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Decreto 13-1993

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 13-1993
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1993

DE Diario de DEPTO, Centro América GUATUMALA. Organo oficial de la República de Guatemala TOMO CCXLVI Guatemala, lunes 17 de mayo de 1993 ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA Director: Hector Cifuentes Aguirre/DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA NUMERO 37

SUMARIO CONSIDERANDO: d) Proyectos productivos de grupos que reúnan los criterios de elegibilidad que establecerá la Junta Directiva, siemQuepara tales fines es indispensable crear la entidad adecuadapre que fortalezcan la economía local y que promuevan su ORGANISMO LEGISLATIVO y establecer mecanismos especiales para canalizar parte de losautogestion; recursos que el Estado destina a la inversión en proyectos de CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA e) Infraestructura social y apoyo para el mejoramiento de la desarrollo y para captar recursos que aporten otras institucionescalidad de vida de la poblacion objetivo del Fondo de y entidades que comparten su preocupación por llevar el desarrolloInversión Social; a las comunidades de menores recursos y aisladas de Guatemala,DECRETO NUMERO 13-93 f) Actividades que protejan y promuevan el medio ambiente; y g) Las demás áreas de desarrollo y asistencia social, acordes con los objetivos que se señalan en la presente ley, quePOR TANTO, decida su Junta Directiva.

ORGANISMO EJECUTIVO Enuso de las facultades que le confiere el inciso a) del ArtículoTodas las acciones descritas en el presente artículo se desa171 y el Artículo 134 de la Constitución Política de la Repúblicarrollarán en beneficio de la población a que se refiere el Artículo

MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS de Guatemala, 2 de la presente ley. Apruébase el Formato de Póliza de Importación y/o Exportación, en la forma que se indica. DECRETA: Artículo 4.-Proyectos especiales. El Fondo de Inversión Social establecerá los mecanismos para realizar inversiones en Acuérdase emitir el Reglamento de la Tarjeta de Identificación deLa siguiente proyectos de desarrollo que le proponga el Organismo Ejecutivo, los agentes aduaneros y sus empleados tramitadores. para lo cual el FIS deberá realizar una calificación previa. Estos Ley del Fondo de Inversión Social proyectos serán financiados con los recursos que se le otorguen para ese fin, según las políticas y programas de acción del FIS. MINISTERIO DE ECONOMIA TITULO Artículo -Discrecionalidad funcional. El Fondo de Inversión Social realizará sus acciones de conformidad con lo Acuérdase emitir el Arancel del Registro Mercantil, en la formaCAPITULO UNICO establecido en la presente ley y su Reglamento. Podrá resolver que se indica. discrecionalmente en cuanto a: 1) Su organización interna, en todo lo que no esté regulado Disposiciones generales especificamente en la presente ley. ANUNCIOS VARIOS 2) La realización de las operaciones de inversión y demas Artículo 1.-Creación. Se crea cl Fondo de Inversión Social,acciones coadyuvantes comprendidas dentro de su objeMatrimonios. Linea de transporte. Constituciones de so-que podrá abreviarse con las siglas FIS, como entidad estataltivo. descentralizada y autónoma, con personalidad jurídica y patri-ciedad. Modificación de sociedad. Registro de marcas. 3) Ladeterminación de los proyectos elegibles para participar

Títulos supletorios. Edictos. Remates. monio propio. en los programas del Fondo de Inversión Social con base en su Manual de Operaciones y demás normas que para el Tendrá su domicilio en el departamento de Guatemala; suefecto emita. sede principal en la ciudad capital de la República y podrá4) La ejecución de su presupuesto en consonancia con sus ATENCION ANUNCIANTES establecer subsedes en cualquier cabecera municipal del país. Laobjetivos. sede principal podrá ser trasladada a otro lugar por resoluciónIMPRESION SE HACE CONFORME motivada de la Junta Directiva. ORIGINAL El Fondo de Inversión Social tendrá una duracion de ocho (8)Artículo 6.-Régimen jurídico del Fondo de Inversión años. Toda impresión en la parte legal del Diario de Social. El Fondo de Inversión Social se regirá por la presente ley, Centro América, se hace respetando el original. su Reglamento, el Manual de Operaciones y demás normas que Por lo anterior, esta Administración ruega al Artículo 2.-Objetivo. Por medio del Fondo de Inversióndicte la Junta Directiva, siempre y cuando estos últimos no público tomar nota. Social, cl Estado invertirá cn actividades que mejoren el nivel deamplien ni tergiversen la presente ley. Los casos no previstos en viday las condiciones económico-sociales exclusivamente de losdichos instrumentos se resolverán de conformidad con lo estasectores cn situacion de pobreza y extrema pobreza del área ruralblecido en la Ley del Organismo Judicial, tomando en cuenta los

del país, para lo cual llevará a cabo las operaciones previstas enobjetivos y características de la institución. ORGANISMO LEGISLATIVO la presente ley, su Reglamento, su Manual de Operaciones y demás normas que emita la Junta Directiva. TITULO II CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Artículo 3.-Campo de actividad. Para el cumplimiento deDe las operationes financieras del su objetivo cl Fondo de Inversión Social invertirá en el desarrolloFondo de Inversión Social de programas y proyectos, incluyendo la preinversión, en las DECRETO NUMERO 13-93 áreas que a continuación se indican, los que serán ejecutados por CAPITULO los grupos beneficiarios 0 por las entidades ejecutoras que ellos El Congreso de la República de Guatemala, designen: De los recursos financieros del Fondo de Inversión Social CONSIDERANDO: Ártículo 7.-Naturaleza y origen de los recursos. Todos a) Salud y nutrición para reducir los indicadores de mortali-los ingresos del Fondo de Inversión Social constituyen disponibiQue es obligación del Estado orientar la economía nacionaldad, morbilidad y desnutrición infantil; lidades específicas para ser empleados exclusivamente en el cumpara lograr la utilización de los recursos naturales y el potencialb) Educación, especialmente cn las ctapas iniciales de for-plimiento de su objetivo. Para financiar sus operaciones tendr á un humano, para incrementar la riqueza y tratar de lograr el plenomacion; presupuesto fondos privativos que se integrará con los siguientes empleo y la equitativa distribución del ingreso nacional;c) Entrenamiento orientado al trabajo productivo;recursos:826 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Mayo 17 de 1993 NUMERO 37

a) El aporte minimo inicial del Estado de CINCUENTA MILLONES de a) Junta Directiva quetzales. b) Presidente Ejecutivo.b) Los (ondos que, anualmente le sean asignados en el Presupuesto Generalde la Nacion. c) Gerente General. c) Los ingresos provenientes de donaciones, herencias 0 legados que hicierend) Comite Tecnico. su favor los organismos internacionales, gobiernos de otros países y entidades 0 personas nacionales 0 extranjeras. Cuando el instituyente no CAPITULO II hubiere indicado fin específico 0 existiere imposibilidad de cumplirlo, se estará a lo que decida la Junta Directiva del Fondo de Inversion Social. JUNTA DIRECTIVA d) Los fondos provenientes de préstamos otorgados por entidades nacionales ARTICULO 16. Junta Directive. La Junta Directive es la autoridad máxima0 extranjeras y los que provengan de fuentes de cooperación del Fondo de Inversion Social y en esa virtud le corresponde la definicion de susinternacional, que fueran asignados al FIS. políticas de carácter general. La integran un Presidente Ejecutivo y cuatro Directores. En caso de ausencia temporal 0 definitiva del Presidente Ejecutivo, la Junta Directivac) Los fondos que sean necesarios para cubrir el monto de las contrapartidasserá presidida por un Director. Actuara como Secretario el Gerente General quiende préstamos y donaciones que le sean otorgados, los cuales deberán ser participará con 102 pero sin voto. asignados en el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Nacion. f) Cualquier otro ingreso no contemplado en los incisos anteriores. ARTICULO 17. Nombramientos de Miembros de Junta Directiva. Los miembros

de la Junta Directiva serán nombrados por el Presidente de la Republica. ARTICULO 18. Calidades. Para ser nombrado miembro de la Junta Directiva se requiere ser persona de reconocida honorabilidad y ser profesional universitario. AI CAPITULO II hacer los nombramientos la autoridad nominadora deberá asegurarse que la Junta Directiva sea un equipo multidisciplinario cuyos miembros hayan tenido experienciaDE LA UTILIZACION DE RECURSOS administrativa 0 en el sector financiero 0 en asuntos de desarrollo económico social. ARTICULO 8. Utilización de los Recursos Financieros. Como entidad cuyo ARTICULO 19. Impedimentos. No podrán ser miembros de la Junta Directiva objetivo es obtener recursos con el fin de realizar inversiones que beneficien a los del Fondo de Inversion Social: sectores de poblacion indicados en el artículo 2; el Fondo de Inversion Social está facultado para realizar las operaciones descritas en el presente Capitulo, principalmente a) Los menores de treinta ados. en las modalidades siguientes: b) Los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad O segundo gradoa) Inversiones no reembolsables preliminares. de afinidad del Presidente, Vice-Presidente de la Republica, de losMinistros de Estado. b) Inversiones no reembolsables ordinarias. c) Dos 0 más personas que sean parientes entre sf, dentro del cuarto gradoc) Inversion en proyectos de entidades estatales. de consanguinidad 0 segundo de afinidad. ARTICULO 9. Inversiones no Reembolsables Preliminares. El Fondo de d) Los que desempedan cargos 0 empleos públicos remunerados de cualquieraInversion Social podrá otorgar aportes no reembolsables preliminares para apoyar los de los Organismos de Estado.

esfuerzos iniciales de organización de grupos informales previstas en el artículo 52 y para el fortalecimiento institucional de grupos ya organizados. Estas inversiones tambien e) Las personas que sean contratistas por si 0 como socios de personas se podrán otorgar para la capacitacion, la formulación de proyectos y los trabajos juridicas que tengan a su cargo obras y servicios que se financien con experimentales, incluyendo adquisicion de insumos que en pequeda escala realicen estos fondos del Fondo de Inversion Social y las personas contra las que hubiere grupos en los diferentes campos de actividad señalados en el artículo 3. reclamaciones pendientes por dichos conceptos. ARTICULO 10. Inversiones no Reembolsables Ordinarias. Son inversiones no f) Los deudores morosos del Estado 0 de cualquier institución de crédito. reembolsables ordinarias los aportes en dinero, bienes O asistencia técnica que el Fondo de Inversion Social realice para la ejecucion de proyectos en las áreas de servicios g) Los insolventes mientras no hubieren sido rehabilitados; los condenados sociales, infraestructura social y actividades productivas. por quiebra culpable 0 fraudulenta. Un grupo puede ser beneficiario de varios aportes no reembolsables ordinarios, b) Los que hubieren sido condenados por cualquier delito doloso. que le seran otorgados de manera gradual que responda a las necesidades de cada proyecto, según los criterios que establecerá la Junta Directiva. ARTICULO 20. Asesores de la Junta "Directiva. Por decision de la Junta ARTICULO 11. Obligaciones del Grupo Beneficiario. El grupo beneficiario de Directiva participarán en sus deliberaciones en calidad de asesores, con voz pero sin

una inversion no reembolsable ordinaria debe contribuir con su trabajo, bienes 0 dinero, voto, los delegados de instituciones nacionales 0 extranjeras que tengan interes en y se obligara a ejecutar el proyecto aprobado por el Fondo de Inversion Social. En proyectos del Fondo de Inversion Social, y cualquier persona que comparezca a exponer, situaciones especiales que la Junta Directiva decidira a su prudente criterio, podrá clarificar O ampliar conceptos sobre alguno de los temas incluidos en la reunion que setrate. facultar al grupo beneficiario para modificar el destino de los recursos recibidos. ARTICULO 21. Sesiones y Dietas. La Junta Directiva celebrará sesiones El Reglamento y el Manual de Operaciones normarán lo relativo a los requisitos ordinarias y extraordinarias. Las Sesiones ordinarias se realizarán por lo menos dos vecesal mes y las extraordinarias cuando sean convocadas.mínimos que deben concurrir para que se realicen estas inversiones y la participación que en su financiamiento corresponderá al Fondo de Inversion Social. a la comunidad beneficiada y demas entidades públicas y privadas vinculadas al proyecto, en su caso. Los miembros de la Junta Directiva y los asesores establecidos en esta Ley devengarán dietas por sesion celebrada a la que asistan. En todo caso, ninguna persona ARTICULO 12. De la Administración de los Recursos Recibidos. El grupo 0 recibirá dietas por más de cuatro sesiones de un mismo mes calendario. entidad beneficiada con una inversion no reemboisable ordinaria no adquiere la obligacion de restituir al Fondo de Inversion Social los recursos recibidos. Sin embargo ARTICULO 22. Quorum y Resoluciones. Tres miembros de la Junta Directiva

si queda obligado a administrarlos en la forma que se indica en el artículo 43 le la constituyen quorum para toda sesion. Las resoluciones deben tomarse por mayoria de presente Ley, lo cual se hara constar en la resolución que autorice la inversion. votos de los miembros presentes. En caso Je empate, tiene doble voto quien la presida. Si un miembro de la Junta Directiva se abstuviere de volar, esa actitud será considerada La entidad 0 persona jurídica que reciba fondos del FIS tendrá las como voto en contra. responsabilidades civiles y penales aplicables a los depositarios hasta que el FIS les otorgue finiquito por la realizacion del proyecto. ARTICULO 23. Atribuciones de la Junta Directive. Son atribuciones de la Junta Directiva, conforme sus objetivos, las siguientes: ARTICULO 13. Beneficiarios'd Inversiones no Reembolsables Ordinarias. EI Fondo de Inversion Social puede otorgar este tipo de aportes a los siguientes sujetos: a) Aprobar, modificar y evaluar los planes y programas de trabajo y la programación financiera de la institucion, supervisar la ejecucion de estos a.) Municipalidades: Mediante la suscripcion de un Convenio de y determinar las regiones donde se desarrollarán los planes y programas. Contrapartida, el Fondo de Inversion Social podrá bacer inversiones no reembolsables ordinarias para complementar los recursos ordinarios y b) Aprobar las fuentes de recursos que sean necesarios para llevar a cabo los extraordinarios de las municipalidades, como contrapartida a proyectos de programas de desarrollo del Fondo de Inversion Social. infraestructura social y servicios públicos que reunan los requisitos

sedalados en el Reglamento y en el Manual de Operaciones y que sean en c) Aceptar y llevar control debidamente autorizado de ingresos, donaciones, beneficio de la poblacion rural a que se refiere el artículo 2 de la asistencia tecnica y asistencia financiera que le otorgue cualquier presente Ley. institucion 0 persona individual 0 jurídica, nacional 0 extranjera. b.) Otras Entidades: Mediante la suscripción de un Contrato el Fondo de d) Iniciar negociaciones preliminares de préstamos y donaciones a favor delInversion Social podrá hacer inversiones no reembolsables ordinarias en Fondo de Inversion Social, con entidades nacionales y con gobiernos uproyectos comprendidos en los campos de actividad señalados en esta Ley, organismos internacionales. mediante aportes concedidos a las personas jurídicas, incluyendo las Empresas del Fondo de Inversion Social (EFIS), que return los requisitos e) Aprobar el Manual de Operaciones y los Reglamentos que sean necesariosseñalados en el Reglamento y en el Manual de Operaciones. para sus operaciones y funcionamiento. ARTICULO 14. Inversion en Proyectos de Entidades Estatales. El Fondo de f) Aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo de Inversion Inversion Social podrá cofinanciar proyectos de desarrollo económico-social que lleven a Social y sus modificaciones si las hubiere, supervisar y aprobar lacabo los Ministerios de Estado, sus dependencias y otras entidades del sector público, ejecucion. siempre que correspondan a los objetivos previstos en la presente Ley. Los gastos de funcionamiento de estos proyectos se incorporaran en el presupuesto del ente g) Nombrar y remover al Gerente General, al Auditor Interno y a los

correspondiente en el siguiente periodo fiscal. Asesores Jurídicos, sin expresion de causa, con el voto favorable de la mayoria de sus miembros. b) Aprobar la memoria de labores y remitirla para su informacion al TITULO III Organismo Ejecutivo y al Congreso de la República. ORGANIZACION i) Emitir las normas del Régimen de Administración del Personal y de Administración de Salarios del Fondo de Inversion Social. CAPITULO I j) Emitir, aprobar y modificar los reglamentos que según la presente Ley ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA sean de su competencia, y en su caso someter a donde corresponda aquellos que requieran ser emitidos por el Organismo Ejecutivo. ARTICULO 15. Organos Principales. Los órganos principales del Fondo de Inversion Social en su orden son: k) Aprobar las adjudicaciones y contratos que sean de su competencia.NUMERO 37 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Mayo 17 de 1993 827 1) Crear y constituir las unidades operativas internas y sub sedes que sean d) Apoyar al Presidente Ejecutivo CD la formulación y elaboración del plannecesarias, a propuesta del Presidente Ejecutivo. general de trabajo de la institución. m) Conocer y resolver los recursos de revocatoria interpuestos contra las e) Someter a consideración del Presidente Ejecutivo los proyectos de resoluciones del Gerente General respecto de la transformación 0 presupuesto anual de ingresos y egresos del Fondo de Inversion Social, ycancelacion de las Empresas del Fondo de Inversion Social. sus modificaciones.

n) Ejercer las demás funciones y facultades que le corresponden de acuerdo f) Integrar el Comité Tecnico y presidirlo en ausencia del Presidente con la presente Ley, sus reglamentos y otras disposiciones aplicables. Ejecutivo. ARTICULO 24. Imparcialidad en s-Dellberaciones de Junta Directiva. g) Las demás funciones inherentes a la naturaleza de su cargo y las que leCuando alguno de los asistentes a las sesiones de Junta Directiva, miembro 0 invitado, asigne esta Ley, la Junta Directive 0 el Presidente Ejecutivo. tuviere algún interes personal en la discusion 0 resolución de determinado asuato, 0 lo tuvieren sus socios 0 parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad 0 segundo de afinidad, no podrá participar en la discusion 0 resolucion, en su caso, y deberá retirarse CAPITULO V de la sesion durante la discusion del asunto, dejándose constancia de este hecho en el acts respectiva. ORGANOS DE FUNCIONAMIENTO ARTICULO 25. Responsabilidad de los Miembros de Junta Directiva. LOS ARTICULO 30. Estrategia de Funcionamiento. A fin de evitar la miembros de la Junta Directiva, y los Asesores ejercerán sus funciones con absoluta concentración de funciones en los órganos de direccion superior, el Fondo de Inversion independencia de criterios y bajo su responsabilidad, dentro de lo establecido por la Social contará con personal de campo calificado que tendra a su cargo la identificacion, Constitución Politica de la República, las leyes y regiamentos aplicables. Son asesoria, evaluación, toma de decisiones dentro de los limites de competencia que le

solidariamente responsables de los daños y perjuicios que causen al Estado, al Fondo de asigne la Junta Directiva, y demás funciones operativas necesarias para la fase inicial y Inversion Social y a terceros por actos u omisiones ilegales en que incurran en el seguimiento de los proyectos. ejercicio de sus cargos. Quedaran exentos de responsabilidad los directores que El personal de campo contará con servicios de apoyo prestados por la hubiesen hecho constar su voto disidente y los asesores que hubieren hecho constar sus administración central del Fondo de Inversion Social y por personal temporal que podrá objeciones, en el acta de la sesion O sesiones respectivas. ser contratado para proyectos específicos. ARTICULO 31. Comité Técnico. Es el órgano responsable de aprobar 0 CAPITULO III desaprobar los proyectos y ordenes de cambio en la ejecución de los mismos. Lo relativo a su integracion y funciones se establece en el regiamento de la presente Ley. PRESIDENCIA ARTICULO 32. Direcciones Especializadas. EI Fondo de Inversion Social ARTICULO 26. Funciones del Presidente Ejecutivo EI Presidente Ejecutivo contará con las siguientes direcciones especializadas: Direcciones de Campo y de la Junta Directiva será un funcionario que tendra las siguientes funciones específicas: Direcciones de Apoyo. a) Ejercer la representación legal del Fondo de Inversion Social, en forma ARTICULO 33. Direcciones de Campo. Las regiones en las que se desarrollan conjunta O separada con el Gerente General; podrá delegar la programas del Fondo de Inversion Social estarán a cargo de Directores de Campo, cuyo

representación legal para actos específicos. número será determinado por la Junta Directive y sus atribuciones se establecerán en el Reglamento de la presente ley.b) Establecer y mantener vínculos con entidades nacionales e internacionales, estatales y privadas, para el eficaz funcionamiento del Fondo de Inversion ARTICULO 34. Direcciones de Apoyo. Para impulsar y ejecutar sus programas, Social y el cumplimiento de sus programas de trabajo. además de los Directores de Campo previstos en el artículo que antecede, el Fondo de Inversion Social contara con las direcciones de apoyo que se establecen en el Reglamento c) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y del Comité Técnico. de la presente ley. d) Proponer a la Junta Directiva los proyectos de reglamentos y manual de ARTICULO 35. Unidades Operativas. Para realizar sus objetivos el Fondo de operaciones que se contemplan en la presente Ley y los que sean Inversion Social contará con las unidades operativas que sean creadas por la Junta necesarios para el eficaz funcionamiento de la Institución. Directiva. e) Ejecutar las resoluciones que tome la Junta Directiva. CAPITULO VI f) Realizar en representación de la Junta Directiva y conforme a los UNIDADES DE ASESORIA Y CONSULTORIA terminos que ésta autorice, las negociaciones preliminares de préstamos y donaciones con entidades nacionales y con gobiernos 13 organismos. ARTICULO 36. Asesores. EI Fondo de Inversion Social contará con Auditoria internacionales. Interna y Asesoria Jurídica a cargo de profesionales colegiados activos de reconocida

honorabilidad y reputación profesional, con ejercicio profesional mínimo de ciaco años, g) Suscribir los acuerdos, contratos y convenios que sean de su competencia. nombrados por la Junta Directiva. Estos nombramientos no podrán recaer en personas que sean miembros de la Junta Directiva del Fondo de Inversion Social. Sus funciones b) Proponer la creacion de las Unidades Operativas internas y sub-sedes que serán establecidas en el reglamento de la presente ley. sean necesarias. ARTICULO 37. Consultorias. El Fondo de Inversion Social podrá contratar las i) Nombrar y remover los funcionarios que ocupen puestos en los niveles consultorias profesionales y técnicas que requiera la ejecucion de sus programas de directivos superior, nivel medio y de apoyo, funcional asesor y directivo trabajo. especializado, cuya atribucion no tenga la Junta Directiva. CAPITULO VII j) Ejecutar los planes y programas de la institución. REGIMEN DE ADMINISTRACION DE PERSONAL k) Formular y someter a consideracion de la Junta Directiva el plan general de trabajo de la institución. ARTICULO 38. Régimen de Administración de Personal. De conformidad con el artículo 108 de la Constitución Política de la Republica, el Fondo de Inversion Social 1) Proponer a la Junta Directiva los regiamentos y manuales que sean regira las relaciones con sus trabajadores por el Regimen de Administración de Personal necesarios sobre criterios de elegibilidad de programas y proyectos. y Administración de Salarios que emita su Junta Directiva. m) Autorizar al Gerente General para otorgar mandatos especiales con CAPITULO VIII representación. n) Efectuar el seguimiento y control de las operaciones que financie el RELACIONES INTER-INSTITUCIONALES

Fondo de Inversion Social e informar a la Junta Directiva sobre los asuntos que se le requieran. ARTICULO 39. Coordinación Institucional. El Fondo de Inversion Social n) Las demás funciones que le asigne la presente Ley y la Junta Directiva. obligatoriamente deberá coordinar sus actividades con: 1) La Secretaria General del Consejo Nacional de Planificacion Economica en lo que se refiere a los planes de desarrollo que tengan por objeto el mejoramiento del nivel de vida y de las condiciones sociales de losCAPITULO IV sectores más pobres de Guatemala, especialmente en el área rural. GERENCIA GENERAL 2) Con las instituciones y dependencias que tengan funci. ares especializadas ARTICULO 27. Integracion y Funciones de la Gerencia General. La Gerencia en materia de desarrollo economico y social. estará a cargo de un Gerente General a quien corresponde dirigir las actividades administrativas y operativas del Fondo de Inversion Social. El Gerente General estará ARTICULO 40. Colaboracion Estatal. Las dependencias de Gobierno, subordinado administrativamente al Presidente Ejecutivo y a la Junta Directiva. instituciones descentralizadas y autónomas están obligadas a prestar su colaboracion al Fondo de Inversion Social para el mejor cumplimiento de sus objetivos. ARTICULO 28. Calidades e Impedimentos del Gerente General. ARTICULO 41. Intercambio y Cooperación Internacional. EI Fondo de a) Calidades: Para ser nombrado Gerente General se requiere ser persona de Inversion Social cumplirá el papel de representante gubernamental ante instituciones reconocida bonorabilidad, guatemalteco, lener experiencia gerencial en homologas de otros países y ante los organismos internacionales, para efectos de

asuntos administrativos, financieros y en programas de desarrollo. Estas intercambio de informacion, cooperación técnica para la organización y participacion en calidades deben ser comprobadas por la autoridad nominadora al momento eventos internacionales que tengan relacion directa con el FIS. de bacer el nombramiento. b) Impedimentos: Son aplicables al nombramiento de Gerente General los TITULO IV impedimentos que se senalaron para ser miembro de la Junta Directiva y ser pariente en los grados de ley del Presidente Ejecutivo. DE LOS SUJETOS ARTICULO 29. Atribuciones del Gerente General. Las atribuciones del CAPITULO I gerente general, bajo la direccion del Presidente Ejecutivo, seran: DE LOS BENEFICIARIOS a) Ejercer la representación legal del Fondo de Inversion Social, en forma conjunta 0 separada con el Presidente Ejecutivo de la Junta Directiva. ARTICULO 42. Beneficiarios. De los proyectos que lleve a cabo el FIS unicamente podrán beneficiarse las comunidades y grupos en situacion de pobreza y b) Ejercer la direccion administrativa de las dependencias y personal del extrema pobreza del area rural del país, a traves de la participacion de personas Fondo de Inversion Social y ser responsable ante el Presidente Ejecutivo juridicas incluyendo las empresas del Fondo de Inversion Social, a las que se refiere el por el correcto y eficaz funcionamiento de la entidad. Capitulo 2 del presente título, las Municipalidades y demás entidades públicas y privadas. que reúnan los requisitos indicados en el Reglamento y en el Manual de c) Participar en las reuniones de Junta Directiva con voz pero sin voto. Operaciones que en materia de criterios de elegibilidad emita la Junta Directiva.828 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Mayo 17 de 1993 NUMERO 37

ARTICULO 43. De la Forms de Administrar les Recurses Recibides. Los beneficiarios del Fondo de Inversion Social deberan administrar los recursos recibidos aARTICULO 53. Transformación. Las Empresas creades amparo del presente través de fondos específicos. Capitulo se deberan transformar, para adoptar cualquiera de las formas de organizacioncontempladas en otras leyes, cuando se hubiere realizado el proyecto para el cual se En el caso de inversiones no reembolsables ordinarias que se hubieren efectuadoautorizo su constitución o cuando tenga capacidad para incorporarse a la economia para proyectos de infraestructura social y servicios sociales los beneficiarios deberánformal del país de conformidad cos los parametros técnico-económicos que establezca laJunta Directive del Fondo de Inversion Social. crear un Fondo para sufragar los gastos de mantenimiento de la obra objeto del proyecto. Cuando se trate de proyectos productivos los beneficiarios deberan destinar parteEstablecido cualquiera de los extremos indicados en el parrafo que antecede, el de sus ingresos a la creacion de los siguientes tres fondos. Gerente General dictara resolución y correrá audiencia a la Junta Directiva de la EFIS por el termino de cinco dias habiles para que se pronuncie respecto a la procedencia de a) Fondo Rotative para Desarrollo que servirá para financiar proyectos desu transformación. Vencido dicho término, con su contestación 0 sin ella el Gerente desarrollo social que beneficien al mismo grupo productivo. General dictara resolucion ordenando la cancelacion de la inscripción de la empresa.Dicha resolucion es recurrible mediante revocatoria que coBoce·a y resolverá en última

b) Fondo rotative para Capitalización y Capacitación que se destinará parainstancia la Junta Directive del Fondo de Inversion Social. miembros. financiar las actividades productivas y programas de capacitación de susARTICULO 54. Disolucion. Las Empresas del Fondo de Inversion Social se disuelven totalmente por decision voluntaria de la mayoria absoluta de la Asamblea c) Fondo Rotative para Gastos Administrativos que servira para cubrir losGeneral de Asociados, siempre que no tengan obligaciones pendientes. gastos administrativos de

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