🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 126-1983

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 126-1983
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Notariado
Año
1983

702 DIARIO DE CENTRO AMERICA.- Octubre 14 de 1983 NUMERO 31

POR TANTO, puede disponer que el mismo se continúe en forma Artículo 16.-Vigencia. E1 presente Decreto Ley, administrativa y viceversa. entrará en vigor a los quince días de su publicación En el ejercicio de las facultades que le confieEn el caso que el interesado decida proseguir elen el Diario Oficial. re el artículo 49 del Estatuto Fundamental de Gotrámite en forma administrativa, el notario deberá bierno, modificado por los Decretos Leyes númeenviar las actuaciones a la Sección de Tierras, para Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Guaros 36-82 y 87-83, los efectos consiguientes. temala, a los trece días del mes de octubre de mil Artículo 6°-Solicitud. El 0 los interesados, al novecientos ochenta y tres.

DECRETA: requerir los servicios del notario para la iniciaciónPubliquese y cúmplase.

Artículo 1°-Se aprueban los incrementos saladel expediente, lo harán bajo juramento, debiendo riales y creación de puestos solicitados oportunaaportar la siguiente información y documentos: General de Brigada mente por las Municipalidades de la República, a OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, a) Nombre exacto del 0 de los requirentes, yla respectiva Oficina de Personal, que hubieren Jefe de Estado. sus datos de identificación personal;quedado pendientes de dictamen de dicha depenb) Dirección del inmueble, cuya rectificación de El Secretario General de la Jefatura del Estado,dencia, la cual fue suprimida por medio del Dearea se solicita, con indicación de sus números MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ.

creto Ley número 44-83. registrales;Artículo 29-Las Municipalidades de la Repúblic) Relación del área que aparece inscrita en el E Ministro de Gobernación, ca que, se propongan incrementar salarios a su Registro de la Propiedad Inmueble, y la afirGUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL personal o crear nuevas plazas para el ejercicio mación de que la superficie real es inferior afiscal 1984, deberán ajustarse a su respectiva sila inscrita; tuación financiera y regirse por lo dispuesto en la d) Nombre y dirección del ingeniero medidor queLey de Servicio Civil. se proponga; y Artículo 39-E1 presente Decreto Ley entrará en DECRETO LEY NUMERO 126-83e) Certificación extendida por el Registro de lavigor el día siguiente de su publicación en el DiaPropiedad Inmueble que corresponda en lario Oficial. EL JEFE DE ESTADO, que conste la primera y la última inscripDado en el Palacio Nacional: en la ciudad de ciones de dominio del inmueble, cuya recCONSIDERANDO: Guatemala, a los trece días del mes de octubre de tificacion de área se pretende. Que es conveniente establecer un procedimiento mil novecientos ochenta y tres. Artículo 79-Medida. Recibida la solicitud, el nolegal adecuado, a efecto de que cuando el Estado, Publíquese y cúmplase. tario dictará resolución mandando medir el bien sus organismos, o sus entidades descentralizadas,

objeto de rectificación de área, para cuya finalidad,autónomas o semiautónomas, deban prestar conGeneral de Brigada nombrará al medidor propuesto por el solicitante, fesión 0 declaración de parte en los procesos juOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, quien deberá ser ingeniero civil colegiado activo, diciales, lo hagan mediante informe rendido al Jefe de Estado. profesional al que notificará el respectivo nombraTribunal competente por intermedio de sus repremiento, para su aceptación, hecho que se hará conssentantes legales; El Secretario General de la tar en el expediente, por medio de razón, que fir-Jefatura de Estado, CONSIDERANDO: marán el medidor y el notario.MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ. Artículo 8º-Informe. El medidor deberá presenQue para mantener el principio de igualdad de EI Ministro de Gobernación, tar informe de la medida realizada, dentro de los las partes en el proceso, sin limitar a los litiganGUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL quince días siguientes a la fecha en que se le hayates el derecho de aportar la prueba indicada en nombrado para el cargo respectivo, y a su informe, el considerando anterior, a la par de que se aseDECRETO LEY NUMERO 125-83 deberá adjuntar el plano del inmueble, en el que gure la eficacia procesal de la misma, se haceconste el área real del mismo. necesario dictar la disposición legal que así lo ae-Artículo 99-Notificación a colindantes. El inteEL JEFE DE ESTADO, termine,

resado en la rectificación, deberá consignar en su POR TANTO, solicitud, el nombre y dirección exacta de todos losCONSIDERANDO: colindantes del bien inmueble objeto de las diligenEn el ejercicio de las facultades que le confiecias, para que el notario les notifique, entregánren los artículos 49 y 26, inciso 14) del EstatutoQue existen bienes inmuebles de carácter urbano doles copias del acta de iniciación del expediente,Fundamental de Gobierno, modificado por los De-que, por diversas causas, figuran inscritos en el y del plano elaborado por el medidor. cretos Leyes números 36-82 y 87-83,Registro de la Propiedad, con areas mayores a las Artículo 10.-Publicaciones. En el caso de no poque real y fisicamente comprenden, discrepancias der cumplirse con los requisitos establecidos en el DECRETA: que se hace necesario corregir, mediante un proceartículo anterior, en lo relativo a las notificaciones, dimiento más ágil, que al mismo tiempo, garantice el notario lo hará constar, poniendo razón en el exArtículo 1°-Cuando en cualquier clase de prolos derechos de terceros y los propios intereses delpediente y dispondrá la publicación de un edicto en ceso judicial, se tenga interés en aportar como medio Estado; el Diario Oficial y en otro de los de mayor circu-de prueba la declaración de parte 0 confesión del CONSIDERANDO: lación en el país. El edicto deberá contener: Estado, de alguno de sus organismos, 0 de sus instituciones descentralizadas, autónomas 0 semiQue los procedimientos legales que en la actualia) Nombre del solicitante; autónomas, el interesado presentará con la solidad se aplican para resolver los problemas a que b) Objeto de las diligencias; citud, el interrogatorio correspondiente. El Juez se refiere el considerando anterior, resultan onec) Area real y área inscrita en el Registro de laprevia calificación del mismo, lo remitirá con rosos para los interesados, y dispendiosos en cuanto Propiedad Inmueble; oficio al representante legal de la institución a su tramitación, por la diversidad de dependencias d) Números registrales y dirección exacta del inde que se trate, para que lo constate como administrativas que tienen ingerencia en ellos, lo mueble, cuya rectificación de area se solicita; informe por escrito, con la firma y el sello que es conveniente solucionar, para cuyo propósito e) Citación a posibles opositores. de la entidad, dentro del término que le fije el es procedente dictar en ese sentido, la respectiva Tribunal, que no podrá ser menor de ocho días ni disposición legal, Artículo 11.-Oposición. Si dentro de los ocho mayor de quince días, contados a partir de la fechadías siguientes a la fecha de la publicación del edic-que reciba el interrogatorio la autoridad 0 funPOR TANTO, to, se presentaren oposiciones, el notario con lo cionario correspondiente. Los Tribunales en nin-actuado, remitirá las diligencias a la autoridad ad-gún caso podrán declarar confeso al Estado, 0 En el ejercicio de las facultades que le confiere elministrativa competente, para que se resuelvan las a sus organismos, ni a sus instituciones descentraartículo 49 del Estatuto Fundamental de Gobierno,mismas. En la misma forma, procederá si la opolizadas, autonomas 0 semiautónomas, en rebeldía modificado por los Decretos Leyes números 36-82 sición se presentare dentro de los ocho días, despuésde su representante legal, pero este tiene la obliy 87-83, de efectuadas las notificaciones a que se refiere gación de rendir el informe requerido, bajo su resDECRETA: el artículo 99 de esta Ley. ponsabilidad personal.Si la oposición se declarare sin lugar, la SecciónPara todos los demás aspectos no indicados en el Artículo 1°-Objeto de la ley. Los propietarios de Tierras, devolverá las actuaciones al notario, pa-párrafo anterior, tales como forma del interroga-de bienes inmuebles urbanos, cuya área física sea ra que continúe el tramite. torio, calificación, forma de las respuestas y cualmenor al area que aparece inscrita en los RegisSi la oposición fuere declarada con lugar, la nom-quier otro requisito deberá estarse a las normas tros de la Propiedad Inmueble, podrán solicitar brada dependencia administrativa, ordenará archipertinentes del proceso dentro del cual sea pro-ante notario, la rectificación del area de tales invar el expediente. movido el medio de prueba relacionado. muebles, en la forma y de acuerdo con el proceSi no se presentaren oposiciones. dentro del plaArtículo 29El representante legal del Estado, dimiento establecido en la presente Ley. 20 indicado, el notario lo hará constar en las dili-de sus organismos 0 de sus entidades descentraliArtículo 2°-Consentimiento unánime. Para que gencias. zadas, autónomas 0 semiautónomas, que omitiere la rectificación de un bien inmueble urbano, pueArtículo 12.-Audiencia al Ministerio Público. En rendir la declaración respectiva por vía de informe, da tramitarse en la vía notarial, se requiere el con-todos los casos de rectificación de área de inmuedentro del término que le senale el Juez, en la for-sentimiento unánime de todos los interesados. bles urbanos. será obligatoria la audiencia al Mi-ma indicada en el artículo anterior, será responSi alguno de los interesados, en cualquier monisterio Público, institución que deberá evacuarla, sable del Delito de Incumplimiento de Deberes ymento de la tramitación, manifestare oposición, el dentro del término de tres días. antes de dictarse la sancionado conforme lo prescrito en el artículo notario se abstendrá de seguir conociendo y dejan-resolución que ponga fin al expediente. do constancia en el expediente, remitirá lo actuado Artículo 13.-Resolución. Llenados los requisitos 419 del Código Penal. Para los efectos del caso, el Tribunal que hubiere solicitado el informe omi-a la autoridad administrativa correspondiente. En anteriores, el notario dictará resolución, declarandotido, de oficio y con notificación al Ministerio Pú- estos casos, el notario tendrá derecho a percibircon lugar la rectificación, y haciendo constar la ex-blico. certificará lo conducente al Juzgado del Ralos honorarios que se hayan pactado, 0 los que dis-tensión que efectivamente le corresponde al inmue-mo Penal que corresponda.ponga el respectivo Arancel. ble, así como las medidas lineales y los nombres Artículo 39-Autoridad administrativa. Para los de los colindantes. Artículo 39-El presente Decreto Ley entrará en efectos de la aplicación de la presente Ley, la auArtículo 14.-Testimonio e Inscripción. Dictada vigor a los ocho días de su publicación en el Diatoridad administrativa será la Sección de Tierras,la resolución a que se refiere el artículo anterior. rio Oficial. de la Escribanía de Gobierno. el notario extenderá testimonio con duplicado. el Artículo 49-Actuaciones y resoluciones. Todas cual deberá comprender la resolución. el informe Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de las actuaciones se harán constar en Acta Notarial, del medidor, la opinion del Ministerio Público y el Guatemala. a los trece/ días del mes de octubre de salvo las resoluciones que serán de redacción displano respectivo. Con base en el testimonio a que mil novecientos ochepta y tres. crecional. pero deben contener lo siguiente: a) Dise refiere este artículo, el Registro de la Propiedad rección de la oficina del notario; b) Lugar y fecha:Inmueble, deberá efectuar las operaciones corresPublíquese y cúmplase.

c) La disposición razonada que se dicte, la firmapondientes a la rectificación del área del inmueble. General de Brigaday el sello del notario. Artículo 15.-Archivo del expediente. AI extenOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Los avisos o publicaciones, deberán llevar la dider el testimonio, el notario pondrá razón en el exJefe de Estado.rección de la oficina del notario. pediente, indicando esa circunstancia, y dentro de Artículo 59-Opeión al tramite. Los interesados los cuarenta y cinco días siguientes a esa fecha, lo El Secretario General de la tendrán opción a acogerse al tramite notarial 0 al remitirá al Archivo General de Protocolos. para su Jefatura de Estado. trámite administrativo del expediente. según sus archivo. La omisión del envío de las diligencias, MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ. intereses. dentro del plazo indicado, hará incurrir al notario, En todo caso, no obstante haber iniciado el trá- en una multa de Q25.00. que le impondrá el DirecEl Ministro de Gobernación. mite notarial, el interesado en cualquier momento,tor del Archivo General de Protocolos. GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL

Consultar sobre este documento ...