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Decreto 138-1954

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 138-1954
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Laboral
Año
1954

714 EL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL NUMERO 85

Articulo 4°-Los gastos de colocación de los Bonos de DesMINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA arrollo Económico no negociados hasta la fecha, los deberá descontar el Banco de Guatemala del fondo de amortización de la deuda. Articulo 5"-El plan de amortización con los ingresos previstos DECRETO NUMERO 138 en el Decreto 965 del Congreso de la República, continuará en la forma actualmente establecida, hasta la completa cancelación de EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, la totalidad de los Bonos del Tesoro emitidos por el Gobierno con la autorización concedida en dicha ley. CONSIDERANDO: Articulo 6°-E1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público emiQue para incrementar el desarrollo industrial del país, es indistirá las disposiciones reglamentarias que considere convenientes pensable la organización de centros de enseñanza especializada, que para la mejor aplicación del presente Decreto, que entrará en vigorpreparen técnicamente el personal que debe aprovecharse en las el dia siguiente de su publicación en el Diario oficial. diversas ramas de la industria, cuyo adelanto es una preocupación del actual Gobierno: Dado en el Palacio a los cuatro dias del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y cuatro. POR TANTO,

Publiquese y cúmplase. DECRETA: La siguiente:

CARLOS CASTILLO ARMAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

JORGE ECHEVERRIA LIZARRALDE.

LEY DE ENSEÑANZA INDUSTRIALEl Ministro de Comunicaciones y Obras

Públicas,

MARTIN PRADO VELEZ.

El Ministro de Agricultura, CAPITULO I

LAZARO CHACON PAZOS.

El Ministro de la Defensa Nacional,

E. CLOSE DE LEON. Disposiciones generales El Ministro de Economia y Trabajo, Articulo 1"-Se crean los Centros de Enseñanza Industrial en JORGE ARENALES. la República, que funcionarán en los lugares y bajo las condiciones E1 Ministro de Educación Pública, que acuerde el Ejecutivo por el órgano de Educación Pública.

JORGE DEL VALLE MATHEU.

El Ministro de Gobernación, Articulo 2'-Es objeto primordial de los Centros de Enseñanza RICARDO QUIÑONES L. Industrial, preparar a las personas técnica y prácticamente para El Ministro de Relaciones Exteriores, que puedan trabajar en forma eficiente en las distintas ramas de la industria.CARLOS SALAZAR G. El Ministro de Salud Pública y Asistencia Artículo 3'-E1 Centro de Enseñanza Industrial que por ahora Social, funciona en esta capital se denominará en lo sucesivo "Instituto CARLOS SOZA BARILLAS. Industrial Central". Su organización y funcionamiento, asi como la de los Centros que se establecieren posteriormente, se regiran por las disposiciones de esta ley y los reglamentos respectivos. ACUERDO ESPECIAL DE EROGACION N" 24. Articulo 4"-Queda a cargo exclusivo del Ministerio de Educación Pública todo cuanto concierne a la enseñanza que deberán imCargo: Producto de bonos para el desarrollo económico de Guatemala partir los centros que crea la presente ley. Decreto del Congreso N 965.

CAPITULO IIAño fiscal: 1954-1955. Valor total: Q365,188.40

El Presidente de la República, De la enseñanza De conformidad con el Decreto del Congreso N" 965, y acuerdos guber-Artículo 5'-El plan de estudios de los Centros de Enseñanzanativos de fechas 18 de marzo y 8 de abril de 1953, Industrial, comprende dos clases de preparación teórico-prácticas: ACUERDA: a) De artesania; y Articulo I"-Erogar la suma de trescientos sesenta y cinco mil ciento b) Técnica.ochenta y ocho quetzales cuarenta centavos (()365,188.40). a favor del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como reintegro de igual cantidad pagadaArliculo 6"-El ciclo de artesania durará cuatro años y comprena los proyectos de la Dirección General de Caminos que se detallan a con-de las siguientes ramas:finuación: Resumen número 12. planilla correspondiente a la semana com1) Electricidad, prendida del 13 al 19 de septiembre de 1954, mantenimiento 2) Mecánica, de rutas nacionales de tierra R 3,222.09 3) Automotriz.Resumen número 12, planilla correspondiente a la semana comprendida del 13 al 19 de septiembre de 1954. mantenimiento 4) Artes gráficas, de rutas nacionales de tierra 22.719.75 5) Carpinteria.

Resumen numero 11, planilla correspondiente a la semana del 6 6) Cerámica,al 12 de septiembre de 1954, mantenimiento de rutas astaltadas 2,975.85 7) Textiles. Resumen número 11, planilla correspondiente a la semana del 6 8) Taller general. al 12 de septiembre de 1954. mantenimiento de rutas asfaltadas 26,935.88 Articulo 7-E1 ciclo de preparación técnica durará tres años Resumen número 19, planillas correspondientes a la semana comadicionales al de artesania, y comprende las siguientes ramas:prendida del 13 al 3 de octubre de 1954, Proyecto Nor-oriente,Mano de Obra 81,722.82 1) Electricidad, Resumen número 11, planillas correspondientes a las semanas comprendidas del 13 de septiembre al 2 de octubre de 1954 42,759.34 2) Mecánica. Resumen número 52. planillas de mantenimiento y mejoramiento 3) Cerámica. de carreteras, correspondientes a la semana comprendida del 13 al 19 de septiembre de 1954 4) Textiles,18,702.66 Resumen número 18, planillas de mano de obra correspondientes 5) Quimica industrial. a las semanas comprendidas del 30 de agosto al 12 de sep6) Preparación de maestros industriales.tiembre de 1954, Proyecto Nor-oriente 80,718.90 Resumen numero 10, planillas de mane de obra correspondientes Articulo 8-A los ciclos que se refieren los articulos anterioa las semanas comprendidas del 30 de agosto al 12 de sepres. podrán aumentarse otras ramas que en lo futuro se crean nece-tiembre de 1954, Proyecto Sur 55,472.22 sarias.Resumen número 13. planillas correspondientes a la semana comprendida del 20 al 26 de septiembre de 1954 29,958.89 Articulo 9"-La enseñanza se impartirá en horas diurnas para Total Q365,188.40 los alumnos regulares o que cursen ciclos completos, y nocturnas para los aprendices y para los obreros que trabajan en la industria. Articulo 2"-La cantidad erogada la trasladará el Banco de Guatemala, a la cuenta "Fondo Comun-Gobierno de la Republica". Articulo 10.-La enseñanza nocturna se impartirá para una o varias ramas, a los obreros y aprendices en servicio. Estos cursosArliculo 3"-La inversión five efectuada por el Ministerio de Comunicaciones y Obras Públicas, con sujecion a las normas contenidas en el acuerdo podrán ser impartidos en la propia escuela o en los locales indusgubernativo de fecha 8 de abril de 1953. que reglamenta el manejo de los triales. con la colaboración de patronos y empleados. fondos provenientes de los Bonos autorizados por Decreto del Congreso de la República, N° 965. Articulo 11.-Los estudios de cada curso teórico estarán relacionados directamente con la enseñanza práctica o de oficio: y paraPalacio nacional: Guatemala, 22 de octubre de 1954. cada asignatura teórica o practica se instalará una aula especial,

CASTILLO ARMAS. conteniendo todo el equipo y material necesarios. El Ministro de Hacienda y Crédito Artículo 12.-Las actividades culturales, deportivas, artisticas y Público, sociales deben ser objeto de constante atención para todos los

J. ECHEVERRIA L. alumnos.

El Ministro de Comunicaciones y Obras Públicas. Artículo 13.-Para mayor eficacia de la enseñanza se mantendrá MARTIN PRADO VELEZ. estrecho contacto con la industria del país y las instituciones afines.NUMERO 85 EL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL 715 CAPITULO III El Presidente de la Republica ACUERDA: Del personal Cancelar la Icencia que por acuerdo gubernativo número 166, de fecha Artículo 14.-EI personal encargado de impartir la enseñanzaocho de julio de mil novecientos cincuenta y dos, se concedio a la profesora durante las horas del día permanecerá las ocho horas en sus labores. Ana Maria Hermosilla de Coto Conde, para que funcionara en esta ciudad, La Dirección determinará las excepciones que crea convenientes.el colegio mixto de su propiedad "La Nueva Escuela". Comuniquese. Artículo 15.-Los maestros de educación industrial deben poseer CASTILLO ARMAS. la capacidad y experiencia indispensables para la enseñanza de su especialidad. Y para ocupar los cargos el Ministerio de EducaciónEI Ministro de Educación Pública,

JORGE DEL VALLE MATHEU.

Pública podrá exigir que los aspirantes se sometan a examen de oposición. Artículo 16.-El personal administrativo y docente será designado por el Ministerio de Educación Pública, de acuerdo con las Publicaciones varias

disposiciones reglamentarias del establecimiento. CAPITULO IV INFORME DE LA GERENCIA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL SOBRE LAS OPERACIONES DEL EJERCICIODe los alumnos Artículo 17.-Para ser alumno en los Centros de Enseñanza InCOMPRENDIDO DEL 10. DE JULIO DE 1953 AL 30 DE JUNIO DE 1954 dustrial se requiere tener vocación para cualquiera de las ramas que comprende el plan de estudios, haber cursado por lo menos los tres primeros grados en la enseñanza primaria, y demostrar capa- (CONTINUA) cidad por medio de un examen de admisión. Articulo 18.-Los alumnos recibirán la enseñanza industrial Seccion Médica de Prevención de Accidentes para la cual tengan vocación y de acuerdo con su capacidad. Esta Seccion formo parte del Departamento de Seguridad e Higicne hasta cl 20 Articulo 19.-Los alumnos que aprueben todas las asignaturasde marzo del año en curso, habiendo practicado durante ese lapso 2 377 Fichas de salud que comprende el ciclo de artesania, o el de preparación técnica,a trabajadores afiliados al Régimen. obtendrán el correspondiente diploma. Además de la preparación de Fichas de salud, tuvo a su cargo efectuar inspecciones en los lugares de trabajo para la autorización de operaciones de hernia como medida de prevención. E1 total de inspecciones efectuadas por este motivo ascendio CAPITULO V a 404. Esta Seccion también tiene a su cargo determinar los casos en que precede el otorgamiento de anteojos, operaciones de los ojos y otorgamiento de aparatos protésicos especiales. De los Consejos Directivos Divulgación. Articulo 20.-En cada Centro de Enseñanza Industrial funcionará un Consejo Directivo, integrado en la forma que disponga elLas labores divulgativas representan una fase importante del trabajo del DepartaMinisterio de Educación Pública, y el cual se encargará de elaborarmento de Seguridad e Higiene y para llevarlas a cabo se han utilizado cartelones, slides, exhibición de peliculas combinada con platicas ilustrativas. el reglamento interior, formular planes y programas de estudio yAsi se elaboraron 10 temas sobre motivos de prevencion de accidentes para carteproyectar las demás actividades que tales centros deben desarrollar,les, que se imprimieron en series de 1 700 ejemplares cada una, para su profusa districon aprobación de dicho Ministerio. bucion en centros de trabajo de la capital y del interior del pais. Ademas se diseñaron y sacaron copias heliográficas de máquinas-herramienta, proArticulo 21.-E1 Consejo Directivo del Instituto Industrial Centecciones individuales, etc., que se distribuyeron simultáneamente con las ordenes de tral queda integrado por: seguridad respectivas. Dentro de los trabajos de divulgacion, debe mencionarse también, las pláticas coma) El Jefe de la Sección Técnico-vocacional del Ministerio de binadas con proyecciones cinematográficas orientadas hacia la prevención de accidenEducación Pública: tes de tránsito, a grupos de pilotos automovilistas de diferentes centros de trabajo, con b) El director del propio Instituto: el objeto de hacer una campaña efectiva en la prevencion de dichos riesgos. Pláticas c) El asesor administrativo de la Misión de Asistencia Técnica y proyecciones se dieron en diferentes establecimientos de educacion secundaria de la capital, tratando de formar un sentido de seguridad para el transito e iniciar en Guade la UNESCO. temala la organizacion de la policia escolar de transito. Otras platicas SC desarrollaron con la finalidad de orientar las actividades sobre CAPITULO VI prevención de accidentes de trabajo a las comisiones de seguridad que han funcionado en distintas empresas de la capital. Sc trabajó con especial interes en la elaboración del guion cinematográfico y asescDisposiciones especiales y transitorias ria en la filmacion para una película sobre temas de prevencion de accidentes de trabajo, adecuada a las necesidades del pais y que próximamente estara concluida. Articulo 22.-Los alumnos del Instituto Industrial Central que a la presente fecha hubiesen cursado uno, dos o tres años del Plan b) Servicio Social de estudios en vigor, deberán adaptarse al nuevo Plan mediante E1 servicio social CS de naturaleza muy particular y por tal motivo SC encuentra equivalencias hechas por el Ministerio del Ramo, y cursarán las a cargo exclusivo de Trabajadores sociales graduados y aventajados estudiantes de la Esasignaturas pendientes en calidad de materias rasadas. cuela de Servicio Social, quienes a su vez reciben de esta manera un entrenamiento práctico útil para el desempeño de su profesion.

Articulo 23.-Para los fines de la reorganización del personal Los tipos de trabajo desempeñado por los Trabajadores sociales se presentaron del Instituto Industrial Central, quedarán sin efecto todos los nomen forma clasificada en la memoria del año anterior; conviene, por consiguiente, enubramientos de los empleados que actualmente sirven en el Instituto merat simplemente los grandes renglones CIV que se clasifica el trabajo efectuado CXIndustrial para Varones. presando también las cifras globales correspondientes al año 53-54: Servicios de colaboración médica 992 Articulo 24.-Todos los miembros del personal administrativo Servicios en relacion con cl IGSS 648 y docente del Instituto Industrial para Varones, mantendrán el deAsistencia economica 493 recho de su sueldo actual, hasta el 31 de diciembre del corriente año. Education familiar y actividades de grupo 949 Legislacion del trabajo 768 Articulo 25.-Todos los fondos destinados al Instituto Industrial Informes sociales y documentos 5 916 para Varones durante el ejercicio fiscal 1954-55, deberán aplicarse al mantenimiento del Instituto Industrial Central. Para desempeñar estas funciones que se llevan a cabo con mayor enfasis en unos Centros que en otros, según su naturaleza y el estado y necesidades de los pacientes, Articulo 26.-Ninguna institución, oficial o particular, podráexisten Secciones de Servicio Social en el Centro Hospitalario I, Centro Materno-Infanocupar parte del predio del Instituto Industrial Central, ya que todotil, Centro de Rehabilitacion, Consultorio Central y cl Centro de Hospedaje y Convalescencia. La actividad de estas Secciones CS dirigida y coordinada por la Jefatura el terreno servirá para las ampliaciones necesarias. del Departamento de Servicio Social, del cual forman parte desde el punto de vista

Artículo 27.-Queda derogado el Decreto N° 622 y todas las dis-técnico. En total el Departamento cuenta con 8 Trabajadores Sociales graduados, 7 estudiantes de la Escuela de Servicio Social y una Secretaria. posiciones que se opongan a la presente ley. Existe además una Seccion de Beneficiarios, con 2 Trabajadores Sociales graduaArticulo 28-EI presente Decreto entrará en vigor el día de sudos y 2 estudiantes, que tiene a su cargo ayudar a los afiliados con derecho a prestacion ulterior a fin de que utilicen dicha prestación en forma favorable a sus intereses; publicación en el Diario oficial. estudia asimismo la dependencia economica de beneficiarios dudosos, la filiación de los hijos menores de edad, la vida marital, uniones de hecho y libres, todo para cl justo Dado en el Palacio nacional: en la ciudad de Guatemala, a loscumplimiento del pago de prestaciones a los beneficiarios por causa de muerte. Los casos de prestaciones en dinero en que intervino el Departamento de Servicio cuatro dias del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta ySocial por medio de su Seccion de Beneficiarios para realizar planes de inversion, as-cuatro. cienden a: 69 casos de prestación ulterior por un monto de Publíquese y cúmplase. Q34,320.00 41 casos de pensiones acumuladas a favor de beneficiarios, por un monto de 32,404.99 CARLOS CASTILLO ARMAS. Cifras que dan a conocer la cuantia de las prestaciones y el numero de casos en que se intervino resolviendo diversos problemas de los beneficiarios, debiendo adverEl Ministro de Educación Pública, tirse que los 41 casos de muerte corresponden a la protección de 97 beneficiarios. Las JORGE DEL VALLE MATHEU. adquisiciones logradas con los planes de inversion se refieren a mobiliario, vestuario, instrumentos de trabajo, pago de deudas, compra de casas, compra de terrenos, ins-talacion de negocios y otros de indole similar. La Seccion de Servicio Social del Centro Materno-Infantil ha tenido a su cargo Cancélase la licencia concedida a la profesora Ana Maria Hermosilla de Cotoel estudio de la situacion economica de las afiliadas y beneficiarias que solicitan los Conde, para el funcionamiento en esta ciudad del colegio mixto de su pro-servicios del Centro, y con base en dicho estudio se ha procedido al otorgamiento de la piedad "La Nueva Escuela", prestación a que se refiere el articulo 33 del Acuerdo 211, Reglamento sobre Protección Materno-Infantil, O sea el equipo mínimo para los niños recien nacidos. Durante el año 53-54 se entregaron en esa forma 1 567 equipos, contribuyéndose así en forma con-Palacio nacional: Guatemala, 5 de noviembre de 1954. creta, directa y tangible a solventar un serio problema que confrontan los padres al re-cibir su nuevo hijo. En vista de los informes rendidos por la maestra interventora del colegio"La Nueva Escuela", (CONTINUARA)

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