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Decreto 14-1999

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 14-1999
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Civil
Año
1999

NUM. 35 DIARIO DE CENTRO AMERICA-19 de abril de 1999 3

PALACIO NACIONAL: Guatemala, doce de abril de all novecientos noventa y nueve.

ENRIQUE GONZALEZVIELATORO

SECRETARIO PUBLIQUESE Y CUMPLASE

DE LA DE

ARTURO LA CRUZ G.

SECRETARIO

CONGRESOvormary REPUBLICA

ARZU IRIGOYEN Centiv America PALACIO NACIONAL: Guatemala, doce de abril de mil novecientos novents y hueve,

RELACIONESPUBL QUESE Y CUMPLASE DE will MINISTERIO REPUBLICAGENERMALA BENERAL AMERICAcda Rosamaria Cabrera OrtizSUB SECRE TARIA GENERAL

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

GABRILL PERALTA ENCARGADA DEL DESPACHO ARZU IRIGONEN 100 111-203

CESPACHS CYSTOMAENCARBAL

RELACIONES GENERALDE

SINTH EXTERIORES

SUATEMALA.S Cicda Rosamaria Cabrera Ortiz

SUB SECRETARIA GENERAL

GABRIE ERA PERALTA

DISMAN PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

ENCARGADA DEL DESPACHO

ENCANGADO DESPACHE

ORGANISMO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACION

DECRETO NUMERO 14-99

Reconócese la personalidad jurídica y apruébanse los estatutos de laEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Asociación Centro de Estudios y Apoyo al Desarrollo Local, "CEADEL".

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Republica de Guatemals y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales -FLACSO-, suscribieron con fecha dieciséis de abril de mil novecientos noventsACUERDO MINISTERIAL NUMERO 265-98 modificado por Decreto Ley número del Jefe y siete, el Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades entre ambas partes. de Estado, 36 inciso m de la Ley del Organismo Guatemala, 21 de agosto de 1998. Judicial, Decreto número 2-89, modificado per losCONSIDERANDO: Decretos números 64-90, 75-90, 11-93 y 112-97, Que es imprescindible realizar acciones tendientes a promover el desarrollo económico,El Ministro de Gobernación, todos del Congreso de la Republica de Gustemala social, político, cultural y técnico de la comunidad guaternalteca siendo de vital y con base en lo preceptuado por el Acuerdo CONSIDERANDO: Gubernative número 515-93 de fecha 6 de octubri importancia, para el efecto, que la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales de 1993, FLACSO-, cuente con las facilidades de mérito para el mejor desempeño de sus funciones.Que el sefior JOSE GABRIELZELA ORTIZ, con fecha veintidos de agoste de mil novecientos ACUERDA: CONSIDERANDO: novents y siete, se se presentó a este Ministerio solicitando is aprobacion de los estatutos y Articulo 10.-Reconocer la personalidad jurídic Que In Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales es una institución universitariareconocimiento de la personalidad jurídica de lay aprobar los estatutes de la ASOCIACIO

dedicada al estudio y fomento de las ciencias sociales en el área de América Latina, enASOCIACION CENTRO DE ESTUDIOSYAPOYO CENTRO DE ESTUDIOS Y APOYO A1 busca de la superación de la problemática de los pueblos del área, siendo convenienteAL DESARROLLO LOCAL, "CEADEL"; DESARROLLO LOCAL, "CEADEL", los cuale emitir la disposición legal que en derecho corresponda para que la entidad de mérito, están contenidos en los Instrumentos Público cump' on las finalidades propias del programs. CONSIDERANDO: números 752 y 227 de fechas diecinueve de agost de mil novecientos novente y siete y seis de marz POR TANTO: Que con fecha veinticuatro de diciembre de milde novecientos noventay ocho, respectivamente novecientos novents y siete, entro en vigencia elautorizados en el Municipio de Chimaltenange En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y 1) de laDecreto número 114-97 del Congresode la RepublicaDepartamento de Chimaltenango, por el Natario Constitución Politica de la República de Guatemala de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, laJulio Rene Oseids Morales cual modifica el procedimiente part otorgamientoArtículo 20.-Conforme el inciso a) del Artículo DECRETA: de la Personalidad Jurídica de las Asociaciones 26 de los estatutos de la referida Asociación,

Civiles; sin embargo, de conformidad con la Ley delcontenidos en los Instrumentos Públicos ARTICULO 1. Aprobar el Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades entre elOrganismo Judicial, las deficiencias de otras leyesrelacionados, la sentacion legal de la Entidad Gobierno de la República de Guatemala y la Facultad Latinoamericana de Cienciasse suplirán por lo preceptuado en la misma y lasla ejercera el Presidente de la Junta Directiva. Sociales -FLACSO-, suscrito en la ciudad de Guatemala, el dieciséis de abril de mildiligencias que ya estavieren iniciadas, se regiranArticulo 30 -ia Asociación de mérito antes de novecientos noventa y siete. por la ley vigente at tiempo de an iniciación, por loiniciar sus actividades, deberá inscribirse en el que es proceden la aplicacion supletoria de talesRegistro Civil correspondiente, de conformidad con ARTICULO 2. El presente decreto entrará en vigencia a los ocho dias de sunormas; to dispuesto por los Artículos 370 y 438 del Código Civil publicación en el diario oficial. CONSIDERANDO: Artículo 40 aludida Asociación queda sujeta PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Y # la vigilancia y supervision del Estado de PUBLICACION. Que la legislacion guatemaltees prevé laGustemala institucionalizacion, come personas jurídicas, deArtículo 50.-Para el funcionamiento de DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDADlas asociaciones sin fines Incratives que se cualquier proyecto 0 programs de los contemplados

DE GUATEMALA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE MARZO DE propongari promover y proteger los interesesdentro de sus fines, la Asociación deberá contar con MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE. comunes de usintegrantes, cuando su constituciónautorisación previs de la entidad Gubernamental y estatutos fueren debidaments aprobados por lacorrespondiente, bajo la pena de incurrir en autoridad respective y que an el presente caso seresponsabilidad han cumplido los requisites que señala la ley, por leArtículo 60 El presents Acuerdo empezará a que es procedente emitir in respective disposicionregin a partir del día siguiente de BU publicación en legal, el Diario Oficial.

LEONEL LOPEZ ROBAS

POR TANTO, Comuniquese. DEPARTMENTEQUBLICA En ejercicio de las funciones que le confieren losRODOLFO A. MENDOZA ROSALES. AGE PASSARELLI URRUTIA Artículos 194 incisos a) y D de la Constitucion ARTURO G-BE LA CRUZ Politics de la Republica de Guatemals: 5incise 3a.Lic CESAR AMILCAR PANTALEON HERRERA SECRETARIO SECRETARIO y 31 del Código Civil: 1 inciso 10, "A" incisos a)Viceministro de Gobernacion by 19 inciso 10 de la Ley del Organismo Ejecutivo, (0043064-1)-20-ahri) Decreto número 93 del Congreso de la Republica, Calli

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