Decreto 12-2003
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 12-2003
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2003
Diario de Centro El vocero de la Paz América Organo Oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana Director: Wagner Rodolfo Collado TOMO CCLXXI Guatemala, martes 29 de abril de 2003 NUMERO 57
ORGANISMO LEGISLATIVO
SUMARIO
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NUMERO 12-2003
ORGANISMO LEGISLATIVO EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALACONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NUMERO 012-2003
CONSIDERANDO: ORGANISMO EJECUTIVO Que la Constitución Política de la República establece que es obligación del Estado velar por elevar el nivel de vida de todos los habitantes del país, así como impulsar MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS programas de desarrollo rural.
Acuérdase otorgar en Usufructo a título gratuito a favor CONSIDERANDO: de la Iglesia Católica, Diócesis de Suchitepéquez, Retalhuleu, la finca propiedad del Estado. Que el Fondo de Inversión Social -FISfue creado mediante Decreto del Congreso de la República Número 13-93,con el objetivo de mejorar el nivel de vida y las PUBLICACIONES VARIAS condiciones económico-sociales, exclusivamente de los sectores en situación de pobreza y pobreza extrema del área rural del país y que el "Programa Fondo deCORTE DE CONSTITUCIONALIDAD EXPEDIENTE 361-2003 Inversión Social" contribuirá a reducir el impacto de la pobreza en las familias
campesinas, aumentando los ingresos familiares y mejorando las condiciones de vida de los hogares rurales del país al permitir el acceso de estos hogares a la educación, laANUNCIOS VARIOS salud, infraestructura social y productiva, así como mejorar los sistemas Matrimonios Constituciones de sociedad agropecuarios, rehabilitar caminos e introducir sistemas agroforestales para contribuir Modificaciones de sociedad Patentes de a aumentar la producción familiar en el marco de un manejo sostenible de los recursos invención Registro de marcas Títulos disponibles. supletorios Edictos Remates. CONSIDERANDO: Olimpus Ventas Inmobiliarias, S. A.-Balance General al 30 de junio de 2002. Que el "Programa Fondo de Inversión Social" contribuirá a reducir el impacto de la Administradora Mariscal, S. A.-Balance General al 30 pobreza en las familias campesinas, aumentando los ingresos familiares y mejorandode junio de 2002. las condiciones de vida de los hogares rurales del país al permitir el acceso de estosInversiones y Desarrollos Administrativos, S. A.- hogares a la educación, la salud, infraestructura social y productiva, así como mejorarBalance General al 30 de junio de 2002. Importadora y Distribuidora Guatemalteca, S. A.- los sistemas agropecuarios, rehabilitar caminos e introducir sistemas agroforestales Balance General al 30 de junio de 2002. que permitan aumentar la producción familiar en el marco de un manejo sostenible de los recursos disponibles.
¡POR QUE USTED CONSIDERANDO:
LO MERECE!
Que el Gobierno de la República, consciente de la necesidad de ejecución del
"Programa Fondo de Inversión Social", ha gestionado por conducto del Ministerio deLe estamos brindando un periódico con Finanzas Públicas, la suscripción del Contrato de Préstamo Número 1505 con el Banco información completa. Nueva imagen Centroamericano de Integración Económica y contando con el dictamen favorable y a todo color, noticias y notas curiosas Número 10/2002, emitido conjuntamente por el Ministerio de Finanzas Públicas y la en todas las páginas de la: Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia -SEGEPLAN-, y la opinión favorable de la Junta Monetaria, la cual se encuentra contenida en la Resolución JM-52003, es procedente emitir la disposición legal que lo apruebe.SECCION INFORMATIVA POR TANTO: Le invitamos a conocer En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) e i) de la NOTICIAS NACIONALES Constitución Política de la República.
E INTERNACIONALES DECRETA: ARTICULO 1. Aprobación del contrato de préstamo. Se aprueba el Contrato de Préstamo Número 1505, hasta por un monto de cincuenta millones de dólares de los2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-29 de abril de 2003 NUMERO Estados Unidos de América (US$50,000,000.00), a suscribirse entre la República deSANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 12-2003
Guatemala y el Banco Centroamericano de Integración Económica -BCIE-, para el
financiamiento parcial del "Programa Fondo de Inversión Social". PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintitrés de abril del año dos mil tre ARTICULO 2. Autorización para negociar préstamos externos. Se autoriza al Organismo Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas,concluya las negociaciones y suscriba con el Banco Centroamericano de Integración PUBLÍQUESE Y CUMPLASE Económica el contrato de Préstamo Número 1505, en los términos establecidos en el DE mismo y básicamente bajo las siguientes condiciones financieras: LA
BCIE-1505
MONTO: Hasta por cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$50,000,000.00). AREPUBLICA X OBJETO: Financiamiento parcial del "Programa Fondo de PORTILLO CABRERA c.
Inversión Social -FIS-".
DESTINO: Ejecutar proyectos y acciones en las áreas de servicio social, infraestructura social y económica, en los campos de actividad de salud y nutrición, educación, entrenamiento orientado al trabajo productivo, desarrollo y medio ambiente del área rural de la República de Guatemala.
ORGANISMO EJECUTOR: Fondo de Inversión Social -FISDE PLAZO: Quince millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$15,000,000.00), hasta veinte DR. JOSE ADOL REYES CALDERON MINIS(20) años, incluyendo un período de gracia de MINISTRO DE GOBERNACION Lic. Roal Berrios H. tres (3) años y treinta y cinco millones de dólares VICEMINISTRO
ENCARGADO L DESPACHO de los Estados Unidos de América (US$35,000,000.00) hasta doce (12) años, incluyendo un período de gracia de hasta tres (3) años, ambos plazos-contados a partir de la fecha del contrato de préstamo.
PERIODO DE DESEMBOLSO: Treinta y seis (36) meses, contados a partir de la firma del contrato de préstamo. Mijangos C.
TASA DE INTERES: Variable: a) Para la parte del préstamo que se SECRETARIO GENERALAREPUBLICA financie con recursos ordinarios del BCIE, la tasa de interés será la establecida por dicho banco de acuerdo con su política de tasas de interés vigente, con base en el costo financiero de dichos (E-376-2003)-29 abr recursos ordinarios más un margen a favor del BCIE, revisable trimestralmente; b) Para la parte del préstamo que se financie con recursos de proveedores, la tasa de interés será establecida por dicho banco, de acuerdo con su política de tasas de interés, con base en el costo de estos ORGANISMO EJECUTIVOrecursos más el diferencial del BCIE, revisable trimestralmente.
COMISION DE COMPROMISO: No se cobrará.
COMISIONDE AUDITORIA Y SUPERVISION: Un cuarto del uno por ciento (1/4 del 1%) sobre MINISTERIO DEel monto del préstamo, pagadera de una sola vez, a más tardar al momento del primer desembolso. FINANZAS PUBLICAS AMORTIZACION: Mediante cuotas semestraies, consecutivas y en lo Acuérdase otorgar en Usufructo a título gratuito a favor de la Iglposible iguales, por los montos y en las fechas Católica, Diócesis de Suchitepéquez, Retalhuleu, la finca propiedadque determine el BCIE, debiendo pagar la primera
cuota una vez transcurridos cuarenta y dos (42) Estado. meses desde la fecha del contrato de préstamo. ACUERDO GUBERNATIVO No. 196-2003CARGOS POR MORA: Una vez transcurridos treinta días después de la fecha en que entre en mora cualquier obligación de pago por concepto de capital, intereses, Guatemala, 19 de marzo de 2003 comisiones u otros cargos, el BCIE aplicará un recargo por mora, consistente en incrementar el El Presidente de la República, interés ordinario en tres (3) puntos porcentuales sobre la porción de capital en mora, desde la fecha de vencimiento de la obligación hasta la CONSIDERANDO: fecha en que se efectúe el pago. ARTICULO 3. Cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de Que la Iglesia Católica, Diócesis de Suchitepéquez-Retalhuleu, es una ent préstamo. Las amortizaciones del capital, pago de intereses y demás gastoscuyas actividades tienden a difundir valores morales y espirituales, que redurderivados de este empréstito estará a cargo del Organismo Ejecutivo, por conducto delen beneficio de la sociedad guatemalteca, motivo por el cual el EstadoMinisterio de Finanzas Públicas, para lo cual deberá prever las asignaciones presupuestarias correspondientes en cada ejercicio fiscal, hasta la cancelación total deGuatemala, está llamado a proporcionarle todas las facilidades para el logre sus objetivos;la deuda. ARTICULO 4. Vigencia. El presente Decreto entrará en vigencia el día de su CONSIDERANDO: publicación en el diario oficial.
REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, Que el Estado es propietario de la finca inscrita en el Segundo Registro o PROMULGACION Y PUBLICACION. Propiedad bajo el número seis mil doscientos sesenta y cinco (6265), EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA doscientos veinte (220) del libro treinta y cinco (35) de Retalhuleu; CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIA DOS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRES. POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento et JOSE EFRAIN RIOS MONTT artículos 27 literal j) y 35 literal m) del Decreto 114-97 del CongresoPRESIDENTE República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 39 y 40 numeral 1 Acuerdo Gubernativo número 382-2001, Reglamento Orgánico Interno Ministerio de Finanzas Públicas; 464, 703, 704, 705 y 706 del Decreto Ley nú 106, Código Civil;
HAROLDO ERIC QUEJ CHEN
SECRETARIO
COMMISO DE LA REFURENCA
ENRIQUE PINTO MARTINEZ ACUERDA: SECRETARIO ARTICULO 1.- Otorgar en Usufructo a título gratuito por el plazo de cincu GUATEMALA, años, con un valor estimado de SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIEN