Decreto 1333-1960
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1333-1960
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 1960
EL Guate BIBLIC DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA RepúblicaFUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886-SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Administración: Telefono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el N° 749. América, 9a Av. 11.34, zona 1
DIRECTOR: ARTURO VALDES OLIVA TOMO CLVIII Guatemala, Viernes 25 de Marzo de 1960 NUMERO 63
SUMARIO Enmienda a la Convención sobre el InstiPROTOCOLO tuto Interamericano de Ciencias Agrícolas, ORGANISMO LEGISLATIVO suscrito por el embajador de Guatemala DE ENMIENDA A LA CONVENCION SOBRE en Washington, Estados Unidos de Amé- EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE CIENCIAS AGRICOLAS Decreto Número 1333. rica, el 18 de marzo del año pasado. Los Estados Contratantes, con miras a fortaORGANISMO EJECUTIVO ARTICULO 2o. Este Decreto, aprolecer y ampliar las actividades agropecuarias de bado por el voto favorable de más de las la Organización de los Estados Americanos, han MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES dos terceras partes del número total de Diacordado efectuar ciertas modificaciones en la Convención sobre el Instituto Interamericano de putados que integran el Congreso, entraráRatificase e1 Protocolo de Enmienda a la Convención sobre Ciencias Agricolas (denominada en adelante .la
el Instituto Interamericano de Ciencias Agricolas. en vigor al día siguiente de su publicación Convención,), abierta a la firma en la Unión en el Diario Oficial. Panamericana el 15 de enero de 1944, y para estos efectos han resuelto concertar el siguiente MINISTERIO DE ECONOMIA Pase al Organismo Ejecutivo para Protocolo de Enmienda a, la mencionada Conención. Ampliase el Acuerdo de 19 de octubre de 1955 a favor deque proceda.la industria de Litografia de los señores Arimany e hijos ARTICULO I y Compania Limitada. Dado en el Palacio del Organismo Legis-Ampliase el Acuerdo de fecha 11 de noviembre de 1954 a favor de la "Industria Textil Miraflores, S. A.". lativo, en Guatemala, a los dos días del El término República 0 «Repúblicas» será substituido por Estado 0 «Estados», según seames de febrero de mil novecientos sesenta. el caso, siempre que aquél figure en el texto de MINISTERIO DE GOBERNACION la Convención. ERNESTO VITERI BERTRAND,Hacense dos nombramientos para el Departamento de AdARTICULO II Presidente.ministración de Fincas Nacionales. Rectificase el nombramiento que se menciona. El Artículo I de la Convención queda enmenContrato celebrado entre el Director General de Asuntos JUAN JOSE MARTINEZ BARRIENTOS, dado en los términos siguientes: Agrarios y el señor Lelio Alvarez Garcia, sobre prestación Secretario. de servicios: y acuerdo de aprobación. .ARTICULO I
Commissios celebrados entre la Dirección General de Compras VIRGILIO VISCOVICH PREM,y Suministros de la Nacion y las personas que se menSecretario. Los Estados Contratantes, por medio del pre-cloman. sente instrumento, reorganizan el Instituto InMINISTERIO DE HACIENDA Palacio Nacional: Guatemala, diez y teramericano de Ciencias Agricolas y lo estaY CREDITO PUBLICO nueve de febrero de mil novecientos seblecen como organismo internacional reconociéndole personalidad jurídica de acuerdo consenta. su propia legislación. En tal carácter, el Ins-Hacese la exoneración arancelaria que se expresa, a favor tituto goza. de todos los derechos, títulos e in-de la señora Maria Teresa L. de Ydigoras Ratifiquese, Publíquese y Cumplasetereses en los bienes, terrenos y otras propiedaHacese a favor de la Asociación Católica de Beneficencia MIGUEL YDIGORAS FUENTES. des de cualquiera naturaleza que sean y que "Charitas", la exoneración que se menciona. pertenezcan al Instituto Interamericano de El Ministro de Relaciones Exteriores, Ciencias Agrícolas, según fue organizado, con ANUNCIOS VARIOS fecha 18 de junio de 1942, como corporación esJESUS UNDA MURILLO. tablecida de acuerdo con las leyes del Distrito Matrimonio.-Aurorizase la inscripción como contratista de de Columbia, Estados Unidos de América; y
titulares de derechos petroleros.-Constitución de sociedad.- asume todas las obligaciones de que se haya Modificación de sociedad. Lineas de transporte.-Autohecho responsable dicho Instituto en esa calirizaciones farmacéuticas.-Registro de mareas.-Títulos sudad de corporación. pletorios.-Edictos.-Reates ORGANISMO EJECUTIVO El Instituto tendrá su sede en Turrialba, Costa Rica, y podrá establecer oficinas en otros lugares de dicho país. Podrá tener también oficinas 0 centros regionales en otros países de América.
ORGANISMO LEGISLATIVO MINISTERIO DE RELACIONES
ARTICULO III EXTERIORES El Artículo III de la Convención queda enDECRETO NUMERO 1333 Ratificase el Protocolo de Enmienda a la Conmendado en los términos siguientes: vención sobre el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA ARTICULO III DE GUATEMALA, MIGUEL YDIGORAS FUENTES La Junta Directiva, autoridad suprema del Instituto, se compone de un representante por Presidente Constitucional de la República cada Estado Contratante. Cada Estado desigCONSIDERANDO: de Guatemala, nará como su representante preferentemente a un alto funcionario del Ministerio 0 Secretaria POR CUANTO: de Agricultura, especialista en materias agrícoQue el Protocolo de Enmienda a la Conlas. Asimismo, cada Estado podrá nombrar un vención sobre el Instituto Interamericano representante suplente y los asesores que conde Ciencias Agricolas, suscrito por GuateEl Honorable Congreso de la República, en sidere necesarios.
mala, en la ciudad de Washington, el 18Decreto número 1333, emitido el dos de febrero Para las decisiones de la Junta Directiva se del año en curso, ha dado su aprobación al de marzo del año pasado, tiene como obrequiere el voto favorable de la mayoría absoProtocolo de Enmienda a la Convención sobre luta de los Estados, Contratantes, excepto en lo jetivo principal simplificar el funciona-el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícoreferente a asuntos presupuestarios en que es miento de dicho Instituto, dándole la ele-las, suscrito por Guatemala, en la ciudad de necesaria una mayoria de dos tercios. vada categoría de una organización inter-Washington, Estados Unidos de América, el 18 de marzo de 1959. Son atribuciones de la Junta las siguientes: nacional; POR TANTO: Elegir al director del Instituto y determinarCONSIDERANDO: su remuneración; En uso de las facultades que me confiere la Que dicho Protocolo de Enmienda a la Constitución de la República, ratifico el ProtoRemover al director; Convención sobre el Instituto Interamericolo de Enmienda a la Convención sobre el Inscano de Ciencias Agrícolas, no contiene tituto Interamericano de Ciencias Agrícolas, y Considerar el Proyecto de Programa de Tramando que se publique para que se tenga como bajo que le someta el director y aprobar anualprecepto alguno que contrarie las normas ley de la Repúbilca. mente el Programa de Trabajo del Instituto; legales vigentes;
En fe de lo cual firmo el presente InstrumenAprobar el presupuesto del Instituto y fijar POR TANTO, to de Ratificación, autorizado con el Sello Malas cuotas anuales de los Estados Contratantes; yor de la República y refrendado por el MinisEn uso de las facultades que le concede tro de Relaciones Exteriores, en la ciudad de Cooperar con el director en asuntos de indoel inciso 2o. del artículo 149 de la ConstiGuatemala, a los diez y nueve días del mes de Ne técnico-agrícola; febrero de mil novecientos sesenta. tución, Aprobar el Acuerdo que el Instituto, en su DECRETA: calidad de Organismo Especializado, celebre con