Decreto 1379-1960
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1379-1960
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 1960
Il Guate lie DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 19 DE ENERO DE 1888-SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No 749.Impreso on Diario de Centro.Administración: Teléfono 24418 América, 9 Av. 11-34, Zona 1.
Agencia: Teléfono 28027
DIRECTOR: ARTURO VALDES OLIVA Guatemala, Martes 30 de Agosto de 1960 NUMERO 84TOMO CLIX SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO rio de Agricultura; en la ciudad de Guatemala, a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos cincuentlocho. (fs.)-ING. ANTOORGANISMO LEGISLATIVE NIO CARRILLO DURAN, Jefe del departamento de Recursos Hidráulicos del Ministerio de Decreto Número 1379 MINISTERIO DE AGRICULTURA Agricultura.-PEDRO ZAMORA GONZALEZ.
ORGANISMO EJECUTIVO Contratos celebrados entre el jefe del departaAntonio Carrillo Durán, mayor de edad, camento de Recursos Hidráulicos y los señores sado, ingeniero agrónomo, actualmente jefe del MINISTERIO DE AGRICULTURA ingeniero Pedro Zamora González Y Alfonso departamento de Recursos Hidráulicos, sección Alvarez Mendoza; y acuerdo de aprobación. de irrigación e ingeniería, nombrado por acuerdo gubernativo del dieciocho de febrero de 1957,Contratos celebrados entre el jefe del Departamento de Recursos Hidráulicos y los señores ingeniero Pedro Zamora Contrato No 26.-Antonio Carrillo Durán, mael cual se tiene a la vista y quien actúa como González y Alfonso Alvarez Mendoza; y acuerdo de apro-yor de edad, casado, ingeniero agrónomo, acrepresentante del Ministerio de Agricultura, bacion. tualmente jefe del departamento de Recursos por una parte, que en lo sucesivo se denominaHidráulicos, sección de irrigación e ingeniería, rá "El Ministerio de Agricultura"; por la otra Nombrase chofer del Departamento de Recursos HidráuMcosnombrado por acuerdo gubernativo del dieel señor Alfonso Alvarez Mendoza, mayor deliacese un nombramiento para la Escuela Nacional de Agrtcultura. ciocho de febrero de 1957, el cual se tiene a la edad, casado, originario y vecino de esta ciuvista y quien actúa como representante del Midad capital, con residencia en la 4a calle N°Contrato celebrado entre el Subsecretario de Agricultura y 10-04, Zona 2, con cédula de vecindad númeroel señor Hilario de Jesús Sinay Santos; :/ acuerdo de nisterio de Agricultura, por una parte, que en lo sucesivo se denominará "El Ministerio de A-1-98,102 de este registro, quien en el cuerpoaprobación. de este instrumento se denominará "El Traba-Agricultura"; por la otra el señor Pedro Zamora jador". Ambos de nacionalidad guatemalteca y
ANUNCIOS VARIOS González, mayor de edad, ingeniero, guatemalteco y vecino de esta ciudad, con residencia en quienes en cumplimiento del artículo 44 del DeLineas de transporte.-Modificación de sociedad.-Patentesla 6ª avenida "A" número 1-63, Zona 9 y con creto gubernativo número 552 que contiene la cédula de vecindad número A-1, registro nú- ley orgánica del presupuesto, celebran el si-de invencion.-Registro de marcas.-Licitaciones-Ttuloa mero 6,633 extendida en la municipalidad capiguiente contrato de prestación de servicios consuptetorios.-dictos-Remates. tenido en las siguientes cláusulas:talina, quien en el cuerpo de este instrumento se denominará "El Trabajador". Ambos son de nacionalidad guatemalteca y quienes en cumPRIMERA: "El Trabajador" se compromete a plimiento del artículo 44 del Decreto gubernaprestar sus servicios en el departamento de ReORGANISMO LEGISLATIVO tivo número 552 que contiene la ley orgánica cursos Hidráulicos, sección de irrigación e indel presupuesto, celebran el siguiente contrato geniería, desempeñando el puesto de auxiliar de prestacion de servicios contenido en las si-de ingeniero del proyecto de riego en la Finca guientes cláusulas: Nacional "Cuyuta". DECRETO NUMERO 1379 PRIMERA: "El Trabajador" se compromete SEGUNDA: "El Trabajador" gozará de un a prestar sus servicios en el departamento dedía de descanso remunerado por cada scis días EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Recursos Hidráulicos, sección de irrigación e consecutivos de trabajo.
ingeniería desempeñando el puesto de jefe reDE GUATEMALA, sidente del proyecto de riego en la finca nacioTERCERA: "El Trabajador" queda obligado nal Cuyuta. a no prestar sus servicios en otra dependencia del Estado ni en empresa particular alguna, y3 En uso de las atribuciones que le conSEGUNDA: "El Trabajador" gozará de un que éstos se contratan por tiempo efectivo por fiere el inciso 10o. del Artículo 144 de ladía de descanso remunerado por cada seis días trabajo consecutivo. Constitución, consecutivos de trabajo.
CUARTA: "El Ministerio de Agricultura" por DECRETA: TERCERA: "El Trabajador" queda obligado su parte, se compromete a cancelar a "El Traa no prestar sus servicios en otra dependenciabajador" la suma de doscientos cincuenta quetzales (0250.00) mensuales, cuya erogación seráARTICULO 10.-Se. declara electo Madel Estado ni en empresa particular alguna, ya que éstos se contratan por tiempo efectivo porcon cargo a la partida de gastos extraordinagistrado Coordinador de los Tribunalestrabajo consecutivo. rios del departamento de Recursos Hidráulide Trabajo y Previsión Social al AbogaCOS número 2-2-1-2-98-1 que será cubierta por do Jorge José Salazar Valdés. CUARTA: "El Ministerio de Agricultura" por servicios prestados, es decir, mes vencido y su parte, se compromete a cancelar al "Traba-nunca en forma. adelantada, en la fecha que
ARTICULO 20.-El Abogado nombrajador" la suma de quinientos quetzales (0500)determina la lista de pagos que formule la Temensuales, cuya erogación será a cargo de lasoreria Nacional. do a que se refiere este Decreto, comple-partida de gastos extraordinarios del departatará el período constitucional establecidomento de Recursos Hidráulicos número 2-2-1QUINTA: "El Ministerio de Agricultura" quepara el Organismo Judicial y por consi-2-98-1 que será cubierta por servicios prestados,da comprometido a formular la nomina de paguiente, ejercerá sus funciones hasta eles decir, mes vencido y nunca en forma adelantada, en la fecha que determina la lista dego, su tramitación y a llenar todos los requisiquince de marzo de mil novecientos sesentos legales para obtener su cancelación, a efec-pagos que formule la Tesoreria Nacional.to de que los emolumentos de "El Trabajador"ta y cuatro. lleguen a su destino sin mayores retrasos.QUINTA: "El Ministerio de Agricultura" queARTICULO 30.-El presente Decreto da comprometido a formular la nómina de paSEXTA: "El Trabajador" queda obligado a entrará en vigor el día de su publicación gos de tramitación y a llenar.t los requisi-trasladarse inmediatamente al lugar de la Retos legales para obtener su cancelación, a efec-en el Diario Oficial. to de que los emolumentos del "Trabajador" lle-pública que su superior jerárquico le ordene
para llevar a cabo, de acuerdo con las instruc-guen a su destino sin mayores retrasos. ciones que reciba, los trabajos del ramo que le Pase al Organismo Ejecutivo para su sean encomendados y a reconocer como residenpublicación. SEXTA: "El Trabajador" queda obligado a trasladarse inmediatamente al lugar de la re-cia, el lugar donde esos trabajos se realicen Dado en el Palacio del Organismo Lepública que su superior jerárquico le ordene,cuando el tiempo de duración de los mismos para llevar a cabo de acuerdo con las instruc-sea de más de treinta días. gislativo, en Guatemala, a los veinticuaciones que reciba, los trabajos del ramo que tro dias del mes de agosto de mil novele sean encomendados y a reconocer como reSEPTIMA: "El Trabajador" gozará de los desidencia, el lugar donde estos trabajos se rea-rechos que establece el Decreto gubernativocientos sesenta. licen cuando el tiempo de duración de los misnúmero 584, que contiene la ley que regula las mos sea más de treinta días. relaciones laborales de los trabajadores del EsJORGE LUIS ZELAYA CORONADO, tado, empero, queda también sujeto a las estiPresidente. SEPTIMA: "El Trabajador" gozará de los depulaciones y obligaciones que la misma deterrechos que establece el Decreto gubernativo nu-mina. LUIS PALEMON CHAVEZ GALICIA, mero 584 que contiene la ley que regula las reSecretario. laciones laborales de los trabajadores del EstaOCTAVA: El presente contrato surte sus efecdo, empero, queda también sujeto a las estipu-tos por el término improrrogable comprendido laciones y obligaciones que la misma determina.del día quince de julio al treintiuno de diciem-FELIPE NERI BARRIENTOS R., bre del año en curso (198).
Secretario. OCTAVA: El presente contrato surte sus efectos por el término improrrogable comprendidoNOVENA: Para seguridad de las partes conPalacio Nacional, Guatemala, veintidel día quince de julio al treintiuno de diciem-tratantes, se firma el presente documento en cinco de agosto de mil novecientos sebre del año en curso (1958). cinco ejemplares de un mismo tenor que se dissenta. NOVENA: Para seguridad de las partes contribuirán así: El original para el departamento tratantes, se firma el presente documento ende Recursos Hidráulicos, sección de irrigación e Publiquese, cinco ejemplares de un mismo tenor que se dis-ingenieria; el duplicado para el interesado; el tribuirán así: El original para el departamentotriplicado para el departamento de Contabilidad de Recursos Hidráulicos, sección de irrigacióndel Ramo; el cuadruplicado para la sección de MIGUEL YDIGORAS FUENTES. e ingeniería; el duplicado para et interesado; elPersonal y el quintuplicado para et Ministerio triplicado para el departamento de Contabilidadde Agricultura; en la ciudad de Guatemala a El Ministro de Gobernación, del Ramo; el cuadruplicado para la seccion delos 19 días del mes de julio de mil novecientos RICARDO ESTRADA AGUILAR. Personal; y el quintuplicado para el Ministe-eincuentiocho. (fs.)-Ing. ANTONIO CARRILLO