Decreto 138-1983
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 138-1983
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 1983
ah 0 alsonated and orhered a Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericana Licenciado Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXXII GUATEMALA, MIERCOLES 9 DE NOVIEMBRE DE 1983 NUMERO 47
SUMARIO Servicios Automotores Universales, S. A. Bacipio. El empadronamiento se llevará a cabo melance General al 30 de junio de 1981. diante la presentación de las cédulas de vecindad, cuya validez legal se verificará por el procedimienORGANISMO EJECUTIVO Pollo Campero, S. A. Balance General al 30 de to establecido en esta Ley.junio de 1981. Artículo 29-Para los efectos mencionados en el JEFATURA DE ESTADO Agrícola La Aurora, S. A. - Balance General al artículo anterior, deberá funcionar el número de 31 de mayo de 1981. centros o mesas de inscripción que sean necesarios, DECRETO LEY NUMERO 138-83 tanto en la capital como en los departamentos. El Bienes Raíces Lo de Batres, S. A. - Guatemala,Registro de Ciudadanos, bajo la supervisión del MINISTERIO DE GOBERNACION C. A. Balance General al 30 de junio de 1981.Tribunal Supremo Electoral, organizará la distribución de los empadronadores en toda la República, Nombrase Alcalde Municipal de Rio Bravo, deTransportes Juan Francisco Reyes, Sociedad Anó-ea efecto de que en el menor tiempo posible se partamento de Suchitepéquez, al señor Israel nima. Balance General al 30 de junio de Ta81. cubran todos los departainentos y municipios del Marroquín Hurtarte. Mini Departamentos, S. A. Balance General país. El mismo Registro proveerá, con los recursos al 30 de junio de 1981. a su disposición, de todos los elementos necesarios Apruebase la nueva organización administrativa a los empadronadores, colaboradores y demás perpresentada por Ja Dirección Ejecutiva del CoDistribuidora Industrial y Comercial de Centro-sonal, para que puedan cumplir con su cometido. mite de Reconstrucción Nacional. américa, S. A. Balance General al 30 de ju-nio de 1981. Artículo 39-Para los efectos de su inscripción y MINISTERIO DE FINANZAS empadronamiento, todo ciudadano de uno u otro Promotora de Ingeniería y Servicios, S. A. (PRO-sexo que sepa leer y escribir, comprendido entre MISE, S. A.). Balance General al 30 de junio18 y 70 años de edad, está obligado a inscribirse PUBLICAS de 1981. ante los empadronadores del Registro de Ciudadanos destacados en la jurisdicción municipal donde Circular Conjunta del Ministerio de Finanzas Pú- Ingenio San Diego, S. A. Balance General al tuviere su residencia permanente, dentro del plazo blicas y de la Contraloría de Cuentas. 30 de junio de 1981. de seis meses a partir de la fecha de iniciación de
vigencia de esta Ley. PUBLICACIONES VARIAS Desarrollos de Villa Nueva, S. A. Balance General al 30 de junio de 1981. La inscripción se acreditará legalmente con la cédula de vecindad, en la que conste la razón coMINISTERIO DE EDUCACION rrespondiente consignada por su Empadronador del Registro de Ciudadanos. JUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL ORGANISMO EJECUTIVO Excluyendo a quienes esta Ley exime de la obliNOMINA NUMERO 35-83 gación de inscribirse como ciudadanos, todas las personas deben exhibir su cédula de vecindad con NOMINA NUMERO 36-83 la razón de empadronamiento consignada en forma legal, para ejercer derechos políticos, desempeñar NOMINA NUMERO 37-83 JEFATURA DE ESTADO cargos o empleos públicos, obtener pasaporte y licencia para conducir vehículos o la renovación de dichos documentos. ANUNCIOS VARIOS DECRETO LEY NUMERO 138-83 Artículo 49-Es opcional la inscripción para los EL JEFE DE ESTADO, ciudadanos analfabetos y los mayores de setentaAutorizaciones farmacéuticas. - Matrimonios. años. así como para los que tengan impedimentoRegistro de derecho de autor. Línea de transporte. Constituciones de sociedad. ModifiCONSIDERANDO: justificado. caciones de sociedad. Disoluciones de sociedad. Patente de invención. Registros de Que el Tribunal Supremo Electoral ejercitandoSin embargo, las personas a que se refiere el la facultad de iniciativa que le otorga el Decretopárrafo que antecede, tendrán obligación de ins-marca. Titulos supletorios. Edictos. - LiLey No 98-83, teniendo en cuenta que se ha su-cribirse como ciudadanos, en los casos en que lacitación. Remates. primido el Registro General de Población, y queLey requiera comprobar tal calidad. Aviones Ejecutivos. S. A. - Balance General al es necesario asegurar la pureza del proceso elec30 de junio de 1981. toral, ha propuesto el Proyecto de Ley medianteArtículo 59-Los ciudadanos solicitarán su insel cual se le asigna al Registro de Ciudadanos, lacripción en forma personal en los lugares señalaresponsabilidad de inscribir y empadronar a los dos, exhibiendo tan sólo su cédula de vecindad. Cía. Comercial e Industrial de Ventas y Distri-ciudadanos, dentro del plazo establecido por el ca-Las autoridades electorales verificarán la legitibución, S. A. "COVESA". - Balance General junio 30, 1981. lendario electoral que ya es del conocimiento pú-midad de las cédulas mediante informe de la Mublico; nicipalidad que las haya expedido y del respectivo Registro Civil cuando esto último se crea conveAgropecuaria Atitlan, S. A. Balance General al CONSIDERANDO: niente.
30 de junio de 1981. Predio Pamplona, Sociedad Anónima, Venta de Que para la consecución de los objetivos enun-Dicho informe podrá ser omitido a juicio del Vehículos. Balance General Condensado al 30 clados en el considerando que antecede, normarRegistro de Ciudadanos. cuando esta última entiel proceso de inscripcion de ciudadanos y elabo-dad tenga listas actualizadas proporcionadas porde junio de 1981. rar el padrón electoral correspondiente, con vistala respectiva Municipalidad con los datos pertinenInversiones Aries, S. A. Balance General al 31 dea la realización de futuros eventos electorales,tes. Los guatemaltecos naturales nacidos en el diciembre de 1978. se hace necesario promulgar la ley reguladoraexterior y los naturalizados, deberán exhibir obli-de dichas actividades, gatoriamente la respectiva documentación que los Inversiones Aries. S. A. Balance General al 31 de acredite como tales. diciembre de 1979. POR TANTO, En el ejercicio de las facultades que le confieArtículo 69-El empadronador realizará a preInversiones Aries. S. A. Balance General al 31 dediciembre de 1980. ren los artículos 49 y 59 del Estatuto Fundamensencia del ciudadano solicitante las operaciones de tal de Gobierno, modificado por los Decretos Leyesinscripción, de, conformidad con el procedimiento Distribuidora Conri, Sociedad Anónima. Ba-números 36-82 y 87-83, que adopte el Registro de Ciudadanos y que apruelance General al 30 de junio de 1981. En Consejo de Ministros, be el Tribunal Supremo Electoral. A efecto de garantizar la veracidad de los datos que se conOperaciones y Servicios TWI. de Centroamérica, S.A. Balance General al 30 de junio de 1980. DECRETA: signe, las declaraciones que el ciudadano formule La siguiente serán hechas bajo juramento. Operaciones y Servicios TWI. de Centroamérica,
S. A. Balance General al 30 de junio de 1981.LEY DE INSCRIPCION Y EMPADRONAMIENTO Artículo 79-Una vez realizadas las operaciones DE CIUDADANOS de inscripción, se devolverá al ciudadano su cé- Helenoplast, S. A. Estado de Situación Finandula de vecindad debidamente razonada. Dichociera. al 30 de junio de 1981. Artículo 19-Corresponde al Registro de CludaEquipos de Proceso, S. A: Balance General aldanos realizar las operaciones de inscripción dedocumento será válido, siempre que se haya vericiudadanos y la formación de listas electorales deficado su legitimidad, para ejercer el sufragio en 30 de septiembre de 1980. bidamente clasificadas por departamento y muniel municipio respectivo.DIARIO DE CENTRO 9 de 1983 NUMBRO
1098 Artículo 20.-La presente Ley se declara de ur-Apruébase la nueva organización administrativaArtículo 89-Los padrones o listas electorales se formarán por nomenclatura departamental ygencia e interés nacionales y entrará en vigor el díapresentada por la Dirección Ejecutiva del Cosiguiente de su publicación en el Diario Oficial.mité de Reconstrucción Nacional. municipal. Los de la capital podrán comprenderdeterminadas zonas urbanas incorporadas a la metrópoli, conforme lo disponga el Registro de Clu-Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de ACUERDO GUBERNATIVO No 822-83 dadanos, aunque pertenezcan a jurisdicción deGuatemala, a los nueve d'as del mes de noviembrePalacio Nacional: Guatemala, 3 de noviembre municipios distintos al de Guatemala. de mil novecientos ochenta y tres. de 1983. EL JEFE DE ESTADO, Artículo 99-Cada padrón municipal contendrá Publiquese y cúmplase. un listado de los electores que se inscriban, ordeCONSIDERANDO: nados correlativamente a continuación del código General de Brigada de nomenclatura, conteniendo los datos que se disOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Que las actividades del Comité de Reconstrucponga conforme a lo consignado en el artículo 6° Jefe de Estado y Ministro de la Defensación Nacional, desde su creación, se han increde esta Ley. Nacional. mentado y diversificado, por lo que se hace imprescindible dictar las medidas necesarias para Artículo 10.-Los padrones o listas electorales adecuar las funciones y alcances de las mismas, debidamente arehivados y clasificados en el RegistroSecretario General de la mediante el establecimiento de una estructura de Ciudadanos, servirán para formar los listados coJefatura de Estado. administrativa que permita la eficiencia institurrespondientes a las mesas electorales, según éstasMANUEL GIRON TANCHEZ cional de acuerdo a sus objetivos, se constituyan y regulen en la Ley Electoral que oportunamente se emita. CONSIDERANDO:Ministro de Gobernación, GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVALArtículo 11.-Las municipalidades deberán renQue la Dirección Ejecutiva del Comité de Redir al Registro de Ciudadanos, los informes a que construcción Nacional, presentó el proyecto de su se refiere el artículo 59 dentro de los quince diasViceministro de Finenzas, Encargado del reorganización administrativa y en vista de que hábiles siguientes a la fecha de recepción de la dicha reorganización es conveniente para su me-Despacho. solicitud, por el medio que see más expedito. La ERIC MEZA DUARTE jor funcionamiento, es procedente aprobarla, para comprobación de validez de la Cétula de Vecinded cuya finalidad se hace necesario dictar la respecy en su caso, de la inscripeion del nacimiento, bastiva disposición legal, tarán para que el empadronamiento sea válido y el Ministro de Salud Pública y Asistencia POR TANTO, ciudadano pueda ejercer el sufragio. Social. JOSE RAMIRO RIVERA ALVAREZ. En el ejercicio de las facultades que le confiereArtículo 12-Para evitar que un ciudadano pueel artículo 49 del Estatuto Fundamental de Go-da inscribire más de una vez, las municipalidades anotarán en las respectivas partidas de Cédula deEl Ministro de Relaciones Exteriores, bierno, modificado por los Decretos Leyes númeVecindad, el número de empadronamiento e inFERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN. ros 36-82 y 87-83, formarán inmediatamente al Registro de CiudadaACUERDA: nos en el caso de recibir otra solicitud de informe Ministro de Comunicaciones, Transportereferente al mismo titular. En este caso. el RegisArtículo 1°-Aprobar la nueva organización ad-y Obras Públicas,tro de Ciudadanos, anulará las inscripciones y lo LUIS HUGO SOLARES AGUILAR. ministrativa presentada por la Dirección Ejecuticomunicará el Inspector Electoral para que proceda va del Comité de Reconstrucción Nacional. de conformidad con la Ley. El ciudadano afectado, Artículo 29-La Dirección Técnica del Presuno podrá votar mientras no haya aclarado o sol-in Ministro de Trabajo y Previsión Social, puesto y la Oficina Nacional de Servicio Civil, ventado su situación. CARLOS PADILLA NATARENO. quedan encargadas de efectuar las operacionespresupuestarias y de clasificación de personal, Artículo 13.-Los empadronadores que no perclque sean indispensables para la nueva organiza-ban emolumento mensual, devengarán un honorario M Ministro de Educación. ción del Comité. por cada ciudadano que empadronen en forma leEUGENIA TEJADA DE PUTZEYS. Artículo 39-La Dirección Ejecutiva del Comité gal, cuyo monto será fijado por el Tribunal Suprede Reconstrucción Nacional, deberá presentar a
mo Electoral y pagado con cargo a las asignaciones presupuestarias que para el efecto le asigne el OrMinistro de Economia, la Jefatura de Estado, en un término de 60 dias ganismo Ejecutivo. Las municipalidades tambiénLEONEL HERNANDEZ CARDONA. a partir de la vigencia de este Acuerdo, el pro-yecto de reglamento general que regirá dicha or-tendrán derecho a percibir una cantidad que acuerMinistro de Agricultura. Ganaderia yganización para su aprobación.de el Tribunal Supremo Electoral, por cada informe de confirmación de cédula que emitan, para comAlimentación, Artículo 49-El presente Acuerdo entrará en viIVAN NAJERA FARFAN. gor inmediatamente, debiendo publicarse en elpensarles los gastos adicionales en que incurran por tal motive. Para cubrir este último gasto, el TriDiario Oficial. bunal Supremo Electoral, del presupuesto del Re-El Viceministro de Energia Mines, Encargado gistro de Ciudadanos, trasladará las asignaciones" del Despacho. Comuniquese. que correspondan. La Auditoria del Tribunal Su-MANUEL MAZA CASTELLANOS. General de Brigada premo Electoral y la Dirección Técnica del PresuOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES,puesto, coordinarán sus funciones para el debido Jefe de Estado. cumplimiento y fiscalización de esta disposición. Ministro de Gobernación, Artículo 14-Las operaciones de registro de ciuMINISTERIO DE GOBERNACION GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL
dadanos a que se contrae la presente Ley, tendrán por objeto, la elaboración del Padrón Electoral necesario para las elecciones de Asamblea Nacional Constituyente. Dichas operaciones, podrán conti-Nombrase Alcaide Municipal de Rio Bravo, de-MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICASnuarse y ser utilizadas en eventos electorales fu-partamento de Suchitepéquez, al señor Israel turos, conforme oportunamente se disponga. Marroquin Hurtarte. CIRCULAR CONJUNTA DEL MINISTERIO DEArtículo 15.-E Organismo Ejecutivo, asignará al ACUERDO GUBERNATIVO DE FINANZAS PUBLICAS Y DE LA CONTRALORIARegistro de Ciudadanos, por el tiempo que sea neNOMBRAMIENTO NUMERO 197 DE CUENTAS cesario para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley, los vehiculos, combustibles, lubrican-Palacio Nacional: Guatemala, 31 de octubre deGuatemala, 31 de octubre de 1983. tes y pilotos automovilistas indispensables a dicha1983.labor. A: Entidades y Dependencias del Sector Público. EL JEFE DE ESTADO,Artículo 16.-E Tribunal Supremo Electoral y Ministerio de Finanzas Públicas y la Contrael Registro de Ciudadanos se ajustarán al presuloría de Cuentas fundamentándose en los Decretos puesto de gastos autorizado para realizar las opera-En el ejercicio de las facultades que le confierennúmeros 106-71 y 1126 del Congreso de la Repú-los artículos 49 y 26, inciso 5º, literal c) del Es-ciones a que se refiere esta Ley. blica, emiten la siguiente circular en forma con-tatuto Fundamental de Gobierno, modificado porjunta, en relación a lo dispuesto en el Reglamento elArtículo 17.-Todas las dependencias de la adlos Decretos Ley números 36-82 y 87-83, y ar-General de Gastos de Viático contenido en
ministración pública, las instituciones autónomas,tículo 49 del Decreto Ley número 53-82; Acuerdo Gubernativo número 706-83 del 23 de semiautónomas y descentralizadas del Estado, así septiembre de 1983: como las empresas del sector privado. están obliACUERDA, 1. El Formulario V-C "Viático Constancia" debegadas a prestar a las autoridades electorales, laNombrar al señor Israel Marroquin Hurtarte, contener espacio para anotar fecha y horacolaboración que se les solicite para los efectos de la inscripción y el empedronamiento de ciudadanos.Alcalde Municipal de Río Bravo, departamento dede llegada y salida del lugar donde se desemSuchitepéquez, en sustitución de Moises Morales,peñe una comisión oficial en el interior del Artículo 18.-El Tribunal Supremo Electoral, dic-por convenir al servicio. E1 respectivo Gobernador tará conforme su Ley Orgánica, las disposiciones yDepartamental tomará al nombrado la protesta2. En país. el diseno de dicho formulario publicado de ley y le dará posesión conforme a las normasen el Diario Oficial el 30 de septiembre dereglamentos que requiera la aplicación de esta Ley. legales. Devengará el sueldo que tenga asignado1983 hay una columna que dice fechas, diviArtículo 19.-Durante el plazo de seis meses, condida en dos subcolumnas, en la primera donde tados a partir de la visencia de la presente Ley, lasel presupuesto municipal. dice "del" deberá anotarse la fecha y hora hojas de adhesión de los partidos políticos, podránEste Acuerdo surte sus efectos a partir de lade llegada del empleado que cumple la coformarse con ciudadanos que se identifiquen con su Cédula de Vecindad, aun cuando éstos no hacorrespondiente fecha de toma de posesión y de-mision oficial y en la segunda, donde dice berá publicarse en el Diario Oficial. "al" se anotará la fecha y hora de salida de yan cumplido con el requisito de empadronamiento. dicho empleado. Sin embargo, dichos partidos políticos. al ser inscritos, deberán comprober dentro de los seis me-Comuniquese. La presente Circular tiene vigencia inmediata ses siguientes a la fecha de su inserioción que por General de Brigada y será publicada en el Diario Oficial. lo menos, cuatro mil de sus afiliados. llenan los OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, LEONARDO FIGUEROA VILLATE,requisitos establecidos por el artículo 69 literal a) Jefe de Estado. Ministro de Finanzas del Decreto Ley número 32-83 "Ley de Organizaciones Políticas". De no cumplirse esta obligación, Ministro de Gobernación, JOSE DANIEL DE LA PEÑA,quedarán en suspenso hasta que la satisfagan le-GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL Jefe Contraloría de Cuentas. galmente.