito que preocupa graveMINISTERIO DE LA DEFENSA mente a la comunidad internacional y que es conveniente ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 595-82 que Guatemala participe en la cooperación entre los EstaNACIONAL dos para la prevención, el enjuiciamiento y el castigo dePalacio Nacional: Guatemala, 30 de diciembre de 1982. dichos actos, que constituyen manifestaciones del terrorisApruébase el Contrato Individual de Trabajo nú-mo internacional; El Presidente de la República, mero 31-83, suscrito entre el Viceministro de la Defensa Nacional y el señor Julio Alberto CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: López Larios, quien prestará sus servicios como Técnico Electromecánico del Centro Industrial Que la Convención Internacional contra la toma de rehe-Que por medio del Decreto Ley Número 118-82 fue apro-de Cobán, Proyecto "CINCO". nes no contraviene las disposiciones del Estatuto Funda-bada en Consejo de Ministros la Convención Internacional mental de Gobierno y sus propósitos concuerdan con loscontra la toma de rehenes, adoptada por la Asamblea Geneprincipios de la Carta de las Naciones Unidas, por lo que esral de las Naciones Unidas el 17 de diciembre de 1979; MINISTERIO DE AGRICULTURA, procedente su aprobación,

GANADERIA Y ALIMENTACION CONSIDERANDO:

POR TANTO,

Que la Convención Internacional contra la toma de rehe-Adscribese al Ministerio de Agricultura. Ganaderia y Alimentacion, el area de terreno que se En el ejercicio de las facultades que le confieren los Ar-nes no contraria a las leyes del pais, sino antes bien benefiexpresa, upicado en la Bahia "Peparchá", juticulos 40. y 26 inciso 80. del Estatuto Fundamental de Go-cia a los intereses nacionales, razón por la cual es procedenrisdicción del municipio de Atitlan, departabierno, modificado por el Decreto Ley Número 36-82, te ratificarla, mento de Sololá. En Consejo de Ministros, POR TANTO, MINISTERIO DE FINANZAS DECRETA: En el ejercicio de las facultades que le confieren los Articulos 40. y 26 inciso 80. del Estatuto Fundamental de GoPUBLICAS Articulo 10.-Se aprueba la Convencion Internacionalbierno, modificado por el Decreto Ley Número 36-82, contra la toma de rehenes, adoptada por la Asamblea GeneConcédese la exoneración que se indica, a favor ral de las Naciones Unidas el 17 de diciembre de 1979. ACUERDA: de la Fundación de Ayuda al Pueblo Indigena (FUNDAPI). Artículo 20.-EI presente Decreto Ley entrará en vigor elArticulo 10.-Ratificar la Convención Internacional

dia siguiente de su publicación en el Diario Oficial.contra la toma de rehenes, adoptada por la Asamblea GeneNombrase al Ingeniero Marco Tulio Sosa Ramiral de las Naciones Unidas el 17 de diciembre de 1979. rez, Director Suplente, representante de la CaDado en el Palacio Nacional, en la ciudad de Guatemala,mara de industria de Guatemala, ante la Junta a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientosArticulo 20.-EI presente instrumento de ratificación se Directiva de la Zona Libre de industria y Coochenta y dos. depositará en poder del Secretario General de las Nacionesmercio "Santo Tomás de Castilla". Unidas por conducto del Ministerio de Relaciones ExtePubliquese y cúmplase. riores. MINISTERIO DE ECONOMIA JOSE EFRAIN RIOS MONTT. Articulo 30.-Este Acuerdo entrará en vigor el dia de su publicacion en el Diario Oficial, teniéndose como Ley de laOtórgase a la empresa Distribuidora de Aceites y Repuestos, Sociedad Anónima, que se abrevia MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ, República a partir de esa fecha. "Distribuidora de Aceites y Repuestos, S. A.". Secretario General de la Presidencia de la República. JOSE EFRAIN RIOS MONTT.de nombre comercial ACEITERA DIARSA, exoneración del 40% del Impuesto de Estabilización EDUARDO CASTILLO ARRIOLA, Económica, sobre los rubros que se mencionan. Ministro de Relaciones Exteriores. EDUARDO CASTILLO ARRIOLA,

Ministro de Relaciones Exteriores.

RICARDO MENDEZ-RUIZ ROSMHOSER,

PUBLICACIONES VARIAS Ministro de Gobernación. CONVENCION INTERNACIONAL CONTRA LA TOMA DE REHENES MINISTERIO DE EDUCACION OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, -0Ministro de la Defensa Nacional. JUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL Los Estados Partes en la presente Convencion, LEONARDO FIGUEROA VILLATE, Nómina No. 18-83 Ministro de Finanzas Públicas. Teniendo presente los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas relativos al mantenimiento de la paz ANUNCIOS VARIOS EDGAR LEONEL ORTEGA RIVAS, y la seguridad internacionales y al fomento de las relaciones Ministro de Comunicaciones y Obras Públicas. de amistad y cooperación entre los Estados, Matrimonios. Linea de transporte. RegisLUIS MERIDA LOPEZ,tro de derecho de autor. Constituciones de Reconociendo en particular que todo individuo tiene desociedad. Modificaciones de sociedad. DiMinistro de Educacion. recho a la vida, a la libertad y a la seguridad de la persona, soluciones de sociedad. Patentes de invención, como se establece en la Declaración Universal de Derechos Registros de marca. Títulos supletorios. LEOPOLDO SANDOVAL VILLEDA, Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Edictos. Licitaciones. Remates. Ministro de Agricultura, Ganaderia y Alimentación.Políticos,

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