Decreto 14-1989
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 14-1989
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 1989
Diario de Centro América Organo oficial de la República de Guatemala Tomo CCXXXV Decano de la Prensa CentroamericanaDirectora Carmen Escribano de De LeónGuatemala, jueves 16 de marzo de 1989Número 88 distintas fechas, para ser sometidos a consideración dePase al Organismo Ejecutivo para su publicación y SUMARIO los Estados Miembros, los convenios números 15, 16,cumplimiento. 29, 50, 59, 64, 103, 117, 124, 141 y 144, relativos a me-Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en jorar las condiciones del sector laboral, en distintasla ciudad de Guatemala, a siete días del mes de febrero RGANISMO LEGISLATIVO actividades; de mil novecientos ochenta y nueve.
CONSIDERANDO: MARCO ANTONIO DARDON CASTILLO, Primer Vicepresidente, CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Que de conformidad con la Constitución Política de en funciones de Presidente. la República, el Estado debe participar en los convenios y tratados internacionales O regionales que seJORGE RENE GONZALEZ ARGUETA,DECRETO NUMERO 14-89 refieran a asuntos de trabajo que concedan a los traSecretario, bajadores mejores protecciones 0 condiciones y que en JORGE LUIS ARCHILA AMEZQUITA ORGANISMO EJECUTIVO tales casos, lo establecido en dichos convenios y traSecretario. tados se considerará como parte de los derechos minimos de que gozan los trabajadores del país; Palacio Nacional: Guatemala, veintidós de febrero de
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL mil novecientos ochents y nueve.
CONSIDERANDO: Publiquese y cúmplase, afierese la condecoración "Medalla Monja Blanca de CEREZO AREVALO.
Que los convenios antes enumerados contienen nor-Segunda Clase". al personal de Oficiales Asimilados ymas que en una u otra forma superan los derechos E1 Secretario General de la (Catedráticos que se mencionan. que la legislación interna reconoce a determinados gru-Presidencia de la República, pos de trabajo, por lo que de acuerdo con la funciónLUIS FELIPE POLO LEMUS. tutelar del derecho laboral es conveniente su aprobaMINISTERIO DE GOBERNACION ción y no se afectan normas constitucionales, ruebanse los Estatutos de la "Asociación de GinecoPOR TANTO, logia y Obstetricia de Guatemala"; y reconócese su ORGANISMO EJECUTIVO personalidad jurídica. En cumplimiento de las atribuciones que le asigna el inciso 1) del artículo 171 de la Constitución Política ruébanse los Estatutos de la Asociación de Padres dede la República, Familia del Proyecto Río Selegua; y reconócese su perMINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL renalidad jurídica. DECRETA: Confiérese la condecoración "Medalla Monja Blanca de ruébanse los Estatutos de la Asociación Desarrollo ARTICULO 1.-Se aprueban los siguientes Convenios Segunda Clase", al personal de Oficiales Asimilados y
Integral del Niño de Escasos Recursos (DINER); yInternacionales de Trabajo adoptados por la ConferenCatedráticos que se mencionan. reconocese su personalidad jurídica. cia General de la Organización Internacional del Trabajo, en sus correspondientes reuniones: ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 135-89 ANUNCIOS VARIOS 1. Convenio 15, adoptado en la Tercera Reunión, ce lebrada en Ginebra el 25 de octubre de 1921, por Palacio Nacional: Guatemala, 9 de marzo de 1969. el que se fija la edad mínima de admisión de Presidente de la República, atrimonios. Lineas de transporte. Constituciones los menores al trabajo en calidad de pañoleros 0 de sociedad. Modificaciones de sociedad. Patenfogoneros. CONSIDERANDO: de invención. Registro de marcas. - Títulos 2. Convenio 16, adoptado en la Tercera Reunión, supletorios. Edictos. -Remates. celebrada en Ginebra el 25 de octubre de 1921, Que los relevantes méritos evidenciados por el personal relativo al examen médico obligatorio de los memilitar en beneficio del Ejercito de Guatemala, deben baco Industrial, S. A.-Balance General Condensado alnores empleados a bordo de los buques. ser dados a conocer públicamente por el Estado; 28 de febrero de 1989. 3. Convenio 29, adoptado en la Décima Cuarta Reunión, celebrada en Ginebra del 10 al 28 de junio CONSIDERANDO:
Stado de Resultados Condensado del Banco Promotor,
S. A., del 1° de enero al 31 de diciembre de 1988. de 1930, relativo al trabajo forzoso u obligatorio.Que el Ministerio de la Defensa Nacional ha inforblance General Condensado del Banco Promotor, S. A.,4. Convenio 50, adoptado on la Vigésima Reunión, celebrada en Ginebra del 4 al 24 de junio de 1936,mado, que el personal de Oficiales Asimilados y Cate31 de diciembre de 1988. dráticos que se mencionan en la parte dispositiva de esterelativo a la reglamentación de ciertos sistemas Acuerdo, a través de sus labores administrativas han Banco Internacional, S. A.-Balance General Condensa-especiales de reclutamiento de trabajadores.contribuido en forma excepcional al desarrolle del Ejerdo al 28 de febrero de 1989. 5. Convenio 59, adoptado en la Vigésima Tercero cito como institución, por lo que es procedente confeReunión, celebrada en Ginebra el 3 de junio derirles el reconocimiento del caso, para cuyo efecto se 1937, por el que se fija la edad de admision deemite la presente disposición legal, los niños a los trabajos industriales.
6. Convenio 64, adoptado en la Vigésima Quinta POR TANTO:ATENCION ANUNCIANTES Reunión, celebrada en Ginebra el 8 de junio deIMPRESION SE HACE CONFORME 1939, relativo a la reglamentación de los contratosEn el ejercicio de las funciones que le confieren los
ORIGINAL escritos de trabajo de los trabajadores indígenas.Artículos 183 incisos c), e) y u) y 246 inciso b) de la
7. Convenio 103, adoptado en la Trigésima Quinta Constitución Política de la República de Guatemala y Toda impresión en la parte legal del Diario Reunion, celebrada en Ginebra el 4 de junio decon fundamento en los Artículos 250 de la citada Leyde Centro América, se hace respetando el 1952, relativo a la protección de la maternidad.Suprema; 14 inciso 3., 64 y 65 del Decreto Ley 26-86 Leyoriginal. 8. Convenio 117, adoptado en la Cuadragésima SextaConstitutiva del Ejercito de Guatemala; 34, 38, 39 y 106
Reunión, celebrada en Ginebra del 6 al 28 dedel Acuerdo Gubernativo No 43-82 de fecha 24 de junioPer lo anterior, esta Administración ruega al junio de 1962, relativo a las normas y objetivosde 1982, Reglamento de Condecoraciones y Distintivespúblico tomar nota. básicos de la política social. Militares,
9. Convenio 124, adoptado en la Cuadragésima Novena Reunión, celebrada en Ginebra el 2 de junio de ACUERDA: 1965, relativo all examen médico de aptitud de ORGANISMO LEGISLATIVO los menores para el empleo en trabajo subteARTICULO 19-Conferir la condecoración "MEDALLArráneo en las minas. MONJA BLANCA DE SEGUNDA CLASE', al personal10. Convenio 141, adoptado en la Sexagésima Reunión,de Oficiales Asimilados y Catedráticos que se indican acelebrada en Ginebra del 4 al 25 de junio de continuación, por los relevantes méritos puestos de maCONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA 1975, sobre las organizaciones de trabajadores ru-nifiesto en los logros alcanzados en beneficio del Bjer-rales y su función en el desarrollo económico ycito de Guatemala.social.
DECRETO NUMERO 14-89 11. Convenio 144, adoptado en la Sexagesima Primera1. Capitán Segundo Asimilado MIGUEL ANGEL ESReunión, celebrada en Ginebra del 2 al 22 de COT GODINEZ. El Congreso de la República de Guatemala, junio de 1976, sobre consultas tripartitas para pro-2. Teniente Asimilado BERMAN CONRADO MORA-mover la aplicación de las normas internacionalesLES PEREZ
CONSIDERANDO: del trabajo. 3. Profesor JOSE LEON REYNA RIVERA.
Que la República de Guatemala es miembro de la ARTICULO 2.-E presente Decreto entrará en vi4. Profesor HUBERTO MOISES RECINOS JUAREZ Organización Internacional del Trabajo y que la Con-gencia el día siguiente de su publicación en el Diario5. Profesor ISAIAS NOE SANCHEZ MEJIA.de dicha Organización ha adoptado en Oficial