Decreto 12-2003-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 12-2003-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2003
-~
Director: Wagner Rodolfo ColiaSio
SUMARIO
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NUMERO 12-2003
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
-I
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
IDECRE'rO NIJMERO 012-2003
CONSIDERANDO: Que la Constitucion Politica de la Republica establece que es obligacion del Estado velar por f;levar el nivel de vida de todos IDS habitantes del pais, as! como impulsar programas de desarrollo rural.
MINISTERIO DE' FINANZAS PUBLICAS I Acuerdas" owrgar en Usufructo a titulo 1(ratuito a favor Ide,la 19leaia Cat61ica, Di6cesis de SlIchitepequez, :Reta1h ul'eu. I. finca propiedad del E~tad(j,, ", CONSIDERANDO: Que el Fondo de Inversion Social -FISrue creado mediante Decreto del Congreso de la Republica Numero 13-93,con el objetivo de mejorar el nivel de vida y las condiciones economico,-sociales, exclusivamente de los sectores en situacion .de pobreza Y pobreza extrema del area rural del pars y que el "programa Fondo de Inversion Social" contribuira a reducir el impacto de la pobreza en las familias campesinas, aumentando los ingresos familiares y mejorando las condiciones de vida de los hogares rurales del pais al permitir el acceso de estos hogares a la educacion, fa salud. infraestructura social y productiva, as! como mejorar los sistemas agropecuarios, rehabilitar caminos e introducir sistemas agroforestales para contribuir
a aumentar la produccion familiar en el marco de un manejo sostenible de los recursos disponibles. ,.1 ~
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
EXPEDIENTE 361.2003
CONSIDERANDO: Que el "Programa Fondo de Inversion Social" contribuira a reducir el impacto de la pobreza en las familias campesinas, aumentando IDS ingresos familiares y mejorando las condiciones de vida de los hogares rurales del pais al permitir el acceso de estos hogares a la educacion, la salud, infraestructura social y productiva, asi como mejorar los sistemas agropecuarios, rehabilitar caminos e introducir sistemas agroforestales que permitan aumentar la produccion familiar en el marta de un manejo sostenible de IDs recursos disponibles.
Matrimonios. Constituciones de sociedad . Modafic;lciones de sociedad . Patentes de invencion. Registro de marcas . Titulos supletorios . Edictos . Remates. Olimpus Ventas Inmobiliarias. S. A.-Balance General al 30 d" junio de 2002. Administ radora Mariscal. S. A.-Balance General a130de junlo de 2002. ' I_rsiones y Desarrollos Administratillls. S. A.- Balance General a! 30 de junio de 2002. Importadora y Distribuidora Guatema!teca. S. A.- Balance General al 30 de junio de 2002.
CONSIDERANDO: Que el Goblerno de la Republica, consciente de la necesidad de ejecucion del "programa Fondo de Inversion Social", ha gestionado par conducto del tvllnlsterio de Finanzds Publlcas, la suscripcion del Contrato de Prestamo Numero 1505 con el Banco
Centroamericano de Integraclon Economlca y contando con el dictam~n favorable Numero 10/2002, emitido conjuntamente par el Mlnisterio de Finanzas i:i,bllcas y la' Secreta ria de Planificacion y Programaclon de la Presidencia -SEGEPLAN-, ;/ la opinloi:\ favorable de la Junta Monetaria, la cual se encuentra contenlda en IiI Resoluclon 3M-S2003, es procedente emitir la disposition legal que 10 apruebe. f!?Jr-f.. jPOR QUE USTF;D m LO MERECEI Le estamos brindando un peri6dico con informaci6n completa. Nueva imagen y a todo color, noticias y notal curiosas en todas las paginas de la: . .
POR TANTO: SECCION INFORMATIVA le invitamos a conocer fl En ejercicio de las atribuciones que Ie confiere el articulo 1711iterales a) e Constitucion Politica deja Republica. de la DECRETA: .'\RTICULO 1. Aprobacion del contr~i:o de prestamo. Se apruei,>a ~I Contrato de Prestama Nllmera 1505, hasta par un manto de cincuenta millones de (!6Iares de losNUMERO 57
DIARIO DE CENTRO AMERICA-29 de abril de 2003
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SANC/ON AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO '2-2003
PALAC/O NAC/ONAL: Guat£mala, v£intltres d£ abril d£/ a/!0 dos mil tns.
,
PUBL(QUESE Y CUMPLASE
~ ( ~~~ L-"=:::: ::::::. Estadoo Unldoo de A""nca (U5$50,OOO,OOO,OO), . .uscnblrse entre I. Republica de Gu.temel. y el Benco Centmomencano de Integrecl6n Econ6mlca -BCIE., pore el nnandlml.nto porcl.1 del 'Progrlm. Fondo de Inversl6n Socl.l" ARTICULO 2. Autortz.d6n p.ra nagocl.. pratamol ert.mol. Se .utonz. .1 O~.nllmo Ejecutlvo p.re que, por Intermedlo d.1 Mlnl.teno de Fln.nz.. PUblicas, concluy. I., negocl.dones y suscnb. con el Benco~n'tro.merlc.nO de Integr,cl6n Economlca'el cont..to de Prest.mo Numero 1505, en IDS termlnos e.t.blecldos en el mllmo y bellcamenle b.jo I.. .Igulentes condiciones nn.ncler..: - BCI!-1S0S MONTOI H.,t. por Clncuenta milione. de d61.res de IDS . E't.dos Unldo. de Amerlc. (US$50,OOO,OOO.00). OBJeTOI Fln.ncl.mlento p.rclal del 'Progr.m. Fondo de Inversl6n SocI.1 .AS-". D!STJNO: Ejecut.r proyecto, y .cclone. en I.s are.s de
servlclo socl.I, Infr.estructur. socl.1 y econ6mlco, en IDS compo. de .ctlvld.d de ..Iud y nutncl6n, educ,cl6n, entren.mlento orlentado .1 treb.jo productlvo, des.rrollo y medlo .mblente del are. rur.1 de I. Republlco de Gu.tem.I.. ORGANISMO V!CUTORI Fondo de Inve~16n Socl.1 .FIS-. ~O: Quince mlllones de d61.res de los Est.dos Unldos de Amenca (US$15,OOO,OOO.00), h.st. velnte (20) .ftos, Incluyendo un periodo de grod. de tres (3) .i\os y trelnt. y clnco mlllones de d61.res de los Estados Unldos de Amenca (US$35,OOO,OOO.00) h.sta doce (12) .i\os, Incluyendo un periodo de gr,cl. de h.sta tres (3) .i\os, .mbos pl.zos cont.dos . p.rtlr de I. tech. del contreto de prOst.mo. PER10DO P! DESEMBOL50: Trelnta y sol. (36) meses, contados . p.rtlr de I. nrm. del contr.to de prest.mo. TASA D! INT!R!S: V.rl.ble: .) P.re I. porte del prest.mo que se nnonde con recursos ordln.rlos del BClE, 10 tasa
de Interes ,era I. est.blecldo por dlcho benco d. .cu.~o con su politico de t de Interes vlg.nte, con bese en el costo nn.nclero de dlChos recu~os o~lnorios mas un morgen. favor del BCIE, revisable trlmestrelmente; b) Pare I. p.rte d.1 prestomo que se nnoncle con recursos de p'"veedores, 10 ta.. de Interes sera establecld. p"r dlcho b.nco, de ocue~o con su polltlca de' t",., de Interes, con b.se en el costo de estos rrcU~ mas el dl'erencl.1 del BCIE, revisable t'mestrolmente. COM15I0N DE COMPRDMISD: No se cobrara. COMI51ONOE AUDlTOR1AYSUPERVlSIqN: U, cuarto del uno por clento (1/4 del 1%) sobre el monto del prestamo, pag.dera de un. sola vez, . nos tardar al momento del primer desembolso. ~ M,dl.nte cuotas semestrales, consecutlvas y en 10 p',slble Iguales, por los montos y en las 'echas q"e determine el BCIE, deblendo p.gar 10 prlmera C""t. una vez tr.nscurrldos cuarenta y dos (42) m"s" desde 10 'echo del contrato de prestamo.
CARGOS POR MORA: U,'a vez transcurrldos trelnta dias despues de 10 'e,h. en que entre en mora cu.lquler obllg,cl6n
de pogo por concepto de copltal, Intereses, co",lslones u otros corgos, el BCIE apllcora un reca~o por mora, conslstente en Incrementar el Interes o~ln.no en t.es (3) puntos porcentu.les sobre I. porcl6n de coplta' en mora, desde la 'ech. de venclmlento de 10 obllgacl6n hast. 10 'e"ha en que se e'ectue el pogo. ARTICULO 3. Cumpllmlento de 1.1 obllgaclonee de.lv.dll del cont,"to de pr'-tamo. La. amortlz.don.. de' copltal, pogo de Intereses y demos g.stos _adOS de .ste emprestlto estara a ca~o del Organlsmo EJecutlvo, por conducto del MlnlSlerio de Flnenz.. PUblicel, pore 10 cu.1 debera preyer las aslgnaclones ~puestarl;JS correspondlente. en cad. ejerclclo nscol, hasta 10 c.ncelacl6n total de i8 deuda. ARTICULO 4 V.encll. EI presente Decreto entrera en vlgencia el dia de su publlc;Jclon e" el dlarlO oflcl.l. R.MlTASE AL ORGANISMO V!CUTJVO PARA SU SANCI0N,PROMULGACION ~ PUBUCACION. . eMmDO !N !L PALACIO D!L ORGANISMO LEGISLATJVO, !N LA CIUDJ\D DE GUATeMALA, !L DIA DOS D!L M!S DE ABRIL D!L ANO DOS MI.~
nes --, &-.oRTIZACION: Que la Iglesia Cat61ica, Di6cesis de Suchitepequez-Retalhuleu, es una ent~ad cuyas activ~ades tienden a difundir valores morales y espirituales, qua radundan en benaficio da la sociadad guatemalteca, motivo por el cual el Estado de Guatemale, esta lIamado a proporcionarle todas las facilidades para el logro de suo objetivos; CONSIDERANDO: Que el Estado es propietarlo de la linca Inscrlta en el Segundo Reg1stro de la Propledad bajo el numero seis mil doscientos BeBenta y cinco (6265), folio doscientos veinte (220) dellibro trelntay clnco (35) de Retalhuleu; POR TANTO: En ejercicio de laB funciones que Ie confiere el articulo 183 Iiteraies e) y q) de la Constituci6n Polltica de'la Republica da Guatemala; y con fundamento en lOB artlculos 27 literal J) y 35 literal m) del Decreto 114-97 del Congraso.da la Republica de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 39 y40 numeral 10 del Acuerdo Gubemativo numero 382-2001, Reglamento Organico Intemo del Minlsterlo de'Finanzas Publlcas; 464, 703, 704, 705 Y 706 del becrato Ley numero 106, C6digo Civil; ACUDRDA: ARTICULO 1.- Otorgar en Usufructo 8 titulo gratulto por el plaza de clncuenta anos. con un valor estimado deSESENTA Y CU~TRO MIL NOVECIENTOS
MINISTERIO DE ~;,;, FINANZAS PUBLICAS, Acuerdase otorgar en UsuCructo a titulo gratuito a favor de la Iglesia Cat61ica, Di6cesis de Suchitepequez, Retalhuleu. la fincapropiedad del Estado, . ACUERDO GUBERNATIVO No. 196-2003 -, Guatemals,I9de marzode 2003 ; , I EI Presidente de la Republica, ,..,:-"j.,,:- CONSIDERANDO: ' ~i "',,1