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Decreto 1349-1960

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1349-1960
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Laboral
Año
1960

EL DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886-SEGUNDA EPOCA Agencia: Telefono 28027 Registrado como correspondencia de segunds clase en la Administración Administración: Telefono 24418 Central de Correos de Guatemala, e) 6 de marzo de 1950, baje el No. 749.Impreso en Diario de Centro

DIRECTOR: ARTURO VALDES OLIVA América, 9a. Av. 11-34, zona 1

TOMO CLVIII Guatemala, Jueves 21 de Abril de 1960 NUMERO 82 SUMARIO 2a., 3a. y 4a.; Jalapa: Sala 5a.; Zacapa: CONSIDERANDO: Sala 6a. y Quezaltenango: Salas 7a. yORGANISMO LEGISLATIVO Sa.> Que uno de los principios fundamentales de la legislación guatemalteca del trabajo, conte-Decreto Numero 1349. Articulo 20.-La Sala 63. de la Corte nidos en el artículo 116 de la Constitución de de Apelaciones, que actualmente tiene sula Republica, es el derecho de libre sindicaliORGANISMO EJECUTIVO zación de patronos y trabajadores para fines sede en la Ciudad de Guatemala, segui-exclusivos de defensa económica y mejoMINISTERIO DE TRABAJO Y BIENESTAR rá en la misma ciudad, pero en lo suramiento social; SOCIAL cesivo se denominará Sala 4a. de la CorCONSIDERANDO: te de Apelaciones. La Sala 4a. de la Apruchanse los Estatutos del Sindicato Independiente deCorte de Apelaciones actualmente con seQue el Código de Trabajo en sus artículosTrabajadores the 11 Construcción: y recondese su perso-de en la ciudad de Quezaltenango, segui-216 y 218 señala los requisitos que previamen-natidad juridica. rá en la misma ciudad, pero en lo sucete deben llenarse para que el Organismo Ejesivo con la denominación de Sala 8a. de cutivo apruebe los estatutos de las entidades MINISTERIO DE ECONOMIA la Corte de Apelaciones. sindicales y declare el reconocimiento de su personeria jurídica, prescripciones que fueron Declarage que la fábrica "Tapon Roscado", propiedad de debidamente cumplidas por el Sindicato IndeAdilia Gonzilez de Castillo, perfence la categoria de Los Magistrados electos para integrarpendiente de Trabajadores de la Construcción; "Industria Nueva". la Sala 4a. de la Corte de Apelaciones, Declarase 442 La Fabrica de masilla Inc 101 ingeniero Ma-debe entenderse que fueron electos para CONSIDERANDO: nucl Ledert Rio. pertene. La categoria de "Indus integrar la Sala 8a. de la misma Corte, tria Nue y los Magistrados electos para integrar laQue el Departamento Administrativo de Trabajo de conformidad con lo establecido en el

Sala 6a. de la Corte de Apelaciones, de-párrafo tercero del artículo 218 del Código de PUBLICACIONES VARIAS be entenderse que fueron electos para in-Trabajo, rindió informe favorable, en cuanto a tegrar la Sala 4a. de la citada Corte: la aprobación de los estatutos de la entidad sinAccordo emitato not the Santa Locia Cotdical indicada, toda vez que los mismos, se enzumalguapa del country <1 25 de morzo de 1960. C.L punto 11, de publicas Articulo 30.-Este Decreto entrara encuentran ajustados a lo dispuesto por las leyeslaborales en vigor, dinarias. vigor treinta dias después de su publica-ción en el Diario Oficial. POR TANTO, ANUNCIOS VARIOS Pase al Organismo Ejecutivo para suEn ejercicio de las facultades que le otorga Constitución de sociedades-Patentes de invencion-Lineas el artículo 116 inciso 9 de la Constitución depublicación. la República y con base en las disposicionesde traneporte--Autorizaciones farmaceuticas-Regiatro de contenidas en los artículos 206, 209, 214, 216,marcas.-Tituloe supietorios-Edatos-Remates Dado en el Palacio del Organismo Le-217, 218, 219 y 221 del Código de Trabajo, y Banco Inmobiliario. S A.-Balance General, al 19 de Pagislativo, en Guatemala, a los slete días2) y 3) del Convenio Internacional de Trabajo

brero ce 1960 del mes de abril de mil novecientos se-número 87 relativo a la libertad sindical y a laprotección del Derecho de Sindicación,senta.

ACUERDA: ORGANISMO LEGISLATIVO JORGE LUIS ZELAYA CORONADO, I.-Se aprueban los Estatutos de SindicatoPresidente. Independiente de Trabajadores de la Construe-ción, que literalmente dicen:

BALDOMERO MORALES FIVARAL, DECRETO NUMERO 1349 Secretario. Estatutos del Sindicato EL CONGRESO DE LA REPUBLICA FELIPE NERI BARRIENTOS R., Independiente de TrabajadoresSecretario. DE GUATEMALA, de la ConstrucciónPalacio Nacional, Guatemala, doce de CONSIDERANDO: abril de mil novecientos sesenta. CAPITULO I Que es atribución del Organismo LePublíquese y cúmplase. Disposiciones generales gislativo, de conformidad con los ArticuArtículo 1°-E1 Sindicato Independiente de los 190. 200 y 204 de la Constitución de MIGUEL YDIGORAS FUENTES. Trabajadores de la Construcción se constituye la República, la creación, organización y con trabajadores que desarrollan sus labores en cualquiera de los ramos de la construcción fijación de la sede de las Salas de ApeEl Ministro de Gobernacion, laciones; RICARDO ESTRADA AGUILAR. y que prestan sus servicios a empresas 0 patronos particulares, con el objeto de estudiar, mejorar y proteger los intereses económicos y

CONSIDERANDO: sociales de sus afiliados.

Que para procurar una pronta y cum-ORGANISMO EJECUTIVO Artículo 29-E1 emblema del sindicato consistirá en un triángulo equilátero, sobre cuyo plida administración de justicia, la fijafondo celeste se destaca una antorcha de cobre ción de las sedes de las Salas de la Corencendida, frente a la cual se entrelazan dos te de Apelaciones debe hacerse sobre la manos, representando la concordia que debe MINISTERIO DE TRABAJO Y prevalecer entre todos los elementos humanos base primordial de las circunstancias jude la producción. En la base inferior del triánrisdiccionales, geográficas y demografi-BIENESTAR SOCIAL gulo figura, en letras doradas, el nombre de la cas del país, a efecto de que llenen a caentidad: "Sindicato Independiente de Trabaja-dores de la Construcción" balidad las necesidades de la totalidad deApruébance los Estatutos del Sindicato Indela población de la República; pendients de Trabajadores de la ConstrucArtículo 39-Los fines primordiales del sincion: y reconócese su personalidad jurídica.dicato son velar por el bienestar económico, POR TANTO, social y la dignidad del trabajador afiliado. Acuerdo gubernativo número doscientes cin-Para ello procurará fomentar todas aquellascuenta. actividades contempladas en el Código de Tra-DECRETA: bajo, que tiendan al mejoramiento individual

Palacio Nacional: Guatemala, 12 de marzo y familiar de los afiliados, en los campos ecoArticulo 10.-El Artículo 17 del Dede 1960. nómico, tencial. deportivo, cultural, educacional y asiscreto Gubernativo número 1862 -Ley Constitutiva del Organismo Judicial-,El Presidente Constitucional de la República,Artículo 4°-E1 sindicato es apolitico, en elqueda así: sentido de que no está ligado a ningún partidoCONSIDERANDO: 0 entidad electoral. Por tanto sus afiliados es- «ARTICULO 17.-La Corte de Apelaciones de jurisdicción ordinaria se comQue de conformidad con lo que establece el tido político. Asimismo, respeta fundamentalpar-tan en libertad de pertenecer a cualquier pone de ocho Salas, que se designarán:-artículo 211 del Código de Trabajo, el Organis-mente afiliados. las creencias religiosas que profesen susmo Ejecutivo por conducto del Ministerio de 1a., 2a., 3a., 4a., 5a., 6a., 7a. y 8a., cu-Trabajo y Bienestar Social, y bajo la responsayas sedes serán las Cabeceras de los De-bilidad del titular de éste debe trazar y llevarArtículo 5°-E1 domicitio del sindicato será la práctica una politica nacional de defensala ciudad de Guatemala, con residencia en la partamentos de Guatemala: Salas la. y desarrollo del sindicalismo; 7 avenida número 4-56, zona 10. Podrá sin embargo establecerse filiales gremiales en otros

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