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Decreto 13-1986

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 13-1986
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Laboral
Año
1986

Diario de Centro América

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA DIRECTOR

TELEFONO DE DIRECCION 24-4-17 LUIS MENDIZABAL R. FUNDADO EL 2 DE AGOSTO DE 1880

TELEFONO DE REDACCION 20-4-12 TIPOGRAFIA NACIONAL, 18 CALLE 6-72, ZONA 1 TELEFONO DE ADMINISTRACION: 24-4-18

TOMO CCXXVIII GUATEMALA, JUEVES 27 DE FEBRERO DE 1986 NUMERO 24

Banco de los Trabajadores, Balance General Conel treinta y uno de diciembre de mil noveSUMARIO densado al 31 de diciembre de 1983. cientos ochenta y cinco. Empresas Interpac, S. A. (Guatemala, C. A.).- Para efectos del ajuste de las liquidaciones ORGANISMO LEGISLATIVO Balance General al 31 de diciembre de 1980. mencionadas en el párrafo anterior, el cálculo del pago de los impuestos deberá hacerse apliCONGRESO DE LA REPUBLICA DE cando a las importaciones una tasa de cambio cero y si resulta diferencia entre la primers GUATEMALA liquidación y esta segunda, tal diferencia será ORGANISMO LEGISLATIVO reintegrada mediante sistema de Vale Aduanal, DECRETO NUMERO 13-86 previa audiencia de la Contraloria de Cuentas." Artículo 39-Se deroga el artículo 4°, del DeORGANISMO EJECUTIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE creto-Ley 146-85.

GUATEMALA Artículo 49-E1 presente decreto entrará en vlMINISTERIO DE LA DEFENSA gencia el mismo día de su publicación en el Dia-DECRETO NUMERO 13-86 NACIONAL rio Oficial. Congreso de la República de Guatemala, Pase al Organismo Ejecutivo para su publi-Apruébase el Contrato Individual de Trabajo nú- mero 2-86. mediante el cual el Ingeniero Julio cación. Roberto Almengor Choy, se comprométe a presCONSIDERANDO: tar sus servicios al Ejército de Guatemala. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo. Que al emitirse el Decreto número 10-86 del en la Ciudad de Guatemala. a los veintisiete d'as Congreso de la República, se omitio establecer que del mes de febrero de mil novecientos ochenta MINISTERIO DE GOBERNACION la tarifa arancelaria y demás impuestos aplicay Beis. bles a la importación de las mercancias excepApruebase el funcionamiento de in entidad "Funcionadas de la aplicación del Decreto-Ley número dación Cristiana para el Desarrollo de In Educa149-85, debiera ser la vigente hasta el 31 de diALFONSO ALONSO BARILLAS, ción en América Latina" -FUNDACEDE ciembre de 1985, omisión que es necesario corregir Presidente en Funciones. emitiendo en tal sentido la respective disposición legal,

MINISTERIO DE FINANZAS JOSE FERNANDO LOBO DUBON.

POR TANTO, Tercer Secretario. PUBLICAS En ejercicio de las facultades que le confiere

Concédese la exoneración que se menciona, a favorel literal a) del articulo 171 de la Constitución MARINA DE MARTINEZ MONT, del Reverendo Donald Hoye Martin. Politica de la República de Guatemala, Séptimo Secretario. Prorrógase los efectos del Acuerdo Gubernativo Palacio Nacional: Guatemaia. veintisiete de fede fecha 21 de agosto de 1980, por medio del DECRETA: brero de mil novecientos ochenta y seis. cual se concedió la exoneración que se expresa a la Iglesia Evangélica "Jesús Viene". Artículo 19-Se modifica el artículo 1° del Decreto número 10-86 del Congreso de la República, Publiquese y Cúmplase. que reforma el artículo 40 del Decreto-Ley nú- MINISTERIO DE ECONOMIA mero 149-85, para que su segundo párrafo quede redactado en la forma siguiente: CEREZO AREVALO. Acuérdase excluir de la lista contenida en el artículo 19 del Acuerdo Gubernativo número "Se exceptúan de esta disposición todas las 826-85, relacionado con precios tope, los pro-mercancias embarcadas antes del uno de enero El Ministro de Finanzas Públicas. ductos que se indican. de mil novecientos ochenta y seis, cuyas pó- RODOLFO ERNESTO PAIZ ANDRADE lizas de importación sean aceptadas a más tardar MINISTERIO DE COMUNICACIONES. el veintiocho de febrero de mil novecientos ochenta y seis, siempre que este extremo se

TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS compruebe con el respectivo conocimiento de embarque, carta de porte y/o guía aérea exNómbrase al serbre Entire dill'erto Fermindez pedido - al lugar de certificate pur lp ORGANISMO EJECUTIVO Escobar, Subdirector General de Radiodifusión. empresa porteadora, y que la tarifa arancelaria y demás impuestos de importación que se les Nombrase al señor Jorge Cesar Quezada Sierra, aplique sean los vigentes hasta el treinta y uno Jefe de Compras en la Dirección General de de diciembre de mil novecientos ochents y MINISTERIO DE LA DEFENSA Caminos. cinco." NACIONAL Artículo 29-Se adiciona un párrafo final al priMINISTERIO DE TRABAJO Y mer párrafo del artículo 2° del Decreto número Apruébase el Contrato Individual de Trabaje nú- 10-86 del Congreso de la República, para que mero 2-86, mediante el cual el Ingeniero Julio PREVISION SOCIAL dicho artículo quede redactado en la siguienteRoberto Almengor Choy, se compremete a pres-forms: Nómbrase al Doctor Julio Francisco Penados del tar sus servicios al Ejército de Guatemala Barrio, Gerente del Instituto Guatemalteco de "Artículo 29-Se autoriza al Organismo EjeSeguridad Social cutivo para que, a través del Ministerio de Fi-Palacio Nacional: Guatemala, 20 de febrero de nanzas Públicas y a solicitud de los interesados,1986. proceda a ajustar las liquidaciones de las pólizas ANUNCIOS VARIOS de importación de las mercancias embarcadas

antes del uno de enero de mil novecientos Ministro de la Defensa Nacional ochents y seis, cuyos impuestos hayan sido paMatrimonios Solicitud de nacionalidad. - gados en depósito D en definitiva conforme el CONSIDERANDO: Constituciones de sociedad. - Modificaciones artículo 49 del Decreto-Ley número 149-85, entre esa fecha y ja de vigencia del presente Que habiéndose llenado los requisitos legalesde sociedad. Prórroga de sociedades. PaDecreto y, siempre que a dichas importaciones correspondientes en el Contrato Individual de Tra-tente de invención, Registro de marcas. se les hubiera aplicado la tarifa arancelaria ybajo número 2-86, celebrado entre el Comandante Títulos supletorios. Edictos Remates demás impuestos de importación vigentes hastsdel Cuerpo de Ingenieros del Ejercito y el Inge-562 DIARIO DE CENTRO AMERICAFebrero 27 de 1986 NUMERO 24 nierg Julio Alberto Almengor Choy, mediante eldas en las escrituras públicas número seis (6) y Artículo 3o, presente acuerdo entrará en cual el nombrado BE compremete 8 prestar sus trescientos dos (302) autorizadas por el notario Ra-vigor el día siguiente de su publicación en el servicios en la dependencia militar en mención; esmón Bolaños García, el diez de enero de mil noDiario Oficial procedente aprobar el referido contrato, vecientos ochenta y cinco y trece de diciembre del mismo año, respectivamente. Comuniquese.

POR TANTO: Artículo 29-Reconocer la personalidad jurídica MARCO VINICIO CEREZO AREVALO.

En el ejercicio de las funciones que le conflerende la Fundación indicada en el artículo anterior. los artículos 17 numeral 13 de la Ley ConstitutivaArtículo 39-El Ministerio Público debe vigilar El Ministro de Finanzas, del Ejercito de Guatemala, Decreto Ley número porque los bienes de la Fundación se empleen con-RODOLFO ERNESTO PAIZ ANDRADE 26-86; 15 literal B) inciso 1o. de la Ley de Com-forme a su destino. 510966-27-Feb. pras y Contrataciones y 46 de su Reglamento,Artículo 49-E1 presente Acuerdo entrará en viACUERDA: gor el día siguiente de su publicación en el DiarioOficial. Prerrógase los efectes del Acuerdo GubernativeArtículo 10.-Aprobar con efectos desde la fecha de fecha 21 de agoste de 1980, per medio del de su suscripción, las diez (10) cláusulas de queComuniquese, cual se concedió la exoneración que sei express consta el Contrato Individual de Trabajo número a la Iglesia Evangélica "Jesús Viene". 2-86, de fecha 10. de enero de 1986, mediante el MARCO VINICIO CEREZO AREVALO cual el Ingeniero Julio Roberto Almengor Choy, ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 419-85 se compromete a prestar sus servicios al EjercitoMinistro de Gobernación, de Guatemala, como Ingeniero del Negociado AseJUAN JOSE RODIL PERALTA Palacio Nacional: Guatemala, 3 de junie de sor de Ingeniería de la Sección de Operaciones 510970-27-Febrero 1985.

de la Compañía de Ingenieros del Comando del EL JEFE DE ESTADO, Cuerpo de Ingenieros del Ejército, con un sueldo mensual de doscientos cincuenta quetzales exacCONSIDERANDO: tos ((250.00), con cargo a la partida número 860601-1.022-06-022-01 del Presupuesto General de MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS Que la Iglesia Evangélica "Jesús Viene", ha Gastos de Funcionamiento en vigencia. solicitado al Ministerio de Finanzas Públicas, que se prorroguen los efectos del Acuerdo GubernaArtículo 2o. El presente acuerdo empezará a tivo de fecha 21 de agosto de 1980, por medio del regir a partir de su publicación en el Diario Oficial.Concédese la exoneración que se mencions, a favor cual se exoneró por tres (3) años a partir del del Reverendo Donald Hoye Martin. tercer trimestre de ese año, a la citada Iglesia, del Comuniquese. pago del Impuesto Territorial para dos inmuebles Palacio Nacional: Guatemala, 10 de febrero de de su propiedad que forman un solo cuerpo. los HERNANDEZ MENDEZ. 1986. cuales se encuentran inscritos en el Registro de la Propiedad con los números 17,691 y 16, folios Viceministro de la Defensa Nacional, ACUERDO GUBERNATIVO No. 96-86 23 y 64, libros 98 y 757 del Departamento de GuaELIU CABRERA PADILLA. temala y matrícula fiscal número 524-1 de GuaPresidente de la República, temala; CONSIDERANDO CONSIDERANDO: Que la Iglesia Evangélica "Jesús Viene", realiza toda clase de actividades sociales, benéficarMINISTERIO DE GOBERNACION Que el Reverendo Donald Hoye Martin, ciudadano norteamericano, perteneciente a la Orden de y culturales compatibles con la fe cristians y lesinmuebles en referencia los utiliza para el cultolas Iglesias Menonitas, solicito al Ministerio de Fi-religioso y siendo que en el expediente seguidonanzas Públicas, exoneración total para importar para el efecto, obran dictámenes favorables emiti-Apruébase el funcionamiento de la entidad "Funlibre de los derechos aduaneros, tasas, así como de dos por la Dirección de Inspecciones Fiscales, Di-dación Cristiana para el Desarrollo de la Educalos demás impuestos correspondientes, sesenta y rección de Estudios Financieros, Dirección deción en América Latina" -FUNDACEDEseis (66) bultos conteniendo ropa nueva y usada, Asuntos Jurídicos, Ministerio Público y Contrallegados a su consignación amparados por guía loría de Cuentas, por lo que procede emitir laPalacio Nacional: Guatemala, 7 de febrero de número 0-97 de fecha 28 de junio de 1985 de la disposición legal correspondiente,1986. Aduana EI Carmen; y en vista de que los citados artículos se destinarán exclusivamente para el cumPOR TANTO,ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 95-86 plimiento de los fines de beneficio social que propugna, es procedente dictar la disposición legal En uso de las facultades que le confieren losDI Presidente de la República autorizando la exoneración solicitada, tomando en artículos 40 y 26. inciso 14) del Estatuto Fundacuenta que el Ministerio Público se pronunció mental de Gobierno,CONSIDERANDO: en sentido favorable en el dictamen número 929 Que el señor Alfred Antonio Kaltschmitt Lujin, del 17 de diciembre de 1985, ACUERDA: se presentó al Ministerio de Gobernación solicitando la aprobación del funcionamiento de la entidad POR TANTO, Artículo 19-Prorrogar por el término de tres (3) años más. los efectos del Acuerdo Gubernativo denominada "Fundación Cristiana para el DesarroEn el ejercicio de las facultades que le confiero de fecha 21 de agosto de 1980, por medio del cualllo de la Educacion en América Latina" -FUNDAse exoneró a partir del tercer trimestre de ese CEDEy el reconocimiento de su personalidad el artículo 183, literal e) de la Constitución Poliaño. a la Iglesia Evangélica "Jesús Viene", del jurídica. tica de la República de Guatemala y con base en pago del Impuesto Territorial para dos inmue-CONSIDERANDO: las disposiciones contenidas en el Decreto número bles de su propiedad que forman un solo cuerpo, 1095. reformado por el Decreto número 1168, ambos identificados como fincas urbanas, con registros Que el Asesor Jurídico del Ministerio de Godel Congreso de la República, números 17,691 y 16, folios 23 y 64, libros 98 y 757

bernación, en dictamen aprobado por el Ministerio del Departamento de Guatemala y Matrícula Fis-Público, manifestó que los fines que la entidad inACUERDA: cal número 524-1 del Departamento de Guatemateresada pretende realizar no son contrarios a las la, ubicados en la 104 avenida 5-82 y 6º calle 9-59 leyes ni al orden público; por lo que es procedenteArtículo 10. Conceder a favor del Reverendo ambos en la zona 12 de esta ciudad capital, en dictar la respectiva disposición legal, aprobando elDonald Hoye Martin. ciudadano norteamericano, vista que se considera Justa y procedente tal exofuncionamiento de la mencionada fundación y repertenecienie a la Orden de las Iglesias Menoneración, ya que no lesiona los intereses fiscales. conociendo su personalidad jurídica. nitas, exoneración total de los derechos aduaneros, tasas y demás impuestos, incluyendo el Impuesto Artículo 29-E1 presente Acuerdo surte sus efecPOR TANTO: al Valor Agregado, que gravan la importación de tos a partir de la fecha de expiración del Acuerdo En ejercicio de'la función que le confiere el Ar-' sesenta y seis (66) bultos conteniendo ·opa nueva Gubernativo de Techa 21 de agosto de 1980 y detículo 183 literal e) de la Constitución Política de y usada, llegados a su consignación amparados por berá publicarse en el Diario Oficial, para los efectos guia numero 0-97 de fecha 28 de junio de 1985 de consiguientes.

la República de Guatemala: y con fundamento en los artículos 15 inciso 29, 20 y 31 del Código Civil,la Aduana El Carmen. Comuniquese. Artículo 20.-La Dirección de Inspecciones FisACUERDA: cales del Ministerio de Finanzas Públicas, deberá General de División comprobar si à los artículos de que se trata, no OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES Artículo 19-Se aprueba. el funcionamiento de la se les ha dado otro destino diferente a los fines entidad "Fundación Cristiana para el Desarrollo de beneficio social que propugna el Reverendo El Ministro de Finanzas, de la Educación en América Latina" -FUNDADonald Hoye Martin, ciudadano norteamericano, ARMANDO GONZALEZ CAMPO. CEDE-, la que se regirá por las normas conteniperteneciente a la Orden de las Iglesias Menonitas 510967-27-Feb.

MINISTERIO DE ECONOMIA CONSIDERANDO.

Que la Comisión integrada por el Ministerio de Economía, la Secretaria General del Consejo Nacional de Planificación Económica y el Instituto NaAcuérdase excluir de la lista contenida en el Artículo 19 del Acuerdo Gucional de Estadística, con base en criterios técnicol ha propuesto las modifibernativo número 826-85, relacionado con precios tope, los productos caciones pertinentes al Acuerdo Gubernativo número 826-85, bajo la orien-que se indican. tación de ir conformando la lista de productos que integran el consumo básico familiar de la mayor'a de la población, lo que implica ampliar elPalacio Nacional: Guatemala, 26 de febrero de 1986. concepto de control hacia aspectos de calidad, cantidad y peso de dichos

ACUERDO GUBERNAT.VO No 118-86 productos, POR TANTO,0 Presidente de la República, En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso e) deCONS:DERANDO: la Constitución Política de la República de Guatemala, Que de conformidad con la revisión efectuada a los precios tope de los productos contenidos en el Acuerdo Gubernativo número 826-85, del 12 de ACUERDA: septiembre de 1985, procede serún of liberar

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