🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 14-1997

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 14-1997
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1997

NUMERO 91 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Febrero 19 de 1997 2463

El voto favorable al proyecto obliga a que se continue con la discusion de PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SANCION, PROMULGACION Y la ley por artículos y el voto en contra desechará el proyecto de ley. PUBLICACION Si el dictamen fuere desfavorable se pondrá a discusión en una sola lectura DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD y la votación resolverá lo procedente. DE GUATEMALA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE ARTICULO 2. El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el diario oficial. PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO, PARA SU PUBLICACION DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE ARABELLA CASTRO QUINONES

MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE. PRESIDENTA

ARABELLA CASTRO QUINONES

PRESIDENTA

JAVIER CASTELI ANOS DE LEON ANGEL MARIO SALAZAR

SECRETARIO SECRETARIO

F. JAVIER CASTELLANOS DE LEON ANGEL MARIO SALAZAR MIRON

SECRETARIO SECRETARIO

CONGRESO or LA REPUBLICA

Dr LA

CONGRENO

AmiticaCentre Centiv America PALACIO NACIONAL: Guatemala, Diecisiete de Febrero de Mil Novecientos Noventa y Siete.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

LA

REPUBLICA

ARZU IRIGOYEN

GOSTEMALR.DECRETO NUMERO 14-97

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca URNG-, suscribieron en Oslo, Noruega, el 4 de diciembre de 1996, el Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego. DE Rodollo A. Mendoza RosalesCONSIDERANDO: Ministro de Gobernacion GOBERNATIONDESTQue para. el definitivo cese al fuego es necesario tener instalado y con capacidad de funcionamiento el mecanismo de verificación de la Organización de las Naciones Unidas, de la cual Guatemala forma parte.

CONSIDERANDO: Que el mecanismo de verificación requiere la realización de ciertos actos y de la presencia de personas previamente autorizadas, como. lo son los 155 observadores militares y el personal médico necesario, autorizado por el Consejo de Seguridad en Resolución 1094, de fecha 20 de enero de 1997.

POR TANTO: ORGANISMO EJECUTIVO En ejercicio de las atribuciones que le confieren los articulos 171 inciso a) y 172 de la Constitución Politica de la República de Guatemala. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DECRETA: Concédese la nacionalidad guatemalteca al señor Lian Xiao Dong.

ARTICULO 1. Se aprueba la presencia en el país del Grupo Anexo a la ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 95-97 Mision de Naciones Unidas para la Verificación de los Derechos Humanos en Guatemala,

MINUGUA-, de ciento cincuents y cinco observadores militares V personal médico Palacio Nacional: Guatemala, 5 de febrero de 1997. autorizado por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas por Resolución 1094, de fecha 20 de enero de 1997, quienes tendrán los privilegios e inmunidades de los expertos El Presidente de la República, reconocidos en el Acuerdo Sede de la Mision de Naciones Unidas para la Verificación de los Derechos Humanos en Guatemala -MINUGUALas acciones permitidas al grupo CONSIDERANDO: anexo, inmunidades y privilegios, empezarán a regir a partir de la fecha en que entre en vigencia el presente decreto, y terminará a los cuatro meses en que entre en vigencia el día del definitivo cese al fuego. Su jurisdicción y mecanismos de desplazamiento se limitaránQue el Senor LIAN XIAO DONG, inscrito en Direccion General de Migracion a lo establecido en los anexos A,B y C, del Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego.como ciudadano Chino, en partida número 048"A", folio número 048"A", del libro número 323, correspondiente al Registro de Extranjero Residente y como Domiciliado en partida número 245 y folio número 87, del libro 38 de ARTICULO 2. El presente decreto fue declarado de urgencia nacional, Extranjeros Domiciliados del Registro Civil de esta capital, solicito su aprobado en un solo debate por más de las dos terceras partes del total de diputados quenaturalizacion guatemalteca en expediente cuyo trámite satisfizo todos los integran el Congreso de lá República y entrará en vigencia el día de su publicación en elrequisitos y formalidades legales pertinentes, por lo que procede emitir la diario oficial. disposición que conceda la naturalización pedida.

Consultar sobre este documento ...