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Decreto 1324-1959

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1324-1959
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1959

DEL

LIBROS PRENSA CONGRESOCONTROL

EL Republic REVISTAS Temale

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886.-SEGUNDA EPOCA

Dirección: Teléfono 25223 Impreso en la Tipografia Nacional

Administración: Telefonc 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Central 7a. Av. Y calle 18 de Setiembre de Correos de Guatemala, el día 6 de marzo de 1950, bajo el número 749

TOMO CLVII GUATEMALA, MARTES 22 DE DICIEMBRE DE 1959 NUMERO SS SUMARIO Dado en el Palacio del Organismo Legistivo en los mercados mundiales de las regiones lativo: en Guatemala, a los veintiún días O países productores y especialmente de aquellos cuya economía dependa en gran medida de la ORGANISMO LEGISLATIVO del mes de octubre de mil novecientos cinproducción O exportación de azúcar, proporciocuenta y nueve. nando ingresos adecuados a los productores y Decreto número 1324. haciendo posible el mantenimiento de normas justas en las condiciones de trabajo y en losERNESTO VITERI BERTRAND, ORGANISMO EJECUTIVO salarios; y, en general, fomentar la cooperación Presidente. internacional respecto de los problemas mundiales del azúcar. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES ROLDOLFO MARTINEZ SOBRAL, Ratificase el Convenio Internacional del Azúcar de 1958. Secretario. CAPITULO II

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL JUAN JOSE MARTINEZ BARRIENTOS, DEFINICIONES Confiérese a la persona que se menciona, el grado de subSecretario. ARTICULO 2 teniente en el Arma de Infanteria.

Palacio Nacional: Guatemala, diez de noPara los fines del presente Convenio:Hácese una adición al Reglamento de Uniformes del Ejercito de Guatemala. viembre de mil novecientos cincuenta y 1) Por "tonelada" se entiende una tonelada Confierese a los Caballeros Cadetes que se expresa. el gramétrica de 1,000 kilogramos.nueve. do de subteniente de Infanteria. 2) Por "año-cuota" se entiende el año eaRatifíquese, publíquese y cúmplase lendario, es decir, el período del 19 de enero al 31

MINISTERIO DE ECONOMIA de diciembre, ambas fechas inclusive. 3) Por "azúcar" se entiende el azúcar en Modificase el artículo 19 del acuerdo de fecha 11 de agosto MIGUEL YDIGORAS FUENTES. cualquiera de sus formas comerciales reconocidel año en curso. sobre el precio del cafe molido. das, derivadas de la cana de azúcar O de la reEl Ministro de Relaciones Exteriores, molacha de azúcar, incluyendo melazas comes-Nómbrase subgerente de Crédito del Instituto de Fomento tibles y melazas especiales (fancy molasses),de la Producción. JESUS UNDA MURILLO. siropes O jarabes y cualquiera otra forma de

azúcar líquido utilizada para el consumo humano.MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA excepto las melazas finales y los tipos de calidadinferior de azúcar no centrifuga producidos por Designase al oficial mayor de Educación Pública, para que se encargue de la Subsecretaria. ORGANISMO EJECUTIVO métodos primitivos. El azúcar no destinado al consumo humano como alimento queda excluido, en la medida y en las condiciones que el Consejo ANUNCIOS VARIOS determine. MINISTERIO DE RELACIONES Las cantidades de azúcar especificadas en este Registro de marcas.- Constitucion de sociedades.- Disolucion de sociedad.- Patente de invencion.- Titulos EXTERIORES Convenio lo son en términos de valor crudo, peso neto, excluyendo el envase. El valor crudq desupletorios.- Edictos.- Remates. cualquiera cantidad de azúcar, con excepcion Banco de Occidente.-Quezaltenango.-Balance General, de lo-dispuesto en el artículo 16, significa su consolidado y por departamentos, al 30 de noviembre Ratificase el Convenio Internacional del Azúcarequivalente en términos de azúcar crudo de 96 de 1959. de 1958. grados de polarización. 4) Por "importaciones netas" se entiende las importaciones totales de azúcar después de deduMIGUEL YDIGORAS FUENTES, cir las exportaciones totales de azúcar. ORGANISMO LEGISLATIVO Presidente Constitucional de la República de5) Por "exportaciones netas" se entiende las

Guatemala, exportaciones totales de azúcar (excluido el azúcar suministrado para el avituallamiento de POR CUANTO: barcos en puertos del país interesado) después de DECRETO NUMERO 1324 deducir las importaciones totales de azúcar. El Honorable Congreso de la República, en 6) Por "mercado libre" se entiende el total EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, Decreto número 1324, emitido el veintiuno dede las importaciones netas del mercado mundial, octubre del año en curso, ha dado su aprobacióncon excepción de aquellas excluidas en virtud de CONSIDERANDO: al Convenio Internacional del Azúcar, adoptadocualquier disposición de este Convenio. en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre7) Por "pais importador" se entiende cualQue Guatemala suscribió el Convenio el Azúcar, celebrada en Ginebra Suiza, el 24 dequiera de los países enumerados en el ar-octubre de 1958, y firmado por el RepresentanteInternacional del Azúcar de 1958, uno de ticulo 33. de Guatemala, el 22 de diciembre del citado año,cuyos objetivos es garantizar precios equi8) Por "pais exportador" se entiende enalquiera de los paises enumerados en el articulo 34. tativos y estables a los países exportadores; POR TANTO: 9 Por "tonelaje básico de exportación" se

En uso de las facultades que me concede laentiende las cantidades de azúcar especificadas CONSIDERANDO: Constitución de la República, ratifico el Conve-en el párrafo 1 del artículo 14. nio Internacional del Azucar, y mando que se 10) Por "cuota inicial de exportación" se en-Que Guatemala tiene excedentes de azú- publique para que se tenga como ley de la Repú-tiende la cantidad de azúcar asignada para cualcar que el consumo interno no puede abblica. quier ano-cuota según el artículo 18 a cada pais sorber y que, de otra parte, es de esperarse enumerado en el párrafo 1 del artículo 14. que los altos costos actuales de producción En fe de lo cual firmo el presente Instrumento11) Por "cuota de exportación vigente" se de Ratificación, autorizado con el Sello Mayorsean reducidos mediante las experiencias entiende la cuota inicial de exportacion modifide la República y refrendado por el Ministro decada por los ajustes que de tiempo en tiempo que los industriales podrán adquirir en otrosRelaciones Exteriores, en la ciudad de Gua-puedan hacérsele. de los países productores que forman parte temala, a los diez días del mes de noviembre de12) "Existencias de azúcar", para los propó- del Convenio; mil novecientos cincuenta y nueve. sitos del artículo 13, tiene una de las dos signiM. YDIGORAS F. ficaciones siguientes: POR TANTO, 1) Todo el azúcar existente en el país de El Ministro de Relaciones Exteriores, que se trate, sea en las fábricas, refiCon fundamento en el artículo 149, inciso JESUS UNDA MURILLO. nerías, almacenes, 0 en tránsito inter2° de la Constitución de la República, no para destinos dentro del país, pero excluyendo el azúcar extranjero en depósito afianzado (in bond) (dentro DECRETA: CONVENIO INTERNACIONAL DEL AZUCAR DE 1958de cuyo término se comprenderá también el azúcar en importación tempoArtículo 1°-Se aprueba el Convenio InLos Gobiernos que son partes en este Conral (en admission temporaire) y excluyendo el azúcar en las fábricas, refi-ternacional del Azúcar de 1958, adoptado venio han acordado lo siguiente: nerias y almacenes 0 en tránsito inen la Conferencia de las Naciones Unidas terno para destinos dentro del pais, sobre el Azúcar, celebrada en Ginebra, SuiCAPITULO I que este exclusivamente destinado za, el 24 de octubre de 1958 y compuesto de a la distribución para consumo interno OBJETIVOS GENERALES y sobre el cual se hayan pagado todos 48 artículos. los impuestos u otras cargas al conARTICULO 1 sumo que existan en el país respecArtículo 2°-E1 presente decreto, que en tivo; O trará en vigor al día siguiente de su publiLos objetivos del presente Convenio son garantizar suministros de azúcar a los paises im2) Todo el azúcar existente en el país de cación en el Diario Oficial, fue aprobado portadores y mercados para el azúcar a los paisesque se trate, sea en las fabricas, reficon el voto afirmativo de más de los dos exportadores a precios equitativos y estables y, nerías, almacenes 0 en transito interno tercios del número total de diputados que por estos y otros medios, facilitar un aumento para destinos dentro del país, pero constante del consumo de azúcar y un aumento excluyendo el azúcar extranjero en integran el Congreso. correspondiente del suministro de azúcar; condepósito afianzado (in bond) (dentro tribuir al mejoramiento de las condiciones de de cuyo término se comprenderá tamPase al Organismo Ejecutivo para lo que vida de los consumidores del mundo entero y bién el azúcar de importación temproceda. contribuir al mantenimiento del poder adquisiporal (en admission temporaire) y ex-

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