Decreto 1334-1960
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1334-1960
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 1960
El Guatemalteco REMUNICA
REVISTAS
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886-SEGUNDA EPOCA Agencia: Telefono 28027 Registrado:como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso on Diario de CentroAdministración: Telefono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el N° 749. America, 9a Av. 11.34, zona 1
DIRECTOR: ARTURO VALDES OLIVA TOMO CLVIII Guatemala, Sábado 26 de Marzo de 1960 NUMERO 64
SUMARIO CONSIDERANDO: POR CUANTO: ORGANISMO LEGISLATIVO Que dicho Convenio incorpora a nuesEl Honorable Congreso de la República, en Decreto número 1334, emitido el dos de febrero tro país en el rol de los productores de del año en curso, ha dado su aprobación al Decreto Número 1334. algodón en el Continente Americano, con Convenio Constitutivo de la Federación Interfines de protección y ayuda mutua y con americana del Algodón, suscrito por el EmbaORGANISMO EJECUTIVO miras a la estabilización del precio del jador de Guatemala en la República de El Salalgodón en los mercados internacionales;vador el 14 de septiembre de 1959,
MINISTERIO DE RELACIONES POR TANTO: EXTERIORES CONSIDERANDO: En uso de las facultades que me confiere laRectificase el Convenio Constitutivo de la Federacion Interamericana del Algodon, Que el Convenio constitutivo de la FeConstitución de la República, ratifico el Convenio Constitutivo de la Federación Interderación Interamericana del Algodón, tie-americana del Algodón, y mando que se publiMINISTERIO DE AGRICULTURA ne como objetivo principal establecer un que para que se tenga como ley de la Repú- mecanismo permanente a fin de propiciar blica. Derógase el Acuerdo Gubernaivo de 2 de noviembre de 1959. la cooperación interamericana en la soluEn fe de lo cual firmo el presente Instruque modificó el Artículo 11 del Reglamento sobre la Caza mento de Ratificación, autorizado con el Sello de Lagartos. ción de los problemas que afectan el cul-Mayor de la República y refrendado por el tivo, beneficio y comercio del algodón enMinistro de Relaciones Exteriores, en la Ciudad MINISTERIO DE ECONOMIA el mercado mundial; de Guatemala, a los diez y nueve días del mes de febrero de mil novecientos sesenta. Otorgase la exoncración que se menciona, :1 la firma Grace POR TANTO,& Co., Central America. M. Ydígoras F.
MINISTERIO DE HACIENDA DECRETA: El Ministro de Relaciones Exteriores,
Y CREDITO PUBLICO J. UNDA MURILLO.
ARTICULO 10.-Se aprueban los quin-Concédese a la Cooperativa Americana de remesas al extece Artículos principales y dos Transito-rior, exoneración de derechos arancelarios. rios de que consta el Convenio Constitu-Hacese exoneración de impuesios assumates at Comité proCONVENIO
Estadio de Retalhulen. tivo de la Federación Interamericana del Algodón (FIDA). suscrito por GuatemaCONSTITUTIVO DE LA FEDERACION la en la capital de la hermana RepúblicaINTERAMERICANA DEL ALGODON de El Salvador, con fecha 14 de septiem-RECTIFICACIONES bre de 1959. Los gobiernos de los países participantes en la Primera Conferencia Interamericana del A1En el número 33, tomo CLVIII, de este Diagodón; rio, de fecha 17 de febrero del año en curso, ARTICULO 20.-Este Decreto, aprobase publicó el «Reglamento interior de la Penido con el voto favorable de más de las dos CONSIDERANDO: tenciaría de Puerto Barrios terceras partes del número total de Diputados que integran el Congreso, entra-Que el algodón es un producto de importancia Por error de original se incurrió en varias capital para los países signatarios, por cuanto equivocaciones al redactar el Capitulo VII, Arrá en vigor al día siguiente de su publi-constituye una fuente de trabajo para grandes tículo 57, y los Artículos 65, 83. 99, 123 y 161, cación en el Diario Oficial. sectores de su población y una fuente signifidebiendo quedar en la siguiente forma: catival de divisas; Pase al Organismo Ejecutivo para loCapítulo VII. Artículo 57, tercera linea, dice: Que los países signatarios se vienen enfrenque proceda.y tendrá cuidado la asistencia Debe detando a una situación caótica resultante de la cir: Y tendrá a su cuidado la asistencia falta de orden en el mercado y la ausencia de Dado en el Palacio del Organismo Lemedidas que permitan conciliar las políticas Artículo 65. 3a. linea, dice: su nivel opogislativo, en Guatemala, a los dos dias del nacionales con la acción de conjunto que es sición Dabe decir: su nivel O posiindispensable; mes de febrero de mil novecientos sesenta. Que solamente mediante la cooperación interArtículo 83. 10a. línea, dice: será previanacional es posible estabilizar el mercado del mente contenido Debe decir: será previamente convenido ERNESTO VITERI BERTRAND, algodón en beneficio de productores y consumidores; Presidente. Artículo 99. 4a. linea, dice: los diferenQue es necesario establecer un mecanismo tes talles Debe decir: los diferentes talleres JUAN JOSE MARTINEZ BARRIENTOS, permanente a fin de propiciar la cooperación Secretario. interamericana en la solución de los problemas Artículo 123. Ultima línea dice: que afectan el cultivo, beneficio y comercio delO alguna otra persona. Debe decir: algodón en el mercado mundial,O VIRGILIO VISCOVICH PREM,alguna otra persona Secretario. POR TANTO: Artículo 161. Ultima línea, dice: el mismo contador del mismo centro. Debe decir: Palacio Nacional: Guatemala, diez y Convienen en lo siguiente:
el mismo contador del centro...». nueve de febrero de mil novecientos seArtículo 10.-Constituyese la Federación InANUNCIOS VARIOS senta. teramericana del Algodón, como persona juridica internacional. Constitución de sociedad.-Líneas de transporte.-MatrimoRatifiquese, publíquese y cúmplase,nios.-Patentes de invencion.-Modificacion de sociedad.- Artículo 20.-Los fines de la Federación son: Títulos suptetorios-Licitación.-Edictos--Remates. MIGUEL YDIGORAS FUENTES. a) Estudiar y procurar la solución en común de los problemas técnicos, agrícolas, de El Ministro de Relaciones Exteriores, mercado y económicos en general de esta ORGANISMO LEGISLATIVO JESUS UNDA MURILLO. rama de actividad, que afecten a lospaises federados; b) Proporcionar a los países federados toda la información posible sobre los asuntos que DECRETO NUMERO 1334 ORGANISMO EJECUTIVO se refiere el inciso anterior; c) Proporcionar asistencia técnica a los paí- EL CONGRESO DE LA REPUBLICA ses federados que la soliciten; DE GUATEMALA, MINISTERIO DE RELACIONES d) Orientar a la opinión pública mundial sobre los problemas económicos del algodón; CONSIDERANDO: EXTERIORES e) Colaborar con los demás organismos internacionales. Que con fecha 14 de septiembre de 1959, Ratificase el Convenio Constitutivo de la Fedeel Gobierno de Guatemala, por medio de ración Interamericana del Algodón. Artículo 30.-Son miembros de la Federación
los países signatarios, representados. por las su Embajador en la hermana República MIGUEL YDIGORAS FUENTES personas u organismos que designen. Asimisde El Salvador, suscribió el Convenio mo, podrán ingresar los demás paises producConstitutivo de la Federación Interameritores de algodón del Continente Americano que Presidente Constitucional de la República cana del Algodón; sean aceptados por las dos terceras partes de de Guatemala, los paises federados.