Decreto 13-2017
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 13-2017
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2017
-----~----------ijfunbabo tn 1880 , . bt rtca
ÓRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A.
EN ESTA EDICIÓN ENCONTRARÁ: · · · · . .1'.'c~~~~l:s(>:~~ ~ ··· · . REPUBLlcADEGÍJATEMÁLA • · · DEG~ETO NÚbE~¿ 13-j0l7 · .. ···.· < !'ógil)a l ·. ~ ";' ; .,''i .
·:::r:·,::. . MINIStERIO. DE RELACIOt:iE~fEXTERIORES . .. ... ····· • • • ArE.Jc:í6111 A111l.l~d'.íi¡,',¡r~~; ~··'•'r;'·~ 1 'i1•1 "' •. :,·: ,· :. ''.:., ·: .· :::::;. ;'.,·;;': :.(: :·1·: ·.j:~.:¡·/¡:_:_f:1¡r_;.h :/.'.':>-:-1 :· '' ,>:·;~': !';0't.~~;.\i~j~~¡¡:0-!f~;n~{ 0=·H,::;j j.7:~';+_:f;.~¡!~;;:_:1~~~/': ¡····.····•· ...•.•. •·.IMl'RESION·SE•HACE C()l\lf,OR}A!!.'(>,Rl(.;ll\IAL'•¡i;,,··, .. ·.,
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ORGANISMO LEGISLATIVO
®
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 13-2017
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que la Canstitución Política de la República de Guatemala, reconoce el derecho de . libertad e igualdad; que en Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. Que el hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales oportunidades y responsabilidades. CONSIDERANDO·: Que el Estado de Guatemala ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, mediante el Decreto Número 27-90 del Congreso de la R<lpública, la cual reconoce que en todas las medidas concernientes a los niños y las niñas que tomen las instituciones públicas. o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativa.s o
en todas las medidas concernientes a los niños y las niñas que tomen las instituciones públicas. o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativa.s o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será -el interés superior del niño y la niñá. · · CONSIDERANDO: Que la excepción de edad para contraer matrimonio, aún violenta los derechos humanos de la niñez y adolescencia, principalmente de las adolescentes y que su derogatoria contribuirá .a su pleno y annonioso desarrollo.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, literal a) de la Constitución Política de la Repúblicá de Guatemafa,
DECRETA:
Las siguientes:
REFORMAS AL CÓDIGO CIVIL, . .
DECRETO LEY NÚMERO 106 DEL JEFE DE GOBIERNO Artículo 1Se deroga el artículo 82 del Código Civil, Decreto Ley Número 106 del Jefe de Gobierno. Artículo 2 .. Se.refonna el artículo 83 del Código Civil, Decreto Ley Número 106 del Jefe de Gobierno, el cual queda as!: . "Artículo .83-Prohibición de contraer matrimonio. No podrán contraer matrimonio ni autorizarse de manera alguna, el matrimonio de menores de dieciocho (18) años de edad." · · . Artículo 3Se deroga "31artículo84 del Código Civil, Decreto Ley Número 106 del Jefe de Gobiernó. · .· · · Artículo 4Se derogan: los num.erales 1 º. y 2°. del artículo 89; los artículos 94 y 134, todos del Código Civil, Decreto Ley Número 106 del Jefe de Gobierno. Se deroga el
· Artículo 4Se derogan: los num.erales 1 º. y 2°. del artículo 89; los artículos 94 y 134, todos del Código Civil, Decreto Ley Número 106 del Jefe de Gobierno. Se deroga el artículo 425 del Código Procesal Civil y Mercantil, Decreto Ley 107 del Jefe de Gobierno. Artículo 5Vigencia_ El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. . · . . · .
REMiTASE · AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN,
PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN_ ' Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa2 Guat_emala, MIÉRCOLES 13 de septiembre 2017 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMER099
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD
QE GUATEMALA, EL DIECISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE.
~~
JOSÉ RODRIGO VALLADARES GUILLÉN
- S_Et;R.!:TARJO.
PALACIO NACIONAL: Guatemala, once de septiembre. del afio dos mil
_diecisiete.
PUBÚQUES~ÚMPLASE
Uc. Francisco Manuel Rivas 4'1ra
Mlnistrt: I de Gobernación
\__..,
ORGANISMO EJECUTIVO
(E-830-2017)-13...:Septiembre
MINISTERIO DE. RELACIONES EXTERIORES
Texto del PROTOCOLO DE 1992 QUE ENMIENDA EL CONVENIO
INTERNACIONAL SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL NACIDA DE DAÑOS
DEBIDOS A CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS, 19.69.
Texto del PROTOCOLO DE 1992 QUE ENMIENDA EL CONVENIO
INTERNACIONAL SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL NACIDA DE DAÑOS
DEBIDOS A CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS, 19.69.
YO, JIMMY MORALES CABRERA
P~esidente de.1~ Repóblica de Guatemala
DECLARO:.
Que -el · Gobierii.o .. de la R.ep(lblica de Guatemala, . habiendo examinado las . dlspc;>siciones del PROTOCOLO DE 1992 QUE ENMIENPA EL CONVENIO INTERNACIO.NAL SOBRE RESPONSABILIDAD ctVIL NACIDA: DE DA1'10s DEBIDOS A CONTAMINACIÓN. f:l:OR HiDROCARBUROS, 1969, hecho en · Londres, el 27 de noviembre de 1992, por el presente Instrumento se Adhiere a dicho Protocolo y se compromete a cunlplir y aplicar fielmente las disposicione.s que en él-figuran. EN TE$~MONIO cie LO CUAL, f'.inno el presente instrumento de Adhesión. Hecho .en la Ciud;:td de Guatemala, a veintitrés dlas del mes de mayo de dos mil dieciséis.
LA VICEMINISTRA DE RELACI . ES EXTERIORES
ENCARGADA DEL DESPACHO
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INTERNAC~Or\IAL SOBRe\RESPONSABlllD~p~.tlVIL NA~IQ'A '. '
i:'RÓTOCOLO QÉ· 1.~92 Que··ENMfENDA_ij~ONY:S~1g-· · , ._, INTERNAC~Or\IAL SOBRe\RESPONSABlllD~p~.tlVIL NA~IQ'A '. ' . óe DAÑOS Ol;BI~· A,ci:>.NTJl.MHlí'-ÁélON PÓR · . . 1 füoil'b%fri~Bitdi(''1~~:, · ·· · , ·
PROTOCOLO DE 1992 QUE ENMIENDA EL CONVENIO DITERKACIOHAL SOBRE
RESPONSABILIDAD CIVIL NACIDA DE DAAos DEBIDOS A .
CONTAMINACIOH POR HIDROCARBUROS. 1969
LAS PARTES EN EL PR~ENTE PROT05!0L0 1
HABIENDO EXAMINADO el Convenio internacional sob~e re$ponsabilidad civil nacida de daños debidos· a cOntaminilción por hidrocarburos, 1~69, -Y el correspondiente Protocolo de 1984, HABIENDO.TOMADO NOTA d~ ~ue el Pt'Otocolo de 1984 relativo a dicho Convenio, por .el que se amplia el ámbito de aplicación y se aumenta la indemnización, n"o ha entrado en vigor, 1 ' Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa