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Decreto 122-1997-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 122-1997-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1997

Diario de Centro América Organo oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana TOMO CCLVIII Guatemala, martes 30 de diclembre de 1997 Director: Héctor Cifuentes Aguirre Administradora: Alma Liliana Garcia NUMERO 7 SUMARIO MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACIONCAPITULO UNICO OBJETO DEL IMPUESTO, HECHO Ampliase en la cantidad que se indica el Presupuesto deGENERADOR Y DEFINICIONES ORGANISMO LEGISLATIVO Ingresos y Egresos del Instituto Nacional de Bosques -INAB-, correspondiente al ejercicio fiscal 1997.ARTICULO 1. Objeto del Impuesto. Se establece un CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA impuesto anual cuyo hecho generador es la propiedad 0 posesión de un bien inmueble ubicado el territorio de la República DECRETO NUMERO 122-97 MINISTERIO DE EDUCACION de Guatemala, independientemente de que el inmueble se DECRETO NUMERO 124-97 Créase el Programa Temporal de Retiro Laboral deencuentre inscrito 0 no en el Registro de la Propiedad. Para los DECRETO NUMERO 125-97 Mutuo Acuerdo para los trabajadores que prestan sus efectos de la determinación del impuesto, se comprende terreno DECRETO NUMERO 126-97 y construcción en el área urbana y solamente extensión territo-servicios en el Ministerio de Educación.DECRETO NUMERO 127-97 rial en las áreas suburbana y rural DECRETO NUMERO 128-97 ARTICULO 2. Definiciones. Para efectos de la presenDECRETO NUMERO 130-97 ANUNCIOS VARIOS te ley, se entenderá por:

DECRETO NUMERO 131-97

DECRETO NUMERO 132-97 Matrimonios. Registro de derechos de autor. Constituciones a) Area urbana: Extensión territorial, en DECRETO NUMERO 134-97 de sociedad. Modificaciones de sociedad. Disolución de propiedad o posesión de personas viduales DECRETO NUMERO 135-97 sociedad. Registro de marca. - Títulos supletorios. ojuridicas, organizada en bloques O manzanas, Edictos. Remates. divididos en predios, delimitados por calles, ORGANISMO EJECUTIVO que presentan una continuidad física urbanizada y que soportan construcciones deFábrica La Elegante, S. A. -Balance General al 30 de diferente índole, con acceso y uso a uno O más MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS junio de 1997. servicios básicos. Acuérdase que para cumplir con lo establecido en el Banco de Exportación, S.A. Balance General Condenb) Area suburbana: Extension territorial, en Decreto número 122-97 del Congreso de la República,sado al 30 de noviembre de 1997. propiedad O posesión de personas individuales nueva Ley del Impuesto Unico sobre Inmuebles, el O jurídicas, en proceso de desarrollo de área Ministerio de Finanzas por conducto de la DirecciónBanco de Guatemala. Balance General al 30 de rural a área urbana, organizada o no en bloques General de Catastro y Avaluo de Bienes Inmuebles,noviembre de 1997. 0 manzanas, adyacentes ono a centros urbanos

en tanto se concluye el traslado de la administración que no tienen servicios básicos. de dicho impuesto a todas las municipalidades, debeORGANISMO LEGISLATIVO c) Area rural: Extension territorial, en atender al registro, la liquidación y el pago del impropiedad posesión de personas individuales puesto correspondientes a los inmuebles ubicados en CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA 0 jurídicas, en uso o no, con vocación agrícola, jurisdicción de las municipalidades que todavía no lo pecuaria, forestal O minera. estén administrando. DECRETO NUMERO 122-97 d) Servicios básicos: (i) Agua potable, pública Acuérdase prorrogar por el tiempo que se indica, la y domiciliar; (ii) Drenajes para aguas servidas vigencia del Acuerdo Gubernativo número 760-97, delEl Congreso de la República de Guatemala, y desechos sólidos; (iii) Energía eléctrica pública y domiciliar; y (iv) Urbanización de30 de octubre de 1997. calles trazadas, revestidas y conCONSIDERANDO: mantenimiento para su buen uso. MINISTERIO DE ECONOMIA Que es necesario modernizar la estructura y e) Control inmobiliario municipal: Es el administración tributarias, para establecer un sistema registro organizado a nivel municipal de los Acuérdase poner en vigencia la Resolución número 12-97técnico y eficiente, que simplifique la recaudación, bienes inmueblesy sus respecti vos propietarios (COMIECO IV), del Consejo de Ministros de Integra-administración, control y fiscalización de un impuesto 0 poseedores, elaborado de conformidad con

ción Económica. sobre la propiedad y posesión de bienes inmuebles, que las normas técnicas específicas y de Acuérdase publicar la Resolución número 9-97 propicie el desarrollo integral de los municipios y una procedimientos que se desarrollan en el (COMIECO IV), del Consejo de Ministros de mejor prestación de servicios a la sociedad en general, en reglamento de la presente ley. Integración Económica. el marco del cumplimiento y fortalecimiento de los f) Matrícula inmobiliaria municipal: Es la Acuérdase publicar la Resolución número 10-97 acuerdos alcanzados en el proceso de paz, codificación municipal que identifica al (COMIECO IV), del Consejo de Ministros de contribuyente por la propiedad o la posesión CONSIDERANDO: de un bien inmueble. Integración Económica. Que el Estado debe desarrollar un sistema de informag) Impuesto Unico sobre Inmuebles: El que Acuérdase publicar la Resolución número 11-97 (COMIECO IV), del Consejo de Ministros de ción nacional de registro y catastro, que defina la ubicanorma la presente ley y se podrá denominar ción geográfica de los inmuebles, proporcione certeza por sus siglas IUSI. Integración Económica. h) jurídica sobre la titularidad de la tenencia de la tierra y seZona homogénea: Espacio geográfico en el constituya en una fuente de informacion veraz y confiable, área urbana, suburbana 0 rural que presenta MINISTERIO DE GOBERNACION similares características físicas.

CONSIDERANDO: i) Hectárea: Medida de superficie equivalente

Apruébanse los estatutos de la Asociación Coordinadora a diez mil metros cuadrados. de Desarrollo Integral Comunitario -CODEICQue debe terminarse con el beneficio de la baja tributación que el actual régimen impositivo permite para las TITULO II tierras ociosas; y que tal ociosidad se grave con tipos DE LOS SUJETOS, LAS EXENCIONES, LA MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIALimpositivos iguales a los que rijan para tierras de laADMINISTRACION, BASE IMPONIBLE, misma clase que no son ociosas, de manera que, si las CALCULO E IMPUGNACIONES Apruébase el Convenio para la Administración de Fondos,mismas no se aprovechan adecuadamente, la carga tricelebrado entre el Ministerio de Salud Pública y butaria se hará más pesada para el responsable, CAPITULO I Asistencia Social y el Patronato de Asistencia Social DE LOS SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO del Hospital Roosevelt. POR TANTO, Y DE LA RESPONSABILIDAD En ejercicio de las atribuciones que le confieren los Intégrase en la forma que se indica, la ComisiónArtículos 171 literales a) c), 239 y 243 de la ConstituciónARTICULO3 De los sujetos pasivos del im puesto.Multisectorial de Alimentos de Consumo Humano. Política de la República de Guatemala, Para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley, se aplicarán los siguientes conceptos:

DECRETA: MINISTERIO DE COMUNICACIONES, TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS Son contribuyentes: Acuérdase que los Ministerios de la Defensa Nacional yLa siguiente:

de Comunicaciones, Transporte, Obras Públicas y LEY DEL IMPUESTO UNICO SOBRE INMUEBLES a) Las personas individuales o jurídicas propietarias Vivienda, deberán coordinar las medidas para hacer 0 poseedoras de bienes inmuebles tuados en el territorio efectivo lo dispuesto en el Artículo 152 del Decreto 72TITULO I de la República, independientemente de si los inmuebles DEL OBJETO DEL IMPUESTO se encuentran 0 noinscritos en el Registro de la Propiedad;90.134 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre 30 de 1997 NUMERO 7 b. Las copropiedades. las sociedades irregulares 0 de hecho, y los demás entes queelementos secundarios. En el caso de fincas filiales, en un regimen de propieda conformen la figura de sujeto pasivo del impuesto, aun cuando no tengan personalidadhorizontalmente dividida, la base imponible individual sera unicamente la superficie construidajurídica propia; en este caso y en todos aquellos en que existan áreas y servicios comunes, la administración dei condominio será responsable dei pago del impuesto por dichas areas y servicios, sobre la baseCI OS arrendatarios, usufructuarios y concesionarios de bienes inmuebies propiedad deiimponible de extension en metros cuadrados Estado. 1) Para determinar el monto a pagar por el terreno en las cabeceras municipales.Son responsables, las personas que sin tener caracter de contribuyentes, por su vinculacion contractual con estos, por disposición expresa de las leyes 0 por las atribucionesa) Se determina la ubicacion del terreno por clasificación A 0 B, segun is inherentes al cargo que desempeñan, deben cumplir las obligaciones derivadas de los bienes quemunicipalidad respectiva y de acuerdo a la tabla siguiente:

administren O dispongan. Tambien son responsables las personas jurídicas, cuando de acuerdoTabla 1. Clasificación de municipalidades para fines urbanos IUSI: con la presente ley 0 en virtud de contrato, resulten sujetas al cumplimiento de obligaciones ajenas aun cuando de las mismas no resulte obligación de pagar este impuesto. GUATEMALA Para los efectos de la presente ley. los contribuyentes podrán senalar un lugar especial para recibir notificaciones, distinto del inmueble pero siempre dentro de la jurisdiccion municipalMunicipalidades clasificacion A:Guatemala. Santa Catarina Pinula, San José Pinula, Mixco, en que este ubicado el mismo, debiendo comunicarlo por escrito a la municipalidad de la San Pedro Sacatepéquez, San Juan Sacatepéquez, Fraijanes, jurisdicción Amatitian, Villa Nueva, Villa Canales y Petapa. ARTICULO 4. Responsabilidad solidaria. Ademas de lo establecido en el artículo Municipalidades clasificacion B:San José del Golfo, Palencia, Chinautla, San Pedro anterior, son responsables solidaria y mancomunadamente con los obligados, por el pago del Ayampuc, San Raimundo y Chuarrancho. impuesto asi como de las multas generadas por su aplicación: EL PROGRESO a) Los albaceas, administradores 0 representantes de una mortual y los herederos O legatarios de los bienes inmuebles afectos; Municipalidades clasificación A:Guastatoya y Sanarate b) Los fiduciarios por los bienes inmuebles sometidos a fideicomiso hereditario; c) Los adquirentes por cualquier título de bienes inmuebles, por el impuesto y las multasMunicipalidades clasificacion B:Morazan, San Agustin Acasaguastlan, San Cristobal

que se adeuden a la fecha de la adquisicion; Acasaguastlán, El Jicaro, Sansare y San Antonio La Paz. d) Los representantes legales de las personas jurídicas; SACATEPEQUEZ e) Todos los obligados, respecto a los cuales se verifique un mismo hecho generador de laMunicipalidades clasificación A:Antigua Guatemala, San Lucas Sacatepéquez y Ciudad obligacion tributaria de esta ley. Vieja.

Municipalidades clasificación B: Para los casos de responsabilidad solidaria, se aplicarán los preceptos generales Pastores, Sumpango, Santo Domingo Xenacoj, Santiago establecidos en el Código Tributario y además las disposiciones especiales siguientes: Sacatepéquez, San Bartolomé Milpas Altas, Santa Lucia Milpas Altas, Magdalena Milpas Altas, Santa Maria de a) El cumplimiento de la obligacion puede ser exigido total O parcialmente a cualquiera de Jesus, San Miguel Dueñas, Alotenango, San Antonio los obligados, a eleccion de la municipalidad en donde esté ubicado el inmueble; Aguas Calientes, Santa Catarina Barahona y Jocotenango b) El cumplimiento total de la obligacion por uno de los obligados libera a los demás,CHIMALTENANGO quedando a salvo su derecho de repeticion para con los liberados; Municipalidades clasificación A:Chimaltenango, Tecpán Guatemala y El Tejar. c) El cumplimiento de un deber formal por parte de uno de los obligados no libera a los demás, cuando por disposicion legal especifica se exija que los otros obligados cumplan: d) Cualquier interrupcion o suspension de la prescripcion, a favor O en contra de uno de losMunicipalidades clasificación B:San José Poaquil, San Martin Jilotepeque, Comalapa. Santa

obligados O responsables, favorece O perjudica a los demas; Apolonia. Patzun. Pochuta, Patzicia, Santa Cruz Balanya, Acatenango, Yepocapa, San Andres Itzapa. Parramose) Las obligaciones del contribuyente fallecido, seran cumplidas por el administrador O Zaragoza. albacea de la mortual 0 por los herederos O legatarios, sin perjuicio del beneficio deinventario. ESCUINTLA CAPITULO II Municipalidades clasificacion A:Escuintla, Santa Lucia Cotzumalguapa, La Democracia, DE LAS EXENCIONES Siquinalá, Tiquisate, Puerto de San José y Palin. ARTICULO 5. Exenciones. Quedan exentos del pago de este impuesto, siempre y cuandoMunicipalidades clasificación B:Masagua, La Gomera, Guanagazapa. Iztapa, San Vicente los inmuebles sean destinados al cumplimiento de sus fines, las entidades siguientes: Pacaya y Nueva Concepcion. a) El Estado y sus entidades autonomas O descentralizadas. Se exceptuan los bienesSANTA ROSA inmuebles propiedad de personas juridicas formadas con capitales mixtos publicos yprivados, y las construcciones en inmuebles dados en arrendamiento. usufructo 0Municipalidades clasificacion A:Cuilapa, Barberena, Santa Rosa de Lima, Chiquimulilla concesion por el Estado; Nueva Santa Rosa. b) Las municipalidades y sus empresas; Municipalidades clasificación BCasillas. San Rafael Las Flores, Oratorio, San Juan Tecuaco, Taxisco, Santa Maria Ixhuatan, Guazacapan.c) Las universidades autorizadas para funcionar en el pais; Santa Cruz Naranjo y Pueblo Nuevo Viñas.

d) Las entidades religiosas debidamente autorizadas, siempre que los inmuebles se destinenSOLOLA al culto que profesan, a la educación O a la asistencia social, y que estos servicios se proporcionen de manera general y gratuita; Municipalidades clasificacion A:Solola, Panajachel, San Lucas Toliman y Santiago Atitian e) Las asociaciones y fundaciones no lucrativas de servicio social, debidamente constituidasMunicipalidades clasificación B:San José Chacaya, Santa María Visitacion, Santa Lucia y registradas, siempre que lleven contabilidad completa, esten inscritas como Utatlan, Nahuala, Santa Catarina Ixtahuacán, Santa Clara contribuyentes en el Registro Tributario Unificado, presenten declaracion jurada anual La Laguna, Concepcion, San Andres Semetabaj, Santa conforme lo que establece el artículo 54 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y que losCatarina Palopó, San Antonio Palopó, Santa Cruz La bienes inmuebles esten registrados a su nombre y se destinen a la educacion 0 a la Laguna, San Pablo La Laguna, San Marcos La Laguna, San asistencia social. Estos requisitos deben ser acreditados y podrán comprobarse por la Juan La Laguna y San Pedro La Laguna. municipalidad jurisdiccional o por el Ministerio de Finanzas Públicas;TOTONICAPAN f) Los centros educativos privados, autorizados por el Ministerio de Educacion en cuanto a su funcionamiento y los planes y programas de estudio; Municipalidades clasificacion A:Totonicapan g) La Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala y el Comité OlimpicoMunicipalidades clasificacion B:San Cristóbal Totonicapán, San Francisco El Alto, San

Guatemalteco; Andres Xecul, Momostenango, Santa Maria Chiquimula, Santa Lucia La Reforma y San Bartolo, h) Las misiones diplomáticas y consulares de los paises con que Guatemala mantiene relaciones, siempre que exista reciprocidad; QUETZALTENANGO i) Los organismos internacionales de los que forma parte Guatemala, por los bienesMunicipalidades clasificacion A:Quetzaltenango, Salcaja, Olintepeque, San Juan inmuebles que sean de su propiedad y cuando, de acuerdo con los respectivos convenios Ostuncalco, Almolonga, Colomba Costa Cuca, suscritos con el Gobierno de la República, se les haya otorgado la exención de impuestos; Coatepeque, Genova y Flores Costa Cuca. j) Las cooperativas, las federaciones y sus centrales de servicio y confederaciones deMunicipalidades clasificacion B:San Carlos Sija, Sibilia, Cabrican, Cajola, San Miguel cooperativas, legalmente constituidas activas, siempre que la totalidad de sus ingresos y Siguila, San Mateo, Concepcion Chiquirichapa, San Martin Sacatepéquez, Cantel, Huitán, Zunil, San Francisco Lasu patrimonio se destinen exclusivamente a los fines de su creacion y que de ninguna Union, El Palmar, La Esperanza y Palestina de los Altos.forma distribuyan directa O indirectamente beneficios, excedentes, utilidades 0 bienes a sus afiliados integrantes; SUCHITEPEQUEZ k) Las propiedades 0 bosques comunales, astilleros y parcialidades conservadas como tales,Municipalidades clasificacion A:Mazatenango, Cuyotenango, San Francisco Zapotitlán,antes de la vigencia de la presente ley. Santo Domingo Suchitepéquez, Samayac, San Antonio

CAPITULO III Suchitepéquez, Chicacao, Patulul, Pueblo Nuevo y Rio

DE LA BASE IMPONIBLE Y CALCULO DEL IMPUESTO Bravo.

ARTICULO 6. Base imponible y tipo impositivo del area urbana. La base del impuesto Municipalidades clasificacion B:San Bernardino, San José el Idolo, San Lorenzo, San Pablo para bienes inmuebles urbanos se determina por la sumatoria del cálculo del impuesto al terreno Jocopilas, San Miguel Panan, San Gabriel, Santa Barbara, y a la construccion En el area construida no se considera los muros perimetrales ni los San Juan Bautista, Santo Tomas la Union y Zunilito.NUMERO 7 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre 30 de 1997 135 Sector IA, IB y IC, de acuerdo al proceso de sectorizacion que realizará cada RETALHULEU municipalidad. En todos los casos, se multiplicará la extension. en metros cuadrados, por el tipo impositivo según la tabla siguiente.

Municipalidades clasificación A: Retalhuleu y San Sebastian. Tabla 2. Tipo impositivo. En metros cuadrados, por centros poblacionales, clasificacion y Municipalidades clasificacion B:Santa Cruz Mulúa, San Martin Zapotitlan, San Felipe, San sectores. En quetzales.

Andres Villa Seca, Champerico, Nuevo San Carlos y El Asintal. Sectores

I II III

SAN MARCOS Centro ClasificacionPoblacional Q/Mt.2 Q/Mt.2 Q/Mt.2

Municipalidades clasificación A: San Marcos, San Pedro Sacatepéquez, Malacatán y Ayutla. LA 0.75 0.50 0.25

Municipalidades clasificacion B: Municipios A

San Antonio Sacatepéquez, Comitancillo, San Miguel IB 0.65 Ixtahuacan, Concepcion Tutuapa, Tacaná, Sibinal, IC 0.55 Municipios B Tajumulco, Tejutla, San Rafael Pie de la Cuesta, Nuevo 0.40 0.30 0.15 Progreso, El Tumbador, El Rodeo, Catarina, Ocós, San 2) Pablo, El Quetzal, La Reforma, Pajapita, Ixchiguán, San Para determinar el monto a pagar del terreno, cuando está ubicado en aldeas ycaserios de los municipios.José Ojetenám, San Cristobal Cucho, Sipacapa, Esquipulas Palo Gordo, Rio Blanco y San Lorenzo. a) Se determina la ubicacion del terreno, en aldea 0 caserio y el sector I, II 0 III. queHUEHUETENANGO le corresponde según la tabla y las características siguientes. Luego se multiplica la extension, en metros cuadrados, por el tipo impositivo y se obtiene el monto aMunicipalidades clasificacion A:Huchuetenango pagar.

Municipalidades clasificacion B: Chiantla, Malacatancito, Cuilco, Nenton, San Pedro Necta, Tabla 3. Tipo impositivo. En metros cuadrados, por centros poblacionales, clasificación y Jacaltenango, Soloma, Ixtahuacan, Santa Bárbara, La sectores. En quetzales.

Libertad, La Democracia, San Miguel Acatan, San Rafael La Independencia, Todos Santos Cuchumatán, San Juan

Atitan, Santa Eulalia, San Mateo Ixtatán, Colotenango, San Sectores Sebastian Huehuetenango, Tectitán, Concepcion, San Juan I II III Ixcoy, San Antonio Huista, San Sebastian Joatán, Barillas, Centro Aguacatán, San Rafael Petzal, San Gaspar Ixchil, Santiago Q/Mt.2Poblacional Q/Mt.2 Q/Mt.2 Chimaltenango y Santa Ana Huista. Aldeas 0.10 0.08 0.05 EL QUICHE Caserios 0.08 0.05 0.03

Municipalidades clasificacion A: Santa Cruz del Quiche y Chichicastenango Características que determinan la sectorización de los terrenos urbanos en el nivel de municipios, aldeas y caserios. lunicipalidades clasificación B:Chiche, Chinique, Zacualpa, Chajul, Patzité, San Antonio Jilotenango, San Pedro Jocopilas, Cunen, San Juan Cotzal, Sector I: Goza de todos los servicios: agua potable pública y domiciliar, energia eléctrica Joyabaj, Nebaj, San Andres Sajcabaja, Uspantán, publica y domiciliar, drenajes ocultos, calles pavimentadas.

Sacapulas, San Bartolomé Jocotenango, Canillá, Chicaman, Ixcan y Pachalum Sector II: Goza de dos 0 mas servicios: agua potable pública, con energia eléctrica pública y no domiciliar, drenajes superficiales, calles adoquinadas.BAJA VERAPAZ Sector III: Goza de un servicio público: agua potable pública, sin energia eléctrica. sin Municipalidades clasificacion A:Salama. drenajes, calles de tierra.

Municipalidades clasificacion B: San Miguel Chicaj, Rabinal, Cubulco, Granados, El Chol, 3) Para determinar el monto a pagar por la construcción en área urbana.

San Jeronimo y Purulha. a)ALTA VERAPAZ Se determina el uso de la construccion: comercial, industrial 0 residencial y la clasificacion de la construccion en A, B, C O D, conforme a las tablas 4 y 5

Municipalidades clasificación A: Coban y San Pedro Carcha. siguientes. Luego se multiplica la superficie de construccion, en metros cuadrados, por el tipo impositivo y se obtiene el monto a pagar con base en la Municipalidades clasificacion B: construcción.

Santa Cruz Verapaz, San Cristóbal Verapaz, Tactic, Tamahu. Tucuru, Panzós, Senahu, San Juan Chamelco. Lanquin, Cahabon, Chisec, Chahal y Fray Bartolome de las Tabla 4. Tipo impositivo. En metros cuadrados de superficie de construcción, por Casas. clasificación y uso. En quetzales. EL PETEN Clasificación Comercial/Industrial Residencial Municipalidades clasificación A:Flores y San Benito Tipo Impositivo por Mt.2 Tipo Impositivo por Mt.2 A Municipalidades clasificación B: 6.00 4.00 San José, San Andres, La Libertad, San Francisco, Santa B 4.00 2.50 Ana. Dolores, San Luis, Sayaxche, Melchor de Mencos y C 2.50 1.50 Poptun. D 1.50 0.75 b) Característica para determinar la clasificacion con base en la construcción.

Municipalidades clasificacion A: Puerto Barrios y Morales.

Municipalidades clasificacion B: Livingston, El Estor y Los Amates. Tabla 5. Clasificacion de la construccion considerando cuatro variables: estructura, muros, entrepisos/cubierta y acabados.

ZACAPA

Municipalidades clasificacion A: Zacapa y Teculutan ENTREPISO/

ESTRUCTURA MUROS CUBIERTA ACABADOS CLASIFI CACION Municipalidades clasificación B:Estanzuela, Rio Hondo. Gualan, Usumatlan, Cabanas, San Diego. La Union Pluite. -Block Cimiento corrido -Ladrillo Uno 0 varios pisos: Con 0 sin A CHIQUIMULA y/o zapatas, -Concreto reforzado acabados columnas y vigas de-Madera aserrada Losa: concreto Municipalidades clasificacion A:Chiquimula y Esquipulas. cualquier material-Tabla-yeso refrozado. constructivo.

Municipalidades clasificacion B: San José la Arnda, San Juan Ermita, Jocotan, Camotan, Otro material Olopa, Concepc 5n Las Minas, Quezaltepeque, San Jacinto constructivo para Ipala. muros.

JALAPA -Block Municipalidades clasificacion A:Jalapa. Cimiento corrido -Ladrillo Máximo dos pisos: Con sin B y/o zapatas, -Concreto reforzado acabados Municipalidades clasificacion B:San Pedro Pinula, San Luis Jilotepeque, San Manuel columnas y vigas de-Madera aserrada Entrepiso: madera y/o Chaparron, San Carlos Aizztate, Monjas y cualquier material Tabla-yeso concreto reforzado.

Mataquescuintla. constructivo -Otro material (concreto, madera, Cubierta: lámina deconstructivo para JUTIAPA metal) cualquier material y 10muros. teja con cualquier Municipalidades clasificacion A: Jutiapa estructura que no sea de concrete reforzado.

Municipalidades clasificacion B: El Progreso, Asunción Mita, Santa Catarina Mita, Agua Blanca, Yupiltepeque, Atescatempa, Jerez, El Adelanto Zapotitlan, Comapa, Jalpatagua, Conguaco, Moyuta, Cimiento corrido -Block Un solo piso: Con O sin C Pasaco, San Jose Acatempa y Quezada. pines y/o columnas-Ladrillo acabados y vigas de cualquierMadera aserrada Cubierta: lamina de material -Otro material cualquier material y/o b) Una vez ubicado el terreno conforme a la tabla anterior. se determina el sector queconstructivo constructive teja con cualquier corresponde al mismo que puede ser I, II 0 III, según las caracteristicas que para

(concreto, madera, muros estructura que no sea seguidamente establecen la sectorización. En cl caso del Sector I de los metal) -Adobe de concreto reforzado. Municipios Clasificados A, cada municipalidad definirá si el terreno esta en136 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre 30 de 1997 NUMERO 7 -Adobe Sin cimientos y con-Plástico con o sin Un soio piso: Sin acabados D Departamento Codigo Municipio Codigo Categoria IUSI en columnas y vigas norefuerzo IUSI Q/Ha.

formales. -Madera aserrada Lámina de cualquier San Miguel Dueñas 13material. B 15.00 Alotenango 14 C 10.00 San Antonio Aguas Calientes 15 B 15.00 Santa Catarina Barahona 16 B 15.00 CHIMALTENANGO 04 Chimaltenango 01 B 15.00 San Jose Poaquil 02 Con base en la presente ley, la determinación del sector del terreno y su extensión, de la D 5.00 San Martin Jilotepeque 03 D clasificacion de la construcción, su extensión de superficie construida y uso, serán determinadas 5.00 Comalapa 04 D 5.00 por cada municipalidad con el apoyo técnico del Ministerio de Finanzas Públicas. Tambien se Santa Apolonia 05 D 5.00 podrá requerir la colaboración de otras entidades del Estado O de proyectos, cuyo campo de Tecpan Guatemals 06 C 10.00 trabajo así lo permita. Patzún 07 D 5.00 Pochuta 08 1) C Para determinar el impuesto total a pagar en área urbana: terreno y construcción. 10.00 Patzicia 09 D 5.00 Para determinar el impuesto a pagar por los inmuebles ubicados en área urbana, se suma el Santa Cruz Balanya 10 C 10.00 Acatenango 11 C monto establecido para el terreno con el monto establecido para la construcción. 10.00 Yepocapa 12 C 10.00 ARTICULO 7. San Andres Itzapa 13 Base imponible y tipo impositivo para las áreas suburbana y rural. C 10.00 Parramos 14 C 10.00

  1. Para el área suburbana Para el área suburbana, la base imponible será la extensión del Zaragoza 15 C 10.00 terreno, medida en metros cuadrados, sin considerar la construcción. Para cambiar de El Tejar 16 C 10.00

ESCUINTLA 05 Escuintlacategoria suburbana a urbana, el área deberá recibir al menos servicio de agua potable y 01 A 25.00 Santa Lucia Cotzumalguapa 02 un servicio público adicional. A 25.00 La Democracia 03 A 25.00 a) Para determinar el impuesto a pagar en área suburbana. La extensión del Siquinala 04 A 25.00 Masagua 05 terreno en metros cuadrados, se multiplica por el tipo impositivo, según la tabla A 25.00 Tiquisate 06 siguiente. A 25.00 La Gomera 07 A 25.00 Guanagazapa 08 A 25.00

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