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Decreto 132-1963

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 132-1963
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Civil
Año
1963

98 DIARIO OFICIAL NUMERO 12 cas. deciden de común acuerdo algún punto dudosomento privado legalizado por notario; 0 bien, me DECRETO NUMERO 1320 litig.oso. evitan el pleito que podria promoversediante acta judicial, 0 peticion escrita dirigida al o terminan el que está principiado. juez, cuyas firmas esten autenticadas por notario. ENRIQUE PERALTA AZURDIA,TITULO XXI Artículo 2152.--Para que la transacción sea vá lida se requiere: Jefe del Gcbierno de la República,DEL COMPROMISO CONSIDERANDO 10.-Que las partes tengan capacidad para dispo-Artículo 2170.-Por el contrato de compromise las ner de lo que sea objeto de la transacción; partes someten sus controversias a la decision de Que de conformidad con to acordado en la III 20.-Que las cosas 0 cuestiones sobre las cuales árbitros. Reunión Regional de Navegación Aérea del Caribe, se transige, sean dudosas 0 litigiosas; celebrada en la ciudad de Santo Domingo, Repub'i 30.-Que las partes se prometan. cedan 0 den algoArtículo 2171.-Si los interesados convinieren en ca Dominicana, en abril de 1956, se designó a reciprocamente: y, que la controversia se sustancie y resuelva con suGuatemala como una Terminal Aerea de Aviones 40.-Que, cuando se celebre por medio de mandajeción a la ley, los árbitros son juris 0 de derecho:de Retropropulsión. dentro del sistema de term:-

tario, éste tenga facultad especial, no sólo y si los facultan para que, tomando como base la nales en los servicios aéreas internacionales del para transigir, sino para los actos y contratosequidad y la justicia, resuelvan según su leal Caribe: derivados de la transacción que necesiten fa CONSIDERANDOsaber y entender, los árbitros son arbitradores 0 cultad especial. amigables componedores. Que de acuerdo con el compromiso contraido por nuestro pais en la mencionada reunión, se efec-Cuando no se exprese en el compromiso la caliArticulo 2153.-La transaceión puede referise a tuaron los trabajos de reacondic ionamiento de ladad de los árbitros se entenderá que son árbitros todos 0 solamente a alguno 0 algunos de los pun pista de aterrizaje del Aeropuerto La Aurora. lade derecho. tos controvertidos: pero, en todo caso, no se comcual se puso en uso para vue'os internacionales prende en la transacción sino lo que se ha exprediurnos y nocturnos: pero aun hace falta el equipoArticulo 2172.-No se puede someter a árbitros para aterrizaje direccional edificios y demás ins-sado por las partes, sea que la intención de ellas los asuntos en que está prohibido transigir. talaciones aeroportuarias indispensables para com-se hubiere manifestado en términos generales 0 pletar el proyecto, de entero acuerdo con la natuespeciales, 0 que se conozca esta intención como. Articulo 2173.-EI marido no puede sin el consenraleza de las necesidades del servicio en consonant

consecuencia necesaria de lo expresado en el contimiento de la mujer, ni esta sin el de aquél, comcia con la magnitud del movimiento aéreo interna-venio. prometer en arbitros los negocios que afecten biecional: des comunes CONSIDERANDO: Antículo 2154.-La renuncia que se haga de derechos, acciones y pretensiones, comprende solamen Articulo 2174.-Los representantes de menores. Que la complementación de las obras de In Terte los que se refieren a la disputa que dio lugar incapaces y ausentes necesitan autorización judiminal La Aurora. no sólo permitirá que nuestro a la transaccion. cial para comprometer en árbitros los asuntos de pais cumpla con sus obligaciones contraidas sobre las personas que representan. el particular. sino que redundará en positivo be Artículo 2155.-La transacción celebrada por uno neficio, tanto para los usuarios nacionales del ser0 algunos de los interesados, no obliga ni favorece Artículo 2175.-La estipulación de que serán re vicio, como para el desenvolvimiento comercial en a los demás si no la aceptan. sueltas por arbitros las cuestiones que puedan sur particular y económico en general, además de gir de determinado negocio, da derecho a cada constituir el mismo, una fuente importante de ocuArtículo 2156.-Si una cosa que fue materia de uno de los contratantes. una vez que se presenten pación: transacción resulta ajena, se pierde para todos los las cuestiones previstas, para obligar al otro a CONSIDERANDO:

que transigieron, en proporción del interés que huque otorgue la escritura de compremiso y a que biere correspondido a cada uno. La parte en cuyo nombre sus árbitros. Si se negare a ello. será res Que los estudios técnicos llevados a cabo por el poder quedó y se perdió la cosa, tiene derecho a ponsable del pago de daños y perjuicios y se pro Gobierno, ponen en evidencia que tas obras que que -los demás con quienes celebró la transacción,cederá a la formalización judicial del compromise. integrarán el servicio aeroportuario de la terminal, le devuelvan lo que dio por ella. en la forma prescrita por el Código Procesal Civilproducirán ingresos suficientes para la amortizay Mercantil. ción total de su costo y consecuentemente no proArticulo 2157.-Ha lugar al saneamiento en las ducirá efectos financieros desfavorables; transacciones, cuando una de las partes da a la Articulo 2176.-La muerte de una de las partes CONSIDERANDO: otra alguna cosa que no era objeto de la disputa.obliga a sus herederos a continuar el juicio arbitral. Articulo 2177.-En cuanto al modo de proceder Que oida la Junta Monetaria de conformidadArtículo 2158.-Se prohibe transigir: en los compromisos y a la extension y efectos de con el articulo 123 de la Ley Orgánica del Banco 10.-Sobre el estado civil de las personas; éstos, se estará a to que determina el Código Pro-de Guatemala, decreto 215 del Congreso de la República, emitió dictamen favorable,20.-Sobre la validez 0 nulidad del matrimonio 0 cesal Civil y Mercantil. del divorcio; 30.-Sobre la responsabilidad penal en los delitos POR TANTO. que dan lugar a procedimiento de oficio; pero TITULO FINAL "puede transigirse sobre la responsabilidad civil En uso de las facultades que le confieren los proveniente del delito; Artículo 2178.-Este Código entrará en vigor el 40.-Sobre et derecho a ser alimentado; pero no 10. de enero de 1964. exceptuando los articulos 373.articulos 30. y 27 (parrafo final) de la Carta Fun- "sobre' el monto de los alimentos y sobre all el párrafo último del 385. y el 387. cuya vigenciadamental de Gobierno, mentos pretéritos: y, principiará el 10. de julio de 1964. So.-Sobre to que se deja por disposición de última en Consejo de Ministros voluntad, mientras viva el testador 0 donante. Artículo 2179.-AJ entrar en vigor el ruevo Código. quedan derogados el Código Civil contenido PR DECRETA: Artículo 2159. Los representantes de menores. el Decreto Legislativo número 1932. el L'bro III del incapaces 0 ausentes no pueden transigir sobre losCódigo Civil de 1877, promuigado por el Decreto Articulo 10.-Se autoriza por conducto det Mibienes de las personas que representan, sin autodel Ejecutivo número 176: los Decretos del Con-nisterio de Hacienda y Crédito Público, la emisión

greso números 375, 444. 1145, 1289 y 1318. que sonde Bonos del Tesoro. hasta por la cantidad de rización judicial. las leyes de adopción, de uniones de hecho, celeTRES MILLONES DOSCIENTOS MIL QUETZALES Artículo 2160.-El marido no puede sin el consenbración del matrimonio y propiedad horizontal. res (Q.3.200.000.00). cuyo producto se destinará exclutimiento de la mujer, ni ésta sin el de aquél, tran-pectivamente, asi como las demás leyes civiles. ensivamente. para la construcción de los edificios e instalaciones y compra de equipo de la Terminal sigir sobre bienes, comunes. cuanto a las disposiciones que ya esten compren Aerea La Aurora. didas 0 que esten en oposición con lo establecido Artículo 2161.-Los que administran bienes nacio-en este Código. Articulo 30.-Los Bonos que se autorizan por el nales 0 municipales. sólo podrán transigir con au articulo anterior, se denominarán Bonos del Te torización 0 aprobación del Ejecutivo. Articulo 2180.-Los conflictes en la aplicacion desoro Terminal Aérea La Aurora se emitirán al preceptos contradictorios entre lo dispuesto en le.portador y a quince años plazo; se colocarán a su Articulo 2162.-Las asociaciones se ajustarán parayes anteriores y lo acordado en este Código, se re-valor nominal y devengarán hasta el siete por transigir, a la ley de su creación 0 al instrumentosolverán de conformidad con to que establece is ciento (7%) de interés anual, cuando se negocien

de su constitución O estatutes. A falta de dichasLey Constitutiva del Organismo Judic al, especialen el interior 0 en el exterior del pais: y dos y disposiciones, se procederá con autorización ju-mente en lo que ordena el articulo 250 de dichamedio por ciento (212%) anual cuando los adquiera dicial. ley. el Banco de Guatemala, mientras permanezcan en su poder. Tales intereses se pagarán por periodos Artículo 2163.-Ni aun después de que el menor Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de semestrales vencidos. haya cumplido la mayoria de edad, 0 el incapazGuatemala, a los catorce dias del mes de sep haya sido rehabilitado, podrá el tutor transigir contiembre de mil novecientos sesenta y tres. Artículo 30.-El Ministerio de Hacienda y Crédito él sobre los bienes que administró, si no están Publico podrá negociar parte 0 el total de la emisión aprobadas judicialmente las cuentas de la tutela y en el exterior, con un descuento razonable que canceladas las garantias legales, Publiquese y cumplase. ningun caso podrá exceder de un cinco por ciento (5%) del valor nominal de los Bonos. en caso de Artículo 2164.-Los depositarios sólo podrán tran ENRIQUE PERALTA AZURDIA, absoluta necesidad y previo dictamen favorable del sigir sobre sus derechos y gastos causados en la Jefe del Gobierno de la República. Banco de Guatemala. conservación del depósito, pero no sobre la cosa Ministro de la Defensa Nacional Articulo 40.-EI plazo de quince (15) años de losobjeto del depósito. El Ministro de Gobernación, Bonos se computará a partir de la fecha de emiArtículo 2165.-Para que el socio administrador LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. sión de cada serie y serán amortizados anualmen0 representante pueda transigir sobre los bienes 0 to con el producto de los recursos que se establece derechos pertenecientes a una sociedad, necesita El Ministro de Relaciones Exteriores. en el articulo 60. de este decreto. deducidos del ALBERTO HERRARTE GONZALEZ fondo de amortización correspondiente, los Intereautorización expresa. ses. comisiones y demás gastos del servicio de la Artículo 2166.-Son causas especiales de mulidad El Ministro de Agricultura, deuda. en las transacciones: CARLOS HUMBERTO DE LEON. En el caso de que los recursos a que se refiere El Ministro de Comunicaciones el párrafo anterior no fueren suficientes para el 10.-Si celebrada por causa 0 con vista de un título y Obras Públicas. pago de las obligaciones que se originen por la nulo, no se hizo en ella mérito de tal nulided: JOAQUIN OLIVARES M. emisión de los Bonos, la diferencia se tomará de 20.-Si se celebró en asunto en el que ya habia la cuenta .Fondo Comun-Gobierno de Guatemala recaido sentencia definitiva y las partes, 0 una El Ministro de Economia. de ellas, lo ignoraban; y, CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ Articulo 50.-El producto de la negociación de 30.-Si se celebró en virtud de documentos que los Bonos deberá ser situado por el Agente Finandespués se declaran falsos. El Ministro de Educación Pública, ciero a la Tesoreria Nacional en la forma que

ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. disponga el Ministerio de Hacienda y Crédito Pú Artículo 2167.-EI error de cálculo en las tranblico. sacciones debe enmendarse y no es causa de DUEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, lidad. JORGE LUCAS CABALLEROS M. Artículo 60.-Para atender la amortización del capital, intereses, comisiones y demás gastos del Artículo 2168.-Si los interesados convinieren en El Ministro de Salud Públicaservicio de la deuda que se origine con la emisión la transaccion una pena adicional, ésta no podrá Asisténcia Social, de los Bonos, se consignan exclusiva y especificaexceder de la quinta parte del valor que tenga la ALFONSO PONCE ARCHILA. mente los signientes recursos: cosa. Ministro ideTrabajo a) La pairte propercional, de acwerdo'com los planes Articulo2169 transacción Previsión Social, de amortización respectivos, de los ingresos escrito. pública en JORGE VALDER wententes de tos graváments tributaries que perNUMERO 12 EL GUATEMALTECO. DIARIO OFICIAL 99 atervizaje, iluminacion de pista, balizaje y pasa en Consejo de Ministros, El cuadro anterior demuestra que elpeso es dejes acreas. establecen los articulos 80., 10 y 14 seis mil quintentos kilos brutos exactos (6,500.000del decreto 836 del Congreso de la República: y DECRETA: K. B.); valor CIF de once mil cuatrocientos nob) Cinco centavos de quetzal (Q.0.05) del pago venta quetzales exactos (Q.11,490.00), e impuestosque en concepto de arrendamiento mensual deArticulo 10.-Se interviene la Empresa Guatemala exonerar de quinientos setenta y cuatro quetza-berauf cubrir las empresas de aviacion por el teca de Aviacion (AVIATECA), para cuyo efecto les y cincuenta centavos (Q.574.50).uso the los terrenos que ocupan sus edificios e SE nombrará un interventor-administrador Articulo 20.-Determinar que la maquinaria coninstalas lones en el Aeropuerte Internacional La Articulo 20.-El interventor-administrador tendrá sus repuestos, objeto de la presente exoneración,Aurora. la representacion legal de la Empresa y podrá ejer-sólo podrán usarse de manera exclusiva en la elacer todas las atribuciones y funciones de la junta boración de los artículos para lo cual fue clasifi-Articulo 70.-ET Banco de Guatemala ejercerá las directiva y del presidente de la misma, organos cada la empresa beneficiada, la cual queda en lafunction de agente financiero de la deuda que se que estarán subordinados a la autoridad de aquel obligación de hacer una declaración ante este Mi-origine con la degociación de los Bonos y en tal y que unicamente podrán ejercer las funciones quemisterio, de acuerdo con lo que amparan las res-sentido ra di encargado del servicio de la misel mismo les delegue. pectivas pólizas de aduana, a fin de llevar el conma. Para este objeto devengará por el desempeño Articulo 30.-Para llenar su cometido en cuanto de: tales funciones. una comision de un cuarto del trol necesario y establecer que son empleados paraa los aspectos financieros de la intervención, elel uso que se indica; asimismo se obliga la em-uno por ciento (1/4 del 14) anual sobre el monto interventor-administrador será asesorado por un presa, a rendir un informe mensual sobre el vode los Bonos en circulación, la cual cargara al delegado del Ministerio de Economia, uno de la lumen de su producción y precio de venta del ar-fondo the amortizacion correspondiente. Inspección General de Hacienda y uno de la Conticulo elabbrado, número de trabajadores emplea-traloria de Cuentas, quienes deberán prestarle sudos y salarios pagados, tanto al propio MinisterioArticulo 80 -Los Bonos podrán ser negociados, colaboración, conjunta 0 separadamente, cuando elcomo a la Dirección General de Estadística. descontados 0 redescontados a personas naturales mismo lo requiera. Artículo 3o.-Responsabilizar a dicha empresa0 juridicas nacionales y extranjeras. comprendiendo Articulo to.-Este Decreto entrará en vigor in-por el mal uso que hiciere de la exencion que selos Bancos del Estado y Bancos privados por memediatamente. le concede, y queda estrictamente sujeta a los al-dio del agente financiero. Asimismo el Banco de Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de

Guatemala podrá descontarios, redescontaries, adGuatemala, a los ocho dias del mes de noviembre cances del artículo 26 del decreto 1317 del CongreSO de la República, sin perjuicio de las sancionesmitirlos en garantia de adelantos y adquirirlos porde mil novecientos sesenta y tres. de otro orden, contenidas en las leyes del ramocuenta propia de acuerdo con su Ley Orgánica. hacendario. Publiquese y cúmplase. Articulo 40.-Que el presente acuerdo se trans-Artículo 90.--Los Bonos a que se refiere el preENRIQUE PERALTA AZURDIA,sente Decreto, asi como su enajenación. transfecriba a donde corresponde, para los fines legales Jefe del Gobierno de la República, procedentes. rencia 0 negociación y los intereses que devenguen. Ministro de la Defensa Nacional. quedan exentos de los impuestos de papel sellado y timbres, herencias. legados y donaciones, impuesEl Ministro de Gobernación, Comuniquese. tos sobre la renta y demás impuestos 0 tasas queLUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. se establezcan El Viceministro de Relaciones Exteriores, Encargado del Despacho, CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ. Articulo 10.-Para la mejor aplicación del preMAX KESTLER FARNES. sente decreto se emitirá el Reglamento de la emi El Ministro de Agricultura, EDUARDO PALOMO ESCOBAR.sion de los Bonos por conducto del Ministerio de CARLOS HUMBERTO DE LEON. Subsecretario.

Hacienda y Crédito Público, asesorado por el Bancode Guatemala. El Ministro de Comunicaciones y Obras Públicas, 165035X-11N Artículo 11.-El presente decreto entrará en viJOAQUIN OLIVARES M. gor el dia de su publicación en el Diario Oficial.EI Viceministro de Economia, Encargade del Despacho, Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de EDUARDO PALOMO ESCOBAR. Otórgase a la empresa -Kong Hermanos, exone-ración de derechos arancelarios. Guatemala, a los ocho dias del mes de noviembre El Ministro de Educación Pública, de mil novecientos sesenta y tres. ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. ACUERDO No. 510 Por el Ministro, Publiquese y cúmplase. El Primer Viceministro de Hacienda y Palacio Nacional: Guatemala, 19 de julio de 1963.Crédito Público, ENRIQUE PERALTA AZURDIA. FERNANDO JUAREZ RODAS. El Ministro de Economia,Jefe del Gobierno de la República. Ministro de la Defensa Nacional. El Ministro de Salud Pública Asistencia Social, CONSIDERANDO: M Ministro de Gobernación. ALFONSO PONCE ARCHILA LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. El Ministro de Trabajo y Que por acuerdo ministerial número 930, fechado Previsión Social, el 6 de abril de 1962, la empresa «Kong Hermanos. El Viceministro de Relaciones Exteriores,JORGE JOSE SALAZAR VALDES. (Artículos de Belleza, Tocador y Jaboneria fina)

fue reclasificada como industria nueva, de confor-encargado del despacho, midad con el artículo 50. del decreto número 1317MAX KESTLER FARNES del Congreso de la República; que el Departamento El Ministro de Agricultura. MINISTERIO DE ECONOMIA Industrial, en dictamen fechado el 19 de julio de CARLOS HUMBERTO DE LEON. 1963, emitió opinión favorable a la solicitud presentada por dicha empresa, relativa a que se le El Ministro de Comunicaciones Otorgase a Teneria La Constancia>, exoneraciónotorguen los beneficios derivados de su clasificación, y Obras Públicas, de impuestes arancelaries.

JOAQUIN OLIVARES M. POR TANTO,ACUERDO No. 512

El Viceministro de Economia, encargado del despacho, Palacio Nacional: Guatemala, 27 de junio de 1963.Con base en el artículo 60. del decreto número EDUARDO PALOMO ESCOBAR El Ministro de Economia, 1317 del Congreso de la República, El Ministro de Educación Pública, CONSIDERANDO: ACUERDA: ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. Que por acuerdo ministerial fechado el 2 de mayo Por el Ministro de Hacienda y de 1957. Teneria La Constancia propiedad de laArticulo 10.-Otorgar a la empresa ..Kong HerCrédito Público, firma J. Solé Jr. & Hnos., Co. Ltda., fue clasifi-manos (Artículos de Belleza, Tocador y JaboneFERNANDO JUAREZ RODAS. cada como industria integral fundamental existen-ria fina), exoneración del pago de derechos e imte, de conformidad con el artículo 20., numeralpuestos de importación, exceptuando las tasas yViceministro. Il y artículo 60., inciso a) del decreto número 459cargos en compensación de servicios prestados, sodel Congreso de la República; que la citada em-bre lo siguiente: E1 Ministro de Salud Pública yAsistencia Social, presa continua gozando de los beneficios que le fueron concedidos al ser clasificada, por tratarseConcepto Kgs. Valor Impues-ALFONSO PONCE ARCHILA. de derechos adquiridos que no pueden modificarse Brutos CIF tos a exoneD1 Ministro de Trabajo y por una ley posterior (artículo V de los preceptos Previsión Social, fundamentales y regia 6a. del artículo 250, ambos rar JORGE JOSE SALAZAR VALDES. del decreto gubernative número 1862); que el Departamento Industrial, en dictamen fechado el 24Aceites esenciales vegede junio de 1963, emitió opinion favorable a la 80-tales 140.186 Q.823.88 Q.152.48 licitud presentada por dicha empresa, relativa aEteres 19.504 25.14 4.75 DECRETO LEY NUMERO 133. que se le otorguen los beneficios derivados de suOtros alcoholes y sus declasificación, rivados 1.850 12.99 2.04 POR TANTO, Aldehidos, quetonas 0

ENRIQUE PERALTA AZURDIA, cetonas 1.300 4.14 0.69

ACUERDA:

TOTALES: 162.840

Jefe del Gobierno de la República,Articulo 10.-Otorgar a Teneria La Constancia Q.866.15 Q.159.96 exoneración del pago de todos los impuestos, dereCONSIDERANDO: chos, tasas y sobrecargos de importacion, exceptolos derechos de almacenaje, sobre lo siguiente:El cuadro anterior demuestra que el peso es deQue la Empresa Guatemalieca de Aviación Concepts(AVIATECA) confronta una situación anómala, deKgs. Valor Impuesciento sesenta y dos kilos y, ochocientos cuarenta rivada de pugna surgida entre el personal y las auBrutos CIF gramos (162.84o); valor CIF de ochocientos sesentatos a y seis quetzales y quince centavos (Q.866.15), e toridades de la misma, to cual redunda en perjuicio exoneimpuestos a exonerar de ciento cincuenta y nueve de su buen funcionamiento y de los servicios que rar (1) máquina de rebaquetzales y noventa y seis centavos (Q.159.96).constituyen su objeto; jar No. 30+B, con toArtículo 20.-Determinar que las materias pridos sus accesorios y mas, objeto de la presente exoneración, sólo po-CONSIDERANDO: repuestos, inclusive modrán usarse de manera exclusiva en la elaboración tor electrico de 1.5 cade los articulos para lo cual fue reclasificada la Que por otra parte se hace necesario llevar a cabeballos, motor eléctrico empresa beneficiada, la cual queda en la obliga-una investigación a fin de establecer la situación de brida y motor elécción de hacer una declaración ante este Ministefinanciera de la mencionada empresa y encauzartrico 15 caballos, 230 rio, de acuerdo con lo que amparan las respectisus actividades de acuerdo con sus leyes y regla-V., 60 ciclos, con intevas pólizas de aduana, a fin de llevar el control mentos; rruptor 2,500,000 Q. 5,590.00 Q.279.50necesario y establecer que son empleadas para el (1) máquina neumática uso que se indica; asimismo se obliga la empresaCONSIDERANDO: de descarnar No. 275. beneficiada, a rendir un informe mensual sobre el equipada con todos sus volumen de su producción y precio de venta del Que el Organismo Ejecutivo está obligado a ejer-a inclusive articulo elaborado, número de trabajadores emcer vigilancia y control sobre las empresas quemotor eléctrico 20 capleados y salarios pagados, tanto al propio Minisprestan servicios al público, especialmente cuandoballos, 230 V., 00 C1la rio como a la Dirección General de Estadística. se trata de entidades estatales, clos No. fabricación Articulo 30.-Responsabilizar a dicha empresa28150 4,000.000POR TANTO, 5,900.00 295.00 por el mal uso que hiciere de la exención que sele concede, y queda estrictamente sujeta a los alTOTALES: 6,500.000 Q.11,490.00 Q.574.50cances del artículo 26 del decreto número 1317 del En use de las facultades que le confiere el ArCongreso de la República, sin perjuicio de las santículo 3a. de la Carta Fundamental --Gobierno, ciones de otro orden. contentdas on In.

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