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Decreto 124-1963

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 124-1963
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Familia
Año
1963

924 EL GUATEMALTECO. DIARIO OFICIAL NUMERO 85 nifiestamente imposible al demandado tener Articulo 242.-Si el solicitante hubiere sido tu Articulo 20.-Durante los días comprendidos delacceso carnal con la madre. for del menor, deberá presentar los doeu18 al 26 de abril de 1964 deberá procederse, enmentos en que conste que fueron aprobadas sus todo et territorio de la República, al levantamientoReconocimiento es acto Declarative cuentas y que los bienes fueron entregados simultance del VII Censo General de la Población II Censo de Vivienda y II Censo Agropecuario,Articulo 227.-E1 reconocimiento voluntario \ el Articulo 243. Los padres del menor. l. perso en la forma que lo disponga la Dirección Generaljudicial son actos declarativos de la paternidad na que ejerza la tutela deberán expresor se conde Estadistica. de conformidad con lo dispuestopor consiguiente. surten sus efectos desch to fo sentimiento para la adopción. en los artículos 26, 27 y 29 del Decreto Presidencialcha del nacimiento del hijo. No. 495, atendiendo el interés nacional y a lasEI Ministerio Público examinara las differences recomendaciones internacionales sobre el programaSobre la calidad de hijo no puede celebrarsesi no opusicre objeción alguna. el juez declarará del Censo de las Américas. transacción ni compromiso alguno: pero sí sobre loshaber lugar a la adopción y mandará que Se otor derechos pecuniarios. que puedan deducirse de lague la escritura respectiva.filiación. Articulo Bo.-Todos los habitantes de la República están obligados a suministrar los datos que pa-Articulo 244.-En la escritura de adoption de ra fines censales figuren en las respectivas bole-CAPITULO VI berán comparecer el adoptante y los padres tas de empadronamiento, cuando sean requeridos del menor, 0 la persona que ejerza la tutela. Fir-por el personal encargado de tales trabajos. Asi-DE LA ADOPCION mada la escritura, el menor pasa a poder del mismo, están obligados a desempeñar las comisioadoptante. lo mismo que los bienes SI los hubiere nes que se les confien en la preparación y ejecu-Concepto y el testimonio serán presentado al Registro Civil ción de los Censos. para su inscripción. dentro de los 15 días suguien Articulo 228.-La adopción es el acto juridico (istes a la fecha del otorgamiento. Articulo 40.-Los funcionarios y empleados delasistencia social por el que et adoptante toma (1) Estado, de las entidades autónomas, semiautónomo hijo propio a un menor que es hijo de otra per-Articulo 245 --Las disposiciones de este Codigo mas y municipales cuya colaboracóin sea solicita-sona. que regulan la patria potestad. su suspensión, per-da con motivo de los Censos, están obligados a dida rehabilitación regirán para in adepción en cooperar y a prestar sus servicios personales sin No obstante to dispuesto en el párrafo anterior.to que fueren aplicables. derecho a remuneración adicional, estando releva puede legalizarse la adopción de un mayor de edad dos de concurrir a sus labores habituales los días

con su expreso consentimiento, cuendo hubiere exis Cesación que les corresponda desempeñar tales comisiones,tido la adopción de hecho durante su minoridad y quedando en estos casos a las órdenes de la Articulo adopción termina Dirección General de Estadistica. Efectos sólo entre Adoptante y Adoprado mutuo consentimiento de adoptanteadop Articulo 50.-Por el órgano del Ministerio de Articulo 229.-Los derechos y obligaciones que tado. cuando éste haya cumplide la mayoria Economia se emitirá el Reglamento respectivo y nacen de la adopción, así como el parende edad: y. las disposiciones que corresponda para la prepara-tesco civil que se establece entre adoptante ackip ción y ejecución de estos Censos. tado, no se extienden a los parientes de uno u otro.20.--Por revocación. Articulo 60.-El presente Decreto entrará en V1Sin embargo, el adoptado y los hijos del adopRevocación gor el día siguiente de su publicación en el Diario tante. deben ser considerados, tratados V presenOficial. tados a las relaciones sociales. como hermanos: Artículo adopción puede revocarse pero entre ellos no existe derecho de sucesión re 10.--Por atentar el adoptado contra la vida y et Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de ciproca. honor del adoptante. su conyuge. ascendientes Guatemala, a primero de octubre de mil novecien0 descendientes: tos sesenta y tres. Artículo 230.-EL adoptante tiene respecto de la persona y bienes del adoptado. los mismos dere20.-Por causar maliciosamente al adoptante uns Publiquese V cúmplase.

chos y obligaciones que tienen los padres respectopérdida estimable de sus bienes: de la persona y bienes de los hijos. ENRIQUE PERALTA AZURDIA, 30. -Por causar 0 denunciar al adoptant impt. Jefe del Gobierno de la República, Artículo 231.-EI adoptado tendrá para con la tándole algun delito. excepto en causa propia Ministro de la Defensa Nacional persona del adoptante los mismos derechos ! ebli O de sus ascendientes. descendientes 0 cóngaciones de los hijos con respecto a sus padres. vuge: y. El Ministro de Gobernación, Patria Potestad del Adoptante 40.-Por abandonar al adoptante que se halle fist-LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA ca 0 mentalmente enfermo 0 necesitado de Articulo 232.-AI constituirse la adopción. el adop-asistencia. El Viceministro de Relaciones Exteriores, tante adquiere la patria potestad sobre of adopta encargado del despacho, do y éste tiene derecho a usar el apellido de aquél.Artículo 218.-La revocación será declarada DOC MAX KESTLER FARNES el tribunal, a solicitud del adoptante con interven Artículo 233.-La mayoria de edad del adoptadoción del Ministerio Público y de las personas que EI Ministro de Agricultura. no termina la adopción, pero pone fin a la patriaprestaron SU consentimiento para constitute la adop-CARLOS HUMBERTO DE LEON. potestad que sobre el ejerce el adoptante. ción.

El Ministro de Comunicaciones Adopción conjunta de Marido y Mujer Articulo 249. -La resolución que declare la be y Obras Públicas, vocación de la adopción, 0 la pérdida 0 suspenJOAQUIN OLIVARES M. Articulo 234.-EI marido V la mujer podrán adopsión de la patria potestad del adoptante,tar cuando los dos estén conformes en considerat obliga al juez a tomar inmediatamente las proviEl Viceministro de Economia. como hijo al menor adoptado. Fuera de este caso.dencias oportunas para que el menor vuelva al encargado del despacho, ninguno puede ser adoptado por más de una perpoder de sus padres si existieren, 0 quede bajo laEDUARDO PALOMO ESCOBAR sona. tutela de algun pariente hábil 0 del centro asis tencial que corresponda. El Ministro de Educacion Pública. También uno de los cónyuges puede adoptar at ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR hijo del otro. Rehabilitación El Primer Viceministro de Hacienda Adopción por el Tutor y Crédito Público,Artículo 250.-La rehabilitación del adoptante encargado del despacho, para el ejercicio de la patria potestad. deja en Articulo 235.-EI tutor no puede adoptar at ou FERNANDO JUAREZ RODAS. vigor la adopción en los términos establecidos en pilo mientras no hayan sido definitivamente aprola escritura respectiva

badas las cuentas de la tutela y entregarios los El Ministro de Salud Pública bienes al protutor. y Asistencia Social,Articulo 251. Las resoluciones judiciales Herencia del Adoptado ALFONSO PONCE ARCHILA.que se refieren los artículos anteriores, de berán certificarse para que el Registro Civil y deArtículo 236.-El adoptante no es heredero legal El Ministro de Trabajo yla Propiedad, en su caso, hagan las anotaciones del adoptado, pero éste si lo es de aquél. Previsión Social,respectivas JORGE JOSE SALAZAR VALDES Si el adoptado no es heredero. tendrá derecho it (Continuará) ser alimentado hasta la mayoria de edad. En caso de herencia testada, los alimentos solo DECRETO LEY NUMERO 124 se deben en la parte en que los bienes y el trabaDECRETO LEY NUMERO 1207jo del alimentista no alcancen a satisfacer sus ENRIQUE PERALTA AZURDIA,cesidades. ENRIQUE PERALTA AZURDIA,Artículo 237.--EI adoptado SU family Jefe del Gobierno de la República,ral conservan sus derechos de succesion ca. Si el adoptado falleciere antes que di advotionJefe del Gobierno de la República, CONSIDERANDO: te 0 renunciare la herencia (r fuere exclude de CONSIDERANDO ella, los hijos de aquél no tienen derecho de repre Que las Naciones Unidas han iniciado una cam sentación ni a ser alimentados por di adoptante paña de tipo internacional con el propósito deQue de conformidad con los articulos 26. 27 V 29 allegar fondos para los refugiados que tienen a sudel Decreto Presidencial 495, corresponde levantarArtículo 238.-EI adoptado que 800 menor cargo en diversos lugares del mundo, consistente

enda diez años Censos de Población, y Vivienda,de edad al morir el adoptante. vielve ai en la venta de un disco fonográfico grabado de Ca0a CHICO años el Censo Agropecuario, exis-der de sus padres naturales 6) tutor. COSTED manera gratuita por artistas de fama mundial. tiendo compromises convenios internacionales que ción de asistencia social que procediere obligan a nuestro pais a cumplir con el programa CONSIDERANDO: del Censo de las Américas, los cuales debieron Como se establece to Adoption haberse verificado en el año de 1960 Que con et objeto de reunir una cantidad mayor Articulo 239.-La adopción estable como producto de tal campaña, los encargados depor CONSIDERANDO escritura pública, previa aprobación de is di la misma han gestionado ante el Gobierno de la ligencias respectivas por et juez premium República la exoneración de los impuestos de im-Que los programs de desarrollo economics retancia competente. portación para 1,500 discos destinados a vendersequieren the un first conocimiento de la realidad en el pais; nacional la QUE S4 obtiene a través de los censos: Articulo 240.-La solicitud do CONSIDERANDO: que se hn recibido cooperación de organismos presentarse al juez de Primery internal enempler 002 of programs cen Que tal gestión es atendible por su contenido domicilio del adoptante sal. humanitario, altruista y absolutamente apolitico, POR TANTO Va que el problema de los refugiados es preocuSe acompañará a la solicitud la partida No pacion de todos los pueblos,

cimiento del menor y se propondrá el testimonio Con base en el articulo 30 de la Carta Funda. de dos personas honorables para acreditar las bue-mental de Gobierno. POR TANTO, nas costumbres del adoptante y su posibilidad ero nómica y moral para cumplir las obligaciones que en Consejo de Ministros En ejercicio de las facultades que le confiere el la adopción impone. artículo 30. de la Carta Fundamental de Gobierno, DECRETA: en Consejo de Ministros, Artículo 241.-Si el menor tiene bienes, el adopDECRETA: tante deberá presentar inventario notarial de Artículo 10.-E1 levantamiento de los censos de los mismos y constituir garantia suficiente a satis-población, Vivienda y Agropecuario se declara de Artículo 10.-Por esta sola vez, se exonera de facción del juez. interés nacional derechos e impuestos, tasas, cargos y sobrecargosNUMERO 85 EL GUATEMALIECO. DIAKIO OFICIAL J20 splicables, la importación de 1,500 ejemplares deltodos los requisitos de ley. a fin de que tales matrès de registro, extendida en la ciudad de Guadisco LP titulado All Star Festival, grabado portrimonios tengan efectos civiles. temala, actuando como Viceministro de Trabajo yPrevision Social, cargo que desempeña de conforlas Naciones Unidas para recaudar fondos para Comuniquese midad con las disposiciones contenidas en acuerdo los refugiados que tienen a su cargo en diversas gubernativo de fecha veinte de mayo de mil no.partes del mundo. LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA vecientos sesenta y tres; actuando en nombre del

Artículo 20.-El presente Decreto Ley entrará enEl Viceministro del Ramo, Ministerio de Trabajo y Previsión Social, por una NOE MONTENEGRO QUINONEZ. parte y por la otra, el señor Domingo Alejandrovigor el día siguiente de su publicación en el Moreira Martinez, de cuarenta y cuatro años de Diario Oficial. edad, casado, guatemalteco naturalizado, originario de la república de Cuba, se identifica con suDado en el Palacio Nacional: en la edudad de Nombrase fontanero de la Municipalidad de Olopa,cédula de vecindad A-uno de orden y registro dos-Guatemala, a los tres dias del mes de octubre deChiquimula. cientos cuarenta y ocho mil doscientos diez y seis,mil novecientos sesenta y tres. xtendida en esta ciudad capital el once de junio Publiquese y cumplase. Palacio Nacional: Guatemala, 6 de agosto dece mil novecientos cincuenta y nueve, de este do1963. micilio y vecindario, señalando para recibir notiEl Ministro de Gobernación ficaciones la séptima avenida numero diez-treinta y cuatro de la zona uno; quien actua en su calidadENRIQUE PERALTA AZURDIA, Jefe del Gobierno de la República, ACUERDA: de Presidente de las compañías: <Compañía Pesquera de Guatemala, Sociedad Anónima y Pes-Ministro de la Defensa Nacional. Nombrar al señor Manuel de Jesús Guerra Gi-ra, Sociedad Anónima, representación que ejerEl Ministro de Gobernación, rón, fontanero de la Municipalidad de Olopa, de-cita de conformidad con los nombramientos que en

LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. partamento de Chiquimula, plaza nueva. este momento presenta y que copiados literalmente Este Acuerdo surte sus efectos desde la fechadicen: «El infrascrito notario público, da fe de haber tenido a la vista el primer testimonio deE1 Viceministro de Relaciones Exteriores. de toma de posesión. bidamente registrado de la Escritura Pública de encargado del despacho, constitución de la sociedad Compañía Pesquera MAX KESTLER FARNES. Comuniquese. de Guatemala, S. A.- COPESGUA, autorizada El Ministro de Agricultura, LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. por el infrascrito notario en esta ciudad, con fecha quince de octubre de mil novecientos sesenta,CARLOS HUMBERTO DE LEON. El Viceministro del Ramo, así como los testimonios de las escrituras modiNOE MONTENEGRO QUINONEZ. ficativas de la primera y específicamente de laEl Ministro de Comunicaciones numero doscientos sesenta (260), de veintiséis de y Obras Públicas, diciembre de mil novecientos sesenta y uno, autoJOAQUIN OLIVARES M. rizada por el infrascrito notario, en que se enEl Viceministro de Economia, Hácese un nombramiento para la Penitenciaria decuentra el pasaje que literalmente dice: La Junta Puerto Barrios. Directiva fijará las atribuciones de sus miembros encargado del despacho, y ejecutará todo lo que acordare por medio de suEDUARDO PALOMO ESCOBAR. presidente 0 de su vicepresidente, quienes conjunEI Ministro de Educación Pública, Palacio Nacional: Guatemala, 6 de agosto deta 0 individual y separadamente, serán los repreROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. 1963. sentantes legales de ia Sociedad y sus personeros jurídicos, teniendo ambos también el uso de la raEI Ministro de Gobernación zon social y siendo responsables por su actuación El Primer Viceministro de Hacienda ante la propia Junta Directiva y la Junta Geney Crédito Público, ACUERDA: ral de Accionistas Tuve asimismo a la vista, el encargado del despacho, acta de la sesión de la Junta Directiva de dicha FERNANDO JUAREZ RODAS. Nombrar al señor Luis Jiménez González. guar-empresa, de fecha dos de noviembre de mil novedia de segunda clase de la Penitenciaria departa-cientos sesenta y uno, en que se encuentra el paEl Ministro de Salud Pública mental de Puerto Barrios, en sustitución del señorsaje que copiado literalmente dice: a) La y Asistencia Social, ALFONSO PONCE ARCHILA Héctor Avilio Fernández Ralda, quien renunció.Junta Directiva queda integrada en la siguiente Sueldo mensual 040.00. Partida numero 2-7-10-5-forma: Presidente: El señor Domingo A. Moreira Martinez. Y para que le sirva al señor DoEl Ministro de Trabajo y 017-22. mingo Alejandro Moreira Martinez de nombramien Previsión Social, Este Acuerdo surte efectos a partir de la fechato como presidente de la -Compañia Pesquera de

JORGE JOSE SALAZAR VALDES. de toma de posesión del nombrado. Guatemala, S. A.- -COPESGUA> y por consiguien. 10, como su legitimo personero y representante legal, extiendo la presente certificación en la ciu-Comuniquese. dad de Guatemala, a los trece dias del mes de MINISTERIO DE GOBERNACION LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA septiembre de mil novecientos sesenta y dos. -El infrascrito notario público da fe de haber tenido El Viceministro del Ramo, a la vista el primer testimonio debidamente regisNOE MONTENEGRO QUIÑONEZ. trado de la escritura pública de constitución de la Autorizase al señor sacerdote Prospero Penados sociedad Pesca, S. A.V, autorizada por el infrasdel Barrio, para que pueda celebrar matrimocrito notario en esta ciudad, con fecha veintisiete nios. de junio del año mil novecientos sesenta y que MINISTERIO DE TRABAJO Y Heva el numero ciento once (111) del protocolo del Palacio Nacional: Guatemala, 5 de agosto de año de mil novecientos sesenta. Da fe también de

1963. PREVISION SOCIAL haber tenido a la vista el testimonio debidamente registrado de la escritura pública ciento nueve EI Ministro de Gobernación, (100), autorizada por el infrascrito notario en es18 ciudad, el quince de mayo del año en curso, CONSIDERANDO: Apruébase el contrato número 13, suscrito entre lason la que se encuentra el pasaje que literalmente Compañias Pesquera de Guatemala, S. A. y Pes-d'ee: DECIMATERCERA: Del Presidente y del

Que por disposicion del Decreto Legislativo No.ca, S. A. y el Ministerio de Trabajo y PrevisiónVicepresidente: EI Presidente y Vicepresidente, con1862, corresponde a este Ministerio autorizar a losSocial, relativo a la capacitación técnica de per-junta 0 individual y separadamente, serán los reMinistros de Culto para que puedan celebrar ma-sonal guatemalteco en el aprendizaje de los as-presentantes legales de la Sociedad y sus persotrimonios con efectos civiles; pirantes a capitanes y maquinistas de barcosperos jurídicos, teniendo ambos también el uso de pesqueros. la razon social y siendo ambos responsables por Que a este Despacho se ha presentado el sacerSH actuación ante la propia Junta Directiva y la dote católico Próspero Penados del Barrio, habienACUERDO GUBERNATIVO No. 688 Junta General de Accionistas>, y el acta de la do llenado todos los requisitos que establece el sesion de la Junta Directiva de dicha sociedad, de Acuerdo Gubernativo de fecha 9 de julio de 1959,Palacio Nacional: Guatemala. 24 de septiembrefecha dos de noviembre de mil novecientos sesegún consta en el libro segundo de registros ade 1963. senta y uno, on que se encuentra el pasaje que li folio 202, teralmente dice: a) La Junta Directiva que.. POR TANTO, EI Jefe del Gobierno de la República, da integrada en la siguiente forma: Presidente: EI señor Domingo Moreira Martinez Y para CONSIDERANDO:ACUERDA: que le sirva al señor Domingo Alejandro Moreira

Martinez, de nombramiento como presidente de la Autorizar al senor sacerdote Próspero Penados Que de conformidad con lo estipulado en acuerdosociedad anonima Pesca, S. A.> y, por consiguiendel Barrio, para que pueda celebrar matrimonios.gubernativo numero 678, la Compañia Pesquera dete, como su legitimo personero y representante Guatemala, Sociedad Anónima debia obligarse me-debiendo llenar todos los requisitos de ley. a fin legal, extiendo la presente certificación en la ciudiante contrato a capacitar personal guatemaltecodad de Guatemala, a los veintisiete dias del mes de que tales matrimonios tengan efectos civiles.durante el término de tres años. Que segun se des-de febrero de mil novecientos sesenta y tres. prende de) contenido del contrato numero 13, sus-firma) Horacio Rodriguez G. Se encuentra elComuniquese. crito por la Compañia Pesquera de Guatemala, So-sello que dice: Horacio Rodriguez González, abociedad Anónima y Pesca. Sociedad Anonima y elgado y notario>. Convienen en ce'ebrar el contrate LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA Ministerio de Trabajo y Previsión Social, dichacontenido en las cláusulas siguientes: obligación consta en forma fehaciente, El Viceministro del Ramo, NOE MONTENEGRO QUINONEZ. POR TANTO, PRIMERA: Manit esta el señor Domingo Alejan

dro Moreira Martinez que de conformidad con 40 Con base en lo considerado y lo que preceptuanque para el efecto determina el acuerdo guberlos articulos trece del Código de Trabajo; 40. ynativo numero 678. de fecha siete de agosto del Autorizase al señor sacerdote Juan Indekeu, para50. del acuerdo gubernativo del 24 de diciembrecorriente año, publicado en el Diario Oficial el que pueda celebrar matrimonios. de 1957; 2o., incisos 1, 2 y 12 del decreto 1117 delveintiuno de agosto, también del año en curso, Congreso de la República, y acuerdo gubernativoviene por el presente acto 0 obligarse a capaciPalacio Nacional: Guatemala, 5 de agosto de número 678, tar personal guatemalteco durante el término de

1963. ACUERDA: tres años y para el efecto, lo llevará a cabo en la El Ministro de Gobernación, forma siguiente: 10.- Se compromete a organizar Articulo 10. Aprobar las seis cláusulas de queitn centro 0 cursos de capacitación técnicopráctico, CONSIDERANDO: consta el contrato número 13, suscrito entre las(1) et cual 0 en los cuales se dirigirá el aprendiCompañias Pesquera de Guatemala, Sociedad Ano-zaje de los aspirantes a capitanes y maquinistas Que por disposición del Decreto Legislativo No.nima y Pesca, Sociedad Anónima y el Ministerio do barcos pesqueras del tonelaje y caracteristicas

1862, corresponde a este Ministerio autorizar a losde Trabajo y Previsión Social. que poseen las unidades pesqueras que tienen en Ministros de Culto para que puedan celebrar maArticulo 20.-- presente acuerdo entrará en vi-operacion las empresas Pesca, S. A.- y Compatrimonios con efectos civiles; gor el dia siguiente de su publicación on el Dia-nia Pesquera de Guatemala, Sociedad Anónima Que a este Despacho se ha presentado el sacerrio Oficial. COPESGUA En el primer año 0 primer curso dote católico Juan Indekeu. solicitando d'cha autori de actividad (1963 a 1964). ingresaran seis (6) as racion y habiendo llenado todos los requisitos que Comuniquese pirantes a capitanes y seis (6) aspirantes a maestablece el Acuerdo Gubernativo de fecha 9 de ENRIQUE PERALTA AZURDIA. quinistas, en total doce (12) aprendices. En et seJulio de 1959, segun consta en el libro segundo de gundo año (1964 a 1965), ingresarán dos (2) aspiregistro a folio 200. EI Ministro de Trabajo y Previsión Social, rantes a capitanes y dos (2) asp rantes a maquiJORGE JOSE SALAZAR VALDES. nistas, en total cuatro (4) aprendices. En el ter POR TANTO. cer año (1965-1966), ingresará un (1) aspirant a CONTRATO NUMERO TRECE (13) Gonzalo capitán y un (1) aspirante a maquinista, en total

ACUERDA: Mejia Cigarroa, mayor de edad, casado, guatemal-dos (2) aprendices. La mitad de este numero de teco, abogado y notario, domiciliado y vecino deaprendices corresponderá a la sociedad Pesca, Autorizar al señor sacerdote Juan Indekeu, para esta ciudad capital, con cedula de vecindad núme-S. A.- y la otra mitad a la Compañia Pesquera pueda celebrar matrimonios, debiendo llenarTO A uno de orden y ciento un mil setecientos vein-de Guatemala, Sociedad Anónima» «COPESGUA».

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