Decreto 1348-1960
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1348-1960
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 1960
CONTROL
LIBROS
EL Guat DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL lo. DE ENERO DE 1886-SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749. Impreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 América, 9a. Av. 11-34, zona 1
DIRECTOR: ARTURO VALDES OLIVA TOMO CLVIII Guatemala, Miércoles 4 de mayo de -1960 NUMERO 92
SUMARIO mún, medidas de suma trascendencia en ORGANISMO EJECUTIVOpro de la efectiva integración económiORGANISMO LEGISLATIVO ca de los países centroamericanos; Decreto Número 1348.
CONSIDERANDO: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESORGANISMO EJECUTIVO Que el Tratado de mérito se inspira en MINISTERIO DE RELACIONES un alto espíritu de centroamericanismo Ratificase el Tratado de Asociación Económica EXTERIORES suscrito entre los Gobiernos de Guatemala, práctico y ofrece facilidades para la adE1 Salvador Y Honduras, el 6 de febrero de Ratificase el Tratado de Asociación Ecorómica suscrito enhesión de Nicaragua y Costa Rica a la 1960. tre los Gobiernos de Guatemala, El Salvador y Honduras, el 6 de febrero de 1960. Asociación Económica, inicialmente pac-MIGUEL YDIGORAS FUENTES
tada entre Guatemala, El Salvador yMINISTERIO DE GOBERNACION Honduras, todo lo cual concuerda con los Presidente Constitucional de la República Hácense para el Departamento de Administración de Fincas postulados en que se inspira el Artículo de Guatemala, Nacionales, varios nombramientos. 40. de la Constitución de la República,Contrato celebrado entre la Dirección General de Compras POR CUANTO: y suministros de la Nacion y la persona que se menciona. POR TANTO, El Honorable Congreso de la República en ANUNCIOS VARIOS Decreto número 1348, emitido el cinco de los DECRETA: corrientes, ha dado su aprobación al Tratado Lineas de transporte.-Matrimonio.-Solicitud de nacionalide Asociación Económica, suscrito en esta ciudad.-Constitución de sociedad.-Modificación de sociedad capital por los Gobiernos de Guatemala, El dad.-Disoinan de sociedad.-Patentes de invención.- ARTICULO 10.-Se aprueba et TraSalvador y Honduras, el seis de febrero del año Registro de mareas.--TItulos Licitaciones.- tado de Asociación Económica. suscrito en curso, en la siguiente forma: Edictor Remates entre los gobiernos de Guatemala, El Artículo 10.-Se aprueban el Tratado de Salvador y Honduras, el seis de febrero Asociación Economica, suscrito entre los Gobiernos de Guatemala, El Salvador y Honduras, Ce mil novecientos sesenta, en la ciudad el seis de febrero de mil novecientos sesenta, en ACLARACION de Guatemala, instrumento que consta la Ciudad de Guatemala, instrumento que
consta de seis Capitulos y XXXI Artículos y sus de seis capítulos y XXXI artículos y susAnexos A) y B) referentes el primero a lasPor un error tipográfico de este diario, equivocadamente se consignó el Artículo 68, en vez anexos A) y B), referentes el primero a mercaderías sujetas a regímenes especiales y a las notas generales que rigen esà materia; y eldel Artículo 168 de la Constitución de la Repú- las mercaderías sujetas a regímenes esgundo los procedimientos aduaneros.blica, CITADO EN EL ACUERDO GUBERNA. TIVO DE 30 DE ABRIL ULTIMO, que se refiepeciales y a las notas generales que riEl Artículo XXIX del mencionado Tratado,re a las rebajas de sueldos a los Funcionarios y gen esa materia; y el segundo, a los propor razón de imperativos constitucionales, seEmpleados Públicos. cedimientos aduaneros. aplicará sin menoscabo de lo estatuido por el inciso 30., su inciso b) del Artículo 149 de la Constitución de la República. El Artículo XXIX del mencionado Tratado, por razón de imperativos constituArtículo 20.-EI presente Decreto fue aprobaORGANISMO LEGISLATIVO do por el voto favorable de más de las dos tercionales, se aplicará sin menoscabo de lo ceras partes del número total de diputados que estatuido por el inciso 30., su-inciso b)forman el Congreso, del Artículo 149 de la Constitución de la POR TANTO:
República. En uso de las facultades que me confiere la DECRETO NUMERO 1348 ARTICULO 20.-El presente Decreto Constitución de la República, ratifico el Tratado de Asociación Económica suscrito entre los fue aprobado por el voto favorable de Gobiernos de Guatemala, El Salvador y HonEL CONGRESO DE LA REPUBLICA más de las dos terceras partes del nú- duras, el seis de febrero de mil novecientos sesenta, y mando que se publique para que se DE GUATEMALA, mero total de diputados que forman el tenga como ley de la República. Congreso. En fe de lo cual firmo el presente instrumento de ratificación, autorizado con el SelloCONSIDERANDO: Mayor de la Repúolica y refrendado por el MiPase al Organismo Ejecutivo para lo nistro de Relaciones Exteriores, en la Ciudad Que el Tratado de Asociación Econó- de Guatemala, a los siete días del mes de abrilque proceda. de mil novecientos sesenta, mica, suscrito por los Plenipotenciarios de Guatemala. El Salvador y Honduras, el seis de febrero de mil novecientos seDado en el Palacio del Organismo LeM. Ydígoras F. senta, en la cludad de Guatemala, tiene gislativo, en Guatemala, a los cinco díasEl Ministro de Relaciones Exteriores, como propósitos fundamentales impulsar del mes de abril de mil novecientos seJESUS UNDA MURILLO.
el desarrollo económico y sentar las basenta. ses de la libre circulación de personas, Tratado de Asociación Económica suscrito por bienes y capitales entre los Estados conlos gobiernos de Guatemala, El Salvador y Honduras, el 6 de febrero de 1960; aprobadotratantes; la creación efectiva de un merJORGE LUIS ZELAYA CORONADO, por el Congreso de Guatemala el 5 de abril cado común; la unificación arancelaria Presidente. de 1960, Y ratificado el 7 del mismo mes. El de dichos Estados; el establecimiento de canje de los instrumentos de ratificación se una zona de libre comercio y la unión verificó en la ciudad de Tegucigalpa, Repú- blica de Honduras, el 27 de abril de 1960, aduanera de los mismos, la cual permiLUIS PALEMON CHAVEZ GALICIA, entrando en vigor dicho tratado desde esa tirá el libre movimiento de mercancias, Secretario. fecha". sin distinción de origen, procedencia O destino; Los Gobiernos de las Repúblicas de GuaFELIPE NERI BARRIENTOS R., temala, El Salvador y Honduras, Secretario, Con el propósito de impulsar el desarrolloCONSIDERANDO: económico de sus respectivos países, a fin de mejorar las condiciones de vida de sus habiQue dicho Tratado establece además Palacio Nacional: Guatemala, siete de tantes. la creación de un Fondo de Desarrollo y abril de mil novecientos sesenta. Convencidos de que es necesario consolidar y ampliar la cooperación económica existente enAsistencia, cuyo objetivo primordial setre los tres países y contribuir así a la integrará proporcionar ayuda financiera para la Ratifíquese, publiquese y cúmplase. ción económica centroamericana. En vista de que los presidentes de las tres construcción de carreteras entre los EsRepúblicas declararon que cra indispensable MIGUEL YDIGORAS FUENTES. tados de Centroamérica, para el estableacelerar la integración y desarrollo de las economias de la región, cimiento de nuevas industrias y para la El Ministro de Relaciones Exteriores, Con el fin de establecer a corto plazo un merrealización de proyectos de interés COJESUS UNDA MURILLO. cado común para estimular en forma conjunta la producción y las inversiones así como esta-