Decreto 1309 de 2026
Presidente de la República
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 1309 de 2026
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2026
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL
DECRETO NÚMERO 1309 DE 2026
(agosto de 2026)
Por el cual se da por terminado un encargo y se hace un nombramiento ordinario
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En uso de sus facultades constitucionales y legales, y en particular las previstas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 2.2.5.1.1, 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015,
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto No. 1089 del 06 de agosto de 2026, se encargó al doctor CARLOS MARIO LÓPEZ ROJAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.036.612.301, Asesor código 1020 grado 18 de la Dirección General del Centro Nacional de Memoria Histórica, de las funciones del empleo de Director General de Unidad Administrativa Código 0015, Grado 28 de la misma entidad.
Que es necesario dar por terminado el encargo efectuado y nombrar al doctor D'MAR CORDOBA SALAMANCA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 97.613.974, en el empleo de Director General de Unidad Administrativa Código 0015, Grado 28 de la misma entidad.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1%. Terminación de encargo. Dar por terminado el encargo efectuado al doctor CARLOS MARIO LOPEZ ROJAS, identificado con cédula de ciudadanía No 1.036.612.301, en el empleo de Director General de Unidad Administrativa Código 0015, Grado 28 de la misma entidad, a partir de la fecha.
Artículo 2%. Nombramiento. Nombrar al doctor D'MAR CÓRDOBA SALAMANCA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 97.613.974, en el empleo de Director General de Unidad Administrativa Código 0015, Grado 28 de ia planta de personal del Centro Nacional de Memoria Histórica", a partir de la fecha.
Artículo 3%. Comunicación. Comunicar este decreto a los señores CARLOS MARIO LOPEZ ROJAS y DIMAR CÓRDOBA SALAMANCA, a través de la Oficina de Talento Humano del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social. nombramiento ordinario
Artículo 4°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición