Decreto 1204 de 2025
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 1204 de 2025
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2025
DECRETO 1204 DE 2025
DIARIO OFICIAL AÑO CLXI NO. 53.308, BOGOTÁ D. C., 18 DE NOVIEMBRE DE 2025,
PÁG.10
DECRETO 1204 DE 2025
(noviembre 14) por el cual se modifica la planta de personal de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional – Casur. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, creada mediante el Decreto número 417 de 1955 y reglamentada por los Decretos número 3075 de 1955, 782 de 1956, 2343 de 1971, 2003 de 1984 y 823 de 1995, es un establecimiento público del orden Nacional, con autonomía administrativa y patrimonio independiente, adscrita al Ministerio de Defensa Nacional, con la misión principal de reconocer y pagar las asignaciones de retiro al personal de oficiales, suboficiales, personal del nivel ejecutivo, agentes y demás estamentos de la Policía Nacional que adquieran el derecho a tal prestación, así como la sustitución pensional a sus beneficiarios y desarrollar la política y los planes generales que en materia de servicios sociales de bienestar adopte el Gobierno Nacional respecto de dicho personal.
Que de acuerdo con el literal d) del artículo 76 de la Ley 489 de 1998, corresponde al Consejo Directivo de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (Casur) proponer al Gobierno nacional las modificaciones de la planta de personal de la entidad.
Directivo de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (Casur) proponer al Gobierno nacional las modificaciones de la planta de personal de la entidad.
Que el Consejo directivo de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía nacional (Casur), decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional, el ajuste y modificación de la estructura organizacional y la planta de la entidad, como consta en el Acta número 184 del 29 de marzo de 2023 y ajustes aprobados mediante acta 195 del 2 de octubre de 2024.
Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) emitió viabilidad preliminar de inicio de trámite a la modificación de la planta de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional – Casur, mediante oficio OFI2300162752 del 31 de agosto del 2023, de conformidad con el artículo 4°, numeral 11 del Decreto 2647 de 2022.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió viabilidad presupuestal a la presente modificación, el 3 de julio del 2024 con oficio 2-2024-035998, en cumplimiento de los artículos 71 del Decreto número 111 de 1996 (Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación), 16 de la Ley 2342 de 2023 y 2.8.1.9.3 del Decreto número 1068 de 2015.
Que la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (Casur), presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la
Decreto número 1068 de 2015.
Que la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (Casur), presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y conforme con los artículos 2.2.12.1., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, incluida la modificación al artículo 5º del Decreto número 498 del 2020, para efectos de modificar la plantaDECRETO 1204 DE 2025
de la entidad, encontrándolo ajustado técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable el 17 de septiembre de 2024 con oficio 20244000577501.
Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE), emitió previo concepto a la presente modificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto de austeridad 0199 de 2024, el 19 de noviembre del 2024 con oficio OFl24-00224776.
Que la presente modificación de planta cumple con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.5.2 del Decreto número 2365 de 2019 adicionado al Decreto número 1083 de 2015, que establece que el diez por ciento (10%) de los nuevos empleos derivados de modificaciones en las plantas de personal no exigirá experiencia profesional para el nivel profesional, con el fin de viabilizar la vinculación, al servicio público de los jóvenes entre 18 y 28 años.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
personal no exigirá experiencia profesional para el nivel profesional, con el fin de viabilizar la vinculación, al servicio público de los jóvenes entre 18 y 28 años.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Supresión de empleos. Suprimir de la planta de personal de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (Casur) los siguientes empleos:
Artículo 2°. Creación de empleos. Crear en la planta de personal de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (Casur), los siguientes empleos:
Artículo 3°. Planta de personal. La Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (Casur) cumplirá sus funciones con la siguiente planta de personal:
Artículo 4°. Provisión de cargos. La provisión de cargos creados en el artículo 2° del presente decreto deberá hacerse de manera gradual de conformidad con las disponibilidades presupuestales y dará cumplimiento a lo previsto en el artículo 71 del decreto 111 de 1996 y demás disposiciones sobre la materia.
Artículo 5°. Distribución de empleos. El director general de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (Casur) distribuirá, mediante acto administrativo, los empleos de la planta global a que se refiere el artículo 3° del presente decreto y los asignará teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes, los proyectos y programas de la Entidad, de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 6°. Protección de los derechos de carrera administrativa. Los empleados públicos con derechos de carrera administrativa a quienes se les suprime el cargo titular, comoDECRETO 1204 DE 2025
Entidad, de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 6°. Protección de los derechos de carrera administrativa. Los empleados públicos con derechos de carrera administrativa a quienes se les suprime el cargo titular, comoDECRETO 1204 DE 2025
consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, serán incorporados a empleos iguales o equivalentes de carrera en la nueva planta de personal.
Artículo 7°. Incorporación. La incorporación de los empleados públicos que a la entrada en vigor del presente decreto se encuentren vinculados a los que empleos que se suprimen, serán incorporac1os a la nueva planta de personal del artículo 3° que se adopta en el presente decreto, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Artículo 8°. Remuneración. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Artículo 9°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el Decreto número 4172 de 2007.
Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 14 noviembre de 2025.