Decreto 13-1971
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 13-1971
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 1971
El Guat BIBLIOTECA maltero 03 DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA # GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24418 Impreso en Diarlo de CentreRegistrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el N°.749. América: 9a. Av. 11-34, Zona 1.
DIRECTOR: ALBERTO ARRIOLA LIGORRIA TOMO CXC GUATEMALA, MIERCOLES 7 DE ABRIL DE 1971 NUMERO 95
ORGANISMO LEGISLATIVO nutricionales son múltiples, que tienen una gran te. y las partidas correspondientes figurarán en el complejidad y que se encuentran ubicados en difePresupuesto General de Gastos de la Nación. DECRETO NUMERO 13-71. rentes sectores del desarrollo, especialmente en la Artículo 80.-EI Ministerio de Educación, deberá agricultura. la economía, la educación y la salud. asesorarse del Departamento de Nutrición de la Di ORGANISMO EJECUTIVO lo cual obliga a considerar a los programas multi visión Materno Infantil V Familiar, de la Dirección sectoriales coordinados, como la base de la prevenGeneral de Servicios de Salud, así como del Insti MINISTERIO DE EDUCACION ción y el control de los problemas nutricionales: tuto de Nutrición de Centro América y Panamá
(INCAP).
CONSIDERANDO: Artículo 90.-Este Decreto entrará en vigor treinModificase el Artículo 34 del Acuerdo Gubernativo ta días después de su publicación en el Diarionúmero 55 del 10. marzo de 1968 (Reglamento Que una de las formas de contribuir al desarrollo. Oficial General del Instituto Nacional de Bellas Artes) es luchar contra la desnutrición proteico-calórica, Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaciónin la forma que se indica. velando por la adecuada alimentación del niño: y cumplimiento, Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en MINISTERIO DE ECONOMIA CONSIDERANDO: la ciudad de Guatemala, a los once dias del mes de febrero de mil novecientos setenta y uno.
Otórgane a la Sociedad "Manufacturas Textiles Que existen medios suficientes para llevar a buen Centroamericanas, Compañía Limitada" (MAfin esa lucha, sin causar mayor gravamen en la MARIO A. SANDOVAL ALARCON, TEX). exoneración del 70% del Impuesto de Eseconomia de los obligados a participar en ella; Presidente. tabilización Económica, sobre los rubros que se
detailan. CONSIDERANDO: HECTOR ANDRADE URREJOLA,
Primer Secretario. MINISTERIO DE HACIENDA Que debe emitirse una ley que regule dicha obligación, CESAR AUGUSTO DAVILA M.,
POR TANTO,
Y CREDITO PUBLICO Segundo Secretario. En uso de las facultades que le confiere el articuPalacio Nacional: Guatemala, 31 de marzo de Exonérase a la Cerveceria Centroamericana, S. A., lo 170 de la Constitución de la República, mil novecientos setenta y uno.
del pago del impuesto fiscal correspondiente, SOPubliquese y cumplase. bre to cajas de cerveza. que donará la referida DECRETA: Cerviceria al Comité Central de Acción Social CARLOS ARANA OSORIO. para su venta durante la celebración de la SeLa siguiente mana del Ganadero. El Ministro de Educación, Ley de Refacción Escolar Rural ALEJANDRO MALDONADO AGUIRRE MINISTERIO DE RELACIONES Artículo 10.-Se crea la obligación de suministrar El Ministro de Salud Pública y EXTERIORES refacción 0 complemento alimentario a todos los Asistencia Social alumnos de los centros rurales de enseñanza priJOSE TRINIDAD UCLES. maria de toda la República. Dicho complemento Convenio formal por Canje de Notas entre el Goconsistirá diariamente y como minimo, en un vaso bierno de los Estados Unidos de América y el de leche 0 incaparina u otro producto de valor nuGobierno de Guatemala. sobre la exportación de ORGANISMO EJECUTIVOtritivo similar. El uso de otros productos de alto carne de ganado guatemalteco hacia aquel país.valor nutritivo deberá estar normado por el Regla ANUNCIOS VARIOS mento que se emitirá. para el efecto y el cual será elaborado por el Departamento de Nutrición de la División de Salud Materno Infantil de la Dirección MINISTERIO DE EDUCACION Título supletorio. Registro de marcas. ReGeneral de los Servicios de Salud del Ministerio de mates. Salud Pública y Asistencia Social, de acuerdo con Modificase el Articulo 34 del Acuerdo Gubernativo
las recomendaciones nutricionales diarias elaboranúmero 55 del 10. marzo de 1968 (Reglamento Compañia Comercial e Industrial Electrolux, S. A.,das por el Instituto de Nutrición de Centro América General del Instituto Nacional de Bellas Artes) Guatemala. C. A., balance general al 31 de diy Panamá (INCAP). en la forma que se indica. ciembre de 1969. Artículo 20.-En los centros de enseñanza sostenidos por el Estado en las aldeas y caserios, la re ACUERDO NUMERO 26. Plantaciones de Hule Goodyear, S. A., balance ge facción 0 complemento alimentario escolar estaráneral diciembre 31. 1969. a cargo del Ministerio de Educación, que podrá CO El Presidente de la República, "Banco Granai & Townson, S. A." balance generalordinar este programa con instituciones nacionales condensado al 30 de junio de 1970. 0 extranjeras y dictará las disposiciones atinentes CONSIDERANDO: de acuerdo al Reglamento respectivo enumerado en Que por Acuerdo Gubernativo No. 55 de primero Empresas Taylor de Guatemala, S. A., balance ge.el articulo anterior. neral marzo 31. 1970. Articulo 30.-En las escuelas de las empresas inde marzo de 1968. se emitió el Reglamento General dustriales y agricolas, situadas fuera de los centrosdel Instituto Nacional de Bellas Artes, que es una Alimentes para Animales, S. A., balance generalurbanos y en las de fincas rústicas particulares, se-entidad dedicada a la formación de profesionales e
investigadores del Arte, en todas sus manifestacio-a 31 de marzo de 1970. rán los propietarios los que obligatoriamente y en forma gratuita suministren el complemento alimen-nes; Crédito Hipotecario Nacional, Departamento de CONSIDERANDO: tario. Capitalizacion. balance general al 31 de julio deCuando los alumnos de varias empresas 0 fincas Que en dicho Acuerdo se fijó un término no ma-1970. particulares concurran a la misma escuela, el financiamiento del programa de refacción 0 comple-yor de dos años, a partir de la vigencia del Regla Financiera Industrial y Agropecuaria, S. A., (FIAmento para extender titulos 0 diplomas para acredi-mento alimentario será compartido en forma proSA), balance condensado al 31 de julio de 1970. tar debidamente su calidad profesional a artista porcional por los propietarios de dichas empresasde relevantes méritos, pero se ha demostrado que fincas. Artículo 40.-El Departamento de Nutrición de lael plazo otorgado no ha sido suficiente para aprove char esas facilidades, por lo cual es necesario am ORGANISMO LEGISLATIVO Division de Salud Materno Infantil de la Dirección General de los Servicios de Salud del Ministerio depliarlo; POR TANTO Salud Pública y Asistencia Social, proporcionará la orientación y supervisión técnica que sea necesariaCon base en el inciso 4o. del Artículo 189 de la DECRETO No. 13-71 para el mejor desarrollo del programa, el cual de-Constitución de la República,berá contar con el número adecuado de nutricionistas y el equipo necesario para poder complir saACUERDA: Congreso de la República de Guatemala,tisfactoriamente con la aceptación de esta responsabilidad. Articulo 10.--Se modifica el Artículo 34 del AcuerCONSIDERANDO: Artículo 50.-Los propietarios de las empresas 0 do Gubernativo No. 55 de primero de marzo de fincas a que se refiere el artículo 30. de la presente1968 (Reglamento General del Instituto Nacional de Que una de las causas por las cuales el país noley. que contravengan esta disposición, seran san Bellas Artes), en la forma, siguiente: ha bleanzado su desarrollo integral, es la desnutricionados con una multa igual al costo, más WERE ción proteico-calórica. que constituye el problemade los servicios a que esta ley obliga y que se nor "Artículo 34. -Durante un término no mayor de nutricional más importante y que afecta a los niños,mara por el Reglamento respectivo, la cual será cuatro años el Instituto podrá extender el Titulo especialmente en áreas rurales; impuesta por la autoridad judicial correspondiente.de Maestro en una de las ramas del arte, a los Con el producto de estas multas se formará tin fonartistas de relevantes méritos para acreditar su CONSIDERANDO: do privativo a disposición del Ministerio de Educa-calidad profesional. Para ello se tomará en con ción, para los fines del artículo 20. de esta key. sideración el historial de las actividades del ar Que Guatemala muestra en general una disponiArticulo 60.-Los Supervisores de Educacion y el tista obtenido en el pais y en el extranjero".
bilidad de alimentos deficiente. no sólo de aquellos personal de Salud que se designe, así como los al de alto valor nutritivo. sino también los de alto caldes municipales y auxiliares, quedan obligados Artículo 20. EI presente Acuerdo entra en vigor contenido calórico, que deben estar afectando la a velar por el cumplimiento de esta ley, debiendoal dia siguiente de su publicación en el Diario Oficapacidad energética de la gran mayoria de la Paen caso de infracción, informarlo a la autoridad cial. blación; respectiva. Comuniquese.
CONSIDERANDO: Articulo 70.-Los gastos que ocasione al Estado la ARANA O, aplicación de la presente ley. serán a cargo delE! Ministro de Educación.
Que los factores condicionantes de los problemasrame de Educacion y Salud Pública, respectivamen-ALEJANDRO MALDONADO AGUIRRE, BEI CONCE