Decreto 125-1996
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 125-1996
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1996
1470 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre 23 de 1996 NUMERO 51
CONSIDERANDO: DECRETO NUMERO 125-96Que el Convenio de financiación promueve un sistema de autodesarrollo que al corto plazo permite a los beneficiarios, mejorer sus condiciones de vida y que a medio y largo plazo integre, consolide y sostenga tal desarrollo, estableciendo la EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA base de un sólido tejido socioeconómico en el departamento de Alta Verapaz.
CONSIDERANDO: POR TANTO: Que el Gobierno de Guatemála suscribió el Convenio de Financiamiento entre la Comunidad Económica Europea y la Republica de Guatemala que contiene el En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, literal I) de la Programa de Desarrollo Rural en el Departamento de Totonicapán, Convenio ALA.
Constitución Política de la República de Guatemala. 94/81
CONSIDERANDO: DECRETA: Que el objetivo global del programa es promover un sistema de auto desarrollo que a corto plazo permita a los beneficiarios mejorar las condiciones de vida; yARTICULO 1. Se aprueba el convenio de financiamiento entre la que a mediano y largo plazo sostenga este desarrollo en el departamento de Comunidad Económica Europea y la República de Guatemala, que contiene el Totonicapán
Programa de Desarrollo Rural en el Departamento de Alta Verapaz, Convenio ALA 94/89, firmado en Bruselas el 22 de noviembre de 1994 y en Guatemala el 6 CONSIDERANDO: de enero de 1995. Que el programa constituye un apoyo al Gobierno de Guatemala para mejorar lasARTICULO 2. De conformidad con el artículo 5 del Acuerdo Gubernativo condiciones socioeconómicas y culturales de unas 340,000 personas que vivenNúmero 152-94 de fecha 18 de abril de 1994, el aporte correspondiente deberá en condiciones de marginalidad en ocho municipios de Totonicapán. ser incluido dentro del presupuesto de la Secretaria General de Planificación Económica SEGEPLAN, para el ejercicio fiscal de 1997.
POR TANTO: ARTICULO 3. La Contraloría General de Cuentas deberá practicar auditoria administrativa y financiera al Proyecto de Desarrollo Rural del Departamento de Alta Verapaz, ejecutado con fondos de dicho proyecto, incluyendo la contrapartida En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 inciso I) delCongreso de la República de Guatemala local, los costos de dicho examen deberán cargarse al proyecto en referencia DECRETA: ARTICULO 4. El presente decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable de más de las dos terceras partes del total de diputados que ARTICULO 1. Se aprueba el Convenio de Financiamiento entre la Integran el Congreso de la República y entrará en vigencia el día de su Comunidad Económica Europa y la República de Guatemala, que contiene elpublicacion en el diario oficial. Programa de Desarrollo Rural en el Departamento de Totonicapán, Convenio ALA
94/81, suscrito en Bruselas el 22 de noviembre de 1994. PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO, PARA SU SANCIÓN, PROMULGACION Y PUBLICACION. ARTICULO 2. El Organismo Ejecutivo, a través del Ministerio de Agricultura, deberá incluir en el presupuesto para el ejercicio fiscal 1997 la contrapartida quecorresponde a Guatemala, DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL ME DE NOVIEMBRE ARTICULO 3. La Contraloria General de Cuentas deberá practicar auditoria DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS. administrativa y financiera al Programa de Desarrollo Rural del departamento de Totonicapán ejecutado con fondos de dicho proyecto, incluyendo la contrapartida local, los costos de dicho examen deberán cargarse al proyecto en referencia. ARTICULO 4. El presente decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable de más de las dos terceras partes del total de diputados que integran el Congreso de la República y entrará en vigencia el día de sunpublicación en el diario oficial.
CARLOS ALBERTO GARCIA REGAS
PRESIDENTE PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO, PARA SU SANCION,
PROMULGACION Y PUBLICACION.
DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA
CIUDAD DE GUATEMALA. A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA(SI
ENRIQUE CLOSE ERAIN OLIVA MURALLES
SECRETARIO SECRETARIO
CARLOS ALBERTO GARCIA REGAS
PRESIDENTE
ENRIQUE ALEJOS CLOSE
or LA CHRAIN OLIVA MURALLES
SECRETARIO SECRETARIO
COMMISSOREPUBLICA
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PUBLIQUESE Y CUMPLASE 5/ PUBLIQUESE Y CUMPLASE
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ARZU IRIGOYEN ARZU IRIGOYER / last Reciandro Arévalo AlburezGuatemala.C.A. luis Alberto Reyes Mayen