Decreto 1335-1960
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1335-1960
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 1960
El RepubREVISTAS DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886-SEGUNDA EPOCA Agencia: Telefono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correes de Guatemala, el 8 de marzo de 1950, bajo el N° 749. América, 9a Av. 11.34, zona 1
DIRECTOR: ARTURO VALDES OLIVA TOMO CLVIII Guatemala, Martes 29 de Marzo de 1960 NUMERO 66
SUMARIO Dado en el Palacio del Organismo Legisiativo: En Guatemala, a los dos días del mes de febrero de mil novecientos sesenta.
ORGANISMO LEGISLATIVO
ERNESTO VITERI BERTRAND,Decreto número 1335. Presidente.
ORGANISMO EJECUTIVO JUAN JOSE MARTINEZ BARRIENTOS,
Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Ratificase el Protocolo Adicional a la Convención de Extradición celebrada entre Guatemala VIRGILIO VISCOVICH PREM, y Belgica el 20 de noviembre de 1897 Secretario. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL Palacio Nacional: Guatemala, diez y nueve de febrero de mil novecientos sesenta. Reestructúranse los servicios de la Dirección General de Sanidad Publica baio las bases que
se mencionan Autorizase a todns los centros asistenciales del Gobierno para que cobren la cantidad de Ratifiquese, Publiquese y Cúmplase. Q0.25 a cada paciente que ocupe sus servicios
MIGUEL YDIGORAS FUENTES.
MINISTERIO DE ECONOMIA El Ministro de Relaciones Exteriores,Autorigase a la Gremial de Caficulteres de la Asociacion General de Agricultores la creación JESUS UNDA MURILLO.de la oficina que se express MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Hácese favor de la Sociedad Biblica Americana, la exoneración que se inenciess ORGANISMO EJECUTIVOConcedese a favor de la Asociación Cadettes de Cristo, la exoneracion que se expresa Concodese at Presbitere Elias Van Kiecf, rebaid del 75% subre unos instrumentos
ANUNCIOS VARIOS.
Prorroga de Disolución de de sociedades.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Constitución de sociedades de transporte.- Patentes de Registro de marcas.-Titulos supletorios.-Edictos-Remates Ratificase el Protocolo Adicional a la Convención de Extradición celebrada entre Guatemala Y Bélgica el 20 de noviembre de 1897.
MIGUEL YDIGORAS FUENTES
ORGANISMO LEGISLATIVO Presidente Constitucional de la República de Guatemala,
POR CUANTO:
DECRETO NUMERO 1335
El Honorable Congreso de la República, en Decreto número 1335, emitido el 2 de febrero del año en curso, ha dado su aprobación al ProtoEL CONGRESO DE LA REPUBLICA BE ATEMALA, colo Adicional a la Convención de Extradición celebrada entre Guatemala y Bélgica el 20 de noviembre de 1897, suscrito en esta ciudad el 21 de octubre de 1959, que literalmente dice:
CONSIDERANDO: Protocolo Protocole Que la persecución de los traficantes ilicitos de drogas no-adicional a la convención additionnel a la convention civas, tiene un carácter internacional, conforme la Convende extradición celebrada d'Extradition signee entreción de Ginebra de 26 de junio de 1936, aprobada y ratificadaentre Guatemala y Bélgica le Guatémala et la Belgiquepor nuestro país; El Presidente de la República de Le Président de la République de CONSIDERANDO: Guatemala y Su Majestad el Rey Guatémala et Sa Majesté le Roit des de Bélgica, tomando en consideraBelges, considérant que leurs Goución que sus respectivos gobiernos vernements respectifs ont conclu Que el Protocolo Adicional celebrado entre Bélgica y Guate-celebraron una convención de exune Convention d'Extradition, sigmala con fecha 21 de octubre de 1959, tiene por objeto moditradición, que fue firmada el 20 de nee le 20 novembre 1897 et actuenoviembre de 1897 y está en vigenllement en vigueur; que les légis-ficar la Convención de Extradición suscrita entre ambos países cia; que las legislaciones internas lations internes de chacun des deux
el 20 de noviembre de 1897, en el sentido de permitir la exde ambos países conceptúan delito pays érigent en délit le trafic illégal tradición de los perseguidos, acusados o 'condenados, como el tráfico ilegal de drogas nocivas; de drogues nuisibles, et que,la Cony que por la convención de Gine^ autores 0 cómplices de tráfico ilícito de drogas nocivas; vention de Geneve du 26 juin 1936 bra de 26 de junio de 1936 se dio a donné un caractere international carácter internacional a la persecua la poursuite des trafiquants illiciCONSIDERANDO: ción de los traficantes ilfcitos de tes de telles drogues, sont Convetales drogas, han convenido en susnus de souscrire un Protocole addicribir un Protocolo Adicional a la tionnel a ladite Convention d'ExQue dicho Protocolo se ajusta a los preceptos legales vi-expresada convención de extraditradition et a cet effet ont désigné gentes y no contradice los mandatos constitucionales; ción, y para tal efecto han designacomme leurs Plénipotentiaires: do como sus plenipotenciarios: El Presidente de la República dePOR TANTO, Le Président de la République de Guatemala: Guatémala: Al Excelentisimo señor LicenciaS. E. Monsieur Jesús Unda MuDECRETA: do Jesús Una Murillo, rillo, Ministro de Relaciones ExterioMinistre des Relations Extérieurcs, res,
ARTICULO 10.-Se aprueban los dos Artículos de que Su Majestad el Rey de Bélgica: Sa Majesté le Roi des Belges: consta el Protocolo Adicional a la Convención de Extradición Al Excelentísimo señor doctor S. E. Monsieur Jean Cuvelier, celebrada entre Guatemala y Bélgica el 20 de noviembre de Jean Cuvelier, Embajador Extraordinario y PleAmbassadeur Extraordinaire et 1897, suscrito en esta ciudad el 21 de octubre de 1959, por elnipotenciario, Plénipotentiaire, Ministro de Relaciones Exteriores de Guatemala. quienes, después de haber canjeaqui, apres avoir échangé leurs pledo sus respectivos plenos poderes, ins pouvoirs respectifs, reconnus ARTICULO 20.-Este Decreto, aprobado con el voto favolos han encontrado en buena y en bonne et due forme, sont condebida forma, y han convenido en venus de ce qui suit: rable de más de las dos terceras partes del número total de lo siguiente: Diputados que integran el Congreso, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. ARTICULO ARTICLE I El artículo 2 de la convención de L'Article 2 de la Convention d' Pase al Organismo Ejecutivo para lo que proceda. extradicion, suscrita el 20 de noExtradition signée le 20 novembre