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Decreto 12-2006

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 12-2006
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
2006

Diario de GENTEGOBIERNO

CentroAmérica MARCHAEN Director: Luis Eduardo Marroquin Godoy Decano de la Prensa CentroamericanaOrgano Oficial de la República de Guatemala

www.dca.gob.gt

NÚMERO 48

TOMO CCLXXIX Guatemala, LUNES 12 de junio de 2006

SUMARIO

ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 12-2006

ORGANISMO EJECUTIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS Acuérdase encargar la Organización de la Cuadragésima DECRETO NÚMERO 12-2006 Octava Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y de la Vigésima Segunda Reunión Anual de la EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Corporación Interamericana de Inversiones. CONSIDERANDO: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES Que es deber del Estado de Guatemala garantizar a los habitantes de la República la vida, laAcuérdase crear la Unidad del Patrimonio Culturallibertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona, así como velanInmaterial, que en lo sucesivo en el presente acuerdo se denominará la Unidad, la cual dependerá porque a través de sus instituciones se cumplan con los principios constitucionales.

presupuestaria y jerárquicamente de la Subdirección de las Culturas dependencia de la Dirección General CONSIDERANDO: de Culturas y Artes del Ministerio de Cultura y Deportes. Que el Estado debe priorizar los objetivos sociales y tomar como estrategia de Gobierno, la MINISTERIO DE RELACIONES atención de manera urgente, ágil y eficaz, las necesidades de la población, por medio deEXTERIORES disposiciones jurídico-especiales que permitan acelerar la ejecución de los programas yAJUSTE COMPLEMENTARIO AL CONVENIO BÁSICO DE COOPERACIÓN CIENTÍFICA Y proyectos públicos que se orienten a la atención básica de la población, así como a aquellas TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA instituciones que coadyuvan con alcanzar el bienestar social por medio de sus acciones REPÚBLICA DE GUATEMALA Y EL GOBIERNO humanitarias sin beneficio propio ni finalidades de lucro.

DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL

PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL PROYECTO CONSIDERANDO: TRANSFERENCIA DE TÉCNICAS EN SISTEMAS DE PRODUCCIÓN DE FRUTAS TROPICALES Que a través del Decreto Número 97-2005, este Organismo de Estado exoneró del pago delPARA GUATEMALA, SUSCRITO EL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2005. Impuesto al Valor Agregado y demás derechos arancelarios a la importación a la Municipalidad de Quetzaltenango, para que pudiera recibir, sin costo alguno, la donación de materiales y equipo para el proyecto de mejoramiento del sistema urbano de agua potable, provenientes del

PUBLICACIONES VARIAS Gobierno de la República de Japón, sin embargo, en el tiempo establecido en el decreto de referencia, no ingresaron a cabalidad los envíos realizados por el Gobierno de Japón, en JUNTA MONETARIA calidad de donación para la municipalidad indicada, siendo necesario la ampliación del referido RESOLUCION JM 62 2006 plazo.

CONSIDERANDO: ANUNCIOS VARIOS Que igualmente, la Municipalidad de Quetzaltenango ha recibido con beneplácito la donación Matrimonios Constituciones de sociedad de tres camiones, dos por el Club Rotario de Supertino, California, Estados Unidos de América,Modificaciones de sociedad Patentes de invención Registro de marcas Títulos y el último por la entidad NRECA de la Agencia Internacional para el Desarrollo -AID-, mismos supletorios Edictos Remates. que servirán para la recolección de basura y el último estará al servicio de la Empresa Eléctrica

Municipalidad de Quetzaltenango.

ATENCIÓN ANUNCIANTES: POR TANTO: IMPRESIÓN SE HACE En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 171 literal a) y con fundamento enCONFORME ORIGINAL lo preceptuado en el artículo 239, ambos de la Constitución Política de la República de Toda impresión en la parte legal del Diario deGuatemala.

Centro América, se hace respetando el original. Por lo anterior, esta Administración DECRETA: ruega al público tomar nota. Artículo 1. Se reforma el artículo 1 del Decreto Número 97-2005 del Congreso de la República de Guatemala, el cual queda así:Guatemala LUNES 12 de 2006 DIARIOMA CENTRO MERICAC

"Artículo 1. Se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado -IVA-, y demás ORGANISMO EJECUTIVOderechos arancelarios, a las importaciones de materiales, equipos e insumos, provenientes de la donación del Gobierno del Japón, para el Proyecto Mejoramiento del Sistema de Agua Municipal de Quetzaltenango, Segunda Fase, a partir de la vigencia de la presente Ley y hasta el mes de diciembre del año dos mil seis, inclusive, para cubrir con el destino exclusivo del proyecto en base a las notas de entendimiento del Gobierno de Guatemala, por conducto de la Cancilleria y el Gobierno del Japón, asimismo se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado MINISTERIO DE FINANZAS -IVA-, las compras locales financiadas por el Gobierno del Japón, de la donación de ochenta millones de quetzales (Q.80,000,000.00), hasta por un monto de seis PÚBLICASmillones quinientos mil quetzales (Q.6,500,000.00). Acuérdase encargar la Organización de la Cuadragésima Octava Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y de la Vigésima Segunda Reunión Anual de la Corporación Artículo 2. Se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado -IVA-, y demás derechos Interamericana de Inversiones. arancelarios a la importación, a favor de la Municipalidad de Quetzaltenango, de los tres camiones que se indican en la forma siguiente:

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 298-2006

1. Un Camión Marca White, Chasis Lch 20 ya, Año 1982, Números de Vehículo "VIN"

CN053480, Motor Cummins 240, donado por el Club Rotario de Supertino, California, Guatemala, 8 de junio del 2006. Estados Unidos de América.

2. Un Camión marca White, Chasis Lch 25 ya, Año 1978, Números de Vehículo "VIN" EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CT02310, Motor Cummins 230, donado por el Club Rotario de Supertino, California,

Estados Unidos de América. CONSIDERANDO:

3. Un Camión Lindero Marca Chevy C-70 Altec Boom, Año 1989, Modelo Que Guatemala suscribió el Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de

HD-880A-BB, Serie Número 0389-D1795, Números de Vehículo "VIN" Desarrolio, en la Ciudad de Washington, D. C., Estados Unidos de América, el 8 1GBM7D1G7KV108108 donado por la entidad NRECA de la Agencia Internacional de abril de 1959, el cual fue aprobado mediante Decreto Número 1310 del para el Desarrollo -AIDCongreso de la República de Guatemala, con vigencia a partir del 18 de diciembre de 1959, cuyo objeto es contribuir a acelerar el proceso de desarrollo económico y social, individual y colectivo, de los países miembros regionales en vías de desarrollo; Artículo 3. El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable de CONSIDERANDO: más de las dos terceras partes del número total de Diputados que integran el Congreso de la República, aprobado en un solo debate y entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. Que mediante Decreto-Ley Número 50-85, el cual cobró vigencia a partir del 5 de

junio de 1985, se aprobó la participación de Guatemala como país miembro de la Corporación Interamericana de Inversiones, la cual fue fundada con el objeto de complementar las actividades del Banco Interamericano de Desarrollo, con el REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y propósito de promover el desarrollo económico de los países miembros;

PUBLICACIÓN.

CONSIDERANDO: EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIECIOCHO DE MAYO DE DOS MIL SEIS. Que en Resolución AG-5/00, aprobada por la Asamblea de Gobernadores el 9 de junio de 2000, se estableció que a partir de ese año, la designación de la sede a la Reunión Anual se regiría por un sistema rotativo entre los países miembros, celebrándose una reunión en un país extrarregional cada tres años y en países regionales en los otros dos años; CONSIDERANDO: Que durante la Cuadragésima Sexta Reunión Anual de la Asamblea deJORGE MÉNDEZ HERBRUGER PRESIDENTE DE COMISIÓN PERMANENTE Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y la Vigésima Reunión Anual de la Corporación Interamericana de Inversiones, celebradas del 10 al 12 de abril de 2005, en la Ciudad de Okinawa, Japón, se emitió la Resolución AG-6705, del 12 de abril de 2005, mediante la cual se designó la Ciudad de Guatemala, sede de la Cuadragésima Octava Reunión Anual de la Asamblea de

Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y de la Vigésima Segunda Reunión Anual de la Corporación Interamericana de Inversiones, a celebrarse del 19 al 21 de marzo de 2007; MAURICIO NOHE CORADO FRANCISCO JAVIER DEL VALLE CONSIDERANDO: SECRETARIO SECRETARIO Que por la trascendencia y magnitud del evento se hace necesario, por una parte, integrar el equipo de trabajo encargado de la organización de las actividades del mismo y, por la otra, la constitución de un fideicomiso, como mecanismo financiero, para la administración e inversión de los recursos destinados para el financiamiento de la indicada Asamblea; POR TANTO: PALACIO NACIONAL Guatemala. cinco de junio del año dos mil seis En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y el artículo 35, literal r) de la Ley del Organismo Ejecutivo.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE ACUERDA: DE Artículo 1. Encargar la Organización de la Cuadragésima Octava Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y de la

REPUBLIC

Vigésima Segunda Reunión Anual de la Corporación Interamericana de Inversiones a: BERGER PERDOMO a) Los gobernadores titular y suplente por Guatemala ante el Banco GUATEMALA.C Interamericano de Desarrollo -BID-; b) Ministro de Relaciones Exteriores; c) Comisionado Presidencial para el seguimiento al Plan de Gobierno;

d) Comisionado Presidencial para el Turismo; e) Representante de la Presidencia de la República que será designado para el efecto. GENERALDE SECRETARY Articulo 2. Las personas a que se hace referencia en el artículo 1 de este Acuerdo, serán las responsables de la organización de la Cuadragésima Octava Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y de la Vigésima Segunda Reunión Anual de la Corporación Marla Antonieta de Bonilla Interamericana de Inversiones, a celebrarse en la Ciudad de Guatemala, del 19 al MINISTRA DE FINANZAS PUBLICAS 21 de marzo de 2007, y deberán contar con el apoyo de las instituciones del Estado que estimen necesario. De igual manera, cuando las necesidades lo(E-488-2006)-12-junio requieran, podrán delegar su representación en la persona que designen.

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