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Decreto 130-1985

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 130-1985
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Médico
Año
1985

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA DIRECTOR

TELEFONO DE DIRECCION 24-4-17 LUIS MENDIZABAL R. FUNDADO EL 2 DE AGOSTO DE 1880

TELEFONO DE REDACCION 20-4-12 TIPOGRAFIA NACIONAL 18 CALLE 6.72, ZONA TELEFONO DE ADMINISTRACION: 24-4-18

TOMO CCXXVII GUATEMALA, JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 1985 NUMERO 79

SUMARIO Banco de la Construcción, S. A.-Balance General f) Actividades docentes y de investigación que Condensado al 30 de septiembre de 1984. competen a la profesión. Banco de la Construcción, S. A-Balance General ORGANISMO EJECUTIVO Todas las actividades anteriormente mencionsCondensado al 31 de octubre de 1984.- das se realizarán por los métodos y técnicas siBanco de la Construcción, S. A.-Balance Generalguientes, según el caso: JEFATURA DE ESTADO Condensado al 30 de noviembre de 1984. a) Coprológicas; DECRETO LEY NUMERO 130-85 b) Urológicas; DECRETO LEY NUMERO 131-85 ORGANISMO EJECUTIVO c) Hematológicas: d) Bioquímicas;

MINISTERIO DE RELACIONES

DECRETO LEY NUMERO 130-85 e) Inmunológicas; EXTERIORES f) Microbiológicas:

EL JEFE DE ESTADO Concédese la nacionalidad guatemalteca a la señora bacteriológicas; Silvia Judith Ho de Chang (Ho Ling Hong de CONSIDERANDO: micológicas; Chang). virológicas; Que por Decreto número 1566 del Congreso de MINISTERIO DE GOBERNACION la República, se emitieron las normas que regulanparasitológicas; el ejercicio de la profesión de Químico Biólogo eng) Citológicas; Nombrase Alcalde y Vicealcalde de la Municipa-Guatemala: lidad de Villa Nueva, departamento de Guatemah) Radioinmunológicas. la, a las personas que se mencionan. CONSIDERANDO: Y cualquier otro método 0 técnica que pueda Modificanse en la forma que se indica, los artículosQue el Colegio de Farmaceúticos y Químicos deutilizarse en el análisis, elaboración, control, pro2o. y 30. del Acuerdo Gubernativo número 489-Guatemala en Asamolea General Extraordinaria ducción, docencia e investigación de las muestras 85 del 12 deljunio de 1985 (relativo a la creacióncelebrada en esta ciudad el dia 16 de octubre delmencionadas en los incisos anteriores. de una Comisión con carácter de Autoridad paraaño en curso, aprobó un nuevo proyecto de ley el Rescate y Resguardo del Lago de Amatitlan).para el ejercicio de la profesion de Quimico Bió-Artículo 29-Para ejercer la profesión de Químilogo en ei pais, debiendo, para que cobren validezCO Biólogo se requiere:

las nuevas regulaciones, emitirse la disposición MINISTERIO DE FINANZAS legal correspondiente. a) Poseer el título académico correspondiente, otorgado por la Universidad de San Carlos PUBLICAS POR TANTO: de Guatemala 0 por cualquier otra de las universidades autorizadas para funcionar en Acéptase la donación que a título gratuito y aEn el ejercicio de las facultades que le confiereel pa.s. Si el titulo ha sido obtenido en el favor del Estado, hace la Municipalidad de Sanel artículo 40 del Estatuto Fundamental de Gobierextranjero, se hace obligatoria la incorporaJuan Alotenango, departamento de Sacatepéquez,no, modificado por los Decretos Leyes números ción correspondiente; y de la fracción de terreno que se indica.36-82 y 87-83, b) Tener la calidad de colegiado activo.

DECRETA: Artículo 39-EI ejercicio de la profesión de MINISTERIO DE SALUD PUBLICA La siguiente Químico Biólogo comprende: la direccion, regencia y supervisión, así como la responsabilidad del Y ASISTENCIA SOCIAL "LEY PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESION funcionamiento de: DE QUIMICO BIOLOGO" Otórgase en su Primer Grado la Orden "Rodolfo a) Centros de estudios químico-biológicos, cuRobles", al Doctor Ricardo Asturias Valenzuela.Artículo 1°-El Quimico Biólogo es el profesio-yas actividades esten encaminadas a estudios nal que está capacitado científica y técnicamente y trabajos con fines educativos, de investigaOtórgase la Condecoración de la Orden Nacionalpara realizar, controlar y supervisar las actividadesción 0 comerciales; Roosevelt "Pedro de San José Bethancourt", al Hospitalsiguientes: b) Establecimientos y laboratorios para análisis, elaboracion, control, producción y venta dea) Análisis de muestras biológicas de origen materiales microbiológicos, citológicos e in-humano y animal, así como el control de PUBLICACIONES VARIAS munológicos, juegos de reactivos para dosi-calidad respectivo. Se entiende por muesficaciones cualitativas y cuantitativas detras biológicas las siguientes: sangre, heces, MUNICIPALIDAD DE TAXISCO, SANTA ROSA muestras biológicas y medios de cultivo usa-orina, líquidos corporales, piel, pelo, uñas, se-dos con fines de diagnóstico, tratamiento, pre-creciones y cualquiera otra muestra de estevención 0 investigación para uso humano 0

Modificase en el sentido que se indica el Regla-tipo; animal; y mento de Agua Potable de la Municipalidad de Taxisco, Departamento de Santa Rosa.b) Análisis y control de calidad microbiológico de las muestras siguientes: agua, aire, suelo,c) Bancos de sangre establecidos y sostenidos alimentos, bebidas, plantas, productos farma-por el Estado, la iniciativa privada, de carácter lucrativo 0 no, en donde desarrollan ANUNCIOS VARIOS céuticos, cosméticos, desinfectantes, desechos biológicos y agroindustriales y cualquier tipotécnicas 0 procedimientos especiales, relacionados en la transfusion sanguínea y sus de-de muestra que requiera dicho procediMatrimonios. Líneas de transporte. Constirivados. miento; tuciones de sociedad. - Modificaciones de sociedad. Disolución de sociedad. Patentsc) Control, elaboración y producción de mate-Artículo 1°-Los laboratorios clínicos de análide invención. Registro de marcas Titulosriales de origen microbiano e inmunológico supletorios. Edictos - Remates. Autori-de humanos y animales. Se entiende por ma-sis químico-biológico establecidos y sostenidos por el Estado o la iniciativa privada, dentro de los zacion farmacéutica, teriales microbianos e inmunológicos los si-cuales se incluyen los que se dediquen al analisisguientes: vacunas, antisueros para identificarde muestras biológicas utilizando los métodos y Banco del Café, S. A. (Entidad Privada de Depó-microorganismos, antisueros para detecciones técnicas contemplados en el artículo 19 de la presito y Crédito) -Balance General Condensadode antigeno-anticuerpo, inmunoglobulinas, an-sente ley, deten estar bajo la responsabilidad exal 30 de septiembre de 1980. tibióticos y otros del mismo tipo; clusiva de Químicos Biólogos que tengan la cad) Análisis y control de procesos agroindustria-lidad de colegiados activos. Banco del Café, S. A (Entidad Privada de Depó-les que impliquen procesos fermentativos,

sito y Crédito) -Balance General Condensadomicrobianos, asi como biometanización y otros:El Quimico Biólogo es la única persona autorial 31 de octubre de 1984, zada para solicitar el trámite de registro, apertue) Control, elaboración y producción de mate-ra, traslado y cierre de los citados laboratorios. Banco del Café, S A. (Entidad Privada de Depó-riales para consumo humano y animal como: sito y Crédito) General Condensado derivados de fermentaciones microbianas. pro-Artículo 59-Los laboratorios de control de caal 30 de noviembre de 1984. cesamiento de productos Lácteos, cárnicos ylidad microbiológicos establecidos y sostenidos por otros; y el Estado 0 la iniciativa privada, estarán bajo la1882 DIARIO DE CENTRO AMERICA 19 de 1985 NUMERO 79 dirección y responsabilidad exclusiva de quimicosDicho registro se llevará a cabo en el Colegiocomo ciudadana china, según partida y folio nú- biologos y afectos a las leyes y reglamentos de de Farmacéuticos y Químicos de Guatemala mero 1288 del libro 8 del Registro de Extranjeros salud. y el uso del sello registrado es obligatorio enResidentes que se lleva en la Dirección General todos los actos profesionales del Quimicode Migración, tramitó el respectivo expedienteArticulo 69-Es obligatorio el registro sanitarioBiólogo; para obtener su nacionalidad guatemalteca y ha-de materiales microbiológicos, citológicos e inmunológicos, juegos de reactivos de uso diagnósticod) Por apertura de Laboratorio Químico Bio-biendo cumplido todos los requisitos legales, es

y medios de cultivo, el que deberá ser efectuado lógico: cincuenta quetzales (Q.50.00). procedente emitir la correspondiente disposición en la Dirección General de Servicios de Salud, Establecimientos, centros 0 industrias quími-concediéndole la nacionalidad guatemalteca. bajo la responsabilidad de un químico biólogo.co-biológicas (que utilicen técnicas microbiologicas, bioquimicas, inmunológicas, y otras POR TANTO: Artículo 79-Los laboratorios clínicos de análisis propias de la profesión del Químico Biologo): químicos biológicos y los de control de calidad En el ejercicio de las facultades que le confierencincuenta quetzales (Q.50.00); microbiológicos que actualmente funcionan en los artículos 20., 4o. y 26 inciso 14) del Estatuto e) Por traslado de los establecimientos antes in-Guatemala, podrán continuar en sus actividades Fundamental de Gobierno, modificado por los Dedicados: veinticinco quetzales (Q.25,00);siempre y cuando un quimico biólogo se haga rescretos-Leyes números 36-82 y 87-83, así como con ponsable de ellos, conforme lo estipulado en losf) Por certificaciones de cualquier clase exten-lo establecido por los artículos 33, 34 y 36 del artículos 49 y 59 dentro de un plazo no mayor de didas por Químicos Biólogos para tramitesDecreto número 1613 del Congreso de la Repú-

tres meses de emitida esta ley. legales 0 de control de calidad: un quetzalblica, (Q.1.00) por cada hoja; y ACUERDA: Artículo 8°-Queda derogado el Decreto número g) Por el registro sanitario de los juegos de re-1566 del Congreso de la República. activos para diagnóstico, productos biológicos,Artículo 1o. Conceder la nacionalidad guatemicrobiológicos y de cualquier otra naturalezamalteca a la señora Silvia Judith Ho de Chang Artículo 99-E1 presente Decreto Ley entra en vigor a los noventa días de su publicación en el utilizados con fines de diagnóstico en los la-(Ho Ling Hong de Chang), por medio del Minisboratorios, establecimientos, centros e indus-terio de Relaciones Exteriores, debiendo la inte-Diario Oficial. trias químico Biológicas: treinta quetzalesresada cumplir además las formalidades prescritas Dado en el Palacio Nacional: en la cludad de (Q30.00) por cada producto. por los artículos 37 y 38 de la Ley de Nacionalidad. Guatemala, a los diociocho días del mes de diciemArtículo presente Acuerdo entrará en bre de mil novecientos ochents y cinco. Artículo 49-Los reglamentos en que se fijen las prestaciones que se concederán, las característicasvigor el día de su publicación en el Diario Oficial. Publiquese y cúmplase. de los timbres, la forma de recaudar, administrarComuniquese,y emplear los fondos y en general todas las disGeneral de Division posiciones tendientes al eficaz cumplimiento y la General de Division OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES realización de los fines de esta ley, serán aproOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES bados por la Asamblea General del Colegio de FarEl Secretario General de la macéuticos y Químicos de Guatemala. El Ministro de Relaciones Exteriores Jefatura de Estado FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ Artículo 59-La Dirección General de Servicios de Salud, sus dependencias y en general las oficiMinistro de Salud Pública ynas públicas, exigirán que los documentos a que Asistencia Social se refiere esta ley lleven adheridos y canceladosMINISTERIO DE GOBERNACION RAMIRO RIVERA ALVAREZ mediante perforación 0 sello, los timbres químico biológicos correspondientes y la firma y sello del Químico Biólogo responsable. Nombrase Alcaide y Vicealcaide de la MunicipaArtículo 69-En caso de incumplimiento de lo lidad de Villa Nueva, departamento de GuatemaDECRETO LEY NUMERO 131-85 dispuesto en el artículo anterior, la autoridad ad-la, a las personas que se mencionan.ministrativa rechazará el 0 los documentos del caso, EL JEFE DE ESTADO Palacio Nacional: Guatemala, 12 de diciembre de 1985. Artículo 79-Los timbres a que se refiere laCONSIDERANDO: presente ley se expenderán en la sede del Colegio ACUERDO GUBERNATIVO DE

de Farmacéuticos y Químicos de Guatemala, exQue el Estatuto Fundamental de Gobierno y la NOMBRAMIENTO NUMERO 283 clusivamente a los Químicos Biólogos que tengan Ley de Colegiación Obligatoria para el Ejerciciola calidad de colegiados activos.de las Profesiones Universitarias, establecen la JEFE DE ESTADO, obligatoriedad de la colegiacion de los profesiona-Artículo 89-Las prestaciones sociales y benefiles universitarios, entre cuyos fines están la supeEn el ejercicio de les facultades que le confierentios que se otorguen de conformidad con esta leyración moral y material de las respectivas profelos articulos 40. y 26, inciso 50., literal c) del Es-y sus reglamentos seran inembargables.siones, así como mantener el decoro en su ejercicio tatuto Fundamental de Gobierno, modificado por y la solidaridad entre sus miembros: Artículo 99-A partir de la fecha de su publi-los Decretos Leyes numeros 36-82 y 87-83 y Decacion en el Diario Oficial, se concede un plazocreto Ley número 41-83, CONSIDERANDO: de seis (6) meses para cumplir con los requisitos ACUERDA: de los incisos c), d) y g) del artículo 39 de laQue los Quimicos Biólogos son profesionales quepresente ley. Artículo 10. Nombrar al senor Mario Neftalidesempeñan una función importante en la prestación de los servicios relacionados con la salud Barrios Rosal, Alcalde Municipal de Villa Nueva,Articulo 10-El presente Decreto Ley entra en

pública y que no gozan, como otras profesiones departamento de Guatemala, en sustitución de vigor el dia siguiente de su publicación en el Diauniversitarias, de prestaciones sociales que les den Rafael Arcángel Mijangos Gonzalez, quien fue se-rio Oficial. protección y aseguren su retiro después de un parado del cargo por anomalias en el servicio. plazo razonable de ejercicio profesional. Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Artículo 2o. -Nombrar al señor Juan José Guatemala, a los dieciocho días del mes de di-Eduardo Morales Morales, Vicealcalde Municipal POR TANTO: ciembre de mil novecientos ochenta y cinco. de Villa Nueva, departamento de Guatemala, en sustitución de Mario Neftali Barrios Rosal, quien En el ejerciclo de las facultades que le confierePublíquese y cumplase, es nombrado Alcalde de la misma Municipalidad.el artículo 40 del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Leyes números Artículo 30.-Los nombrados devengarán el suel-General de División 36-82 y 87-83, OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES do que tengan asignado en el presupuesto municipal DECRETA: El Secretario General de la Artículo 40-EI presente acuerdo surte sus efectos a partir de las correspondientes fechas de tomaLa siguiente Jefatura de Estado MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ de posesion y deberá publicarse en el Diario Oficial.

LEY DEL TIMBRE QUIMICO BIOLOGICO

Ministro de Salud Pública y

Artículo 19-Se crea un impuesto sobre el ejerAsistencia Social Comuniquese cicio de la profesión del Quimico Biólogo, el que RAMIRO RIVERA ALVAREZ General de Divisiónse recaudará por medio de una especie timbrada denominada "Timbre Químico Biológico". OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES Articulo 29-Los fondos provenientes de tal imEl Ministro de Gobernación puesto son privativos del Colegio de Farmacéuticos CARLOS GUZMAN ESTRADA y Quimicos de Guatemala, quien recaudará, adMINISTERIO DE RELACIONES ministrará y empleará su producto exclusivamente en el desarrollo de los planes de prestaciones a EXTERIORES Modificanse en la forms que se indica, los articulos favor de sus colegiados Químicos Biologos y con 20. y 30. del Acuerdo Gubernativo número 489sujeción a los reglamentos respectivos. 85 del 12 de junio de 1985 (relativo a la creación de una Comision con caracter de Autoridad para Artículo 39-El impuesto del "Timbre QuimicoConcédese la nacionalidad guatemalters a la señorael Rescate y Resguardo del Lago de Amatitian). Biológico", recaerá sobre los actos y en los mon-Silvia Judith Ho de Chang (Ho Ling Hong de tos siguientes: Chang). Palacio Nacional: Guatemala, 18 de noviembre a) Por la colegiacion para ejercer como QuímicoPalacio Nacional: Guatemala, 14 de junio de 1985.de 1985. Biólogo si se es guatemalteco egresado de

universidad extranjera: cien quetzales ACUERDO GUBERNATIVO No. 448-85 ACUERDO GUBERNATIVO No. 1110-85 (Q.100.00); EL JEFE DE ESTADO, EL JEFE DE ESTADO b) Por la colegiacion para ejercer como Químico Biologo extranjero, graduado fuera del país, CONSIDERANDO: mil quetzales (Q.1,000.00); CONSIDERANDO: Que con fecha 12 de junio de 1985 se emitió el c) Por registro del sello profesional quince quet-Que la senora Silvia Judith Ho de Chang (HoAcuerdo Gubermativo número 489-85 por medio del zales (Q.15.00). Ling Hong de Chang), quien se encuentra inscritacual se crea una Comision con caracter de "Aut

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