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Decreto 133-1985

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 133-1985
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1985

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA DIRECTOR

TELEFONO DE DIRECCION 24-4-17 LUIS MENDIZABAL R. FUNDADO EL 2 DE AGOSTO DE 1880

TELEFONO DE REDACCION 20-4-12 TIPOGRAFIA NACIONAL, 18 CALLE 6-72, ZONA TELEFONO DE ADMINISTRACION: 24-4-18

TOMO CCXXVII GUATEMALA, LUNES 23 DE DICIEMBRE DE 1985 NUMERO 81

SUMARIO Comercio Integral del Calzado, Sociedad Anónima. de seguridad para furgones y contenedores, por Balance General al 30 de junio de 1982. estar muy próximo a agotarse su actual existencia; ORGANISMO EJECUTIVO Confecciones Dys, S. A., Balance General al 30 de junio de 1982. CONSIDERANDO: JEFATURA DE ESTADO Que es deber del Estado proveer a las dependencias públicas de lo necesario para la realiDECRETO LEY NUMERO 132-85 ORGANISMO EJECUTIVO zación de los programas de trabajo que les son propios; y habiéndose determinado la prioridad DECRETO LEY NUMERO 133-85 que reviste la compra de los marchamos metálicos para ser utilizados por la Dirección General de

DECRETO LEY NUMERO 134-85

JEFATURA DE ESTADO Aduanas y de que tal adquisición, de carácter

DECRETO LEY NUMERO 137-85 urgente, requiere de la aplicación de un procedimiento excepcional, es indispensable dictar las DECRETO LEY NUMERO 138-85 DECRETO LEY NUMERO 132-85 disposiciones legales pertinentes; DECRETO LEY NUMERO 141-85 POR TANTO:EL JEFE DE ESTADO DECRETO-LEY NUMERO 142-85 En el ejercicio de las facultades que le con-CONSIDERANDO: fiere el artículo 49 del Estatuto Fundamental de MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS Gobierno, modificado por los Decretos Leyes nú-Que es necesario modificar el Artículo 104 del meros 36-82 y 87-83, Concédese la exoneración que se indica, a favorDecreto del Congreso número 45-79, Código de del Club de Leones de Guatemala. C. A. Salud, a efecto de que su interpretación y apliDECRETA: cación sea congruente con el contenido del ArModificase en la forma que se indica el Regla-tículo 16 de tal cuerpo normativo, para cuyoArtículo 19-Se faculta a da Dirección General mento de la Ley del Ministerio de Finanzas Pú-efecto debe emitirse la correspondiente disposiciónde Aduanas para que, exceptuado de los requisitos blicas, Acuerdo Gubernativo número M. de F.P.legal. de licitación pública y cotizaciones en el interior y 5-72 del 16 de febrero de 1972. exterior del país, contrate la adquisición de diez POR TANTO: mil (10,000) marchamos metálicos de seguridad, MINISTERIO DE GOBERNACION que serán utilizados para sellar furgones y conteEn uso de las facultades que le confiere el Arnedores que transporten mercancías ingresadas Autorizase a la Municipalidad de Santa María Ix-tículo 49 del Estatuto Fundamental de Gobierno,por las aduanas de la República de Guatemala, huatán, departamento de Santa Rosa, para quemodificado por los Decretos Leyes números 36-82 cuyo valor será cancelado por el Ministerio de pueda cobrar los arbitrios que se mencionan.y 87-83, Finanzas Públicas con cargo a la Cuenta número 08-544-0700-01-01-03-000 "Remanente de Servicios Autorizase a la Municipalidad de Estanzuela, deDECRETA: Aduanales Diversos". partamento de Zacapa, para que pueda cobrar los arbitrios que se indican. Artículo 19-Se modifica el Artículo 104 del Artículo 29-La negociación que se haga al amDecreto del Congreso número 45-79, Código deparo del presente Decreto Ley, debe efectuarse MINISTERIO DE ECONOMIA Salud, el cual queda así: "Todos los habitantes dentro del plaze que vence el 28 de febrero de de la República, especialmente las mujeres du-1986 y será supervisada por la Contraloría de Cancélase el Acuerdo Ministerial número 767-84,rante el embarazo, el parto y el puerperio, hastaCuentas, en su calidad de entidad fiscalizadora del 9 de octubre de 1984, solicitado por la em-ocho semanas después del parto y los niños desdedel Estado; y en lo referente al contrato que se presa Marcatex, Sociedad Anónima. su nacimiento, tienen derecho a atención preven-suscriba para el efecto, debe cumplirse con lo

tiva y asistencia médica en las Instituciones del que al respecto determina la Ley de Compras y PUBLICACIONES VARIAS Estado. Contrataciones (Decreto número 35-80 del Congreso de la República) y su Reglamento. INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIALLos servicios a que se refiere el párrafo anterior serán prestados gratuitamente, salvo los queArtículo 39-El presente Decreto Ley entra en para cada institución asistencial se determine quevigor inmediatamente y deberá publicarse en el ACUERDO NUMERO 739 deben ser remunerados, emitiéndose con ese pro-Diario Oficial. ANUNCIOS VARIOS pósito el Acuerdo Gubernativo correspondiente".Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Artículo 29-E] presente Decreto entrará en Guatemala, a los diecinueve días del mes de diMatrimonios. Líneas de transporte. Consti-vigor el día de su publicación en el Diario Oficial.ciembre de mil novecientos ochenta y cinco. tuciones de sociedad. Modificaciones de sociedad. - Disoluciones de sociedad. Patente deDado en Guatemala, a los diecinueve días de Publíquese y cúmplase, invención. Registro de marcas. - Títulos su-diciembre de mil novecientos ochenta y cinco. pletorios. Edictos. Remates. General de División

Comuníquese: OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES

Corporación General de Electrificación, S. A. (CORGELEC). Balance General al 30 de junio General de División Secretario General de la de 1982. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES Jefatura de Estado

MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ Omega, S. A. de C. V., Balance General al 30 dejunio de 1982. Secretario General de la Jefatura de Estado Ministro de Finanzas,

1. Boussinot, S. A., Balance General al 30 deMANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ ARIEL RIVERA IRIAS junio de 1982. Ministro de Salud Pública Armor de Guatemala, S. A., Balance General al y Asistencia Social 30 de junio de 1982. J. RAMIRO RIVERA ALVAREZ

Teko de Guatemala, Sociedad Anónima, Balance DECRETO LEY NUMERO 134-85 General al 30, de junio de 1982. DECRETO LEY NUMERO 133-85 EL JEFE DE ESTADO firentas, S. A., Balance General al 30 de juniode 1982. EL JEFE DE ESTADO CONSIDERANDO: mobiliaria Río Grande, S. A., Balance General CONSIDERANDO: Que es conveniente y necesario dictar la dispoCondensado al 30 de junio de 1982. sición legal pertinente orientada a eximir del pago esarrollos Montebello, S. A., Balance GeneralQue la Dirección General de Aduanas, median-del Impuesto al Valor Agregado en la venta de Condensado al 30 de junio de 1982. te expediente ha comprobado la urgente nece-Mercancias y en la Prestación de Servicios no sidad que tiene de adquirir marchamos metálicosPersonales a que se refiere el Decreto-Ley nú- mero 72-83, la importación amparada por la póliza

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