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Decreto 14-1980

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 14-1980
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1980

Diario Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Periodista Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCXIV GUATEMALA, VIERNES 29 DE AGOSTO DE 1980 NUMERO 46

SUMARIO PUBLICACIONES VARIAS ORGANISMO EJECUTIVO

MINISTERIO DE EDUCACION

ORGANISMO LEGISLATIVO JUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL

DEPARTAMENTO DE CATALOGACION MINISTERIO DE RELACIONES DECRETO NUMERO 14-80 NOMINA No. 21-80 EXTERIORES ANUNCIOS VARIOS Apruébase cl Protocolo de Enmienda al Convenio ORGANISMO EJECUTIVO de Aviación Civil Internacional, suscrito en RoMatrimonios. Solicitud de nacionalidad. Líneas ma, Italia, el 15 de septiembre de 1962; y texto MINISTERIO DE RELACIONES de transporte. Solicitud de autorización de SOdel citado Protocolo. ciedad. Constituciones de sociedad. Modificaciones de sociedad. Prórroga de sociedad. FERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA, EXTERIORES Patentes de invención. Registros de marca. Presidente de la República de Guatemala, Titulos supletorios. Edictos. Licitación. Apruébase el Protocolo de Enmienda al Convenio Remates. Autorizaciones farmacéuticas. POR CUANTO: V1

de Aviación Civil Internacional, suscrito en RoLas Vertientes. S. A., balance general al 31 de ma, Italia, el 15 de septiembre de 1962; y texto El honorable Congreso de la República en De-marzo de 1978. del citado Protocolo. creto número 14-80, emitido el 27 de febrero del año en curso, ha dado su aprobación al Protocolo de Enmienda al Convenio Internacional de Aviación Acuérdase que el Ministerio de Finanzas Públicas queda encargado de crear 0 transferir las partidas ORGANISMO LEGISLATIVO Civil, suscrito en Roma, Italia, el 15 de septiembre de 1962, necesarias para cubrir el presupuesto que se menciona. POR TANTO. Otórgase la Orden del Quetzal, en el grado de Gran Decreto Número 14-80 En uso de las facultades que me confiere la ConsCruz, al excelentísimo señor Frank V. Ortiz Jr., titución de la República, ratifico el Protocolo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,Enmienda al Convenio Internacional de Aviación los Estados Unidos de América. Civil. suscrito en Roina, Italia, el 15 de septiemCONSIDERANDO: bre de 1962, y mando que se publique para que se tenga como ley de la República. Otórgase la Orden del Quetzal, en el grado de Gran Cruz. al excelentísimo señor doctor Fidel Chávez Que con fecha 15 de septiembre de 1962 fue susEn fe de lo cual firmo el presente instrumento

Mena, Ministro de Relaciones Exteriores de la crito un Protocolo de enmienda al Convenio de de ratificación, autorizado con el Sello Mayor de República de El Salvador. Aviación Civil Internacional, por la cual se deter-la República y refrendado por el Ministro de Relamina la forma de convocatoria a Asamblea Extraciones Exteriores. en la ciudad de Guatemala. a MINISTERIO DE EDUCACION ordinaria de la Organización; los veinte dias del mes de marzo de mil novecientos ochenta.

CONSIDERANDO: Autorizase en el sentido que se indica, para que FERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA.la Octava Feria de Artes e Industrias Escolares

(ESCOFER-80) se realice en la ciudad de Puerto Que sobre la conveniencia de su aprobación, se pronunciaron favorablemente el Ministerio de ReEl Ministro de Relaciones Exteriores. Barrios del 31 de agosto al 7 de septiembre del año en curso. laciones Exteriores, el Consejo de Estado y las de-RAFAEL EDUARDO CASTILLO VALDEZ. pendencias relacionadas con la aviación civil en nuestro país, PROTOCOLO RELATIVO A UNA ENMIENDA AL MINISTERIO DE FINANZAS POR TANTO. CONVENIO DE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL PUBLICAS En uso de las facultades que determinan los inFirmado en Roma, el 15 de septlembre de 1962 cisos 10. y 14 del artículo 170 de la Constitución

Instrúyese al fiduciario Eanco de Guatemala, para de la República, La Asamblea de la Organización de que amplie el "Fideicomiso: Fondo ExtraordinaDECRETA: Aviación Civil Internacional, rio Específico de Reconstrucción" en la suma de 02.000,000.00 (dos millones de quetzales). Artículo 10.-Se aprueba el Protocolo de EnmienREUNIDA en su Decimocuarto Período de Sesioda al Convenio Internacional de Aviación Civil, SUS-nes. en Roma, el veintiuno de agosto de 1962, crito en Roma, Italia, el 15 de septiembre de 1962. TENIENDO EN CUENTA el deseo general de losModificase en el sentido que se menciona, el Acuerdo número 11 del Comité de Reconstrucción NaArtículo 20.-EI presente Decreto fue aprobado Estados Contratantes de que el número mínimo de cional y sus Normas Complementarias. por la mayoria absoluta del número total de Dipu-Estados Contratantes que pueda pedir la celebratados que integran el Congreso y entrará en vigor ción de una reunión extraordinaria de la Asamblea a los ocho días de su publicación en el Diario Ofi-sea superior a la cifra actual de diez, MINISTERIO DE GOBERNACION cial. CONSIDERANDO que es procedente aumentar dicho número total de Estados Contratantes, Apruébanse las operaciones de mensura practicadasPase al Organismo Ejecutivo para lo que proY CONSIDERANDO que. a tal fin. es necesario por el ingeniero Peter Oestmann Madrid sobre la ceda. modificar el Convenio de Aviación Civil Internaciofinca que se menciona, propiedad de los señores nal. firmado en Chicago el siete de diciembre de Felipe Tin García y Victorina Recancoj Mejia Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en1944. de Tin. la ciudad de Guatemala, a los veintisiete días del APROBO. el quince de septiembre del año mil mes de febrero de mil novecientos ochenta. novecientos sesenta y dos. de conformidad con lo dispuesto en el párrafo (a) del artículo 91 del menMANUEL SALVADOR POLANCO RAMIREZ, cicnado Convenio, la siguiente propuesta de enmienMINISTERIO DE COMUNICACIONES Presidente. da a dicho Convenio: Y OBRAS PUBLICAS LEOPOLDO ANTONIO URRUTIA BELTRAN, Que on el párrafo (a) del articulo 48 se suPrimer Secretario. prima la segunda frase y se sustituva por "la Nómbrase representante del Ministerio de Finanzas Asamblea podrá celebrar una reunión extraorPúblicas ante la Junta Consultiva de Aviación GUILLERMO ROMERO PERALTA, dinaria en cualquier momento por convocatoria Civil al licenciado Felipe Nery Paniagua Lone. Tercer Secretario. del Consejo 0 a petición de no menos de la quinta parte del número total de Estados ConPalacio Nacional: Guatemala, veinte de marzo de tratantes dirigida al Secretario General". SECRETARIA DE MINERIA, HIDROCARBUROSmil novecientos ochenta. FIJO. de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo Ratifiquese, publíquese y cúmplase. (a) del artículo 94 del mencionado Convenio, en

Y ENERGIA NUCLEAR sesenta V seis el número de Estados Contratantes FERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA. cuya ratificación es necesaria para que dicha proModificase en el sentido que se menciona el numepuesta de enmienda entre en vigor, y ral X del articulo 2 del Acuerdo gubernativo del El Ministro de Relaciones Exteriores. DECIDIO que el Secretario General de la Orga28 de mayo del año en curso. RAFAEL EDUARDO CASTILLO VALDEZ. nización de Aviación Civil Internacional redacte un

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