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Decreto 1373-1960

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1373-1960
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Médico
Año
1960

Guate EL Guatemaltero DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 1° DE ENERO DE 1886-SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950. b3jo el No 749. Impreso en Diario de CentroAgencia: Teléfono 28027 América, 9a Av. 11-34, Zona 1.

DIRECTOR: ARTURO VALDES OLIVA.

TOMO CLIX Guatemala, Miércoles 6 de Julio de 1960. NUMERO 41

SUMARIO CONSIDERANDO: h) Jefe del Departamento de Enfermería de la División de Servicios Locales de Sanidad Que el grupo de empleados públicos, que Pública.

ORGANISMO LEGISLATIVO prestan sus servicios a la Nación, merecen la i) Un médico delegado del Ministerio de Salud mejor atención'en casos de enfermedad, en la Pública y Asistencia Social.Decreto Número 1373 forma más eficiente y económica, Artículo 2°-E1 Consejo tendrá funciones puORGANISMO EJECUTIVO POR TANTO, ramente de asesoría, y sus componentes laborarán ad honorem. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA El Presidente Constitucional de la República, Artículo 3°-El Ministerio de Salud Pública Y ASISTENCIA SOCIAL y Asistencia Social emitirá el reglamento corresACUERDA: pondiente y dictará las medidas necesarias paDisponese suspender la Casa de Salud del Empleado Pú- ra el funcionamiento del mismo.

blico, 1°-Que a partir del día 31 de marzo del CO-Crease el Consejo Nacional de Enfermeria, adscrito al Mi-rriente año, se suspenda la Casa de Salud del Comuniquese. nisterio de Salud Pública y Asistencia Social. Empleado Público, con intervención de la ConYDIGORAS FUENTES. Reglamento del Consejo Nacional de Enfermeria adscritotraloría General de Cuentas de la Nación, pasanat Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. do sus haberes, suministros y útiles a disponibiEI Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, Formase el Consejo Administrativo del Hospital Roosevelt.lidad del Ministerio de Salud Pública y AsistenMARIANO LOPEZ HERRARTE. cia Social, quedando depositados en el mismo inmueble ocupado por dicho centro asistencial, Reglamento del Consejo Nacional de EnfermeMINISTERIO DE LA DEFENSA mientras se dispone su distribución a los hospiria adscrito al Ministerio de Salud Pública Y NACIONAL tales que más los necesiten. Asistencia Social. Acuérdase establecer el Bastón de Mando en el Ejercito de Palacio Nacional: Guatemala, 12 de abril de2°-Se establece en el Hospital Roosevelt, unaGuatemala. 1960. sección privada y semiprivada para la atención exclusiva de los empleados públicos, en igual ANUNCIOS VARIOS El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social,forma y capacidad del centro suprimido, siendo los gastos de estancia y médicos de planta ACUERDA: Marimonios.-Prórroga de sociedades.- Constitution de sopor cuenta del Ministerio de Salud Pública y ciedades.-Lineas de transporte.-Solicitud de nacionaltAsisténcia Social y los gastos adicionales por Aprobar el siguientedad.-Registro de marcas.-Títulos supietorios cuenta de cada Ministerio que utilice dicha sec-Remates. ción, ingresando los fondos a la sección administrativa del citado centro y con conocimiento Reglamento del Consejo Nacional de mensual del Departamento de Contabilidad y Caja del Ministerio del Ramo, con el carácter Enfermería adscrito al Ministerio de ORGANISMO LEGISLATIVO de fondos privativos. Salud Pública y Asistencia Social3°-E1 presente acuerdo entrará en vigor en la fecha indicada en el punto primero. CAPITULO I DECRETO NUMERO 1373 Comuniquese. Fines del Consejo EL CONGRESO DE LA REPUBLICA YDIGORAS FUENTES. Artículo 1.--El Consejo Nacional de EnfermeEl Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, ría, creado por acuerdo de fecha 31 de marzo DE GUATEMALA, MARIANO LOPEZ HERRARTE. de 1960, funcionará adscrito al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, y tendrá coEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, mo fin primordial promover la superación de Declara clausuradas sus sesiones ordiJULIO PRADO GARCIA SALAS. la enfermería en beneficio de la salud de la Nanarias de mil novecientos sesenta. ción. Pase al Organismo Ejecutivo para su Artículo 2.-E1 Consejo dependerá del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, ante publicación. Créase el Consejo nacional de enfermeria, adsel cual será responsable. Sus funciones se ex-crito al Ministerio de Salud Pública y Asistentenderán a todo el país y tendrá su sede en lasDado en el Palacio del Organismo Lecia Social. oficinas del propio Ministerio. gislativo, en Guatemala, a los veintinueve días del mes de junio de mil novecienPalacio Nacional: Guatemala, 31 de marzo de Artículo 3.-Es función del Consejo: Asesorar 1960. tos sesenta. al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en todos los asuntos relacionados con en-CONSIDERANDO: JORGE LUIS AYA CORONADO, fermeria, y recomendar soluciones a los problePresidente. mas que surgen en el ejercicio de la misma, co-Que es necesario propugnar por la superación de la enfermería y su organización en la mo en lo siguiente: FELIPE NERI BARRIENTOS R., república, de acuerdo con los adelantos de la a) En el estudio de los recursos materiales y Secretario. misma para beneficio de la salud del pueblo, y humanos de la nación, para determinar susque para tal fin es necesaria la creación de un necesidades en lo referente a enfermería; LUIS PALEMON CHAVEZ GALICIA, Consejo permanente que haga los estudios que b) En la clasificación de las diferentes categoSecretario. corresponde, rías del personal de enfermería y determinación de sus funciones;El Presidente Constitucional de la República, Palacio Nacional: Guatemala, primero c; En las disposiciones que deban dictarse en de julio de mil novecientos sesenta. relación al registro del personal de enferme-POR TANTO, ría en sus diferentes categorías; d) En la determinación de las normas generales Publiquese. ACUERDA: para los servicios de enfermería y a su apliArtículo 1°-Se crea el Consejo nacional de cación, así como las relativas a ética profeMIGUEL YDIGORAS FUENTES enfermería, adscrito al Ministerio de Salud Pú- sional; c) En el establecimiento de normas y niveles blica y Asistencia Social e integrado de la siEl Ministro de Gobernación, educacionales y de adiestramiento en los pro-guiente manera: gramas de enfermería; RICARDO ESTRADA AGUILAR. f En el incremento y desarrollo de cursos, cona) Presidenta de la Asociación Guatemalteca de ferencias, seminarios, congresos, trabajos deEnfermeras Profesionales. investigación y otras actividades que tienb) Presidenta de la Asociación Guatemalteca de dan a mejorar los conocimientos del persoORGANISMO EJECUTIVO Obstétricas. nal de enfermería en servicio; g) En la evaluación de los programas de educac) Supervisora General de Enfermeras, Deparción y servicios de enfermería y en todos los

tamento de Servicios Médicos del IGSS. demás casos que sea necesario; MINISTERIO DE SALUD PUBLICA d) Directora de la Escuela Nacional de Enferh) En la formulación de los programas de reclutamiento de candidatas para los centrosmeras. educacionales de enfermería; Y ASISTENCIA SOCIAL e) Directora del Centro de Adiestramiento pai) En la divulgación de las actividades de enra Auxiliares de Enfermería. fermería para información y orientación del Dispónese suspender la Casa de Salud del Emf) Directora del Servicio de Enfermería del Hospúblico; pleado Público. j' En la creación de normas tendientes a propital General. mover el mejor desarrollo de sus actividaPalacio Nacional: Guatemala, 31 de marzo de g) Directora del Servicio de Enfermería del des, su remuneración adecuada y demás pres1960. Hospital Roosevelt. taciones;

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